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Decreto 432-1966

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 432-1966
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1966

EL Guatemalteco publica DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI GUATEMALA, MIERCOLES 23 DE MARZO DE 1966 NUMERO 22

SUMARIO gional de la Junta de Asistencia Técnica de Na-ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE GUAciones Unidas, suscrito en esta ciudad capital con fecha 13 de agosto de 1965. TEMALA Y EL REPRESENTANTE REGIONAL DE LA JUNTA DE ASISTENCIA TECNICA DE: ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 20.-El Ministerio de Relaciones Exteriores queda encargado del depósito del respecNACIONES UNIDAS tivo instrumento de ratificación.Decreto-Ley Número 432. La Organización de las Naciones Unidas y el Artículo 30.-El presente Decreto entrará en Gobierno de Guatemala, animados del deseo de vigor el día siguiente de su publicación en elfacilitar a los expertos y funcionarios de dicha MINISTERIO DE RELACIONES Diario Oficial. Organizarión el cumplimiento de sus funciones,

han dispuesto celebrar el presente Acuerdo aniEXTERIORES Dado en el Palacio Nacional: en Guatemala. mados de un espíritu de cooperación amistosa. a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y seis. Artículo I.-EI Gobierno de Guatemala conce-Katificase cl acuerdo entre el Gobierno de Guatemala y derá a los funcionarios y/o expertos de las Na-cl representante regional de la Junta de Asistencia Técnica de Naciones Unidas, suscrito el 13 de agosto de Publiquese y cúmplase. ciones Unidas y de las Agencias<Especializadas, placas para sus autovehículos con la marca1965. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, «MI» (Misión Internac'onal) sin ningún derecho Jefe del Gobierno de la Repúbli 0 tasa, excepto el costo de la misma. Ministro de la Defensa Nacional. MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo II-EI Gobierno de Guatemala, a fin de facilitar la circulación de los funcionarios y/oEl Ministro de Gobernación, expertos de Naciones Unidas y Agencias Espe-Otorgase a la Fábrica "El Zeppelin", propiedad de Ritcher LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. cializadas dentro del país, les otorgará un car-Camhi y Co. Ltda., la exoneración que se expresa. net 0 distintivo especial para que las autoridaEl Ministro de Relaciones Exteriores,des guatemaltecas le; presten el máximo de faALBERTO HERRARTE GONZALEZ cilidades para el cumplimiento de sus tareas.Otorgase a la empresa "Cerveceria Centro Americana, S. También otorgará un carnet de identificación a

A", la exoneración que se menciona. El Ministro de Agricultura, las esposas de los funcionarios y/o expertos deCARLOS HUMBERTO DE LEON. Naciones Unidas y agencias especializadas. MINISTERIO DE HACIENDA El Ministro de Comunicacione; y Artículo III. -El Gobierno de Guatemala conObras Públicas. cederá las placas distintivas para los autovehicuJOAQUIN OLIVARES M. los y el carnet de identificacion para los funcioY CREDITO PUBLICO narios y/o expertos de Naciones Unidas y AgenEl Ministro de Hacienda y Crédito Público,cias Especializada; al recibir la comunicación Autorizase el pago de la suma de Q32,760.00, que deberán GABRIEL ORELLANA ESTRADA. oficial del Representante Regional de la Junta cubrirse al señor Máximo Ruiz Aguilar, por las fincas de Asistencia Técnica de Naciones Unidas yrústicas que forman parte de la superficie que se destinó El Mini tro de Educación. Director de los Programas del Fondo Especialpara la ampliación del Aeropuerto La Aurora. ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. en Centroámérica, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala, del nombra-Modificase en la forma que se menciona el artículo 19 del El Ministro de Economia. miento y llegada a Guatemala de los funcionaAcuerds Gubernativo del 20 de julio de 1965, relativo CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. rio; y/o expertos de Na iones Unidas y Agen-in la exoneración concedida a favor de la Compania de cias Especializadas.

"Las Hijas de la Caridad". El Ministro de Salud Pública, Asistencia Social, La solicitud correspondiente será presentada ALFONSO PONCE ARCHILA. al Ministerio de Relaciones Exteriores por el MINISTERIO DE GOBERNACION funcionar'o y/o expertos de Naciones Unidas El Ministro de Trabajo y Previsión Social,y Agencias Especializadas. Este Ministerio hará Apruebanse los Estatutos de la "Asociación de Empleados JORGE JOSE SALAZAR VALDES. la tramitación del otorgamiento de las placas para los autovehículos y de los carnets de iden-Trabajadores de Central Distribuidora, Compañia Limitificación. tada"; y, reconócese su personalidad jurídica. II Artículo IV.-EI presente Acuerdo entrará en MINISTERIO DE RELACIONES vigor en la fecha en que sea notificada su raANUNCIOS VARIOS tificación por el Gob'erno de Guatemala, y permanecerá vigente hasta que alguna de las partes Lincas de transporte.-Modificación de sociedad.-Registro EXTERIORES comunique por escrito a la otra parte su inde marcas.-Titulos supletorios.-Edictos.-Licitacóntención de darlo por terminado, debiendo cesar Remates. la vigencia del Acuerdo, sesenta días despuésde la fecha de recibida dicha notificación. Ratifícase el Acuerdo entre el Gobierno de Gua-Credito Hipotecario Nacional, Departamento de Capitalizatemala y el Representante Regional de la Junta En fe de lo cual, los abajo firmantes, repre-ción.-Balance General al 31 de diciembre de 1965.

de Asistencia Técnica de Naciones Unidas, sus-sentantes debidamente esignados de la Organicrite el 13 de agosto de 1965. zación, de las Naciones Unidas y del Gobierno de Guatemala, respectivamente, han suscrito en ORGANISMO EJECUTIVO nombre de las partes el presente acuerdo, en ENRIQUE PERALTA AZURDIA, la ciudad de Guatemala, a los trece días del mes Jefe del Gobierno de la República de Guatemala,de agosto de mil novecientos sesenta y cinco, en dos ejemplares, en los idiomas español e inglés.

DECRETO-LEY NUMERO 432 POR CUANTO:

(f) ALBERTO HERRARTE GONZALEZ.

El Gobierno de la República mediante DeMinistro de Relaciones Exteriores. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, creto-Ley número 432, emitido en Consejo de Ministros con fecha 25 de febrero del corriente (f) L. M. RAMIREZ-BOETTNER, año, ha dado su aprobación al Acuerdo entre Representante Regional de la Junel Gobierno de Guatemala y el Representante ta de Asist nc'a Té nica de NaJefe del Gobierno de la República Regional de la Junta de Asistencia Técnica de ciones Unidas y Di ector de los Naciones Unidas, suscrito en esta ciudad capital Programas del Fondo Especial en de Guatemala. el 13 de agosto de 1965, Centroamérica. POR TANTO, CONSIDERANDO: En uso de las facultades que me confiere la AGREEMENT BETWEEN THE GOVERNMENT

Carta Fundamental de Gobierno, ratifico el OF GUATEMALA AND THE REGIONAL RE-Que el Gobierno de Guatemala y la Organiacuerdo entre el Gobierno de Guatemala y elzacion de las Naciones Unidas, animados del deRepresentante Regional de la Junta de AsistenPRESENTATIVE OF THE UNITED NATIONS seo de facilitar a los expertos y funcionarios de cia Técnica de Naciones Unidas, suscrito el 13 dicha Organización el cumplimiento de sus funTECHNICAL ASSISTANCE BOARD AND DI.. de agosto de 1965; y mando que se publique paraciones, han celebrado un Acuerdo con fecha 13 que se tenga como ley de la República. RECTOR OF SPECIAL FUND PROGRAMMES de agosto de 1965,

POR TANTO, IN CENTRAL AMERICA.

En fe de lo cual firmo el presente Instrumento de Ratificación, autorizado con el Sello Ma-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, yor de la República y refrendado por el MinisThe United Nations Organization and the Gotro de Relaciones Exteriores, en la ciudad de vernment of Guatemala, wishing to grant faciliGuatemala, a los tres días del mes de marzo ties to the experts and officers of said OrganiEn Consejo de Ministros, de mil novecientos sesenta y seis. zation for the fulfillment of their functions, have resolved to make this agreement in a spiritDECRETA: (f) ENRIQUE PERALTA AZURDIA. of friendly cooperation. Article L-The Government of Guatemala shallDEArticulo 10.-Se aprueba el Acuerdo entre elEl Ministro de Relaciones Exteriores, issue license plates for, the automotive vehicles de Guatemala y el Representante Re- (f) ALBERTO HERRARTE of the officers and/or experts from the United

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