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Decreto 446-1966

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 446-1966
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1966

EL Guatemalteco ["V" DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI Guatemala, Martes 19 de abril de 1966 NUMERO 42

SUMARIO

PRESUPUESTO DE CAPITAL

Inversión Transferencias Organismo 0 Ministerio Directa de Capital Total

M. de Hacienda y Crédito

Público

ORGANISMO EJECUTIVO Q 900,000.00 Q 900,000.00

M. de Salud Pública y A. S. 62,424.00 62,424.00

M. de Economía 97,650.00 97,650.00Decreto-Ley No. 446. M. de Agricultura Q 100,000.00 100,000.00

M. de Comunicaciones

MINISTERIO DE ECONOMIA y Obras Públicas 244,370.00 244,370.00 Concédese a nombre de «RHONE-POULENC. S. A.>, la patente de invenTotales: Q 344,370.00 Q 1.060,074.00 Q 1.404,444.00 ción que se expresa. Autorizase el traspaso a favor del señor AMERICO BRODY DEUTSCH,

de todos los derechos y franquicias que en calidad de copropietario y con un equivalente del cincuenta por ciento (50%) sobre la Fá- Artículo 30.-Con la ampliación a que se refieren los Artículos 10. brica de Muebles Metálicos y Estufas de Kerosene «AURORA» coy 2o. de este Decreto-Ley, el Presupuesto General de Ingresos y Egresos rrespondian al señor DAN EDWARDS POSHKUS PACEWIC. del Estado, correspondiente al Ejercicio Fiscal 1966, asciende a 1a can Autorizase el traspaso a favor de la «Compañía Farmacéutica Upjohn, tidad de CIENTO CINCUENTISEIS MILLONES SEISCIENTOS CTN Sociedad Anónima>, de todos los derechos y franquicias que le fueronCUENTA MIL CIENTO TREINTA Y CINCO QUETZALES EXACTOS otorgados a la empresa «The Upjohn Company>>. (Q. 156.650.135.00). Artículo 40.-Con la cantidad de Q. 1.404.444.00 a que 50 refiereMINISTERIO DE HACIENDA el Artículo 10. deLpresente Decreto, se amplía el Artículo 10. del Decreto-Ley No. 418 en la siguiente forma: Y CREDITO PUBLICO 1) Decreto del Congreso 1390 planificación y Obras específicas del INDE, Inciso a) Concédesc franquicia postal via superficie dentro del territorio nacional a laseries «F», «H», «T», «I-1». «K-1». Q 737,301.88 <Compañía de las Hijas de la Caridad>, de la República de Gua2) Decreto Ley No. 132 Terminal Aérea «La

Aurora> temala, por un lapso de diez años. 244,370.00 3) Decreto-Ley No. 145 «Obras Específicas MINISTERIO DE GOBERNACION del Instituto Nacional de Electrificación. Artículo 10. Inciso 10., Serie «I» 162,698.12

  1. Decreto Ley No. 382

Autorizase a la Municipalidad de Quezaltepeque, departamento de Chiquimu-I) Construcción puente sobre el rio Motala, para que en su jurisdicción pueda cobrar los arbitrios que se gua entre Gualan y Mayuelas, Inciso mencionan. 23 Q 16,590.83

  1. Construcción de cinco puentes y una ANUNCIOS VARIOS bóveda entre Siquinala y Sipacate (5P-1B) Inciso 29 69,500.00

Lineas de Transporte.-Matrimonios.-Constitución de Sociedad-ModifiIII Canalización y ampliación de teléfocación de Sociedades.-Disolución de Sociedad.-Patente de Invennos y construcción de edificios para ción.-Registro de Marcas.-Titulos Supletorios.-Edictos.-Licitacentrales y subcentrales telefónicas ción.-Remates. (a cargo de la Dirección General de Obras Públicas) Inciso 41 129,859.42 IV Reconstrucción del Aeropuerto de Puerto Barrios, Inciso 46 44,123.75 260,074.00

ORGANISMO EJECUTIVO TOTAL Q 1,404,444.00

TOTAL: UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATRODecreto-Ley No. 446

CIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS

Artículo 50.-El monto de UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS ENRIQUE PERALTA AZURDIA, (Q1.404,444.00) en que se incrementa el FONDO a que se refiere el Ar. tículo anterior, se destina para financiar los siguientes Programas y ProJefe del Gobierno de la República, yectos durante el Ejercicio Fiscal 1966: CONSIDERANDO: a) TRANSFERENCIA DE CAPITAL Que es necesario incorporar al Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Nación en vigor, nuevos proyectos de interés nacional; MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Instituto Nacional de Electrificación Q 000,000.00

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA Que al efectuarse la liquidación del Presupuesto de Capital del SOCIAL Ejercicio Fiscal de 1965 quedaron saldos disponibles de fondos provenientes de la negociación de los Bonos autorizados por Decreto No. 1390Instituto de Nutrición de Centro América y Panama, del Congreso de la República y Decretos-Leyes Nos. 132, 145 y 350, modificado este último por Decretb-Ley No. 382, los cuales es convenienteINCAP. Proyectos del Documento CINCAP 16/7 62,424.00 utilizar para la realización de los citados Proyectos, MINISTERIO DE ECONOMIA POR TANTO, Instituto Centroamericano de Investigación y TecnoloEn uso de la; facultades que le confiere el Artículo 30. de la Cargía Industrial, ICAITI: Construcción del Segundo ta Fundamental de Gobierno, Piso y Ampliaciones de Laboratorio y Planta Pilote 97,650.00

En Consejo de Ministros, b) INVERSION DIRECTA DECRETA: MINISTERIO DE AGRICULTURA Artículo 10:-Se amplia el Presupuesto General de Ingresos del Instalación de una Red de Estaciones Meteorológicas · Estado correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1966 en la cantidad de Hidrométricas en la Cuenca del Usumacinta, a tra Q1.404,444 -UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATROvés del Observatorio Nacional 100,000.00

CIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOSasí:

MINISTERIO DE COMUNICACIONES Y OBRAS

INGRESOS PARA CAPITAL PUBLICAS

II) CREDITOS EN VALORES PUBLICOS Q1.404,444.00

BONOS: Saldos de Decreto del CongreConstrucción Terminal Aérea «La Aurora> So 1390 Q 737,301.88 Proyecto CETALA 244,370.00

Decreto-Ley No. 132 244,370.00 Decreto-Ley No. 145 162,698.12 TOTAL Q.1.404,444.00 Decreto-Ley No. 382 260,074.00

TOTAL: UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATROTOTAL: UN MILLON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATRO CENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS CIENTOS CUARENTA Y CUATRO QUETZALES EXACTOS

(01.404,444.00). (Q1.404,444.00). Artículo 20.-Se amplía el Presupuesto General de Egresos del EsArtículo 60.-Con el incremento a que se refiere el Artículo 10. de correspondiente al Ejercicio Fiscal de 1966, en la suma de UN MIesta Ley, el Fondo Específico de Inversión, Ejercicio Fiscal 1966» creado LON CUATROCIENTOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA por Decreto-Ley No. 418, queda en la cantidad de VEINTIDO@MILLONES CUATRO. QUETZALES EXACTOS (Q1.404,444.00), que se destina TRESCIENTOS OCHENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y las siguientes asignaciones: :913. NUEVE QUETZALES EXACTOS (Q22.381,659.00).Artículo 70.-El presente Decreto entrará en vigor el dfa de su publi-El Ministro de Agricultura, cación en el Diario Oficial, debiendo la Contaduria General de la Nación,CARLOS HUMBERTO DE LEON. efectuar las operaciones correspondientes. EI Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas, Dado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a los catorce días del JOAQUIN OLIVARES M. mes de abril de mil novecientos sesenta y seis. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

PUBLIQUESE Y CUMPLASE GABRIEL ORELLANA ESTRADA. El Ministro de Educación,

ENRIQUE PERALTA AZURDIA, ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR

Jefe del Gobierno de la república. El Ministro de Economia, Ministro de la Defensa Nacional CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. El Viceministro de Gobernación, El Ministro de Salud Pública y Encargado del Despacho, Asistencia Social,

HUGO EMILIO MARROQUIN. ALFONSO PONCE ARCHILA

El Viceministro de Relaciones Exteriores, El Ministro de Trabajo y Encargado del Despacho, Previción Social,

MAX KESTLER FARNES, JORGE JOSE SALAZAR VALDEZ.

MINISTERIO DE ECONOMIA nión favorable a la solicitud presentada por di-15 del Decreto 1317 del Congreso de la Repú- cha Empresa el 3 de junio de 1965. blica. y Decreto-Ley número 315,

ACUERDA: POR TANTO, Concédese a nombre de «RHONE-POULENC. S. Artículo 10.-Se autoriza el traspaso a favor A.», la patente de invención que se expresa. En cumplimiento de lo dispuesto en el articu-de la «Compañía Farmacéutica Upjohn. Socielo 15 del Decreto 1317 del Congreso de la Repú-dad Anonima>, de todos los derechos y franquiPalacio Nacional: Guatemala, 25 de marzo de blica, y Decreto-Ley número 315, cias que le fueron otorgados a la empresa The

1966. Upjohn Company>, la cual se encuentra clasificaEl Jefe del Gobierno de la República, ACUERDA: da como Industria Nueva al amparo del Decreto 1317 del Congreso de la República y sus reforEn vista de las diligencias seguidas por el li-Artículo 10.-Se autoriza el traspaso a favormas. cenciado Ernesto Ricardo Vitiri Echeverria, como del señor Américo Brody Deutsch, de todos losArticulo 20.-La nueva empresa «Compañia apoderado de la sociedad francesa «Rhone-Pou-derechos y franquicias que en calidad de copro-Farmacéutica Upjohn, Sociedad Anonima>, como lenc, S. A.>. con domicilio en París, Francia, pa-pietario y con nu equivalente del cincuenta porcesionaria, se compromete a cumplir con todos ra que a favor de su podernante se otorgue pa-ciento (50%) sobre la Fábrica de Muebles Me-y ca: uno de los compromisos. obligaciones y tente del invento denominado <Procedimiento detálicos y Estufas de Kerosene «AURORA» limitaciones contraídos por su antecesora. preparación de derivados de Imidazol>; y correspondian el señor Dan Edwards PoshkusArtículo 30.-Las demás disposiciones conteniPacewic. das en el acuerdo guberna'ivo número 538 del 8

CONSIDERANDO: de noviembre de 1965. no sufren ningún otro Artículo 20.-El señor Américo Brody Deutsch,cambio, excepto en lo que se refiere al traspaso Que en la tramitación del respectivo expedienteen su carácter de copropietario de la Fábricade beneficios operado. conservando consecuentese llenaron todos los requisitos que establece lade Muebles Metálicos y Estufas de Kerosene mente toda su vigencia. ley, que no se presentó oposición alguna a la so-«AURORA», se compromete a cumplir con todosArtículo 40.-El presente acuerdo deberá translicitud; que los expertos nombrados para el efec-y cada uno de los compromisos, obligaciones ycribirse a donde corresponde para los efectos to, así como a la Oficina de Marcas y Patenteslimitaciones contraídos por su antecesor. señorlegales procedentes. de Invención y el Ministerio Público, emitieronEdwards Poshkus Pacewic. dictamen favorable, Comuniquese." PERALTA AZURDIA.

Artículo 30.-Las demás disposiciones conte-POR TANTO, nidas en el acuerdo número 191 del 22 de abrilEl Viceministro de Economia, Con fundament en las disposiciones contenidasde 1961, no sufren ningún otro cambio, exceptoEncargado del Despacho. en el Decreto Gubernativo numero 2011 (Ley de en lo que se refiere al traspaso de beneficiosEDUARDO PALOMO ESCOBAR. Patentes de Invención, operado, conservado consocuentemente toda su vigencia. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

ACUERDA: GABRIEL ORELLANA ESTRADA.

Artículo 40.-EI presente acuerdo deberá transSe concede a nombre de «Rhone Poulenc, S. cribirse a donde corresponde. para los efectos 191379-19 A.», la patente de invención de mérito, por ellegales procedentes.

plazo legal de quince años, limitándola a sus reiviadicaciones y dejando a salvo el mejor de-Comuniquese. recho de terceros. PERALTA AZURDIA. El Viceministro de Economia MINISTERIO DE HACIENDAComuniquese. PERALTA AZURDIA. Encargado del Despacho.

EDUARDO PALOMO ESCOBAR, Y CREDITO PUBLICO

El Viceministro de Economía, El Ministro de Hacienda y Encargado del Despacho. Crédito Público. EDUARDO PALOMO ESCOBAR. GABRIEL ORELLANA ESTRADA Concédese franquicia postal vía superficie den191213-19-A 191289-19-A tro del territorio nacional a la «Compañía de las Hijas de la Caridad», de la República de Guatemala, por un lapse de diez años, Autorizase el traspaso a favor del señor AMEAutorizase el traspaso a favor de la «Compa-Palacio Nacional: Guatemafa, 11. de abril de RICO BRODY DEUTSCH, de todos los dere- ñía Farmacéutica Upjohn. Sociedad Anónima»,1966. chos y franquicias que en calidad de copropie-de todos los derechos V franquicias que le fuetario y con un equivalente del cincuenta porron otorgados a la empresa «The Upjohn Com-El Jefe del Gobierno de la República. ciento (50%) sobre la Fábrica de Muebles Mepany». tálicos y Estufas de Kerosene «AURORA» CONSIDERANDO:

correspondian al señor DAN EDWARDS POSHACUERDO No. 258

KUS PACEWIC.

Que es atendible la solicitud que hace Sor Palacio Nacional: Guatemala, 29 de marzo deCarmen Rincón Russell, en su calidad de repre ACUERDO No. 262 1966. sentante de la «Compañía de las Hijas de la Caridad>, de la República de Guatemala, para El Jefc del Gobierno de la República,Palacio Nacional: Guatemala, 30 de marzo de que se le otorgue franquicia postal, para el me jor desenvolvimiento de sus actividades en bier1966. CONSIDERANDO: El Jefe de Gobierno de la República. de la colectividad; y tomando en cuenta que er el expediente seguido para el efecto, obran die CONSIDERANDO: Que por acuerdo gubernativo numero 538 emi-támenes favorables emitidos por distintas depen tido por enducto del Ministerio de Economia condencias gubernativas. fecha 8 de noviembre de 1965. la empresa «TheQue por acuerdo número 191 emitido por el Ministerio de Economia con fecha 22 de abril Upjohn Company>>. fue clasificada como IndusPOR TANTO, de 1961, la Fábrica de estufas de kerosene.tria Nueva, de conformidad con las disposiciones del Decreto 1317 del Congreso de la RepúbliD. conformidad con el Decreto 1095 del Con lámparas flourescentes y muebles de metal ca, Ley de Fomento Industrial; are 0 de la República y Artículos 30. y 27 de 1

«AURORA», propiedad de los señores Dan Carta Fundamental de Gobierno. Decreto-Le Edwards Poshkus Pacewic y Eugenio Brody Que por escritura pública número treinta yNo. 8. Fischmann, fue clacificada como Industria Nue-siete (37) otorgada en e ta ciudad el 25 de marACUERDA: va de conformidad con las disposiciones del De-20 de 1965, ante los oficios del notario Héctor creto 1317 del Congreso de la República. cuyosGabriel Mayora Dawe, cuya copia fotostática le-Articulo 10.-Se concede f anquicia postal vi beneficios venceran el 26 de abril de 1971. galizada se ha tenido a la vista, se compruebasuperficie dentro del territorio nacional, a Que por escritura número sesenta y uno (61)que dicha empresa se constituyo en Sociedad«Compañía de las Hijas de la Caridad>, de la Re otorgada en esta ciudad el 9 de abril de 1965Anonima. bajo la razón SO ial de «Compañíapública de Guatemala, por un lapso de diez años ante los oficios del Notario Julio Camey Herre-Farmacéutica Upjo'n, Sociedad Anonima>>, ha-computados a partir de la vigencia de esta dispo ra, el señor Dan Edwards Poshkus, con el con-biendo adquirido todos los dere hos que corres-sición. senso del citado senor Eugenio Brody Fischmann,pondian a la empresa original, inclusive su clavendió el señor Américo Brody Deutsch. los de-sificación industrial; y, Artículo 20.-Este acuerdo entrara en vigor

rechos equivelentes al 50% que le correspondía siguiente de su publicación en el Diario Ofi dian en la fábrica mencionada, quedando en CONSIDERANDO: cial. consecuencia, como únicos propietarios, los se- ñores Eugenio Brody Fischmann y AméricoQue se han llenado los extremos previstos enComuniquese. el artículo 16 del Decreto 1317 del Congreso PERALTA AZURDIA Brody Deutsch; y, de la República y su reglamento, y que el DeCONSIDERANDO: partamento de Política Industrial del MinisterioEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, de Economia en dictamen número 1269 de fecha GABRIEL ORELLANA ESTRADA. Que se han llenado los extremos previstos en22 de febrero de 1966 emitió opinion favorable SOel artículo 15 del Decreto 1317 del Congreso debre el particular, El Ministro de Comunicaciones la República y su reglamento, y que la ComiObras Públicas, sion Técnica Mixta de Fomento Industrial del POR TANTO. JOAQUIN OLIVARES M. Ministenio de Economia en dictamen número Con fundamento de lo dispuesto en el artículo 191360471 del 11 de septiembre de 1965, emitió opi-

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