Decreto 447-1966
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 447-1966
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal_Militar
- Año
- 1966
ELGuatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749Administración: Teléfono 24418 América, 9a. Av. 11-34. Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI Guatemala, Sábado 23 de Abril de 1966 NUMERO 46
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO a) A las comprendidas en los incisos a) 0 d): «Prestación A>; b) A las comprendidas en los indisos b) 0 e): Jubilación; ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO-LEY No. 447 c) A las comprendidas en el inciso c): JubilaENRIQUE PERALTA AZURDIA, ción y «Prestación B>; y, d) A las comprendidas en el inciso f): Jubila-Decreto-Ley No. 447. Jefe del Gobierno de la República, ción y <<Prestación C>. Artículo 50.-Las jubilaciones a que se refiereDecreto-Ley No. 451. CONSIDERANDO: esta ley se cubrirán con cargo al fondo para jubilaciones del Estado. MINISTERIO DE ECONOMIA Que es necesario ajustar lo; euadros orgánicos del Ejército a los requerimientos de la técnica Artículo 60.-El valor de las prestaciones «A»,
moderna, para que cumpla con las funciones que «B» y C, se cubrirá con los fondos que en el Otorgase a la empresa "Industria Vinicola Gua-le están encomendadas; actual presupuesto están destinados para prestemalteca, S. A.", (Bodegas Saara), la exonerataciones del Instituto de Previsión Militar. Las ción que se expresa. CONSIDERANDO: liquidaciones respectivas las efectuará el Servicio de Previsión Militar y serán aprobadas por el. Que el ajuste de que se trata, obliga a pasar Ministerio de la Defensa Nacional. Otorgase a la empresa "Novoplast", Fábrica dea la situación de retiro a elementos que han hecho Plásticos y Joyeria de Fantasia 0 Falsa, propie-de la carrera militar su profesión y que han Artículo 70.-Los expedientes para las presdad del señor José Kohn, la exoneración que se prestado importantes servicios al Estado, por lo taci nes a que se refiere el artículo anterior, se menciona. que es justo compensarles esos servicios de acuer-iniciarán, tramitarán y fenecerán de oficio por el do con su edad, tiempo de servicio en el EjérciMinisterio de la Defensa Nacional. to y tiempo que deberían continuar prestando Otorgase a la firma Asencio y Co. Ltda., Indus-servicio si no se impusiera la necesidad de su Artículo 80.-La Orden General del Ejército tria de Transformación de Alambre", (INDETA), retiro, para el retiro de las personas beneficiadas por la exoneración que se indica. esta ley se emitirá basada en la fecha de la ljPOR TANTO, quidación respectiva; y las presta iones a que tales personas tengan derecho empezarán a comDesignase al Ministro de Economia, para que en Con base en las facultades que le concede el putarse desde el primer día de retiro. representación del Gobierno de Guatemala, sus artículo 30. de : Carta Fundamental de Gocriba el contrato de renegociación del préstamo bierno, Articulo 90.-No gozarán de los beneficios de 39/TF-GU, por la suma que se menciona, otorFConsejo de Ministros, este Decreto los Generales, Jefes, Oficiales y Esgo el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), pecialistas a cuyo favor ya se hubiere acordadodestinada a la construcción de viviendas para DECRETA. asignación por jubilación, re'iro obligatorio 0 inpersonas de bajos recursos. validez, aunque no hubieren principiado a perArtículo 10.-Los Jefes, Oficiales y Especiacibir dicha asignación. lista; del Ejército de Guatemala que al entrar MINISTERIO DE GOBERNACION en vigor la presente ley estén en servicio activo Artículo 10.-El presente Decreto entrará en viy se encuentren comprendidos en cualquiera de gor el día de su publicación en el Diario Ofilos casos que a continuación se indican, deben cial. Autorizase a la Municipalidad de Usumatlán, de partamento de Zacapa, para que en su juris-pasar a la situación de retiro: Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de dieción pueda cobrar el arbitrio que se menJefes y oficiales Guatemala, a los quince dias del mes de abril de
ciona. mil novecientos sesenta y seis. a) Que tengan edad de retir) y cuyo tiempo de servic 0 en el Ejército no llegue 3 quinPubliquese y cúmplase. MINISTERIO DE LA DEFENSA ce años; b' Que tengan edad de retiro y cuyo tiempo ENRIQUE PERALTA AZURDIA, de servicio en el Ejército sea de quince 0 Jefe del Gobierno de la República, NACIONAL más años; Ministro de la Defensa Nacional. () Que tengan de 55 a 60 años de edad y cuyo Autorizase el uso de el ROS en el uniforme de 13 tiempo de servicio en el Ejército sea de El Ministro de Gobernación, Escuela Politécnica. quince 0 más años. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. Especialistas que tengan edad de retiro IN Viceministro de Relac'ones Exteriores MINISTERIO DE AGRICULTURA d) Con menos de quince años de servicio en el Encargad del Despacho, Ejército; MAX KESTLER FARNES. e) De quince a veintinueve años de servicio en Nombrase al licenciado Carlos Carrera Samayoa. el Ejército: y. El Ministro de Agricultura. Gerente Provisional de la Asociación Nacional f) De treinta 0 más años de servicio en elCARLOS HUMBERTO DE LEON, del Café. Ejército. El Ministro de Comunicaciones y Artículo 20.-La calificación para determinar Obras Públicas, la situación de retir) de los Jefes, Oficiales y JOAQUIN OLIVARES M.
MINISTERIO DE RELACIONES Especialistas a que se refiere el artículo anterior, queda a cargo del Ministerio de la Defensa NaEl Ministro de Economía, cional, a través del Servicio de Previsión Militar.CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.EXTERIORES Artículo 30.-Para compensar al personal a El Ministro de Salud Pública y Incorpórase a la Carrera Diplomática. al licencia-que se refiere el artículo 10., se establecen las Asistencia Social, do Luis Alberto Coronado Lira. ALFONSO PONCE ARCHILA.siguientes prestaciones: a) PRESTACION A», que consiste en el equiEl Ministro ot Hacienda V Crédito Público, valente al sueldo de un mes por cada año GABRIEI ORELLANA ESTRADA. PUBLICACIONES VARIAS completo de servicio en el Ejército, la cual se concederá por una sola vez; El Mini tro de Educación, ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR b) PRESTACION B>, formada por la sumaMUNICIPALIDAD DE SAN MARCOS de la asignación de alimentación el subsiEl Ministro de Trabaj) y Previsión, Social, dio familiar que le correspondiere en el JORGE JOSE SALAZAR VALDES Reglamento del Servicio de Alcantarillado de la momento de retir). La suma anterior se ciudad ae San Marcos, departamento del mismo multiplicará por el número de meses com-nomore. pletos que falten al beneficiario para llegar a la edad de retiro que fija el Decreto 1387 DECRETO-LEY No. 451 cel Congreso de la Republica Esta presANUNCIOS VARIOS tacks concederá por una sola sez; ENRIQUE PERALTA AZURDIA, PRESTACIAN 6. equivalente & 2 T1 Landlord the - access is IN I lefe del Gebierno de la República.Presidencial refurnado per #I letter Preudencial immers almen-Marcuments a NCE CONSIDERANDO THE = a esa presacia by call ita a see 302 sia medad - Patentes a invention Registro Que a Generno it la República. el Bancee JUBILACION calculada conforme el Demarca - DRAWS spirtnx Editas Imaramento de Desarrollo y el Baseco de Guacen-Ley 55.Remates en et prestamo