Decreto 45-1993-2
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 45-1993-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1993
NUMERO 83 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 13 de 1993 2349
DECRETO NUMERO 45-93 ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS El Congreso de la República de Guatemala, Facúltase al Ministerio de Finanzas Públicas para que suscriba con el representante legal de CONSIDERANDO: la Corporación Financiera Nacional (CORFINA), la escritura pública por la cual se disminuya el Patrimonio Fideicometido del Fideicomiso que se indica. Que el Congreso de la Republica, de conformidad con las atribuciones que le asigna la Constitución Política de la Republica de Guatemala, emitio el Decreto 51-92, que ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 704-93 contiene el Codigo Procesal Penal, el cual deberá de entrar en vigencia un año después de su publicación. Palacio Nacional: Guatemala, 26 de noviembre de 1993. Presidente de la República, CONSIDERANDO: Que la entrada en vigencia del nuevo Codigo Procesal Penal, de conformidad con su CONSIDERANDO: publicación, esta establecida para el die 13 de diciembre de 1993, y que a la fecha aún no se has realizado todas las acciones tendientes a su aplicacion positiva, por to que se Que es obligacion del Estado realizar una adecuadabace necesario prolongar dicha vigencia en us periodo necesario, reformando en tal sentido el Articulo 555 de dicho cuerpo legal. distribución de los recursos financieros disponibles, con la finalidad de apoyar programas tendientes a mejorar la prestación de POR TANTO. los servicios que efectuan las distintas Entidades Públicas. asi
En uso de las atribuciones que le asigna el Artículo 171, literal a) de la Constitución como. la ejecución de obras que se financian parcialmente conPolitica de la República de Guatemals, préstamos externos.
CONSIDERANDO: DECRETA: ARTICULO 1. Se reforms el Articulo 555, del Decreto Numero 51-92 del Que existe el Programa Sectorial de Salud, dentro del que BE Congreso de la Republica, el cual queda asi: contemplan reformas institucionales que contribuyan a alcanzar uno "ARTICULO 555. El Código Procesal Penal entrara en vigencia el uno de julio de 1994". de los objetivos mencionados en el considerando anterior, para 10 cual B6 ha establecido el "Proyecto Reforma Institucional del ARTICULO 2. La presente ley entrará en vigencia el día de su Ministerio de Salud", publicación en el diario oficial.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su PUBLICACION Y CONSIDERANDO:CUMPLIMIENTO.
Que mediante Acuerdo Gubernativo número 385-92 de fecha 14 de mayo de 1992. se constituyo en el Banco de Guatemala ùn FondoDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL Rotativo denominado "Proyectos en Ejecución BIRF", por un monto deNOVECIENTOS NOVENTA Y TRES. OCHO MILLONES DE QUETZALES (Q. 8.000,000.00), para financiar gastos elegibles de los financiamientos contratados con el Banco
Internacional de Reconstruccion' y Fomento -BIRF-, el cual puede LUIS ERNESTO CONTRERAS RAMOS ser ampliado según las necesidades de los proyectos,PRIMER VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES DE PRESIDENTE CONSIDERANDO: Que dentro de los recursos financieros del Estado. se encuentran varios fideicomisos en ejecución, de los cuales, algunos JULIO DAVID DIAZ CHAY cuentan con disponibilidades suficientes para cumplir con el SECRETARIO DE LA objetivo para el cual fueron creados. asi como para reasignarlos a CONGRESREPUBLICA otros programas prioritarios. tal el caso del FideicomisoFERNANDO ALFONSO PEREIRA GUDIEL SECRETARIO denominado "Fondo para el Fomento de la Forestación y Reforestación GIATEMALA.C. del Oriente y Nororiente de Guatemala", constituido en la Corporación Financiera Nacional -CORFINAPALACIO NACIONAL: Contramala, nueve de diciembre de mil novecientos noventa y tree. POR TANTO, PUBLIQUESE Y CUMPLASE En uso de las funciones que le otorga el Artículo 183 incisos DE DEPARTMENT e) y g) de la Constitución Politica de la Republica de Guatemala.
REPUBLICA ACUERDA: DE LEON CARPIO Articulo 1. Facultar al Ministro de Finanzas Publicas para que en representación del Estado, comparezca ante el Escribano de Gobierno a suscribir con el Representante Legal de la CorporaciónEI. SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Financiera Nacional -CORFINA-. la Escritura Publica por la cual BE
GENERAL disminuya el Patrimonio Fideicometido del Fideicomiso denominado DEPARTMENT "Fondo para el Fomento de la Forestación y Reforestacion del Oriente y Nororiente de Guatemala", en la cantidad de CINCO HECTOR JOSE LUNK THOUCOLI GRATEMELY MILLONES DE QUETZALES (Q. 5.000,000.00), debiendo realizar el Fiduciario las operaciones contables respectivas.