Decreto 45-1994
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 45-1994
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Diversidad_Género_e_Inclusión
- Año
- 1994
NUMERO 45 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 23 de 1994 1227
POR TANTO la Republica. sólo podrán enajenar los bienes nacionales en la forma que determine la ley, la cual fijará en cada caso las limitaciones y formalidades a que deba sujetarse la operación yEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 inciso a) de la sus objetivos fiscales. Constitucion Politica de la Republica de Guatemala DECRETA ARTICULO 42. Todos los funcionarios y empleados del ramo de Finanzas ARTICULO Se aprueba el Acuerdo sobre el Estatuto de la Mision de Públicas deberán tener presente en todas sus actividades que están al servicio del Pueblo yVerificacion de la Situacion de los Derechos Humanos y del Cumplimiento de losque deben, no solamente atender cortésmente las gestiones y consultas de los contribuyentes Compromisos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos en Guatemala sino tambien ayudarlos y apoyarios en todas sus gestiones, dudas, preguntas y consultas. MINUGUA. celebrado por medio de Canje de Notas del Secretario General de la Organizacion de ARTICULO 43. EI presente decreto entrará en vigor el uno de enero de mil las Naciones Unidas y la Ministra de Relaciones Exteriores de la Republica de novecientos noventa y cinco, y concluirá el treinta y uno de diciembre de mil novecientos Guatemala, de fechas 25 y 28 de noviembre de 1994. noventa y cinco. ARTICULO 2. EI presente Decrete fue declarado de Urgencia Nacional, PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y con el vote favorable de más de las dos terceras partes del admero total de diputados
que integran el Congreso de la Repeblica, aprobado en una sola lectura y entrará enCUMPLIMIENTO. vigencia el dia de su publicacion en el diario oficial. DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y CIUDAD DE GUATEMALA A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE CUMPLIMIENTO.
DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS TRECE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
Oughlic CarARABELLA CASTRO DE COMPARINI
PRESIDENTA
ARABELLA CASTRO DE COMPARINI
PRESIDENTA
MACARIO EFRAIN OLIVA MURALLES
SECRETARIO
HAFAEL FLORES CESAR CUGUSTO FORTUNY ARDON RAFAEL EDUAP1 BARRIOS FLORES SECRETARIO SECRETARIO PALACE NACIONAL: (Rtc. quince de diciembre de mil novecientos DE LA noventa cuatro. A R
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
REPUBLICADE LA
THATEMALA.C.A.
PALACIO NACIONAL. Quatemin, veintiuno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro.
FORMALS. DE LEON CARPIO
PUBLIQUESE Y COMPLASE
DE (·. Order Offeline Ministra de In was Publicas DE LEON CARPIO Decreto Número 66-94 MARITHZA RUIZ DE VIELMAN
IMMISTRO M RELACIONES EXTERIORES El Congreso de la
República de Guatemala, Decreto Número 69-94 CONSIDERANDO Que el Gobierno de la Republica, mediante Canje de Notas. suscribio con la El Congreso de laOrganizacion de las Naciones Unidas. un Acuerdo sobre el Estatuto de la Mision de Verificacion de la Situacion de los derechos Humanos y del Cumplimiento de los Compromisos del Acuerdo Global sobre Derechos Humanos en Guatemala MINUGUA con el propósito de facilitar el funcionamiento de dicha oficina en nuestro pais República de GuatemalaCONSIDERANDO CONSIDERANDO: Que mediante la suscripcion del acuerdo relacionado, las partes reafirmaron la decision Que Guatemala suscribio en la ciudad de Belem Do Para. Brasil. el 0 de septiembre de expresada en el Acuerdo Marco del 10 de enero de 1994. para que todos los acuerdos a 1994, la Convencion Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia que lleguen las partes, deben If acompañados de mecanismos de verificacion apropiados contra la Mujer "Convencion de Belem Do Para". nacionales e internacionales. y que estos ultimos esten a cargo de la Organizacion de las Naciones Unidas CONSIDERANDO: CONSIDERANDO Que la Constitución Política de la Republica de Guatemala Y las leves ordinarias rienden a proteger la igualdad entre la mujer y el hombre. siendo Decesaria la adopcion Que el Contenido del Acuerdo no viola la Constitucion at leyes vigentes en el pais y de medidas tendientes a proteger la integridad tanto física como psicológica de la obre su contenido se escucho la opinion favorable de la Direccion de Asuntos mujer. dado el alto purcentaje de violaciones a los derechos humanos de las mismas.
jurídicos Tratados de ia Cancillerta V del Representante Permanente je Guatemala establecidos en la Declaracion Americana de los Derecans Debetes del Humbre la is Naciones Unidas, es procedente disponer a aprobacion de dicho instrumento Declaracion Universal de los Derechos Humanos V la Declaración sobre In Frestición emillendo en 531 sentide la respectiva disposicion legal. de la Violencia contra la majer.