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Decreto 45 de 2021

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 45 de 2021
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año
2021

DECRETO 45 DE 2021

Año CLVI No. 51.558 Bogotá, D. C., viernes, 15 de enero de 2021 Página 6

DECRETO 45 DE 2021

(enero 15) por el cual se derogan el Decreto 704 de 2018 y el artículo 1.1.2.3. del Decreto número 1078 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio sus facultades constitucionales y legales y, en particular, de las previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto número 704 del 2018, el Gobierno. Nacional creó la Comisión Intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital (CIDED), y dispuso que su objeto sería coordinar, orientar y articular las funciones y actividades socioeconómicas habilitadas por las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), para promover el desarrollo y la consolidación de la economía digital en Colombia.

Que a través del Decreto número 1784 del 2019, el Gobierno nacional modificó la estructura organizacional del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y creó la Consejería Presidencial para Asuntos Económicos y Transformación Digital. Que el artículo 25 del Decreto número 1784 del 2019 estableció el ámbito funcional de la Consejería Presidencial para Asuntos Económicos y Transformación Digital, asignándole las funciones de: coordinar los actores gubernamentales para la implementación de la apropiación tecnológica, del comercio electrónico, de la transformación digital, así como adelantar el seguimiento a las actividades concertadas; y asesorar al Gobierno nacional en materia de desarrollo del ecosistema digital y en la formulación e implementación de la política de transformación digital. Que, teniendo en cuenta que el ámbito funcional de la Consejería Presidencial para Asuntos Económicos y Transformación Digital comprende la coordinación y articulación de las actividades necesarias para la transformación digital, la apropiación tecnológica y la promoción del comercio electrónico dentro del ecosistema digital, se hace necesario derogar la Comisión Intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital (CIDED). Lo anterior, con el fin de evitar duplicidad de funciones, promover la racionalización de instancias de coordinación y fortalecer la gestión pública. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:DECRETO 45 DE 2021

Artículo 1°. Derogatoria de la Comisión Intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital (CIDED). Deróguense el Decreto número 704 del 2018 y el artículo 1.1.2.3 del Decreto

Artículo 1°. Derogatoria de la Comisión Intersectorial para el Desarrollo de la Economía Digital (CIDED). Deróguense el Decreto número 704 del 2018 y el artículo 1.1.2.3 del Decreto número 1078 del 2015, Único Reglamentario del sector TIC.

Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 15 de enero de 2021.

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