Decreto 453-1966
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 453-1966
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 1966
EL Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunds clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI GUATEMALA, MIERCOLES 15 DE JUNIO DE 1966 NUMERO 90
SUMARIO dada por la Asamblea General de dicha Organización en Resolución 2101 de 20 de diciembre deRelaciones Exteriores, en la ciudad de Guatemala, 1965 (XX). a los doce días del mes de mayo de mil nove-cientos sesenta y seis, ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 20.-EI Ministerio de Relaciones Exteriores quedará encargado del trámite corres- (f) ENRIQUE PERALTA AZURDIA. pondiente del respectivo Instrumento de Ratifi-Decreta.Ley Número 453 cación. El Ministro de Relaciones Exteriores
(f) ALBERTO HERRARTE GONZALEZ.
MINISTERIO DE RELACIONES Artículo 30.-El presente Decreto entrará en
vigor el día siguiente de su publicación en el EXTERIORES Diario Oficial. RESOLUCION APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL Dado en el Palacio Nacional: en la cludad deRetificase is Enmienda at Artículo 109 de la Carta de in Guatemala. a los veintiséis días del mes de abrilNaciones Unidas, acordada por la Assmbles General de (Sobre la base del informe de la Sexta Comi-de mil novecientos sesenta y seis. sión (A/6180).dicha Organización en Resolución 2101 de 20 de diciem. are de 1965. Publiquese y cúmplase. 2101 (XX). Reforma del Artículo 109 de la MINISTERIO DE ECONOMIA Carta de las Naciones Unidas. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, La Asamblea General,la exoneración que se express a favor de la cm. presa Servicio Industrial de Cueros "Sidec", propledad Jefe del Gobierno de la República, Ministro de la Defensa Nacional. CONSIDERANDO que se ha modificado ladri sebor Rodolfo Moll Doer. Carta de las Naciones Unidas en el sentido deReglamento Interno del Ministerto de Economia. que el número de miembros del Consejo de Se-Apruebase para el ejercicio agricola comprendido del 10. de abril del presente año, al 31 de marzo de 1967, el El Viceministro de Gobernacion, guridad, conforme al Artículo 23, pasa de once a Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Comi. Encargado del Despacho, quince y de que las decisiones del Consejo de HUGO EMILIO MARROQUIN. Seguridad. conforme al Artículo 27, han de adop-non Liquidadora del Ex Departamento de Administracion tarse por el voto afirmativo de nueve miembrosde Fincas Nacionales y no de siete;
MINISTERIO DE HACIENDA El Ministro de Relaciones Exteriores ALBERTO HERRARTE GONZALEZ CONSIDERANDO que tales enmiendas obligana modificar también el Artículo 109 de la Carta, Y CREDITO PUBLICO 1. DECIDE aprobar la siguiente enmienda deMinistro de Agricultura, la Carta de las Naciones Unidas, de conformidadCambiase et nombre del Departamento de Auditoria de to CARLOS HUMBERTO DE LEON. con el Artículo 108 de la misma, y someterla aSecretaria de Bienestar Social, por el de: "Departamento la ratificación de los Estados Miembros de lasde Supervision Fiscal". at Naciones Unidas: Viceministro de Comunicaciones y ANUNCIOS VARIOS Obras Públicas. En el párrafo 1 der Artículo 109, queda sustiRAMIRO AUYON BARNEOND. tuida la palabra <siete>, que figura en la primerafrase, por la palabra nueves;Antorizaciones farmaceuticas.-Matrimotios-Prorrogs de Segundo Viceministro de Economia.socipdad.-Registro de marces-Tious supictorios.-- Encargado del Despacho, 2. PIDE a todos los Estados Miembros que raEdictos.-Remates. HUGO ARMANDO ORDONEZ F. tifiquen la enmienda que antecede, de conformiBanco de Londres , Montreal-Estade Condensado de Ptr. dad con sus respectivos procedimientos constitudidas y Ganancias del 10. de enero at 31 de diciembre El Ministro de Educación, cionales, a la mayor brevedad posible. de 1965.
ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR,Instituto de Formanto de la Producción-Balance General 1404a. sesión plenaria, 20 Consolidado y por Departamentos al 31 de diciembre de Viceministro de Hacienda y Crédito Público, de diciembre de 1965>.
1965. FERNANDO JUAREZ RODAS. NOTA: Oportunamente se publicará la fechaEl Ministro de Salud Pública y de entrada en vigor de esta En-Asistencia Social,
ORGANISMO EJECUTIVO mienda.
ALFONSO PONCE ARCHILA.
Ministro de Trabajo y Previsión Social,
JORGE JOSE SALAZAR VALDES. MINISTERIO DE ECONOMIA
DECRETO-LEY NUMERO 453
MINISTÉRIO DE RELACIONES Enrique Peralta Azurdia, Hácese la exoneración que se expresa a favor de la empresa Servicio Industrial de Cueros «SiEXTERIORES deca, propiedad del señor Rodolfo Moll Doer. Jefe del Gobierno de la República, ACUERDO No. 375
CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, 3 de junio deRatificase la Enmienda al Artícule 109 de la Car-1966.
Que la Asamblea General de las Naciones Unita de las Naciones Unidas, acerdada per la E1 Jefe del Estado, das en la Resolución 2101 de 20 de diciembre de Asamblea General de dicha Organización en 1965 (XX). aprobó la enmienda al artículo 109 Resolución 2101 de 20 de diclembre de 1965. CONSIDERANDO: de la Carta de dicha Organización, en el sentido
de sustituir la palabra ssietes por «nueve>, en lo Que por acuerdo número 915 fechado el 18 que se refiere al número de miembros del ConEnrique Peralta Azurdia, de septiembre de 1959, emitido por el Ministerio sejo de Seguridad que pueden solicitar la Rede Economia, la empresa <Servicio Industrial de vision a la Carta; Jefe del Estado de Guatemala Cueros Sidec>, propiedad del señor Rodolfo Moll Doer, fue clasificada como Industria Integral FunCONSIDERANDO: damental Existente al amparo de las disposicio-POR CUANTO: nes del Decreto 459 del Congreso de la Repú-Que dicha enmienda era indispensable, pues blica (ex-Ley de Fomento Industrial); que laal haberse modificado con anterioridad la Carta E1 Gobierno de la República mediante Decreto-citada empresa continúa gozando de los benefide las Naciones Unidas en el sentido de que el Ley número 453. emitido en Consejo de Ministros cios que le fueron concedidos al ser clasificada,número de miembros det Consejo de Seguridad, con fecha veintiséis de abril del año en curso,por tratarse de derechos adquiridos que no pue-conforme al artículo 23, pasa a ser de once a ha dado su aprobación a la Enmienda al Artículo den modificarse por una ley posterior (artículoquince, y de que las decisiones de dicho Consejo,109 de la Carta de las Naciones Unidas, acordadaV de los preceptos fundamentales e inciso 60. conforme al artículo 27 han de adoptarse por el por la Asamblea General de dicha Organización del artículo 250, ambos del Decreto Gubernativo voto afirmativo de nueve miembros y no de siete. en Resolución 2101 de 20 de diciembre de 1965 1862); y que la Comisión Técnica Mixta de Fotales enmiendas obligan a modificar también el (XX), mento Industrial en dictamen número 000196articulo 109 de la Carta, en el sentido de sustituir (387) de fecha 26 de abril de 1966, emitió opi-la palabra esietes, que figura en la primera frase, POR TANTO, nión favorable a la solicitud de la empresa depor la palabra <nueve>, fecha 10. de marzo de 1966, relativa a que seEn uso de las facultades que me confiere la le otorgue los beneficios derivados de su clasifi-POR TANTO, Constitución de la República, ratifico la Enmiencación, da al Artículo 109 de la Carta de las Naciones POR TANTO,Con fundamento en lo dispuesto por el artículo Unidas, acordada por la Asamblea General de 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, dicha organización en Resolución 2101 de 20 de En cumplimiento de la dispuesto por el DecreEn Consejo de Ministros, diciembre de 1965, y mando que se publique parato-Ley número 315,que se tenga como ley de la República.
DECRETA: ACUERDA: En fe de to cual firmo el presente Instrumen-Artículo 10.-Se aprueba la enmienda al articuto de Ratificación, autorizado con el Sello Mayorlo 109 de la Carta de las Naciones Unidas, acorArtículo 10.-Otorgar a la empresa Servicio de la República y refrendado por el Ministro deIndustrial de Cueros <Sidec>, propiedad del se-