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Decreto 454-1966

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 454-1966
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
1966

El Guatemalteco

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMÁLA-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA

Agencia: Teléfono 28027

Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No 749América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXVI GUATEMALA, JUEVES 2 DE JUNIO DE 1966 NUMERO 79

ORGANISMO EJECUTIVO

SUMARIO

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO-LEY NUMERO 454 Ratificase el Convenio de Cooperación Técnica Decreto-Ley Número 454. ENRIQUE PERALTA AZURDIA,suserito entre los Gobiernos de Guatemala y laRepública Federal de Alemania, el 26 de abrilde 1966, en la ciudad de Guatemala. MINISTERIO DE RELACIONES Jefe del Gobierno de la República,ENRIQUE PERALTA AZURDIA.

EXTERIORES CONSIDERANDO: Jefe del Gobierno de la República de Guatemala, Ratificase el Convenio de Cooperación Tecnica suscrito Que el Convenio de Cooperación Técnica susPOR CUANTO: entre los Gobiernos de Guatemala y la República Federal crito por los Plenipotenciarios de Guatemala yla República Federal de Alemania, el 26 de abrilEl Gobierno de la República mediante Decre-de Alemania, el 26 de abril de 1966, en la ciudad de

de 1966, en la ciudad de Guatemala, toma ento-Ley número 454, emitido en Consejo de Mi-Guatemala. consideración el común interés de ambos paísesnistros con fecha veintiséis de abril de mil noMINISTERIO DE LA DEFENSA en el cultivo y fomento del desarrollo económico,vecientos sesenta y seis, ha dado su aprobalas ventajas resultantes de una cooperaciónción al Convenio de Cooperación Técnica, firNACIONAL técnica más estrecha; mado por el licenciado Alberto Herrarte Gonzá- lez, Ministro de Relaciones Exteriores. en repreCONSIDERANDO: sentación del Gobierno de Guatemala, y por elConfiérese al coronel P. A. (USAF) Donald Erskine Eggles. doctor Gerhard Roedel, embajador extraordina-ton, Agregado Aereo a la Embajada de los Estados Unidos Que es conveniente que las medidas de coope-rio y plenipotenciario, en representación del Go-de America en Guatemala, la "Cruz de la Fuerza Aerea". ración que se enuncian en el Convenio. puedanbierno de la República Federal de Alemania, en ponerse en ejecución inmediata, en vista de losla ciudad de Guatemala, el veintiséis de abril de MÍNISTERIO DE ECONOMIA beneficios que resultarán para el país,mil novecientos sesenta y seis, POR TANTO, POR TANTO, Apruebanse los Estatutos de la Cooperativa de Ahorro y Con fundamento en lo dispuesto en el artículoEn uso de las facultades que me confiere laCrédito Santa Lucia, R. L. y reconócese su personalidad

jurídica. 27, bierno, inciso 9o. de la Carta Fundamental de Go-Carta Fundamental de Gobierno, ratifico el Convenio de Cooperación Técnica suscrito entre los Gobiernos de Guatemala y la República FederalOtorgase a la empresa "Industrias Textiles Centroamerica. En Consejo de Ministros, de Alemania, el veintiséis de abril de mil novenas", propiedad del señor Manuel Segovia Melia, la, cientos sesenta y seis, en la ciudad de Guateclasificación de Industria Nueva por Equiparación. DECRETA: mala, y mando que se publique para que setenga como ley de la República. Calificase a la Empresa "Creaciones Emily", al tenor del Artículo 10.-Se aprueba el Convenio de Co-Decreto.Ley No. 384 y su Reglamento, y otórgase el operación Técnica, suscrito por los Plenipoten-Dado en el Palacio Nacional, firmado de mi derecho para que goce de los beneficios inherentes a su ciarios de Guatemala y Alemania, en la ciudadmano, autorizado con el Sello Mayor de la Re-calificación. de Guatemala el 26 de abril de 1966. pública y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. en la Ciudad de Guatemala, aOtorgase a la empresa "Central Productos Alimenticios Uni. Artículo 20.-El Ministerio de Relaciones Ex-veintiocho de abril de mil noverientos sesenta yversal y Co. Ltda.", la exoneración que se expresa. teriores queda encargado del depósito del respec-seis.

tivo instrumento de ratificación f) ENRIQUE PERALTA.Otorgase a la Fábrica de Tornillos "Ciciliani" propiedad del señor Ljubomir Ciciliani Malinowsky, la clasificación de Artículo 30.-El presente Decreto entrará vigor el día siguiente de su publicación en en elEl Ministro de Relaciones Exteriores,Industria Nueva por Equiparación. Diario Oficial. f) ALBERTO HERRARTE, Otorgase a la Industria Farmacéutica, S. A., la exoneración Dado en el Palacio Nacional, en Guatemala, a que se expresa. los veintiséis días del mes de abril de mil no-vecientos sesenta y seis. CONVENIO DE COOPERACION TECNICA ENOtorgase a la Firma Arimany, Ruiz y Co. Ltda. Rotoprin TRE EL GOBIERNO DE GUATEMALA Y EL y Co. Ltda., la exoneración que se indica. Publíquese y cúmplase. GOBIERNO DE LA REPUBLICA FEDERALDE ALEMANIA Otorgase a la empresa "Envases de Guatemala", propiedad del señor Luis Alberto Castillo Menocal, la exoneración ENRIQUE PERALTA AZURDIA, que se expresa. Jefe del Gobierno de la República, El Gobierno de Guatemala y el Gobierno de Ministro de la Defensa Nacional. la República Federal de Alemania, sobre la base de las relaciones de amistad existentes entre El Viceministro de Gobernación, los dos Estados y sus pueblos y animados del

MINISTERIO DE HACIENDA Encargado del Despacho, firme deseo de intensificar estas relaciones, teHUGO EMILIO MARROQUIN. niendo en cuenta su común interés en el cultivo Y CREDITO PUBLICO y el fomento del desarrollo técnico y económico El Ministro de Relaciones Exteriores,Vendense a las personas que se expresan, fracciones de to. ALBERTO HERRARTE GONZALEZ sultantes para ambos Estados de una cooperación re-de sus Estados y reconociendo las ventajas rreno que se desmembrarán de la Finca Nacional "Los guiente: técnica más estrecha, han convenido en lo si-Jocotales" y "Las Piedrecitas", ubicada en jurisdicción deEl Ministro de Agricultura, Chinautla, de este departamento. CARLOS HUMBERTO DE LEON. Artículo 1 El Viceministro de Comunicaciones y MINISTERIO DE TRABAJO Y Obras Públicas, 1.-Las Partes Contratantes se esforzarán en Encargado del Despacho, colaborar y ayudarse recíprocamente, dentro de PREVISION SOCIAL RAMIRO AUYON BARNEOND. sus posibilidades, en asuntos de carácter técnicorelacionados con las actividades que se mencioReglamento del Departamento de Divulgación y OrientaciónEl Segundo Viceministro de Economía, nan en el Artículo 2. La colaboración se realizará Obrera del Ministerio de Trabajo y Previsión Social Encargado del Despacho, sobre la base de igualdad de derechos. HUGO ARMANDO ORDONEZ F. 2-Las Partes Contratantes, sobre la base y PUBLICACIONES VARIAS en los términos de este Convenio, se proponen

El Ministro de Educación, concertar acuerdos especiales referentes a cada ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR proyecto de cooperación técnica. Aprusbanse las Tasas y Contribuciones de la Municipalidad Artículo 2 de San Pedro Sacatepequez, departamento de San Marcos.El Primer Viceministro de Hacienda yCrédito Público, Los acuerdos a que se refiere el Artículo 1,Natudio Económico y Memoria del Banco de Guatemala,Encargado del Despacho, párrafo 2, pueden establecer que el Gobierno decorrespondiente al año 1965. (Continua). FERNANDO JUAREZ RODAS. la República Federal de Alemania preste ayudaal Gobierno de Guatemala, en: ANUNCIOS VARIOS El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social,1.-La creación de centros de formación pro-ALFONSO PONCE ARCHILA. fesional especializada e instalaciones modelo, mede transporte.-Autorizaciones farmaceuticas.-Pa diante el envío de instructores y especialistas alede invención.-Registro de marcas.-Titulos suple,El Ministro de Trabajo y Previsión Social,manes y la aportación de equipos técnicos. JORGE JOSE SALAZAR VALDES. 2-EI envío de expertos alemanes para dicta-minar sobre determinados provectos V nare me

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