Decreto 464-1966
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 464-1966
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 1966
DECRETO-LEY NUMERO 464 ta de Marfil, Senegal, Libia, Repú- blicaca Arabe Unida, Jordania, Reino DECRETO-LEY NUMERO 465de Marruecos, República Islámica de #RIQUE PERALTA AZURDIA, Mauritania, República de Mali, Dahomey, Gambia, Islas Baleares, Islas ENRIQUE PERALTA AZURDIA,Canarias, Islas Cantón, Isla; Fidji. Jefe del Gobierno de la República, Islas Wake, Islas Tonga, Israel, Libano, Liberia, Túnez, Corea (Repú- Jefe del Gobierno de la República, blica Democrática y Popular de CoCONSIDERANDO: rea y República de Corea Q0.40 CONSIDERANDO: Que es necesario poner en vigor nuevas sobreGRUPO NUMERO III Que por Acuerdo Gubernativo del 21 de enetasas para el establecimiento del servicio de Arabia Saudita, Angola. Adén, Afganisro de 1966, el Estado reasumió la posesión y ad-correspondencia aérea internacional de Impresos tán, Congo (Brazzaville), República ministración de la empresa de servicios internay Muestras («AO»), con lugares de destino que no estaban contemplados en el Acuerdo GuberCentroafricana, Gabon, Chad, Guicionales de comunicaciones inalámbricas, que nativo del 18 de febrero de 1960. así como monea Portuguesa, Cabinda, Islas de operó en el POS la <Tropical Radio Telegraph dificar las establecidas en dicho Acuerdo; Cabo Verde, Islas Príncipe, Santo ToCompany;
más, Australia, Birmania, Ghana, CONSIDERANDO: República Popular China, República CONSIDERANDO: del Congo (Leopoldville), Cameroons. Que la importancia y los avances técnicos de Que de conformidad con el Artículo 30., pá- Establecimientos Franceses de Ocealos servicios in telecomunicaciones, requieren rrafo 7 de las Disposiciones Relativas al Correo nía (Islas de Sociedad), Cambodge, una regulacion congruente con su desarrollo en Aéreo>>, del Convenio de la Unión Postal UniEtiopía, República de China (Taiwanbeneficio de la colectividad y en resguardo de versal, suscrito en Ottawa el 3 de octubre de Formosa), Filipinas, Guam, República los intereses del Estado; 1957, y el Voto XXI del Congreso de la Unión de Guinea, Río Muni, Hong Kong, Postal de las Américas y España, Buenos Aires Irak, Irán, República Democrática de CONSIDERANDO: 1960, es imprescindible la nivelación entre el Viet Nam (Norte), República Nacional producto de la; sobretasas aéreas «AO» (Imprede Viet Nam (Sur), Cambodia, Laos, Que es nec aria la creación de una empresa SOS y Muestras) y el valor de la transportación Islas Lord Howe, Islas Thaursday, que como entidad descentralizada del Estado y de dicha correspondencia, para no afectar el Islas Norfork, Islas Gilbert y Elisa, con autonom funcional. se encargue con excluPresupuesto de Gastos de la Nación, Islas Naurú, Islas Pitcairm. Islas sividad de prestar el servicio público de telecoSanta Cruz, Isla Salomón, Isla Ryukmunicacioneinternacionales y el nacional que yu, Knowloon, Kuwait, Macao, Nigese le incorpore, tomando en cuenta que para laPOR TANTO. ria, Nueva Caledonia, Nueva Zelandia, realización de Os fines que se persiguen, se reNiger, Okinawa, Pakistán, Sierra Leoquiere de autoridad determinativa en la admiCon base en los artículos 10., inciso a), y 20.na, Sudán A. E., Somalilandia, Sodel Decreto 1356 del Congreso de la República. nistración y flexibilidad en las operaciones pamoa, Territorio Trust, Tongolán, Yera actuar en forma inmediata de acuerdo con30. y 27, numeral 70. de la Carta Fundamental men, Uganda, Ruanda, Burundi, Jasus necesidades,de Gobierno, pón, Mongolia, Nepal, Siria, Tibet, Maldivas, Singapur. Midway, MariaPOR TANTO: En Consejo de Ministros, nas, Costa Francesa de Somalia, Omán, Bahrain, Katar y Bután 0.53DECRETA: Con base en las facultades que le confiere el artículo 30. de la Carta Fundamental de GobierGRUPO NUMERO IV no, Artículo 10.-Aprobar y poner en vigor las siguientes sobretasas aéreas para el servicio de EN CONSEJO DE MINISTROS,Africa Sud Oeste, Bruney, Ceylán, In-Impresos y Muestras al exterior (AO): dia, Islas Antamán, Indonesia, MadaDECRETA:
LUGARES DE DESTINO gascar, Mauricio, Malaya, Mozambique, Nueva Hebridas, Papúa, Irián La siguiente a) EN EL CONTINENTE Occidental, Territorio en Fideicomiso AMERICANO de Nueva Guinea, Malawi, Nysaland, Pemba, Protectorado de Bechuana-Sobretasas land, Zambia (Rodesia del Norte), LEY ORGANICA DE LA EMPRESA GUATEPor 50 gr. Rodesia (Rodesia del Sur), Reunión, Costa Rica Santa Elena, Federación de Malasia MALTECA DE TELECOMUNICACIONESQ0.06131 Salvador Borneo y Sarawak), Seycheles, Timor0.06 Honduras (Portugués), Tanganika, Tristán de0.06 Nicaragua Cumba, Tailandia, Uganda, Repú- INTERNACIONALES,0.06 Cuba 0.06 blica de Sudáfrica, Kenya, Malabi y Estados Unidos de América Tanzania 0.780.06 México CAPITULO I0.06 Pariamá y Zona de] Canal Artículo 20.-Además de las sobretasas com-0.06 República Dominicana 0.08 prendidas en el artículo anterior, a cada pieza Creación, objeto, facultades y fines Antillas Holandesas (Neerlandesas) 0.08 postal debe agregársele el valor del porte ordiEcuador 0.08 nario, conforme el acuerdo del 27 de noviembre Artículo to Se crea la Empresa GuatemalHaiti 0.08 de 1928; UN CENTAVO (Q0.01) del Timbre de teca de Tetecemunicaciones internacionales cuJamaica Reconstrucción, Decreto 955 del 3 de octubre de0.09 yo nombre abreviado será "GUATEL". con perTrinidad y Tobago 0.09 1927 y UN CENTAVO (Q0.01) del Timbre de sonalidad juridica, patrimonio propio, autonemia Martinica 0.09 Primavera, Decreto del Congreso de la Repú- funcional y plena capacidad para adquirir dereIslas de Sotavento (Antigua, Barbuda. blica No. 1533 del 18 de junio de 1962. chos y contraer obligaciones. Su domicilio será Redonda. Saint Kitts, Nevis, Anguila la ciudad he Guatemala, pero podrá establecer y Montserrat) 0.10 Artículo 30.-Queda derogado el acuerdo guagencias en et interior de la República conforBahamas 0 Lucayas 0.10 bernativo del 18 de febrero de 1960. me lo requirem el desenvolvimiento de sus artiBarbados 0.10 vidades, asi como tenerlas O designar represen-Colombia 0.10 Artículo 40.-El presente decreto entrará en tantes en el exterior. En esta ley se denominará Islas Virgenes 0.10 vigor el día de su publicación en el Diario Ofisimplement la Empresa. Islas Winward (Islas de Barlovento) cial.0.10 Guayanas (Surinán 0 Guayana HolanArtículo 20.- La Empresa tendrá duración ilidesa, Guayana Francesa y Guayana Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de mitada y se regirá por la presente ley y otrasBritánica) 0.10 Guatemala, a los tres dias del mes de mayo de aplicables, -11s regiamentos y Acuerdos dictados
Guadalupe 0.10 mil novecientos sesenta y seis. por su Jurth Directiva y por los tratados y con-Perú 0.10 venios internacionales vigentes. Santa Lucía (Antillas Británicas) 0.10 Puerto Rico 0.10 Publiquese y cúmplase. Artículo 30 La Empresa tendrá por objetoVenezuela 0.10 Bolivia la prestacion del servicio público de telecomu-0.13 nicaciones Internacionales.Canadá 0.13 ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Chile 0.13 Jefe del Gobierno de la República, Islas Leward Artículo 40. -La Empresa es el órgano esta-0.13 Ministro de la Defensa Nacional. tal encargado con exclusividad de prestar el ser-Argentina 0.15 Brasil vicio públic de telecomunicaciones internacio0.15 Uruguay nales. de C uformidad con las tarifas vigentes en0.15 El Viceministro de Gobernación. Paraguay la fecha en que entre en vigor la presente ley0.25 Encargado del Despacho. Groenlandia V las que C of futuro se fijen por Acuerdo Gu-0.25 HUGO EMILIO MARROQUIN ESCOBAR. San Pedro y Miguelón bernativo. Las tarifas expresarán claramente los0.25 Bermudas derechos y demás cargos a cobrar por los servi-0.25 cios. El Ministro de Relaciones Exteriores.b) FUERA DEL CONTINENTE ALBERTO HERRARTE GONZALEZAMERICANO Artículo 50. Para los fines de esta Ley, se entiende por servicio público de telecomunicaGRUPO NUMERO I El Ministro de Agricultura, ciones internacionales. el prestado hacia o desCARLOS HUMBERTO DE LEON. de el exterior del pais a traves de los medios: de Alemania (República Democrática Alecomunicación telefónico, telegráfico, télex, radioEl Ministro de Comunicaciones ymana y República Federal de Aledifusión, television facsimil y todos los que enObras Públicas,mania). Austria, Albania, Belgica, el futuro se establezcan. Bulgaria, Checoeslovaquia, Chipre, JOAQUIN OLIVARES M. Dinamarca, España, Finlandia, FranArtículo Go.- Son facultades y fines de la EmEl Ministro de Economía. cia, Grecia, Gibraltar, Hungría, Reino presa: Unido de la Gran Bretana e Irlanda CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. del Norte. Irlanda, Italia, Islandia, a) Constrair 0 reconstruir mediante contrato Polonia, Países Bajos, Portugal, NoEl Viceministro de Educación, celebr con las formalidades de Ley 0 ruega, Malta, Luxemburgo, Suecia, Encargado del Despacho, bajo la dirección de sus propios funcionaSuiza, San Marino, Rumania, Unión BENJAMIN GAROZ VILLATORO rios, agentes y empleados, cualesquiera de Repúblicas Socialistas Soviéticas, obras necesarias para la realización de las Turquia, Ucrania, Yugoeslavia, CiuEl Ministro de Hacienda y funciones que esta ley le encomienda; dad del Vaticano, Mónaco, Andorra y Crédito Público. b) Obtener préstamos, emitir y colocar bonos
Principado de Liechtenstein 0.35 GABRIEL ORELLANA ESTRADA. en los mereados interno y externos, contraer obligaciones. actuando en todos esGRUPO NUMERO II El Ministro de Salud Pública y tos casos con la aprobación previa del OrAsistencia Social, ganismo Ejecutivo y adquirir toda clase de Argelia. Provincias Africanas Españolas bienes Dara la consecución de sus fines; 0 Africa Occidental Española (Sahara ALFONSO PONCE ARCHILA. c) Estudiar e investigar nuevas técnicas paEspañol. Territorio de Ifni y ProvinEl Ministro de Trabajo y Previsión Social, ra la prestación eficiente del servicio pucia de Fernando Po); Alto Volta, CosJORGE JOSE SALAR VALDES. blico de telecomunicaciones internacionales;