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Decreto 47-1963

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 47-1963
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1963

EL Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, hajo el No.749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1.

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA S.

TOMO CLXVII Guatemala, Martes 18 de Junio de 1963 NUMERO 92 PUBLICACIONES VARIAS b) Con las asignaciones presupuestarias que conSUMARIO forme el Decreto Ley No. 20 le fueron traspaReglamento de la Empresa Eléctrica Municipal de Olopa, sadas y con la asignación correspondiente a Chiquimula la partida número 1-424-3 Ramo II, Sección VI.

Ministerio de Educación Pública: "Actividades ORGANISMO EJECUTIVO Introducese en el plan de arbitrios de la municipalidad de de la Asociación de Bienestar Infantil".

Villa Canales las Tasas Administrativas que se expresan. Articulo 40.-Para el año fiscal 1963-1964, los serDecreto Ley Número 40 vicios personales, serán financiados en la forma que se indica en el artículo 2o. del presente DeDecreto Ley Número 47 ANUNCIOS VARIOS creto y tanto éstos como los gastos de operación regular, programas de trabajo y pasivo se cubriDecreto Ley No 48. Matrimonio.-Linea de transporte.-Constitución de socieran con los siguientes recursos: dades.-Modificación de sociedad.-Prórroga de sociedad. --Patente de invención.-Registro de marcas.-Titulos a) Con los ingresos privativos provenientes de las MINISTERIO DE EDUCACION supletorios.-Edictos.-Remates. fuentes que se indican en el inciso a) del artículo 30. de este Decreto; y PUBLICA Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala.-Balance Geb) Con la partida global de carácter económico neral Consolidado y por Departamentos, al 31 de mayo que figure a su favor en el Presupuesto GeneDictanse medidas para acomodar los períodos de examenes de 1963. ral de Ingresos y Egresos del Estado, corresen la Escuela Normal Central para Varones de esta pondientes al año fiscal 1963-1964. ciudad. Para los efectos del presente artículo, el Presupuesto de la Secretaria deberá ser aprobado MINISTERIO DE COMUNICACIONES ORGANISMO EJECUTIVO por el Ministerio de Hacienda y Crédito Pú- blico. Y OBRAS PUBLICAS Articulo 50.-Para el mejor desarrollo de las funciones administrativas de la Secretaria de BienContrato número 98 suscrito entre la Direccion General de DECRETO LEY NUMERO 46 estar Social, se establece en la misma el cargo de Correos y Telecomunicaciones y el señor Edetano Alonzo Subsecretario, el cual será nombrado por Acuerdo

Ibánez Winter, para et transporte de correspondencia Gubernativo. postal; y acuerdo de aprobación. EL JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA,Articulo 60.-El régimen presupuestario a que se refiere el artículo 40., únicamente estará en vigor Contrato número 4 celebrado entre el director general de CONSIDERANDO: durante el año fiscal 1963-1964, lapso durante el Correos y Telecomunicaciones y el señor Héctor Augusto cual deberá procederse a la reorganización de las Barrientos Delgado; para el transporte de correspondencia Que por Decreto Ley No. 20 se creó la Secreta-dependencias de la Secretaria de Bienestar Social, postal; y acuerdo de aprobación. ría de Bienestar Social, con el objeto de orientarcon el objeto de incorporarla en la forma que coy desarrollar eficientemente las labores asisten-rresponde al Presupuesto General de Ingresos y ciales a cargo directo del Gobierno, por medio deEgresos del Estado. Dejase sin efecto los contratos que se mencionan, celebra-las dependencias respectivas. dos entre el Ministerio de Comunicaciones y Obras Pú- Artículo 70.-El presente Decreto entrará en viCONSIDERANDO:blicas y el señor Rodrigo von D. Goltz, relativo a la imgor el día de su publicación en el Diario Oficial. presión y suministro de varias cantidades de estampillas postales para correo aéreo, alusivas a la "Integración Cen-Que el Gobierno de la República por acuerdo Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de del 27 de abril del corriente año, asumió las fun-Guatemala, a los catorce días del mes de juniotroamericana y Solidaridad Americana". ciones de la Asociación de Bienestar Infantil por de mil novecientos sesenta y tres.

la forma irregular en que venia operando esta Institución, las cuales por su naturaleza, fueronPublíquese y cúmplase.Contrato número 174 celebrado entre la Direccion General de Caminos y la señora Concepcion Estrada Ramos, so. asignadas a la Secretaría de Bienestar Social, por Acuerdo de 3 de mayo del mismo año. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, bre el arrendamiento de una fraccion de terreno; y acuerJefe del Gobierno de la República, do de aprobacion. CONSIDERANDO: Ministro de la Defensa Nacional. Que para el debido cumplimiento de las funcioEl Ministro de Gobernación, Valorizase y pónese en circulación desde la presente fechanes que conforme la Ley corresponden a la Secre-LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. 1.000,000 de estampillas postales de la denominacion de taria de Bienestar Social, esta dependencia necesi-Q0.10. ta reorganizarse y desenvolver sus actividades denEl Ministro de Relaciones Exteriores, tro de un régimen especial presupuestario. ALBERTO HERRARTE GONZALEZ. MINISTERIO DE RELACIONES POR TANTO, El Ministro de Agricultura,

CARLOS HUMBERTO DE LEON.

EXTERIORES En uso de las facultades que le confiere el articulo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, El Ministro de Comunicaciones y Obras Públicas, Notificación de ratificaciones de convenios internacionales En Consejo de Ministros, JOAQUIN OLIVARES M. del trabajo y de declaraciones relativas a la aplicacion de convenios en territorios no metropolitanos. DECRETA: El Ministro de Economia,

CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.

Artículo 10.-La Secretaría de Bienestar Social, MINISTERIO DE ECONOMIA en su carácter de establecimiento público, asume El Ministro de Educación Pública, el activo, inclusive los saldos de las asignaciones ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. del Presupuesto General de Gastos del Estado, co-Concédense tres meses de licencia at jefe del Departamento rrespondiente al año fiscal 1962-1963 y el pasivo, deEl Ministro de Hacienda y Crédito Público,Administrativo del Ministerio de Economia. la Asociación de Bienestar Infantil. JORGE LUCAS CABALLEROS M. Para el debido cumplimiento de lo anterior, el El Ministro de Salud Pública V Nombrase Director General de Minería e Hidrocarburos. Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuará Asistencia Social las transferencias presupuestarias y las operacioALFONSO PONCE ARCHILA. nes contables correspondientes. por medio de laNombrase representante del Ministerio de Relaciones ExteContaduría General de la Nación.riores ante la Junta Consultiva de Aviacion Civil. El Ministro de Trabajo y Previsión Social Artículo 20.-Los servicios de las personas que JORGE JOSE SALAZAR VALDES. Nombrase director general de Estadística. formaban parte de la planta de empleados 0 trabajadores de la Asociación de Bienestar Infantil, queNémbrase jefe del Departamento de Planificacion y Analihubieren cesado en sus cargos 0 que pasaron a

sis de la Direccion General de Estadistica. laborar a la Secretaria de Bienestar Social, deben legalizarse y, en su caso, formalizarse mediante contratos que deben ser aprobados por Acuerdo DECRETO LEY NUMERO 47MINISTERIO DE GOBERNACION Gubernativo. Contratos celebrados entre el director del Hospital de la Artículo 30.-La Secretaria de Bienestar Social cubrirá sus gastos de operación regular, programas EL JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA,Policía Nacional y las personas que se mencionan, relativo al suministro de viveres para servicio de aquel centro de trabajo y el valor de los contratos por servicios hospitalario; y acuerdo de aprobación. correspondientes al año fiscal 1962-1963; y el pasivo que resulte a su cargo, con las siguientes CONSIDERANDO: fuentes: Que para el debido cumplimiento del decreto ley Autorizase a la municipalidad de San Jacinto, Chiquimula, a) Con el producto de los Ingresos que obtenga número 42, que establece un impuesto sobre los para que, en su jurisdicción, pueda cobrar los arbitrios de las máquinas, juegos mecánicos, alquileres, vinos de producción nacional, es conveniente imque se indican. cuotas, aportes de asistidos y cualquier O& 0 plantar previamente a su vigencia, los procedide la misma naturaleza, así como aportes 0 mientos de control de pago del referido impuesto,

donaciones que perciba de particulares. Los in-Apruebanse los Estatutos de "Industria de Oleaginosas de gresos a que se refiere el presente inciso, quePOR TANTO. Escuintla, Sociedad Anonima" (IODESA), y reconocese dan como disponibilidades privativas de la Se-su personalidad jurídica. cretaria de Bienestar Social; En uso de las facultades que le confiere el ar-1042 EL GUATEMALTECO. DIARIO OFICIAL NUMERO 92 tículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, MINISTERIO DE EDUCACION cajché a las diez horas. de Tucurú a las once horas. de Tamahu a las doce horas, de Tactic a lasdecreto ley número 8, trece horas y finalmente llega a Cobán a las quinPUBLICAen Consejo de Ministros, ce horas. Sale de La Tinta a Senahú a las quince horas y a las dieciséis horas (dos viajes). Sale DECRETA: de Senahú para La Tinta a las cuatro horas y a las seis horas. EI transporte se cubrirá con veDictanse medidas para acomodar los períodos deArtículo 10.-El plazo para que entre en vigor hiculos propiedad del contratista y es entendidoexamenes en la Escuela Normal Central para el decreto ley número 42, será de treinta dias, a que el horario e itinenario no podrá variarse sal-Varones de esta ciudad. partir de la fecha de su publicación en el Diario VO el caso que asi procediere a juicio de La DirecOficial. Palacio Nacional: Guatemala, 15 de junio de 1963.cion, debiéndose hacer el planteamiento respectivo

al Ministerio del Ramo para que si to estima atenArtículo 20.-El presente decreto entrará en viEl Jefe del Gobierno de la República, dible autorice la modificación contractual que se gor el dia de su publicación en el Diario Oficial. solicita y gestione la aprobación gubernativa a la CONSIDERANDO: modificación relacionada. Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de TERCERA: "Entrega y Recibo de la CorresponGuatemala, a los catorce días del mes de junio Que la Escuela Normal Central para Varones dencia": a) La correspondencia deberá entregarse de mil novecientos sesenta y tres. de esta ciudad, sufrió irregularidades en Sd fun-al contratista en sacos debidamente cerrados y cionamiento durante el primer semestre del premarchamados. quedando el contratista responsaPubliquese y cúmplase. sente ciclo escolar, por lo que fue objeto de reor-ble de ellos hasta su entrega a su destino: b) En ganización en su régimen disciplinario y en su caso de que los sacos mencionados en el punto anENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República, personal y que, en consecuencia, es conveniente terior fueren entregados a empleados del contradictar las medidas necesarias para acomodar los tista, éstos firmarán Cos compromisos corresponMinistro de la Defensa Nacional. períodos de examenes, con la circunstancia mendientes, pero el Contratista no podrá alegar irrescionada, ponsabilidad, ya que para los efectos de este con-El Ministro de Gobernación, POR TANTO, trato, la firma de empleados encargado por él,LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. surtirá los efectos de la propia; c) La responsabiACUERDA: lidad del Contratista existirá durante el tiempoEl Ministro de Relaciones Exteriores, ALBERTO HERRARTE GONZALEZ. que medie entre el recibo y la entrega de la coArtículo 10.-Exonerar a la Escuela Normal Cenrrespondencia, estimando los conocimientos 0 matral para Varones, de esta ciudad, por esta solanifiestos como documentos que evidencien talEl Ministro de Agricultura. vez, de realizar los exámenes parcial y de retra-CARLOS HUMBERTO DE LEON. responsabilidad; d) Queda prohibido a los encarsadas, en las fechas que establece el articulo 2o.gados del transporte de la correspondencia acepEl Ministro de Comunicaciones del acuerdo gubernativo número 150. del 6 de mayotar para su conduccion cartas O envios postalesdel año en curso. En tal virtud, dichos examenesy Obras Públicas, que ou'era confiarles el público.se llevarán a cabo en la forma siguiente: Parcial,JOAQUIN OLIVARES M. CUARTA: "Pago del Servicio". La Direccióndel 15 de junio al 15 de julio; y de materias repagará al Contratista por a prestación de los ser-trasadas, del 10. al 15 de agosto, inclusive, del añoEl Ministro de Economía. vicios contratados en la forma siguiente: a) cinCARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ en curso, respectivamente. cuena quetzales mensuales (Q.50.00) con cargo a Articulo 20.-Et presente acuerdo entrará en vila partida presupuestal correspondiente; b) cuatro

El Ministro de Educación Pública, ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. gor inmediatamente. juegos de placas para circulación de los vehiculos que efectúen el transporte objeto de este contrato, libres de derechos conforme al Articulo terceroComuniquese. PERALTA AZURDIA. del Reglamento para la concesión de placas de El Ministro de Hacienda y Crédito Público. circulación de vehiculos. aprobado por Acuerdo JORGE LUCAS CABALLEROS M. El Ministro de Educación Pública, Gubernativo del veintiséis de octubre de mil noveROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. cientos cincuenticuatro: c) EI uso de las placas El Ministro de Salud Pública y citadas en el punto anterior está condicionado a la Asistencia Social, vigencia del contrato, obligándose a devolverlasALFONSO PONCE ARCHILA. a la terminación del mismo por cualquier causa; MINISTERIO DE COMUNICACIONES d) El contratista gozará de franquicias postal y El Ministro de Trabajo y telegráfica. cuando su uso sea relacionado con elPrevisión Social, Y OBRAS PUBLICAS servicio que presta. Las franquicias se concedenJORGE JOSE SALAZAR VALDES. al amparo de la resolución número nueve mil quinientos noventa y cinco de fecha veintidos de septiembre de mil novecientos cuarenta y. ocho. DECRETO LEY NUMERO 48 Contrato número 98 suscrito entre la Dirección Gredictada por el Ministerio de Hacienda y Crédito

neral de Correos y Telecomunicaciones y el sePúblico que conceptúa a los transportistas de Cofor Edetano Alonzo Ibáñez Winter, para el transrreos como Delegados 0 Agentes Postales. EL JEFE DEL GOBIERNO DE LA REPUBLICA,porte de Correspondencia postal; y acuerdo de QUINTA: "Naturaleza de la Relación". Por aprobación. medio de este contrato se determinan las relacioDe conformidad con lo prescrito en el inciso 60. nes existentes entre la Dirección y El Contratista, del artículo 27 de la Carta Fundamental del Go.Palacio Nacional: Guatemala, 11 de diciembre en el entendido que La Dirección no se responsahierno, de 1962. biliza de las relaciones que puedan ocurrir entre en Consejo de Ministros, el Contratista y los trabajadores que contrate paEI Presidente Constitucional de la República. ra la prestación del servicio. siendo en consecuen-DECRETA: cia a cargo del transportista el pago de las cuotas ACUERDA: que corresponden al Instituto Guatemalteco de Se-Articulo 10.-Nombrar al abogado. licenciado Jogur Social y de las prestaciones indicadas ense Julio Urrutia Arriola, magistrado suplente de Aprobar el siguiente contrate: el codigo de trabajo. la Sala Segunda de Apelaciones en sustitucion del de igual titulo y grado. senor Carlos Luján AL varez, quien no acepto. "CONTRATO NUMERO NOVENTIOCHO (98). SEXTA: "Varios". a) Cuando por causas de

René Fernandez Alfaro, de cuarentitres años, cafuerza mayor. tales como averias en los vehiculos, intransitabilidad de los caminos. terremotos. huArticulo Nombrar al abogado. licenciado Josado, corone originario de Santa Lucia Cotzumal guapa, departamento de Escuintla, con residenciaracanes, u otras que la Dirección calificara. sesé Ernesto Vásquez Aviles, magistrado suptente de la Sala Sexta de Apelaciones, con sede en Zacapa. en la veinticuatro calle cero guion sesentiocho de imposibilitara la verficacion de: servicio, el conla zona uno de esta capital. boleto de ornato nú- tratista se obliga a hacer llegar la corresponden-en sustitución del de igual tituio V grado. señor Victor Taracena Alba, quien no acepto mero siete mil trescientos setentinueve, cédula de cia a su destino por cualquier medio seguro y rá- vecindad numero A-uno. registro noventinueve mil pido. debiendo poner en conocimiento de la DirecArticulo 30.-El presente decreto entra en vigorfeascientos noventicinco extendida en esta ciudad cion. la causa de que se trate: b) Si la interrupel dia siguiente de su publicación en el Diario y quien en lo sucesivo se Uamará La Direccion. ción no se justificare debidamente. el contratista Oficial, quedando encargada a Corte Suprema depor una parte V el señor Edetano Alonzo Ibanez se obliga al pago de una multa de uno a diez Justicia de dar posesión de los cargos a las per-Winter, de treinta años, casado. maestro de eduquetzales que to impondrá la Direccion y la que al

sonas nombradas. cacion primaria, originario V vecino de la ciudadhacerese efectiva, ingresará a la Tesoreria Gede Coban departamento de Alta Verapaz. cen neral de la Nacion: e) Si las faltas se repitieren Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de cédula de veenuiad número de orden C-dieciseis con posterioridad a la sancion relacionada en el Guatemala, a los catoree dias del mes de junio y de registro declocho mil ochocientos cincuentio punto anterior, la Direccion podrá dar por rescinde mil novecientos sesenta y tres. cho. extendida en is musma ciudad de Coban. A. dido el contrato procediendo conforme a la ley; V.. por la otra parte y que en to de adelante se(i) El Contratista se obliga a conceder pasajes sin llamara "El Contratista". ban convenido en cele ei pago efectivo que corresponde a funcionarios y Publiquese V cumplase. brar el siguiente contrato para transporte de laempleados de la Dirección que viajen en comision correspondencia postal. El primero acredita suV presenten oficio de la Direccion que los acrediENRIQUE PERALTA AZURDIA. personeria con el Acuerdo Gubernativo de fechato en ios extremos, señalados. Jefe del Gobierno de la República. diez de febrero del corriente ano V el segundo actua Ministro de la Defensa Nacional SEPTIMA: "Duracion del Contrato" El presenen representación propia. to contrato durará en vigencia diez meses V once El Ministro de Gobernación. PRIMERA: "Objeto der Contrato" El contradias comprendidos del veinte de septiembre de 1962

LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. tista señor Edetano Alonzo Ibanez Winter. que es al treinta de junio de 1963 y podrá prorrogarse por tá debidamente autorizado por el departamento de término de un año, suscribiéndose para tal objeto El Ministro de Relaciones Exteriores. Transportes Extraurbanos de la Policia Nacionalel contrato de prórroga correspondiente. el cual ALBERTO HERRARTE GONZALEZ para esta clase de operaciones, to cual prueba conserá sometido a la consideración del Ministerio las tarjetas de operación número cero dos mil cien-del Ramo, para que si procede. gestione la aproEl Ministro de Agricultura, to seis y cero mil ciento ocho de fecha dos debacion de ley mediante. Acuerdo Gubernativo, CARLOS HUMBERTO DE LEON. julio de mil novecientos cincuentinueve. cuya vi-OCTAVA: "Transmisibilidad del Contrato". Esgencia es de cinco años y que legalizan su acti-te contrato no podrá ser objeto de subcontratación El Ministro de Comunicaciones vidad como transportistas entre los lugares de0 cesión por parte del contratista y en caso que y Obras Públicas, Cobán A. V., Panzós, El Estor. Por medio de los vehiculos del transporte fueren vendidos 0 paJOAQUIN OLIVARES M. este instrumento el contratista se obliga a servir saren a tercera persona distinta del contratista El Ministro de Economia. el transporte de la correspondencia entre Cobán,por cualquier causa, el contratista se obliga a no

Panzós y El Estor. puntos intermedios y vicever-interrumpir el servicio. debiendo informar de esta CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. sa. Dentro del término correspondencia de invo-circunstancia al adquirente de los vehiculos, sin lucra la ordinaria, certificada, valores, encomien-que tal hecho libre al contratista de las responsa-El Ministro de Educación Pública. ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. das e impresos. bilidades que le resulten por falta de servicio 0 la pérdida 0 violación de la correspondencia.

SEGUNDA: "Itinerario y Horario". El servicio NOVENA: "Terminación del Contrato". El preEl Ministro de Hacienda y Crédito Público, JORGE LUCAS CABALLEROS M. de transporte que por este medio se contrata, sesente contrato se dará por terminado: a) Por excubrirá diariamente así: sale de Coban a las cua-piración del término fijado y b) por incumplimienEl Ministro de Salud Pública tro horas, de Tactic a las seis horas, de Tamahuto de las obligaciones que se consignan en este a las siete horas, de Tucuru a las ocho horas, decontrato. y Asistencia Social, Pancajché a las nueve horas, de la Tinta a lasDECIMA: "Garantia". Para garantizar el cum-ALFONSO PONCE ARCHILA. diez horas, de Panzós a las trece horas y lega fi-plimiento de las obligaciones que se consignan

El Ministro de Trabajo y nalmente a El Estor a las quince horas. Sale delen este contrato y de conformidad con los artículos Previsión Social, Estor a las cuatro horas, de Panzos a las seisciento nueve X ciento treintiocho del Código. de JORGE JOSE SALAZAR VALDES. horas, de La Tinta a las nueve horas, de Pan-Correos (Decreto Gubernativo seiscientos cincuenta

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