🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 47-1988-2

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 47-1988-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1988

1150 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Agosto 29 de 1988 NUMERO Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y DECRETO NUMERO 47-88 DECRETA: cumplimiento. Artículo 1.-Se aprueba el Protocolo de Prón Congreso de la República de Guatemala,Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Acuerdo relativo al Comercio Internacional de ciudad de Guatemala, a los once días del mes de agosto tiles, hecho en Ginebra, Suiza, el 31 de julio deCONSIDERANDO: de mil novecientos ochenta y ocho. Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vi Que el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de día siguiente de su publicación en el Diario OfENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO. la República de Colombia y el Gobierno de la República Tercer Vicepresidente en funciones de Presidente. de Guatemala) para el Desarrollo y Aplicación de los usos Pase al Organismo Ejecutivo para su publicació pacificos de la Energía Nuclear, fue suscrito en la ciuplimiento. GUILLERMO RUIZ SUAREZ, dad de Bogotá, Colombia, el 10 de diciembre de 1986, y Secretario. que sobre su conveniencia se recabaron dictámenes y Dado en el Palacio del Organismo Legislativo · opiniones de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Midad de Guatemala a los diecisiete días del mes CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, nisterio de Relaciones Exteriores. del Consejo Nacional de mil novecientos ochenta y ocho. Secretario. de Planificación Económica, del Ministerio de Economia,

del Ministerio de Finanzas Públicas y del Ministerio de ANA CATALINA SOBERANIS REYES, Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto de Energía y Minas, todos los cuales recomiendan que nuesPrimer Vicepresidente mil novecientos ochenta y ocho. tro pais ratifique el referido Acuerdo de Cooperación; En funciones de Presidente. Publíquese y cúmplase. CONSIDERANDO: CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ, Secretario. CEREZO AREVALO. Que dicho Acuerdo será útil para el desarrollo de programas nucleares nacionales y la incorporación de nuevas tecnologias con sus múltiples aplicaciones, en beMIGUEL ANGEL PONCIANO CA El Secretario General de la Presidencia neficio del desarrollo económico y social del país, y sienSecretario. de la República, do que no se opone a ningún precepto constitucional, esLUIS FELIPE POLO LEMUS. conveniente aprobarlo, Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de a mil novecientos ochenta y ocho. POR TANTO, Publíquese y cúmplase. En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AR DECRETO NUMERO 46-88 la República de Guatemala, Secretario General de la Congreso de la República de Guatemala, DECRETA: Presidencia de la República,

LUIS FELIPE POLO LEMUS.

CONSIDERANDO: Artículo 1.-Se aprueba el Acuerdo de Cooperación

entre el Gobierno de la República de Colombia y el Que el Estado de Guatemala suscribió el Acuerdo Gobierno de la República de Guatemala, para el DesComplementario General de Cooperación del Convenio arrollo y Aplicación de los usos pacíficos de la energía Básico de Cooperación Científica y Técnica, entre la Re-nuclear, suscrito en la ciudad de Bogotá, Colombia, el pública de Guatemala y el Reino de España, suscrito 10 de diciembre de 1986. ORGANISMO EJECUTIen esta ciudad de marzo de 1988, y sobre su-conveniencia se recabaron opiniones de los Ministerios de Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia, Relaciones Exteriores, de Desarrollo Urbano y Rural, de el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Finanzas Públicas, de Educación, de la Secretaría GenePase al Organismo Ejecutivo, para su publicación yral del Consejo de Planificación Económica y de la UniMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONcumplimiento. versidad de San Carlos de Guatemala, las cuales son favorables a la aprobación de tal acuerdo; Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la Nombrase al Capitán de Corbeta de Reserva ciudad de Guatemala, a los diecisiete dias del mes de Augusto Rojas Marroquín, como Director Suple agosto de mil novecientos ochenta y ocho. presentante del Ministerio de la Defensa Nacion

CONSIDERANDO: la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Que ANA CATALINA SOBERANIS REYES, Que el Acuerdo Complementario, desarrolla las estiPrimer Vicepresidente en funciones ACUERDO GUBERNATIVO DE NOMBRAMD

pulaciones del Convenio Básico de Cooperación Cientí- de Presidente. NUMERO 15 fica y Técnica, de manera que todos los programas, proyectos específicos y actividades de cooperación, que CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ, Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1 convengan Guatemala y España, serán ejecutados con Secretario. arreglo a sus disposiciones, y que, por otra parte, la El Presidente de la República, aplicación del Convenio Básico de Cooperación, ha ofreMIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO,cido ventajas al país y el mismo se ajusta a las dispoSecretario. En el ejercicio de las funciones que le confiere siciones constitucionales, tículo 183, inciso e) y s) de la Constitución Pol Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de agosto dela República de Guatemala y con fundamento mil novecientos ochenta y ocho. artículo 69, inciso d) del Decreto-Ley 100-85, POR TANTO, Publíquese y cúmplase. ACUERDA: En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AREVALO. Artículo 1°-Nombrar al Capitán de Corbetala República de Guatemala, El Secretario General de la serva Máximo Augusto Rojas Marroquín, como I Presidencia de la República, Suplente, representante del Ministerio de la I DECRETA: LUIS FELIPE POLO LEMUS Nacional ante la Junta Directiva de la Empresa ] ria Quetzal, en sustitución del Capitán de Fragata

Anibal Rubén Girón Arriola, nombrado en AcuerArtículo 1.-Se aprueba el Acuerdo Complementario General de Cooperación del Convenio Básico de Coopebernativo número 5, de fecha 28 de febrero de 198 ración Científica y Técnica. entre la República de GuaArtículo 29-El presente acuerdo empezará a temala y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Guatemala, el 10 de marzo de 1988. DECRETO NUMERO 48-88 partir de la fecha de toma de posesión, debien blicarse en el Diario Oficial y en la Orden Gene Ejército para Oficiales. Artículo 2.-E1 presente Decreto entrará en vigencia, El Congreso de la República de Guatemala, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. CONSIDERANDO: Comuniquese. Pase al Organismo Ejecutivo, para su publicación yQue el Gobierno de la República aceptó Ad Referendum, MARCO VINICIO CEREZO ARE cumplimiento. mediante firma ante la Dirección General sobre AranceDado en el Palacio del Organismo Legislativo: en lales y Comercio el Protocolo de Prórroga del Acuerdo reMinistro de la Defensa Nacional, General de División ciudad de Guatemala, a los once días del mes de agostolativo al Comercio Internacional de los Textiles, hecho en de mil novecientos ochenta y ocho. Ginebra el 31 de julio de 1986, y que sobre su convenien-HECTOR ALEJANDRO GRAMAJO MORALES cia se recabaron dictámenes de los Ministerios de FiENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, nanzas Públicas, de Economía y de Relaciones Exteriores Tercer Vicepresidente en funciones los cuales recomiendan que nuestro país apruebe dicho de Presidente. Protocolo; GUILLERMO RUIZ SUAREZ, CONSIDERANDO: Apruébase el Contrate Individual de Trabajo 12-88, de fecha 1 de julio de 1988, suscrito entre Secretario Que dicho Protocolo prorroga hasta el 31 de julio de rección de la Escuela Politécnica y el señer 1991, la validez del Acuerdo relativo al Comercio InternaGuillermo Briones Lobos, mediante el cual se c CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, cional de los Textiles, del cual Guatemala es parte y cuya mete a prestar sus servicios en la dependencia en mención.Secretario. aplicación ha sido beneficiosa para el pais, desde el mecomo económico y social de los países en desarrollo, conseguir Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto deun aumento de sus ingresos de exportación procedentes Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1! mil novecientos ochenta y ocho. de los productos textiles y darles la oportunidad de conseguir una mayor participación en comercio mundial El Presidente de la República, Publíquese y cúmplase. de estos productos y siendo que no se opone a ninguna disposición constitucional, es conveniente su aprobación, CONSIDERANDO:

CEREZO AREVALO.

POR TANTO. Que habiéndose llenado los requisitos legales El Secretario General de la pondientes en el Contrato Individual de Trabaje Presidencia de la República, En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inbrado entre la Dirección de la Escuela Politéc ciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de la el señor César Guillermo Briones Lobos, medianteLUIS FELIPE POLO LEMUS República de Guatemala, el nombrado se compromete a prestar sus servicio

Consultar sobre este documento ...