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Decreto 47-1988-3

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 47-1988-3
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1988

1150 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Agosto 29 de 1988 NUMERO 48

Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y DECRETO NUMERO 47-88 DECRETA: cumplimiento. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Congreso de la República de Guatemala, Artículo 1.-Se aprueba el Protocolo de Prórroga del Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Texciudad de Guatemala, a los once días del mes de agosto CONSIDERANDO: tiles, hecho en Ginebra, Suiza, el 31 de julio de 1986, de mil novecientos ochenta y ocho. Artículo 2.-E1 presente Decreto entrará en vigencia el ENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, Que el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Tercer Vicepresidente en funciones de Presidente. la República de Colombia y el Gobierno de la República de Guatemala) para el Desarrollo y Aplicación de los usosPase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumpacíficos de la Energía Nuclear, fue suscrito en la ciuGUILLERMO RUIZ SUAREZ, plimiento. Secretario. dad de Bogotá, Colombia, el 10 de diciembre de 1986, y que sobre su conveniencia se recabaron dictámenes y Dado en el Palacio del Organismo Legislativo en la ciuopiniones de la Dirección de Asuntos Jurídicos del MiCARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ,

dad de Guatemala a los diecisiete días del mes de agosto nisterio de Relaciones Exteriores, del Consejo Nacionalde mil novecientos ochenta y ocho, Secretario. de Planificación Económica, del Ministerio de Economía, del Ministerio de Finanzas Públicas y del Ministerio de Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto deEnergía y Minas, todos los cuales recomiendan que nuesANA CATALINA SOBERANIS REYES, mil novecientos ochenta y ocho. tro país ratifique el referido Acuerdo de Cooperación; Primer Vicepresidente En funciones de Presidente. Publíquese y cúmplase. CONSIDERANDO: CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ, CEREZO AREVALO. Que dicho Acuerdo será útil para el desarrollo de Secretario. programas nucleares nacionales y la incorporación de El Secretario General de la Presidencia nuevas tecnologías con sus múltiples aplicaciones, en beMIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO. de la República, neficio del desarrollo económico y social del país, y sienSecretario. LUIS FELIPE POLO LEMUS. do que no se opone a ningún precepto constitucional, es conveniente aprobarlo, Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de agosto de mil novecientos ochenta y ocho. POR TANTO, Publíquese y cúmplase. En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AREVALO. DECRETO NUMERO 46-88 la República de Guatemala, El Secretario General de la

Congreso de la República de Guatemala, DECRETA: Presidencia de la República,

LUIS FELIPE POLO LEMUS.

CONSIDERANDO: Artículo 1.-Se aprueba el Acuerdo de Cooperación, entre el Gobierno de la República de Colombia y el Que el Estado de Guatemala suscribió el Acuerdo Gobierno de la República de Guatemala, para el DesComplementario General de Cooperación del Convenio arrollo y Aplicación de los usos pacíficos de la energía Básico de Cooperación Científica y Técnica, entre la Re-nuclear, suscrito en la ciudad de Bogotá, Colombia, el pública de Guatemala y el Reino de España, suscrito 10 de diciembre de 1986. en esta ciudad el 10 de marzo de 1988, y sobre su conORGANISMO EJECUTIVO veniencia se recabaron opiniones de los Ministerios de Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia, Relaciones Exteriores, de Desarrollo Urbano y Rural, deel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

Finanzas Públicas, de Educación, de la Secretaría General del Consejo de Planificación Económica y de la Uni-Pase al Organismo Ejecutivo, para su publicación y versidad de San Carlos de Guatemala, las cuales son cumplimiento. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL favorables a la aprobación de tal acuerdo; Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en laNómbrase al Capitán de Corbeta de Reserva Máxime ciudad de Guatemala, a los diecisiete días del mes deAugusto Rojas Marroquín, como Director Suplente, reCONSIDERANDO: agosto de mil novecientos ochenta y ocho. presentante del Ministerio de la Defensa Nacional ante la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal. Que el Acuerdo Complementario, desarrolla las estiANA CATALINA SOBERANIS REYES, pulaciones del Convenio Básico de Cooperación Cientí- Primer Vicepresidente en funciones ACUERDO GUBERNATIVO DE NOMBRAMIENTO fica y Técnica! de manera que todos los programas, de Presidente. NUMERO 15 proyectos específicos y actividades de cooperación, que convengan Guatemala y España, serán ejecutados con CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ, Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988. arreglo a sus disposiciones, y que, por otra parte, la Secretario. aplicación del Convenio Básico de Cooperación, ha ofrePresidente de la República, cido ventajas al país y el mismo se ajusta a las dispo-MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO, siciones constitucionales, Secretario. En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) y s) de la Constitución Política de Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de agosto dela República de Guatemala y con fundamento en el POR TANTO, mil novecientos ochenta y ocho. artículo 6°, inciso d) del Decreto-Ley 100-85, En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el Publíquese y cúmplase. ACUERDA: inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AREVALO.

la República de Guatemala, Artículo 1°-Nombrar al Capitán de Corbeta de ReEl Secretario General de la serva Máximo Augusto Rojas Marroquín, como Director Presidencia de la República, Suplente, representante del Ministerio de la Defensa DECRETA: LUIS FELIPE POLO LEMUS. Nacional ante la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal, en sustitución del Capitán de Fragata DEMN. Artículo 1.-Se aprueba el Acuerdo Complementario Aníbal Rubén Girón Arriola, nombrado en Acuerdo GuGeneral de Cooperación del Convenio Básico de Coopebernativo número 5, de fecha 28 de febrero de 1986. ración Científica y Técnica. entre la República de Guatemala y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Artículo 29-El presente acuerdo empezará a regir Guatemala, el 10 de marzo de 1988. DECRETO NUMERO 48-88 partir de la fecha de toma de posesión, debiendo publicarse en el Diario Oficial y en la Orden General del Artículo 2.-E1 presente Decreto entrará en vigencia,Congreso de la República de Guatemala, Ejército para Oficiales. al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

CONSIDERANDO: Comuníquese. cumplimiento. Pase al Organismo Ejecutivo, para su publicación yQue el Gobierno de la República aceptó Ad Referendum,MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. mediante firma ante la Dirección General sobre AranceDado en el Palacio del Organismo Legislativo: en lales y Comercio el Protocolo de Prórroga del Acuerdo re-El Ministro de la Defensa Nacional,

ciudad de Guatemala, a los once días del mes de agostolativo al Comercio Internacional de los Textiles, hecho enGeneral de División de mil novecientos ochenta y ocho. Ginebra el 31 de julio de 1986, y que sobre su convenien-HECTOR ALEJANDRO GRAMAJO MORALES cia se recabaron dictámenes de los Ministerios de FiENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, nanzas Públicas, de Economía y de Relaciones Exteriores Tercer Vicepresidente en funciones los cuales recomiendan que nuestro país apruebe dicho de Presidente. Protocolo; GUILLERMO RUIZ SUAREZ, CONSIDERANDO: Apruébase el Contrate Individual de Trabajo número Secretario 12-88, de fecha 1 de julio de 1988, suscrito entre la DIQue dicho Protocolo prorroga hasta el 31 de julio derección de la Escuela Politécnica y el señer César CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, 1991, la validez del Acuerdo relativo al Comercio Interna-Guillermo Briones Lobos, mediante el cual se compro cional de los Textiles, del cual Guatemala es parte y cuyamete a prestar sus servicios en la dependencia milita Secretario aplicación ha sido beneficiosa para el país, desde el mo-en mención.

Hene como ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 16

Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto de económico y social de los países en desarrollo, conseguir mil novecientos ochenta y ocho. un aumento de sus ingresos de exportación procedentesPalacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988.

de los productos textiles y darles la oportunidad de Publíquese y cúmplase. conseguir una mayor participación en comercio mundial El Presidente de la República, de estos productos y siendo que no se opone a ninguna disposición constitucional, es conveniente su aprobación, CONSIDERANDO:

CEREZO AREVALO.

POR TANTO.

El Secretario General de la Que habiéndose llenado los requisitos legales Presidencia de la República, pondientes en el Contrato Individual de Trabajo En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el in-brado entre la Dirección de la Escuela Politécnica LUIS FELIPE POLO LEMUS. ciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de lael señor César Guillermo Briones Lobos, mediante el República de Guatemala, el nombrado se compromete a prestar sus servicios

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