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Decreto 47-1988-5

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 47-1988-5
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1988

1150 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Agosto 29 de 1988 NUMERO 48

Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y DECRETO NUMERO 47-88 DECRETA: cumplimiento. Artículo 1.-Se aprueba el Protocolo de Prórroga Congreso de la República de Guatemala, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la Acuerdo relativo al Comercio Internacional de los Tex. ciudad de Guatemala, a los once días del mes de agosto tiles, hecho en Ginebra, Suiza, el 31 de julio de 1986, CONSIDERANDO: de mil novecientos ochenta y ocho. Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia Que el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.ENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, la República de Colombia y el Gobierno de la República Tercer Vicepresidente en funciones de Presidente. de Guatemala, para el Desarrollo y Aplicación de los usos Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumpacíficos de la Energía Nuclear, fue suscrito en la ciuplimiento. GUILLERMO RUIZ SUAREZ, dad de Bogotá, Colombia, el 10 de diciembre de 1986, y Secretario. que sobre su conveniencia se recabaron dictámenes y Dado en el Palacio del Organismo Legislativo en la ciuopiniones de la Dirección de Asuntos Jurídicos del Midad de Guatemala a los diecisiete días del mes de agosto CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, nisterio de Relaciones Exteriores, del Consejo Nacional de mil novecientos ochenta y ocho,

Secretario. de Planificación Económica, del Ministerio de Economía, del Ministerio de Finanzas Públicas y del Ministerio de ANA CATALINA SOBERANIS REYES, Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto de Energía y Minas, todos los cuales recomiendan que nuesPrimer Vicepresidente mil novecientos ochenta y ocho. tro país ratifique el referido Acuerdo de Cooperación; En funciones de Presidente. Publíquese y cúmplase. CONSIDERANDO:

CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ,

Secretario. CEREZO AREVALO. Que dicho Acuerdo será útil para el desarrollo de programas nucleares nacionales y la incorporación de nuevas tecnologías con sus múltiples aplicaciones, en beMIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO El Secretario General de la Presidencia neficio del desarrollo económico y social del país, y sienSecretario. de la República, LUIS FELIPE POLO LEMUS. do que no se opone a ningún precepto constitucional, es conveniente aprobarlo, Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de agesto de mil novecientos ochenta y ocho. POR TANTO, Publíquese y cúmplase. En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AREVALO. DECRETO NUMERO 46-88 la República de Guatemala, El Secretario General de la Congreso de la República de Guatemala, DECRETA: Presidencia de la República,

LUIS FELIPE POLO LEMUS.

CONSIDERANDO: Artículo 1.-Se aprueba el Acuerdo de Cooperación, entre el Gobierno de la República de Colombia y el Que el Estado de Guatemala suscribió el Acuerdo Gobierno de la República de Guatemala, para el DesComplementario General de Cooperación del Convenio arrollo y Aplicación de los usos pacíficos de la energía Básico de Cooperación Científica y Técnica, entre la Renuclear, suscrito en la ciudad de Bogotá, Colombia, el pública de Guatemala y el Reino de España, suscrito 10 de diciembre de 1986.

ORGANISMO EJECUTIVO en esta ciudad el 10 de marzo de 1988, y sobre su conveniencia se recabaron opiniones de los Ministerios de Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia, Relaciones Exteriores, de Desarrollo Urbano y Rural, de el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Finanzas Públicas, de Educación, de la Secretaría GenePase al Organismo Ejecutivo, para su publicación y ral del Consejo de Planificación Económica y de la UniMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL cumplimiento. versidad de San Carlos de Guatemala, las cuales son favorables a la aprobación de tal acuerdo; Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la Nómbrase al Capitán de Corbeta de Reserva Máxime ciudad de Guatemala, a los diecisiete días del mes de Augusto Rojas Marroquín, como Director Suplente, reagosto de mil novecientos ochenta y ocho. presentante del Ministerio de la Defensa Nacional ante

CONSIDERANDO: la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal.

ANA CATALINA SOBERANIS REYES, Que el Acuerdo Complementario, desarrolla las estiPrimer Vicepresidente en funciones ACUERDO GUBERNATIVO DE NOMBRAMIENTO pulaciones del Convenio Básico de Cooperación Cientí- de Presidente. NUMERO 15 fica y Técnical de manera que todos los programas, proyectos específicos y actividades de cooperación que CARLOS ESCOBEDO RODRIGUEZ, Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988. convengan Guatemala y España, serán ejecutados con Secretario. arreglo a sus disposiciones, y que, por otra parte, la Presidente de la República, aplicación del Convenio Básico de Cooperación, ha ofreMIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO, cido ventajas al país y el mismo se ajusta a las dispoSecretario. En el ejercicio de las funciones que le confiere el arsiciones constitucionales, tículo 183, inciso e) y s) de la Constitución Política de Palacio Nacional: Guatemala, diecinueve de agosto dela República de Guatemala y con fundamento en el mil novecientos ochenta y ocho. artículo 6°, inciso d) del Decreto-Ley 100-85, POR TANTO, Publíquese y cúmplase. ACUERDA: En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de CEREZO AREVALO.

la República de Guatemala, Artículo 1º-Nombrar al Capitán de Corbeta de RsSecretario General de la serva Máximo Augusto Rojas Marroquín, como Director Presidencia de la República, Suplente, representante del Ministerio de la Defensa DECRETA: LUIS FELIPE POLO LEMUS. Nacional ante la Junta Directiva de la Empresa Portuaria Quetzal, en sustitución del Capitán de Fragata DEMN. Artículo 1.-Se aprueba el Acuerdo Complementario Aníbal Rubén Girón Arriola, nombrado en Acuerdo GuGeneral de Cooperación del Convenio Básico de Coopebernativo número 5, de fecha 28 de febrero de 1986. ración Científica y Técnica. entre la República de Guatemala y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Artículo 29-El presente acuerdo empezará a regir a Guatemala, el 10 de marzo de 1988. DECRETO NUMERO 48-88 partir de la fecha de toma de posesión, debiendo publicarse en el Diario Oficial y en la Orden General del Artículo 2.-E1 presente Decreto entrará en vigencia, Ejército para Oficiales. Congreso de la República de Guatemala, al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

CONSIDERANDO: Comuniquese.

Pase al Organismo Ejecutivo, para su publicación y Que el Gobierno de la República aceptó Ad Referendum, MARCO VINICIO CEREZO AREVALO cumplimiento. mediante firma ante la Dirección General sobre Aranceles y Comercio el Protocolo de Prórroga del Acuerdo reMinistro de la Defensa Nacional,

Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la ciudad de Guatemala, a los once días del mes de agostolativo al Comercio Internacional de los Textiles, hecho en General de División Ginebra el 31 de julio de 1986, y que sobre su convenienHECTOR ALEJANDRO GRAMAJO MORALES. de mil novecientos ochenta y ocho. cia se recabaron dictámenes de los Ministerios de FiENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, nanzas Públicas, de Economía y de Relaciones Exteriores Tercer Vicepresidente en funciones los cuales recomiendan que nuestro país apruebe dicho de Presidente. Protocolo; GUILLERMO RUIZ SUAREZ, CONSIDERANDO: Apruébase el Contrate Individual de Trabajo número 12-88, de fecha 1 de julio de 1988, suscrito entre la DiSecretario Que dicho Protocolo prorroga hasta el 31 de julio de rección de la Escuela Politécnica y el señer César 1991, la validez del Acuerdo relativo al Comercio InternaGuillermo Briones Lobos, mediante el cual se comproCARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, cional de los Textiles, del cual Guatemala es parte y cuya mete a prestar sus servicios en la dependencia militar Secretario aplicación ha sido beneficiosa para el país, desde el moen mención. que tiene como objetivos ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 10 económico y social de los países en desarrollo, conseguir Palacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto deun aumento de sus ingresos de exportación procedentes

mil novecientos ochenta y ocho.

Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988. de los productos textiles y darles la oportunidad de conseguir una mayor participación en comercio mundial El Presidente de la República, Publíquese y cúmplase. de estos productos y siendo que no se opone a ninguna disposición constitucional, es conveniente su aprobación, CONSIDERANDO:

CEREZO AREVALO.

POR TANTO. Que habiéndose llenado los requisitos legales corresEl Secretario General de la pondientes en el Contrato Individual de Trabajo, celePresidencia de la República, En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el in-brado entre la Dirección de la Escuela Politécnica y LUIS FELIPE POLO LEMUS. ciso 1) del artículo 171 de la Constitución Política de la el señor César Guillermo Briones Lobos, mediante el cual República de Guatemala, el nombrado se compromete a prestar sus servicios en la

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