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Decreto 47-1992-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 47-1992-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Ambiental
Año
1992

Diario de Centro América ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA TOMO CCXLIV Guatemala, viernes 25 de septiembre de 1992 Director: Hector Cifuentes Aguirre NUMERO 76

DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO NUMERO 47-92

El Congreso de la República de Guatemala,

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO LEGISLATIVO CONSIDERANDO:

DECRETO NUMERO 46-92

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que los Presidentes del Istmo Centroamericano, suscribieron El Congreso de la República de Guatemala,en San Salvador, El Salvador, cl 16 de julio de 1991, el Convenio DECRETO NUMERO 46-92 Constitutivo de la Comisión Centroamericana de Ambiente yCONSIDERANDO: DECRETO NUMERO 47-92 Desarrollo-CCADpor medio del cual se introducen reformas al protocolo respectivo, el cual fue aprobado oportunamente porQue el Congreso de la República emitió el Decreto númeroel Congreso de la República mediante Decreto número 12-90, de39-92, por el cual se autorizó al Ministerio de Finanzas parafecha 28 de febrero de 1990; transferir las cantidades necesarias para cubrir los compromisos ORGANISMO EJECUTIVO adquiridos por el funcionamiento del Parlamento Centroameri-CONSIDERANDO: cano; Que la Constitución Política de la República de Guatemala, MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS CONSIDERANDO: declara de interés nacional la conservación, protección y

mejoramiento del patrimonio natural y que cl Estado fomentará Acuérdase exonerar de multas, intereses y recargos a losQue al emitirse el Decreto a que se refiere el considerandoactividades para mantener el equilibrio ecológico, y que las contribuyentes que hayan incurrido en las mismas, en la formaanterior, SC citó equivocadamente las partidas a debitary acreditar,reformas que se presentan tienen como única finalidad facilitar la que se menciona. lo que incide en la imposibilidad de aplicación de la disposiciónincorporación al Convenio Constitutivo de la Comisión legislativa referida, lo cual se hace necesario enmendar conformeCentroamericana de Ambiente y Desarrollo de países que tienen lo establece la ley, zonas geográficas de relevancia para la protección de los MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL ecosistemas del area;POR TANTO, Apruebase el Acuerdo número 953 de la Junta Directiva del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en la forma que CONSIDERANDO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) delse expresa. Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Acuérdase aprobar el Acuerdo número 954 de la Junta Directive Que las reformas propuestas no contravienen ninguna dis-Guatemala, del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, en la forma posición de carácter constitucional, que corresponde al Congreso que se indica. DECRETA: de la República aprobar los Convenios y Acuerdos Internacionales, siempre que éstos se ajusten a las disposiciones constituci Artículo 1.-Se reforma cl contenido del Artículo 1 dely legales vigentes,

PUBLICACIONES VARIAS Decreto 39-92 del Congreso, el cual queda así: INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL POR TANTO, "Artículo 1.-Autorizar al Ministerio de Finanzas PúbliACUERDO NUMERO 953 cas para que transfiera la cantidad de cuatro millones deEn cumplimiento de las atribuciones que le confiere las quetzales exactos (Q.4 000 000 00) de la partida número 92-literales a) y I) del Artículo 171 de la Constitución Políti de laACUERDO NUMERO 954 0305-3.014-03-300-93-521-00-006 del Presupuesto de In-República de Guatemala, versión Directa vigente de la Vicepresidencia de la República, para incrementar la Partida número 92-0101-2.012-01-001DECRETA: MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA, DEPARTAMENTO DE GUATEMALA. 91-652-00-001 del actual Presupuesto de TransferenciasArtículo 1.-Aprobar las reformas al Convenio Constitutivo Corrientes del Congreso de la República". de la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo, Reglamento de Tasas Administrativas y por Servicio.Artículo 2.-EI presente Decreto entrará en vigencia cl díasuscrito en San Salvador, El Salvador, el 16 de julio de 1991. siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 2.-EI presente Decreto entrara en vigencia ochoReglamento de Construcción, Urbanismo y Ornato. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y cumpli-días después de su publicación en a Diario Oficial.

miento. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad decumplimiento. INSTITUTO GUATEMALTECO DE TURISMO Guatemala, Ins dos días del mes de septiembre de mil novecientosDado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la ciudad de noventa y dos. Acuérdase implementar estrategias precisas para la distribución Guatemala, a los dos días del mes de septiembre de mil novecientos y venta de los 500 álbumes dobles y los 500 cassettes dobles noventa y dos. EDMOND MULET. titulados "Música Tradicional Q'eqchi' de Alta Verapaz". Presidente. EDMOND MULET, Presidente.

LUIS ERNESTO CONTRERAS RAMOS,

ANUNCIOS VARIOS Secretario. LUIS ERNESTO CONTRERAS RAMOS,

Secretario. Matrimonios. Registro de derechos de autor. - Lineas de EVELIO FUENTES OROZCO, transporte. Constituciones de sociedad. Modificaciones Secretario. EVELIO FUENTES OROZCO, de sociedad. Patente de invención. Registro de marcas. Secretario. Títulos supletorios. Edictos. - Remates. Palacio Nacional: Guatemala, dieciocho de septiembre de milPalacio Nacional: Guatemala, dieciocho de septiembre de mil novecientos noventa y dos. novecientos noventa y dos. Financiera Guatemalteca, S. A.-Balance General Condensado Publíquese y cúmplase. Publíquese y campla

al 31 de octubre de 1990.

SERRANO ELIAS.

Financiera Guatemalteca, S. A.-Balance General Condensado SERRANO ELIAS. al 30 de abril de 1991. El Secretario General de la Presidencia Financiera Guatemalteca, S. A.-Balance General Condensado El Secretario General de la Presidencia de la República, de la República, al 31 de julio de 1991. ANTULIO CASTILLO BARAJAS. ANTULIC CASTILLO DARAJAS.

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