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Decreto 47 de 2026

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 47 de 2026
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2026

DECRETO 47 DE 2026

DIARIO OFICIAL AÑO CLXI NO. 53.376, BOGOTÁ D. C., 23 DE ENERO DE 2026, PÁG. 1

DECRETO 47 DE 2026

(enero 22) por el cual se suprime el Consulado Honorario y un cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa de Brasil. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República dirigir las relaciones internacionales.

Que mediante el Decreto número 1640 del 19 de agosto de 1993 se creó el Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, con circunscripción en los Estados de Paraná y Mato Grosso del Sur de la República Federativa de Brasil, se creó el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en esa ciudad, y se nombró a la señora María Helena Canet en dicho cargo.

Que mediante el Decreto número 1222 del 29 de junio de 2000 se declaró la cesación de funciones por renuncia de la señora María Helena Canet, del cargo de Cónsul Honoraria de Colombia en Curitiba, República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto número 1024 del 29 de mayo de 2001 se nombró al señor Carlos Enrique Franco Amastha en el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, con circunscripción en los Estados de Paraná y Mato Grosso del Sur de la República Federativa de

Enrique Franco Amastha en el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, con circunscripción en los Estados de Paraná y Mato Grosso del Sur de la República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto número 247 del 7 de febrero de 2005 se modificó la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, asignándole la jurisdicción en los Estados de Paraná, Mato Grosso del Sur y Santa Catarina de la República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto número 2594 del 13 de diciembre de 2012 se declaró la cesación de funciones por renuncia del señor Carlos Enrique Franco Amastha al cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto número 0408 de, 9 de marzo de 2015, se nombró al señor Julio César Algeri, como Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, por un periodo inicial de cuatro (4) años, y se modificó la circunscripción del Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, asignándole la jurisdicción en los Estados de Paraná, Río Grande do Sul y Santa Catarina de la República Federativa de Brasil.

Que mediante el Decreto número 1026 del 16 de julio del 2020, se renovó el periodo del señor Julio César Algeri como Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, con circunscripción en losDECRETO 47 DE 2026 Estados de Paraná, Río Grande do Sul y Santa Catarina de la República Federativa de Brasil, por otros cuatro (4) años, contados a partir de la finalización del periodo inicial.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto número 1067 de 2015 y el artículo

por otros cuatro (4) años, contados a partir de la finalización del periodo inicial.

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.3.3.4 del Decreto número 1067 de 2015 y el artículo 17.1 B del Decreto número 869 de 2016, en los términos dispuestos por el artículo 4º del Decreto 1081 de 2025, la Dirección de Servicios Consulares, Vinculación de la Diáspora y Retorno estudió la viabilidad sobre la continuidad de ese Consulado Honorario, y concluyó en el estudio de conveniencia del 4 de diciembre de 2025, que resulta procedente la supresión de la Oficina Consular Honoraria.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA: Artículo 1º. Suprimir. Suprímase el Consulado Honorario de Colombia en Curitiba, con circunscripción en los Estados de Paraná, Río Grande do Sul y Santa Catarina de la República

Federativa de Brasil.

Artículo 2º. Suprimir. Suprímase el cargo de Cónsul Honorario de Colombia en Curitiba, República Federativa de Brasil, con la circunscripción anteriormente mencionada.

Artículo 3º. Comunicar. Comuníquese lo dispuesto en el presente decreto al Estado receptor por conducto de la Embajada de Colombia ante la República Federativa de Brasil.

Artículo 4º. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en elDiario Oficial.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a 22 de enero de 2026.

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