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Decreto 49-1985-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 49-1985-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1985

946 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Junio 4 de 1985 NUMERO 42

DECRETO-LEY NUMERO 49-85 CONSIDERANDO: ACUERDA: EL JEFE DE ESTADO, Que dicha Corporación estimulará el estableArtículo 1º-Nombrar Gerente General de la cimiento, modernización y ampliación de empreEmpresa Portuaria Nacional Santo Tomás de CasCONSIDERANDO: sas privadas, prioritariamente de pequeña y metilla, al bachiller Carlos Tan Guzman. diana escala, mediante el ejercicio de funciones Que el país atraviesa por una crisis en la genede apoyo tales como ayuda a prestamistas 0 inArtículo 29-E1 presente acuerdo surte efectos ración de energia eléttrica, siendo prioritario conversionistas, que asimismo proveerá cooperación a partir de la fecha de toma de posesión de la cluir la reparación del Proyecto Hidroeléctrico de técnica para la preparación, financiamiento y persona nombrada. Chixoy, cuya puesta en operación ahorrará el pago ejecución de proyectos incluyendo la transferencia en divisas por la compra de combustible al exde tecnología apropiada, y facilitará y estimulará Comuniquese. terior; el acceso y flujo del capital privado y público, CONSIDERANDO: local y extranjero así como la capacidad técnica General de División gerencial y a la creación de oportunidades para OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Que para financiar parcialmente el incremento favorecer la realización de inversiones en los paí- Jefe de Estado. en el costo de dicha Hidroeléctrica, el 22 de marzo

del año en curso se suscribieron ad referéndum ses miembros; Ministro de Finanzas, tre el Banco Internacional de Reconstrucción y FoCONSIDERANDO: ARMANDO GONZALEZ CAMPO. mento (BIRF) y el Instituto Nacional de Electrificación (INDE) y la República de Guatemala. respectivamente, las enmiendas introducidas al ConQue la Junta Monetaria según Resolución No venio de Préstamo número BIRF-1605-GU y al JM-68-85 del 15 de marzo de 1985 se pronunció Convenio de Garantía, suscritos el 21 de julio de favorablemente sobre la participación de la República de Guatemala como socio fundador de la MINISTERIO DE GOBERNACION1978 entre las mismas entidades anteriormente indicadas; Corporación Interamericana de Inversiones y por CONSIDERANDO: consiguiente sobre la participación y ratificaci in del Convenio respectivo que fuera suscrito ad Que la Secretaría General del Consejo Nacioreferéndum por la República de Guatemala, por Apruébanse los Estatutos de la "Asociación de nal de Planificación Económica y la Junta Monelo que es procedente dictar la respectiva dispos:- Empleados de la Finca La Peria y Anexos"; y taria, consultadas oportunamente de conformidad ción legal que apruebe la participación de Guareconocese su personalidad jurídica. con la ley, han expresado opinión favorable sobre temala en la Corporación Interamericana de Inla contratación de las enmiendas relacionadas en versiones, Palacio Nacional: Guatemala, 12 de noviembre

el considerando anterior, razones por las cuales es de 1981. procedente decretar la respectiva aprobación. POR TANTO. El Presidente de la República, POR TANTO, En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 49 del Estatuto Fundamental de GoCONSIDERANDO: En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 49 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por los Decretos-leyes 36-82 y 87-83, Que el señor Avelino Soto Pérez, se presentó bierno, modificado por los Decretos-Leyes númesolicitando la aprobación de los estatutos y recoros 36-82 y 87-83, DECRETA: nocimiento de la personalidad jurídica de la "Aso-DECRETA: ciación de Empleados de la finca La Perla y Artículo 19-Se aprueba el Convenio de enmienArtículo 1°-Se aprueba la participación de Anexos", en cuya representación gestiona; y da al Préstamo número BIRF-1605-GU suscrito Guatemala como socio fundador de la Corporación ad referéndum entre el Banco Internacional de Interamericana de Inversiones, y por consiguienCONSIDERANDO: Reconstrucción y Fomento (BIRF) y el Instituto te la suscripción ad referéndum que hiciera la Nacional de Electrificación (INDE), el 22 de marzo República de Guatemala en los términos y cond Que el Asesor Jurídico del Ministerio de Goberdel presente año, en las siguientes condiciones: i) ciones estipulados en dicho Convenio y la suscripnación, en dictamen aprobado por el Procurador

Monto: Por una cantidad en diversas monedas ción de ciento veintiséis (123) acciones de Diez General de la Nación y Jefe del Ministerio Pú- equivalente a US$ 44.600,000.00; ii) Plazo: 10 años Mil Dólares (US$ 10,000.00) cada una. blico, manifestó que los fines que la asociación incluyendo 5 años de período de gracia; iii) Inpretende desarrollar no son contradictorios a las terés: variable. Artículo 29-Se facults al Banco de Guatemala leyes ni al orden público; y que el proyecto de para que en su oportunidad asuma los compromisus estatutos observa una adecuada organización Artículo 29-Se aprueba el Convenio de EnSOS respectivos yeal ser requerido haga efectivo el a la vez que garantizan los derechos de sus asomienda, al Convenio de Garantía al Préstamo importe del pago inherente a la suscripción de ciados, BIRF-1605-GU, suscrito ad referéndum entre la acciones y la participación de Guatemala en la República de Guatemala y el Banco Internacional Corporación Interamericana de Inversiones, así POR TANTO, de Reconstrucción y Fomento (BIRF), el 22 de como que sirva de Organo de enlace para el menmarzo del presente año. cionado Convenio y en la medida de que sea factiEn uso de las facultades que le confiere el inciso ble y se estime conveniente eventualmente se par4o. del artículo 189 de la Constitución de la ReArtículo 39-Las amortizaciones de capital. intereses y demás gastos derivados del Convenio de ticipe con un mayor número de acciones. pública y conforme lo dispuesto en el inciso 10, artículo 19 del Decreto 93 del Congreso de la Re-Enmienda al Préstamo BIRF-1605-GU, serán pagados por el Instituto Nacional de Electrificación Artículo 39-El presente decreto-ley entrará pública,

(INDE) con sus propios recursos, para lo cual en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. ACUERDA: debe contemplar las asignaciones respectivas en sus presupuestos anuales. Dado en el Palacio Nacional en la ciudad de I) Aprobar los siguientes Artículo 49-Los fondos provenientes del ConGuatemala a los treinta días del mes de mayo de venio de Enmienda al Préstamo BIRF-1605-GU, mil novecientos ochenta y cinco. ESTATUTOS DE LA "ASOCIACION DE EMlos utilizará el Instituto Nacional de ElectrificaPLEADOS DE LA FINCA LA PERLA Y ción (INDE), exclusivamente para financiar parPublíquese y cúmplase. ANEXOS" cialmente la finalización del Proyecto Hidroelectrico de Chixoy. General de División OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, CAPITULO I Artículo 5°-E1 presente decreto-ley entra en Jefe de Estado. vigor inmediatamente y deberá ser publicado en De la Asociación, su naturaleza, domicilie, el Diario Oficial. Secretario General de la Jefatura de Estado, duración y fines

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.

Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de Artículo 10. su naturaleza: La Asociación Guatemala, a los treinta días del mes de mayo de El Ministro de Finanzas, de Empleados de la Finca La Perla y Anexos es mil novecientos ochenta y cinco. ARMANDO GONZALEZ CAMPO. una entidad no lucrativa, de carácter apolítico, sin distingos religiosos, esencialmente civil, accionada, Publíquese y cúmplase. que se propone promover, ejercer y proteger los intereses económicos, sociales y culturales de sus General de División asociados.

OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Jefe de Estado. MINISTERIO DE FINANZAS Artículo 20.-De su domicilio: El domicilio de la PUBLICAS Asociación será el departamento de El Quiché con Secretario General de la sede en la Finca La Perla y Anexos, municipio de Jefatura de Estado, Chajul.

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.

Artículo 30.-De su duración: El plazo de la Aso-Nombrase Gerente General de la Empresa Portua-El Ministro de Finanzas. ciación es indefinido. ARMANDO GONZALEZ CAMPO. ria Nacional Santo Tomás de Castilla, al bachiller Carlos Tan Guzman. Artículo 40.-De sus fines: El Ministro de Comunicaciones, a) Fomentar la armonia, los vínculos de unión Transporte y Obras Públicas, ACUERDO GUBERNATIVO DE y la cooperación, solidaria entre los emplea-LUIS HUGO SOLARES. NOMBRAMIENTO NUMERO 26 dos y entre éstos y la empresa;

b) Planear, realizar y difundir programas eduPalacio Nacional: Guatemala, 4 de junio de 1985. cativos y culturales de interés para sus asociados; DECRETO-LEY NUMERO 50-85 EL JEFE DE ESTADO, c) Establecer programas de vivienda, cajas de ahorro y préstamos, centros de recreación, EL JEFE DE ESTADO, actividades deportivas, sociales y todas las En el ejercicio de las facultades que le confieque siendo lícitas contribuyan a fomentar la CONSIDERANDO: ren los artículos 49 y 26, inciso 5°, literal c) del solidaridad entre sus asociados y sus familias; Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado y Que la Corporación Interamericana de Inverpor los Decretos-Leyes números 36-82 y 87-83 y d) Para lograr sus objetivos, la Asociación posiones ha sido fundada con el objeto de complecon base en lo que determina el artículo 20 de drá realizar las siguientes actividades: recibir mentar las actividades del Banco Interamericano la Ley Orgánica de la Empresa Portuaria Nacional las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus de Desarrollo -BID-, con el propósito de promover Santo Tomás de Castilla, modificado por el articuasociados, que fijará la Junta Directiva; reel desarrollo económico de sus países miembros; lo 59 del Decreto-Ley número 36-85, cibir igualmente aportes de la empresa; con-

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