Decreto 4977 de 2011
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 4977 de 2011
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal Militar
- Año
- 2011
DECRETO 4977 DE 2011
DIARIO OFICIAL. AÑO CXLVIII. N. 48608. 8, NOVIEMBRE, 2012. PÁG. 3.
DECRETO 4977 DE 2011
(diciembre 20) por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto número 2960 de 17 de agosto de 2011, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010 y se adoptan medidas para implementar el Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar. E S T A D O D E V I G E N C I A Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo DECRETO REGLAMENTARIO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, en concordancia con los artículos 623, 624 y 627 de la Ley 1407 de 2010,
CONSIDERANDO
Que a través de la Ley 1407 de 2010, publicada en el Diario Oficial número 47.804 de 17 de agosto de 2010, se expidió el Código Penal Militar;
Que el artículo 623 de la mencionada ley, autoriza al Gobierno Nacional previo los estudios respectivos, para tomar las decisiones correspondientes para la implantación sucesiva del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar;
Que el artículo 624 de dicha ley, establece los criterios y factores para el cumplimiento de las funciones inherentes a la implementación del Sistema Penal Acusatorio;
Que el artículo 625 ibídem, señala que el Gobierno Nacional para garantizar el funcionamiento del nuevo sistema, ajustará la planta de personal con los funcionarios y empleados que actualmente se encuentran vinculados a la Justicia Penal Militar y los que se requieran para su implementación;
Que el artículo 627 de la referida norma, señala que el Ministerio de Defensa Nacional en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecerá el plan de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar, acorde con el marco fiscal de mediano plazo del sector defensa y el marco de gasto de mediano plazo del mismo sector;DECRETO 4977 DE 2011 Que de conformidad con las normas trascritas, el Gobierno Nacional expidió el Decreto número 2960 de 17 de agosto de 2011, "por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1407 de 2010 y se adoptan medidas para implementar del Sistema Penal Acusatorio en la Jurisdicción Penal Militar", en cuatro (4) fases, de manera gradual y sucesiva en el territorio nacional a partir del primero (1°) de enero de 2012;
Que para la operatividad del Sistema Penal Acusatorio, se requiere que se encuentre
nacional a partir del primero (1°) de enero de 2012;
Que para la operatividad del Sistema Penal Acusatorio, se requiere que se encuentre implementada la Fiscalía General Penal Militar y organizado el Cuerpo Técnico de Investigación Penal Militar;
Que el Ministro de Defensa Nacional presentó el 23 de agosto de 2011, en la Secretaría General del Senado de la República, el proyecto de ley radicado con el número noventa y tres (93) "por el cual se establecen requisitos para el desempeño de cargos en la Jurisdicción Penal Militar, se implementa la Fiscalía General Penal Militar, se organiza el Cuerpo Técnico de Investigación de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones";
Que el mencionado proyecto de ley se encuentra pendiente de trámite legislativo en el Congreso de la República;
Que por lo expuesto es necesario modificar el término de iniciación de las cuatro (4) fases territoriales del plan de implementación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar,
DECRETA
Artículo 1°. Modifícase el artículo 2° del Decreto número 2960 de 17 de agosto de 2011, determinando que las cuatro (4) fases territoriales de desarrollo anual cada una, para implementar la operatividad y aplicación del Sistema Penal Acusatorio en la Justicia Penal Militar, comenzarán a partir del primero (1°) de enero de 2013, así
FASE I Año 2013
BOGOTÁ, D. C.
FASE I
Bogotá, D. C. N° Despachos
Militar, comenzarán a partir del primero (1°) de enero de 2013, así
FASE I Año 2013
BOGOTÁ, D. C.
FASE I
Bogotá, D. C. N° Despachos
BOGOTÁ, D. C. 63
FASE II Año 2014
BOYACÁ, CALDAS, CAUCA, CUNDINAMARCA, HUILA, NARIÑO, QUINDÍO, RISARALDA,
TOLIMA Y VALLE DEL CAUCA.
Departamento N° Despachos
BOYACÁ 7
CALDAS 2
CAUCA 2
CUNDINAMARCA 9DECRETO 4977 DE 2011
HUILA 5
NARIÑO 7
QUINDÍO 6
RISARALDA 2
TOLIMA 9
VALLE DEL
CAUCA 21
TOTAL 70
FASE III Año 2015
ANTIOQUIA, ATLÁNTICO, BOLÍVAR, SAN ANDRÉS, CESAR, CHOCÓ, CÓRDO BA,
GUAJIRA, MAGDALENA, NORTE DE SANTANDER, SANTANDER Y SUCRE.
FASE III
Departamento N° Despachos
ANTIOQUIA 35
ATLÁNTICO 7
FASE III
Departamento N° Despachos
BOLÍVAR 6
SAN ANDRÉS Y PROVIDENCIA 1
CESAR 6
CHOCÓ 3
CÓRDOBA 2
GUAJIRA 3
MAGDALENA 5
NORTE DE SANTANDER 8
SANTANDER 11
SUCRE 4
TOTAL 91
FASE IV Año 2016
AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ, CASANARE, GUANÍA, GUAVIARE, META, PUTUMAYO,
SANTANDER 11
SUCRE 4
TOTAL 91
FASE IV Año 2016
AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ, CASANARE, GUANÍA, GUAVIARE, META, PUTUMAYO,
VAUPÉS Y VICHADA.
FASE IV
Departamento N° Despachos
AMAZONAS 1
ARAUCA 5
CAQUETÁ 10
CASANARE 5
GUAINÍA 1
GUAVIARE 4
META 12
PUTUMAYO 5
VAUPÉS 2
VICHADA 1
TOTAL 46DECRETO 4977 DE 2011
Artículo 2°. Las demás disposiciones del Decreto número 2960 de 17 de agosto de 2011, no se modifican y continúan vigentes.
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2011.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Viceministro Técnico encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo de Jesús Suescún Melo.
El Ministro de Defensa Nacional,
Juan Carlos Pinzón Bueno.
La Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública encargada de las funciones del Despacho de la Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Claudia Patricia Hernández León.