Decreto 5-1970-3
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 5-1970-3
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1970
Gua
SCHOKE
Iteco
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXVII GUATEMALA, JUEVES 19 DE FEBRERO DE 1970 NUMERO 83
SUMARIO gozarán del derecho de veinte días hábiles de vaDado en el Palacio del Organismo Legislativo, caciones, después de un año de trabajo. En la crudad de Guatemala. a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos setenta, Para el goce de este derecho se aplicarán las ORGANISMO LEGISLATIVO reglas que determina la Ley de Servicio Civil y ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, supletoriamente el Código de Trabajo, debiéndose Presidente. interpretar tales normas. para resolver cualquier Decreto número 3-70. (880 dudoso, en favor de los trabajadores. AUGUSTO ROSALES ARRIOLA, Primer Secretario. Decreto número 4-70. El Ministerio de Trabajo y Previsión Social y las dependencias creadas por la Ley de Servicio HUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, Decreto número 5-70. Civil, quedan encargadas de emitir las disposiciones Segundo Secretario.
necesarias para la efectiva aplicación de esta ley. ORGANISMO EJECUTIVO Palacio Nacional: Guatemala, once de febrero Artículo presente Decreto entrará en vide mil novecientos setenta, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA For el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Ratifíquese, publíquese y cúmplase.
JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO.
Nómbrase al licenciado Emilio Peralta Portillo,Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-Ministro de Hacienda Crédito Público. ción y cumplimiento. EI Ministro de Relaciones Exteriores,
ALBERTO FUENTES MOHR.
MINISTERIO DE LA DEFENSA Dado en el Palacio del Organismo Legislativo. en la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días NACIONAL del mes de enero de mil novecientos setenta, Nómbranse como Vocales Militares para las Salas ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, Presidente de Apelaciones de la ciudad de Jalapa y AntiDECRETO No. 5-70 gua Guatemala, a los miembros del Ejército que se indican. AUGUSTO ROSALES ARRIOLA, Primer Secretario. El Congreso de la República de Guatemala,MINISTERIO DE EDUCACION HUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, Autorizase a partir de la fecha de fundación el Segundo Secretario. CONSIDERANDO: Instituto Técnico Comercial Mixto "San Martin Palacio Nacional: Guatemala, trece de febrerode Porres", situado en la cludad de Huehuetede mil novecientos setenta, Que el Gobierno de la República suscribió un
nango. Convenio sobre Servicios Internacionales Regulares Publiquese y cúmplase. de Transporte Aéreo con la República Federal de Nominase "15 de Septiembre de 1821" a la EscueAlemania. firmado en Guatemala el veinticuatro de la Nacional Rural Mixta de la aldea "Valle JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. julio de mil novecientos sesenta y ocho; Nuevo", del municipio de Morales, Izabal. El Ministro de Trabajo V Previsión Social, MINISTERIO DE SALUD PUBLICA JOSE LUIS DE LA ROCA SANTA CRUZ. CONSIDERANDO: Y ASISTENCIA SOCIAL Que el Consejo de Estado, la Dirección General de Aeronáutica Civil, la Dirección de Asuntos Jurid.cos del Ministerio de Relaciones Exteriores, y el Concédese autorización a los vecinos de la Aldea Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas, BELEN. Municipio de Santa Rosa de Lima, deDECRETO No. 4-70 se han prenunciado favorablemente a dicho Conpartamento de Santa Rosa, sobre el funcionavenio, toda vez que es conveniente para Guatemala, miento de un cementerio en dicha Aldea para uso de los vecinos de ese lugar. El Congreso de la República de Guatemala, POR TANTO, ANUNCIOS VARIOS CONSIDERANDO: En cumplimiento de las atribuciones que le otorAutorizaciones farmacéuticas, Matrimonios. ga el inciso 14 del artículo 170 de la Constitución Lineas de transporte. Constitución de socie Que el Gobierno de la República suscribió con el ce la República,
dad. Prórroga de sociedades. Disolución Gobierno de Italia, un Convenio por Canje de Notas de sociedades. Registro de marcas. Pa. Entre el Ministerio de Relaciones Exteriores de tentes de invención. Títulos supletorios. Guatemala y la Embajada de Italia acreditada en DECRETA: Edictos. - Licitaciones. Remates. nuestro país, con fecha 12 de agosto de 1969. mediante el cual se exonera del requis de visa de Artículo 10.-Se aprueba el Convenio sobre Seringreso y salida a los nacionales de cada uno de vicios Internacionales Regulares de Transporte Aé- los países signatarios y poder entrar y permanecerreo. celebrado entre la República de Guatemala y ORGANISMO LEGISLATIVO temporalmente en el país de que se trate; la República Federal de Alemania, firmado en la cludad de Guatemala, el veinticuatro de julio de CONSIDERANDO: mil novecientos sesenta y ocho. DECRETO No. 3-70 Que el Consejo de Estado y la Dirección de Artículo 20.-EI presente Decreto fue aprobadoAsuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Excen el voto favorable de más de las dos terceras teriores se pronunciaren favorablemente a este ConEl Congreso de In Repúblico de Guatemala, partes del total de Diputados que integran el Con-venio, el cual no contiene disposiciones contrapues-greso y entrará en vigor al día siguiente de su tas a la Constitución de la República, ni a las leyespublicación en el Diario Oficial.
CONSIDERANDO: migratorias de nuestro país, Que las condiciones de trabajo de los trabajadoPase al Organismo Ejecutivo para lo que prores por planilla 0 por contrato que prestan sus serPOR TANTO, ceda. vicios en dependencias del Estado, entidades descentralizadas, autónomas 0 semiautinomas. y las Con base en el inciso 14 del artículo 170 de la municipalidades, deben regirse por el principio deConstitución de la República, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, igualdad de derecho con los trabajadores presuen la ciudad de Guatemala, a los veintinueve días puestados; del mes de enero de mil novecientos setenta,
DECRETA: CONSIDERANDO: ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, Artículo 10.-Se aprueba el Convenio celebrado Presidente.
Que es justo otorgar a los trabajadores por pla-por Canje de Notas entre el Ministerio de Relanilla 0 por contrato que presten sus servicios en ciones Exteriores de Guatemala y la Embajada de AUGUSTO ROSALES ARRIOLA, las dependencias e instituciones del Estado. el de-Italia acreditada en nuestro país, de fecha doce Primer Secretario. recho a gozar de veinte días hábiles de vacaciones,de agosto de mil novecientos sesenta y nueve el cual permite a los nacionales de Italia y de GuaHUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, POR TANTO, temala, el ingreso, permanencia y salida en teSegundo Secretario. rritorio del otro país, sin el requisito de Visa.
Con fundamento en el artículo 121 de la ConstiPalacio Nacional: Guatemala, once de febrero lución de la República, Artículo 20.-El presente Decreto fue aprobado de mil novecientos setenta, por el voto favorable de la mayoría absoluta del DECRETA: total de Diputados que integran el Congreso y Ratifíquese, publíquese y cúmplase. entrara en vigor al día siguiente de su publicaArtículo 10.-Los trabajaderes por planilla 0 porción en el Diario Oficial. JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. contrato que presten sus servicies en las dependencias del Estado. las entidades descentralizadas, auPase al Organismo Ejecutivo para lo que pro-El Ministro de Relaciones Exteriores, tónomas 0 semiautónomas, y las municipalidades, ceda. ALBERTO FUENTES MOHR.
BIBLIOTECA
DEL LIB
LONGRESONSA
- Y