Decreto 5-1989
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 5-1989
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1989
Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXV Decano de la Prensa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, viernes 13 de enero de 1989Número 44
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO
ATENCION ANUNCIANTES
ORGANISMO LEGISLATIVO IMPRESION SE HACE CONFORME ORIGINAL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACIONCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMAIA Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el Acuérdase adoptar para el Sector Público Agropecuario,DECRETO NUMERO 5-89 original. Ganadería y de Alimentación -SPADA-, In regioPer lo anterior, esta Administración ruega al nalisación establecida por el Decreto Número 70-86 público tomar nota. Ley Preliminar de Regionalización del Congreso de is
ORGANISMO EJECUTIVO República.
ACUERDO 002-89
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y Palacio Nacional: Guatemala, 9 de enero de 1989. ALIMENTACION Viceministro de Agricultura y Alimentación, Acuérdase adoptar para el Sector Público Agropecuario, ORGANISMO LEGISLATIVO Encargado del Despacho, Ganadería y de Alimentación -SPADA-, la regionalización establecida por el Decreto Número 70-86 CONSIDERANDO: Ley Preliminar de Regionalización del Congreso de la República. Que la Constitución Política de la República establece
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA como obligación del Estado "Promover en forma sistemática la descentralización económica administrativa, DECRETO NUMERO 5-89 para lograr un adecuado desarrollo del país"; y que "La MINISTERIO DE GOBERNACION administración será descentralizada y se estáblecerán regiones de desarrollo con criterios económicos, sociales Apruébanse los Estatutos de la Asociación Fondos para El Congreso de la República de Guatemala, y culturales que podrán estar constituidos por uno 0 más Niños Cristianos del Municipio de San Martin Jilotedepartamentos para dar impulso racionalizado al despeque del Departamento de Chimaltenango. arrollo integral del país"; CONSIDERANDO: Apruébanse los Estatutos de la Asociación de Vecinos CONSIDERANDO: de San Rafael I; y reconócese su Personalidad JuriQue el 14 de enero de 1989, concluye el período ordidica. nario de sesiones del Congreso, que diera inicio en 1988, Que el Decreto Número 70-86 del Congreso de la República de Guatemala, establece la "Ley Preliminar de por lo que es procedente dictar la norma legal que Regionalización" por la cual se delimitan las regiones determine su clausura, así como declarar inaugurado elde desarrollo. MINISTERIO DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE POR TANTO: período ordinario de sesiones correspondiente al preY OBRAS PUBLICAS sente año. En base a lo dispuesto en los Artículos 119, incisos a)
y f) de la Constitución Política de la República; Artículo Apruebase el Presupuesto de Ingresos y Egresos de la POR TANTO: 29 del Decreto Número 51-81; Artículo 69 del Decreto Empresa Portuaria Quetzal, para el período comprenNúmero 102-70, ambos del Congreso de la República y dido del uno de enero al treinta y uno de diciembre En ejercicio de las facultades que le asignan los ar-los Artículos 49, 55, 56 y 57 del Reglamento del Minisde mil novecientos ochenta y nueve. tículos 165, 171 inciso a) y 181 de la Constitución Poterio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo del 10 de marzo de 1982.lítica de la República de Guatemala.
ACUERDA: MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DECRETA: ARTICULO 19--Adoptar para el Sector Público Agropecuario, Ganadería y de Alimentación -SPADA-, laApruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos del InsARTICULO 1.-Se declara clausurado el período ordiregionalización establecida por el Decreto Número 70-86 tituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS). paranario de sesiones del Congreso correspondiente al Año "Ley Preliminar de. Regionalización", del Congreso de el período comprendido del uno de enero al treinta Legislativo 1988-1989 la República; según el siguiente detalle: y uno de diciembre de mil novecientos ochenta y nueve. I REGION METROPOLITANAARTICULO 2.-Se declara inaugurado el período de
sesiones ordinarias del Congreso de la República, coIntegrada por el departamento de Guatemala. PUBLICACIONES VARIAS rrespondiente a 1989, en dos fases, la primera del quince· REGION NORTE de enero al treinta y uno de mayo, y la segunda del Integrada por los departamentos de Alta y Baja VeJUNTA MONETARIA uno de agosto al treinta de noviembre. rapaz. RESOLUCION JM-7-89 ARTICULO 3.-El presente Decreto entrará en vigenIII REGION NORORIENTE cia el día 14 de enero de 1989 y deberá ser publicado Integrada por los departamentos de Izabal, Chiquimula, Zacapa y E Progreso.en el Diario Oficial. ANUNCIOS VARIOS IV REGION SURORIENTE Pase al Organismo Ejecutivo para su publicacion. Integrada por "los. departamentos de Jutiapa, Jalapa Matrimonios. Linea de transporte. Constituciones Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la y Santa Rosa. de sociedad. Modificaciones de sociedad. Patentes de invención. Registro de marcas. Títulos ciudad de Guatemala, a doce días del mes de enero de V REGION CENTRAL supletorios. Edictos. Licitación. Remates. mil novecientos ochenta y nueve. Integrada por los departamentos de Chimaltenango, Sacatepéquez y Escuintla. Comercial Marítima, S. A.-Balance General al 31 de ALFONSO ALONSO BARILLAS, Presidente. VI REGION SUROCCIDENTE diciembre de 1982. Integrada por los -departamentos de San Marcos, Quetzaltenango, Totonicapán, Solola, Retalhuleu y Suchite-Internacional de Inversiones Inmobiliarias, S. A. BaLEONEL BROLO, péquez. lance General al 31 de diciembre de 1982. Secretario. VII REGION NOROCCIDENTE Inversiones en Valores y Bienes, S. A. Balance GeCARLOS BENJAMIN ESCOBEDO RODRIGUEZ, Integrada por los departamentos de Huehuetenango neral al 31 de diciembre de 1982. Secretario y Quiche.