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Decreto 5-2000-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 5-2000-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Penal
Año
2000

2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-3 de marzo del 000 NUMERO 60

CUARTO: El presente punto resolutive será publicado en el diario oficial. DECRETO NUMERO 5-2000

DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CTUDAD DE GUATEMALA, A LOS DIECISEIS DIAS DEFEBRERO DEL AÑO DOS MIL. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la profesionalidad de los integrantes de la Policia Nacional Civil se alcanza a través del estudio y preparacion para obtener los conocimientos juridicos, operativos y administrativos,POSE/EFRAIN RIOS MONTH para alcanzar una excelencia para el acceso promocional a los cargos de dirección del cuerpoPRESIDENTE policiaco Jc referencia

DF CONSIDERANDO:

CARLOS WOHLERS MONRO

COMMISSOPUBLICA

Que fundamentalmente debe consolidarse la carrera policial para alcanzar el nivel deDESTERNANDEZ RUBIO concumentos necesarios y los actuales integrantes puedan optar a cargos de Dirección JentroSECRETARIO SECRETARIO de la Policia Nacional Civil, pero actualmente resulta conveniente nombrar CU el cargo público relacionado 3 profesionales especializados CN materia juridica en los myeles jerárquicos necesarios que permitan cumplit con la ejecución de las funciones de dirección cn las distintas Capitals. Centie America unidades de la institución.

CONSIDERANDO: DECRETO NUMERO 2-2000 Que 05 necesario olorgar las facultades legales al Ministerio de Gobernación para que elabore apriche el proceso de nombramiento de profesionales para optar a los diferentes cargos de

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA dirección establecidos-en la Ley de la Policia Nacional Civil, para no lumitar CII cl futuro el derecho de promoción interna entre sus miembros que alcancen los conocimentos jurídicos CONSIDERANDO: necesarios para ejecutar las acciones que cl cargo amerita Que a través del Decreto Número 13-93 el Congreso de la Republica aprobo la creacion del Fondo de POR TANTO: Inversión Social como entidad estatal. descentralizada y autónoma, con personalidad juridica y patrimonio propio. previendo su duración en ocho años, con el objetivo primordial de que el EstadoEn ejercicio de las atribuciones que le confiere et articule 171 literal a) de la Constitucion invierta en actividades que mejoren cl nivel de vida y las condiciones económico sociales Politica de la Republica de Guatemala exclusivamente de los sectores en situación de pobreza y extrema pobreza del area rural del pais.

DECRETA: CONSIDERANDO: ARTICULO 1. Se reforma el articulo 22 de la Ley de la Policia/Nacional ( will Decrein Que el tiempo que resta para la existencia jurídica del Fondo de Inversion Social se consideraNumero 11-97 del Congreso de la Republica. el cual queda asi insuficiente para cumplir con los objetivos trazados en el proyecto de su creacion, siendo necesario emitir la disposición legal que en derecho corresponde, para ampliar el plazo original. "Articulo 22. El Director General de la Policia Nacional Civil será nombrado por POR TANTO: el Ministro de Gobernacion 1:1 Director General Adjunto y los Subdirectores

Generales seran nombrados por cl Minisho de Gobernación a propuesta del Director General." En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literal a) de la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala. ARTICULO 2.

DECRETA: Se reforma el articulo 23 de la Ley de la Policia Nacional Civil, Decreto Número 11-97 del Congreso de la Republica, cl roal queda asi ARTICULO 1. Se reforma el último párrafo del articulo I de la Ley del Fohdo de Inversion Social. "Articulo 23. El Director General, cl Director General Adjunto y los SubdirectoresDecreto Número 13-93 del Congreso de la Republica, el cual queda asi: Generales deberán llenar los requisitos signatures "El Fondo de Inversión Social tendrá una duración de doce (12) años." a Ser mayor de 30 años de edad.

ARTICULO 2. Se reforma el articulo 18 de la Ley del Fondo de Inversion Social, Decreto 4, Set guatemalteeo de origenNumero 13.93 Jel Congreso de la Republica, el cual queda asi: c"Articulo 18. Calidades. Para ser nombrado micmbio Je la Junia Directive sc require Carecer de antecedentes penales policiates." ser persona de reconocida honorabilidad AI hacer los nombramientos la autoridad ARTICULO 3. nominadora deberá asegurarse que la Junta Directive sea un equipo multidisciplinano, El presente decreto entrará en vigencia el dia de su publicacion en el cuyos membros hayan tenido experiencia administrativa 0 en ei sector financiero 0 en diano oficial.

asuntos de desarrollo económico-social." PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMUTIGA ION ARTICULO 3. El presente decreto entrará en vigencia el dia de su publicación en el diano oficial. PUBLICA ION. PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y DADO EN 1.1. PALAC to DEL ORGANISMO EGISLATIVO. ENTA IUDAD DE PUBLICACION GUATEMALA, A 1.05 VEINTICUAIRO DIAS DFL MES DE FEBRERO DEL ANO DOS MIL DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL.

JOSE/FRAIN RIOS MONT

PRESIDENTE

JOSNEFRAIN RIOS MONTT

PRESIDENTE

CARLOS WOULERS MONROY CARIOS HERYANDEZ RUBIC

CARLOS WOULERS MONROY CARL RUBIO CRETARIO SECRETARIO SECRETARIO SECRETARIO PALACIO NACIONAL Guatemala, veintinueve de febre del ando dos nut PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintinueve de febrero del año dos mil.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

PUBLIQUESE Y CUMPLASE DEDE LA

REPUBLICA REPUBLICA

PORTILLO CABRERA

PORTILLO CABRERA WITHMALK. GUITEMALA.ALL

DE Luis Mijangos c. (Lic. Mario Guillermo Ruiz WongDuis Mijangos C. L/c. Mario Quillermo Ruiz Wong Ministrolde Obernación SECRETARIO GENERAL & Ministro de Obernación

PRESIDENCIA DE REPUBLICAPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

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