Decreto 5-2003-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 5-2003-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2003
DECRETO NUMERO 05-2003
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que mediante al Decreto Número 61 -97, el Congreso de la República aprobó el veintitrés de julio de mil novecientos noventa y siete, la Convención Internacional sobre Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, adoptada el dieciocho de diciembre de mil novecientos noventa, por la Asamblea d e la Organización de las Naciones Unidas.
CONSIDERANDO: Que es necesario suprimir las reservas expresadas en el Decreto de mérito, toda vez que la formulación de las mis mas es competencia del Organismo Ejec utivo, razón por la que el instrumento no ha sido ratificado.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: ARTICULO 1. Se reforma el terc er “considerando” del preámbulo del Decreto Número 61-97 del Congreso de la República, el cual queda así: “CONSIDERANDO: Que el Estado de Guatemala, debe mantener una normativa congruente con la salvaguarda de la clase trabajadora.” ARTICULO 2. Se derogan los artículo s 2 y 3 del Decreto Número 61 -97 del Congreso de la República.
ARTICULO 3. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial.
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION PROMULGACION
Y PUBLICACION.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
en el diario oficial.