🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 506-1955

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 506-1955
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1955

292 RECOPILACION DE LEYES Protección básica en DECRETO NUMERO 505Grado quetzales Soldados de 1ª y 2" clases 300.00 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, Cabos y sargentos segundos 400.00 Sargentos primeros y sargentos mayores500.00 CONSIDERANDO: Clases especialistas y técnicos 600.00 Subteniente 3,000.00 Que la importación efectuada por el reverendo Teniente 3,500.00 Antonio Sandoval, con destino a la Iglesia PresbiCapitán 4,000.00 teriana Belén, no reviste ningún carácter lucrativo; Mayor 4,500.00 Teniente coronel y coronel 5,000.00 POR TANTO, Pilotos y copilotos aviadores de cual quier grado 5,000.00 DECRETA: Articulo 3°-E1 presente decreto entrará en vigorArtículo 1°-Se exonera al reverendo Antonio el día de su publicación en el Diario Oficial, de-Sandoval, del pago de derechos arancelarios, renbiendo darse a conocer por la Orden General del tas consignadas, derechos consulares, impuestos de Ejército. 1 reconstrucción de Aduanas y estiba y contribución portuaria, sobre el órgano y sus accesorios que lleDado en el Palacio Nacional: en Guatemala, a losgaron a su consignación y fueron declarados en veinte días del mes de diciembre de mil novecienpóliza número 26217/55 de la Aduana Express Aéreo, tos cincuenta y cinco. el cual se destina para la Iglesia Presbiteriana

Belén. Publíquese y cúmplase. Artículo 20-El presente decreto entrará en vigor CARLOS CASTILLO ARMAS. el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. E! ministro de la Defensa Nacional, ENRIQUE CLOSE DE LEON. Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los veintitrés días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. Publiquese y cúmplase.

DECRETO NUMERO 504

CARLOS CASTILLO ARMAS.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, El ministro de Hacienda y Crédito CONSIDERANDO: Público, Que por razones de urgencia la Dirección GeneJORGE ECHEVERRIA LIZARRALDE. ral de Asuntos Agrarios, se ha visto en la necesidad de llenar las vacantes de empleados ocurridas en dicha dependencia, por lo que no habiendo sido incluida en el decreto número 357, de fecha 25 de julio de este año,2 procede dictar las disposicio-DECRETO NUMERO 506 nes legales que el caso requiere;

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

POR TANTO, DECRETA: CONSIDERANDO: Articulo 1°-Se convalidan los nombramientos heQue según acuerdo gubernativo de veinte de chos por la Dirección General. de Asuntos Agrarios,julio de mil novecientos cincuenta y cuatro, la con anterioridad a la vigencia de este decreto. Comisión de Asesoría Jurídica de la Presidencia Articulo 2°-E1 presente decreto entrará en vigorde la República, fue creada para asesorar al Ejecudesde el dia siguiente de su publicación en el Dia-tivo en las funciones legislativas que le han corres-rio Oficial. pondido como consecuencia de haberse disuelto el Congreso Nacional, actualmente próximo a insta-Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los veintidós días del mes de dilarse; ciembre de mil novecientos cincuenta y cinco. CONSIDERANDO: Publiquese y cúmplase. Que es necesario y conveniente que el Presidente de la República disponga de un órgano de consulta CARLOS CASTILLO ARMAS. técnicojuridico que con carácter permanente pueda ser consultado como asesor en el estudio y resolu-E1 ministro de Gobernación, ción de asuntos que revistan alguna trascendencia,MIGUEL ORTIZ PASSARELLI. y que constituya a la vez un cuerpo auxiliar en el desarrollo de las funciones administrativas; 1 Publicado el 21 de diciembre de 1955. 2 En este tomo. 1 Tomo 73.293

REPUBLICA DE GUATEMALA

POR TANTO, DECRETO NUMERO 507

DECRETA: EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,Artículo 1°-La Comisión de Asesoría Jurídica de la Presidencia de la República, al cesar en las funciones que había tenido asignadas, continuará CONSIDERANDO: con carácter permanente como órgano de consulta Que es necesario señalar el destino que debe técnicojurídico del Ejecutivo. Se compondrá de undarse a los fondos provenientes de las ventas que presidente y cuatro vocales, y dispondrá del per-efectúe la Dirección General de Asuntos Agrarios,

sonal de empleados que determine el presupuesto. en aplicación de lo preceptuado por el decreto nú- Artículo 2º-Los miembros titulares de la Comimero 386 de fecha 27 de agosto de este año, 1 ya sión, se nombrarán por el Presidente de la Repú-que tal requisito se omitió en dicha disposición blica, y el personal de empleados a propuesta delegal; aquélla. Dichos miembros designarán a la persoCONSIDERANDO: na que dentro de ellos, deba de actuar como seQue algunos propietarios de fincas rústicas, encretario. vista de que no pueden ceder tierras en propiedad Articulo 3°-Los miembros de la Comisión deben en la forma que indica el decreto número 278 de ser abogados de los tribunales de la república fecha 25 de abril de '1955, han ofrecido donar en ejercicio, de reconocida honorabilidad y comcantidades en efectivo para que la Dirección Gepetencia. Cuando se estimare necesario, la Comi-neral de Asuntos Agrarios sufrague los gastos que sión podrá aumentarse con otros miembros que demanda la ejecución del programa agrario que la reuniendo las mismas calidades, fueron especialipropia Dirección se propone realizar: zados en determinada materia.

CONSIDERANDO: Articulo 4°-Los dictámenes se emitirán mediante orden del Presidente de la República, pero si Que la Dirección General de Asuntos Agrarios cualquiera de los Ministerios u otros organismos necesita efectuar compras y llevar a cabo múltiples del Estado, necesitaren de la asesoría, de la Co-trabajos con el fin de incrementar el desarrollo

misión, la pedirán a través de la Secretaría Generalagrario del país y que, en esa virtud, los fondos rede la Presidencia una vez hayan agotado los trá- lacionados deben quedar a disposición de dicha mites que fueren propios al expediente de que se Dirección General para que los invierta en la fortrate. ma más conveniente, sin perjuicio del control fiscal Articulo 5°-La Comisión de Asesoria Jurídica que corresponde; depende directamente del Presidente de la Repú- POR TANTO, blica, y en el ejercicio de sus funciones, gozará de DECRETA: autonomia en relación con los demás organismos o dependencias oficiales. Artículo 1°-Se autoriza a la Dirección General de Asuntos Agrarios para que pueda percibir:Articulo 6°-La Comisión está facultada para solicitar directamente de las dependencias del Ora) El producto de todas las ventas que hiciere ganismo Ejecutivo las informaciones pertinentes de conformidad con lo mandado por el depara la ilustración o esclarecimiento de los asuntoscreto número 386, de fecha 27 de agosto de que se sometieren a su estudio. este mismo año; y Articulo 7°-Se consideran como adscritos a la b) Las donaciones en dinero efectivo que se hiComisión con voz informativa o consultiva, los asecieren por las personas que deseen contribuir sores de los Ministerios o de otros organismos ofia la solución del problema agrario del país. ciales, cuando en casos específicos fueren llamaArticulo 2°-Los fondos indicados en el artículo

dos para ello. anterior se depositarán en el Banco Nacional AgraArticulo 8'-La Comisión deberá elaborar su prorio a la orden de la Dirección General de Asuntos pio reglamento y someterlo a la aprobación guber-Agrarios. nativa. Artículo 3°-La Dirección General de Asuntos Artículo 9º-El presente decreto entrará en vigorAgrarios, a su juicio, invertirá los fondos proveel día de su publicación en el Diario Oficial. 1nientes de las ventas y donaciones a que se refiere el artículo 1° en: Dado en el Palacio Nacional: en Guatemala, a veintiuno de diciembre de mil novecientos cincuena) La compra de materiales, equipo, vehículos y ta y cinco. de todo cuanto necesitare para el debido cumplimiento de sus fines; Publíquese y cúmplase. b) La compra de fincas rústicas que sirvan para dotar de tierra a los campesinos que carecieCARLOS CASTILLO ARMAS. ren de ella; y c) El pago de los gastos que demandare la ejeEl ministro de Gobernación, cución de los trabajos relacionados con el proMIGUEL ORTIZ PASSARELLI. grama de desarrollo agrario que lleva a cabo 1 Publicado el 28 de diciembre de 1955. 1 En este tomo.

Consultar sobre este documento ...