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Decreto 508-1955

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 508-1955
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1955

EL GUATEMALTECO

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO-AMERICA

Registrado como correspondencia de segunda clase, en lo Administración Central Impreso en la Tipografia NacionalSEGUNDA EPOCA de Correos de Guotemole, el dia 6 de morzo de 1950, bajo el número 749 7° Av. y calle 18 de Septiembre TOMO CXLVI GUATEMALA MARTES 3 DE ENERO DE 1956 NUMERO 26

SUMARIO PRESUPUESTO DE SUELDOS Y SALARIOS DEL RAMO IV

SECCION 5ª

ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO Capítulo I.-Departamento de PUBLICO Guatemala En seis meses Decreto número 508 Proveeduría Escolar Partida Mensual Ene. Jun.56 Decreto de Presupuesto número 117 Acuerdase establecer en el municipio de Esquipulas Palo Gordo, del departamento de 1 Jefe 4-5-38 300.00 01,800.00 San Marcos, una Receptoria Fiscal. MINISTERIO DE GOBERNACION PRESUPUESTO DE GASTOS ORDINARIOS DEL RAMO IV Concédese dos meses de licencia a la persona que se expresa, médico de medicina y SECCION 5ª consulta del hospital de la Direccion General de la Guardia Civil, y nombrase subs. MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA tituto. Nombrase músico de segunda clase de la Banda de música civil de EI Progreso. En seis meses

Nombrase músico de tercera clase de la Banda de música civil de Cuilapa. Santa Rosa.Proveeduria Escolar Partida Mensual Ene. Jun.56 Hacense una permuta y varios nombramientos en las radios nacionales que se indican. Nombrase rectors de la prision de mujeres de Maratenango, Suchitepéquez. Gastos generales 4-5-A-4 0850.00 05,100.00 Permutase en sus cargos a las personas que se expresan, jueces de Paz de Chimaltenango 06,900.00Escuintla. Hacense varios nombramientos para los Juzgados que se indican. Total: seis mil novecientos quetzales ANUNCIOS VARIOS Artículo 29-EI importe anterior de seis mil novecientos quetzales Solicitudes de nacionalidad.- Titulos supletorios.- Registro de marcas.- Constitución(06,900.00), se destina a crear las siguientes partidas en el Presupuesto de sociedades.- Disolucion de sociedades.- Autorizacion farmacéutica.- Edictos.general de Gastos vigente: -Remates.

PRESUPUESTO DE SUELDOS Y SALARIOS DEL RAMO IV

SECCION 78

ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Agencia de la Tesorería Nacional En seit meses en la Proveeduria Escolar Partida Mensual Ene. a Jun.56

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO 1 Agente 4-7-23611170200.00 $1,200.00 1 Oficial 4-7-2362DECRETO NUMERO 508 117 $100.00 600.00

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PRESUPUESTO DE GASTOS ORDINARIOS DEL RAMO IV

SECCION 78

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Que es necesario en tanto entra en vigor el nuevo Regla-Agencia de la Tesorería Nacional En seis meses mento del añejamiento de licores, dictar disposiciones queen la Proveeduria Escolar Partida Mensual Ene. Jun.56 tiendan a facilitar la elaboración de cordiales y anises, asíGastos generales 4-7-4como para las diluciones y maceraciones, 225-117 50.00 o 300.00

POR TANTO, PRESUPUESTO DE GASTOS ORDINARIOS DEL RAMO IV

SECCION 5aDECRETA: MINISTERIO DE EDUCACION PUBLICA Artículo 1°-Se adiciona el artículo 18 del Decreto nú- mero 536 del Congreso de la República, con el siguiente En seis meses Proveeduria Escolar Partida Mensual Ene. Jun.56 párrafo: Gastos generales 4-5-A- "Pero se permite el uso de alcoholes de alto grado 585-117 $800.00 $4,800.00 en la fabricación de cordiales y anises; y también para las diluciones y maceraciones, siempre que la cantidad 06,900.00 de alcohol utilizada en estas operaciones no pase, en Total: seis mil novecientos quetzales cada mes, del 10% de los productos en cuya fabricación se empleen tales diluciones O maceraciones en el mismo Articulo 3º-Las modificaciones contenidas on el presente decreto,

período, y todo calculado a 48' G. L.". surten sus efectos desde la fecha que EE indica en la columna respectiva, debiendo la Contaduria General de la Nacion. efectuar las operaciones Artículo 2°-El presente decreto entrará en vigor al sicorrespondientes. guiente día de su publicación en el Diario Oficial. Dado en el Palacio Nacional: en Guatemala. a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco.

Dado en el Palacio Nacional: en Guatemala, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y Comuniquese.

cinco. CASTILLO ARMAS.

Publíquese y cúmplase. Por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

JOSE VICENTE RODRIGUEZ,

Subsecretario. CARLOS CASTILLO ARMAS. El Ministro de Gobernación,

MIGUEL ORTIZ PASSARELLI.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público. JORGE ECHEVERRIA LIZARRALDE. El Ministro de Salud Pública V Asistencia Social.

CARLOS SOZA BARILLAS.

E' Ministro de Comunicaciones V Obras Públicas,

JUAN LUIS LIZARRALDE.

DECRETO DE PRESUPUESTO NUMERO 117 El Ministro de Economia y Trabajo,

JORGE ARENALES CATALAN.

Por el Ministro de Agricultura.

AÑO FISCAL 1955-1956 ANTONIO COLOM ARGUETA,

Subsecretario. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA El Ministro de la Defense Nacional,

ENRIQUE CLOSE DE LEON.

De conformidad con lo establecido en la Norma presupuestal XXI del El Ministro de Relaciones Exteriores, Decreto gubernativo número 314, en Consejo de Ministros, DOMINGO GOICOLEA VILLACORTA.

DECRETA: Por el Ministro de Educacion Pública, Artículo 1°-Cancelar las siguientes partidas del Presupuento geneHERIBERTO PONCE SIERRA, ral de Gastos vigente: Subsecretario.

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