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Decreto 51-1971

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 51-1971
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
1971

Guat

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. -CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 1e. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de Centre Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el N' 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1.

DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA TOMO CXCI GUATEMALA, MARTES 8 DE JUNIO DE 1971 NUMERO 37 en tal forma la comunicación de los habitantes CONSIDERANDO: SUMARIO residentes en esta Aldea con el centro de la Ciudad y con sus lugares de trabajo; Que de conformidad con el estudio preparado por el Departamento de Investigaciones Agropecuarias ORGANISMO LEGISLATIVO CONSIDERANDO: Industriales del Banco de Guatemala, en octubre de 1968, y del Documento de Trabajo preparado porQue de acuerdo con la Ley de Expropiación, CO DECRETO No. 51-71. la Secretaría General del Consejo Nacional de Pla rresponde al Congreso de la República, la decla nificación Económica, se elaboró el plan financieroratoria en casos concretos. de utilidad colectiva, DECRETO No. 52-71. del programa que contempla la canalización de cré-beneficio e interés públicos la expropiación de la ditos a los finqueros ganaderos de la costa sur del propiedad privada, por razones debidamente com-DECRETO No. 53-71 pais, a través de todo el sistema bancario, el queprobadas. utilizará las facilidades de redescuento de un fondo

DECRETO No. 5471 de desarrolo ganadero que se constituirá y se admi-POR TANTO. nistrará por el Banco de Guatemala, para lo cual DECRETO No. 55-71. Con fundamento en el artículo 71 de la Constituse contará con los recursos del préstamo arriba ción de la República y 20. del Decreto 529 del mencionado y aportaciones de los bancos participanORGANISMO EJECUTIVO Congreso, Ley de Expropiación, tes, de los finqueros beneficiados y del Estado, con lo cual se estima que el programa ascenderá a la MINISTERIO DE AGRICULTURA DECRETA: suma de Q7.750,000.00; Exonérase de los requisitos de licitación pública y Articulo 10.-Se declara de utilidad colectiva, beneficio e interés públicos, la expropiación a favor CONSIDERANDO: de cotizaciones, la compra de 3,000 toneladas mé- tricas de maiz amarillo, que efectuará el Insti-de la Municipalidad de Guatemala, de dos fractuto Nacional de Comercialización Agrícola --IN-ciones de terreno de las siguientes fincas urbanas: Que 1a Junta Monetaria, en Resoluciones números 6711 y 6736, de fechas 30 de diciembre de 1970 y 28DECAArea de enero de 1971. respectivamente expresó opinión Apruebanse los Estatutos de la Cooperativa Agrícola afectafavorable a la contratación del préstamo con el de Servicios Varios "La Espiga", Responsabilidad da en Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento,

Limitada: y reconócese su personalidad juridica. metros lo que asimismo hizo el Consejo de Estado en su Fincuadradictamen aprobado en la sesión que celebró el dia ca No. folio libro 3 de marzo de 1971.dos MINISTERIO DE ECONOMIA 39,386 206 039 de Guatemala 63.68 POR TANTO, 19,856 184 524 de Guatemala Otórgane a la empresa «Camas y Muebles Siesta, 299.95 Con fundamento en los incisos 10 y 14 del artículo Sociedad Anónima» (CAMSA), exoneración del 45% del impuesto de Estabilización Económica. Artículo 20.-Para los efectos del artículo 20 del 170 de la Constitución de la República, sobre Jos rubros que se detallan. Decreto 529 del Congreso, adicionado por el artículo 50. del Decreto 1793 del Congreso se declara DECRETA: de urgencia la realización de la obra de construeción y prolongación de la dieciocho avenida de la Artículo 10.-Se autoriza al Organismo Ejecutivo MINISTERIO DE HACIENDA zona quince de esta ciudad, la cual unirá la Aldea para negociar un préstamo con el Banco Interna Concepción Las Lomas de la zona dieciséis con la cional de Reconstrucción y Fomento por la suma Y CREDITO PUBLICO Colonia Vista Hermosa III de la zona quince de de cuatro millones de dólares (US$4.000,000.00), 0

esta Ciudad Capital. su equivalente en otras monedas, destinado al fiConcédese a favor de la Iglesia Parroquial de Pan-Articulo 30.-La expropiación a que se refiere el nanciamiento parcial del Programa de Desarrollo zós, en Alta Verapaz, la exoneración que se ex-articulo 10. deberá efectuarse conforme a los rede la Ganaderia Bovina de Carne en la Costa Sur, presa. quisitos establecidos en la Ley de Expropiación y a diez y seis años plazo, con un período de gracia sus reformas. de cinco años, con una tasa de intereses de 7.25% Artículo 40.-El presente Decreto entrará en vianual sobre saldos deudores y una comisión de ANUNCIOS VARIOS gor el día siguiente de su publicación en el Diario compromiso de 0.75% anual sobre saldos no desemOficial. bolsados, que empezará a devengarse a los 60 días Matrimocios. Autorizaciones Farmacéuticas. de la fecha de la firma del contrato de préstamo. Linens de Transporte. Constitución de SociedaPase al Organismo Ejecutivo para su publicación Artículo 20.-Se aprueban las bases del empresdes. Modificación de Sociedad. Patentes de y cumplimiento. tito a que se refiere el artículo anterior, asi como Invención. Registro de Marcas. Título Supleel Convenio del mismo, suscrito por el Organismo torloo. Edictos. Licitaciones. Remates. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Ejecutivo con el Banco Internacional de Reconsen la Ciudad de Guatemala, a los veinticineo dias trucción y Fomento, el 10 de febrero de 1971.

Minas de Oriente, S. A., Balance General al 31 dedel mes de mayo de mil novecientos setenta y uno. Articulo 30.-Las amortizaciones del Préstamo, dicientre de 1969. sus intereses y comisiones, así como las aportacioMARIO SANDOVAL ALARCON, nes del Estado al programa, se pagarán por medio Sacos y Tejidos, S. A., 19 Av. 8-36, Zona 11, BaPresidente. de asignaciones presupuestarias que el Ejecutivo, lance General practicado al 30 de junio de 1970. por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito HECTOR ANDRADE URREJOLA, Público, fijará en cada ejercicio fiscal en el Presu-Impregnadores de Madera de Guatemala, S. A., Primer Secretario. puesto General de Gastos del Estado hasta la com-Balance General al 30 de junio de 1970. pleta cancelación de la deuda.CESAR AUGUSTO DAVILA M., Compania Agro-Comercial, S. A., Guatemala, BaArticulo La constitución de un fondo de desSegundo Secretario. lance Ceneral al 30 de junio de 1970. arrollo ganadero en el Banco de Guatemala y su administración por dicho banco, asi como la formaPalacio Nacional: Guatemala, tres de junio de Empresa Agricola e Industrial Cecilia, S. A., Guaen que, al terminarse la ejecución del programa semil novecientos setenta y uno.temala, C. A., Balance General al 30 de junio reintegrará al Estado el monto del préstamo y las de 1970. Publiquese y cúmplase. amoprtaciones del Estado al programa, será objeto de un contrato de administración que el GobierMinas de Oriente, S. A., Balance General al 31 de CARLOS ARANA OSORIO. no de la República por conducto del Ministerio de dicientre de 1970. Hacienda y Crédito Público suscribirá, oportunaEl Ministro de Gobernación, mente, con el Banco de Guatemala.

JORGE ARENALES CATALAN.

Articulo 50.-El presente Decreto fue aprobado ORGANISMO LEGISLATIVO 0 por el voto favorable de más de las dos terceras partes del numero total de Diputados que integran DECRETO No. 52-71 el Congreso y entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. DECRETO No. 51-71 El Congreso de la República de Guatemala,Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación Congreso de la República de Guatemala,CONSIDERANDO: y cumplimiento. Que el Organismo Ejecutivo ha solicitado autoriDado en el Palacio del Organismo Legislativo,CONSIDERANDO: zacion para formalizar el Contrato de Préstamo en la ciudad de Guatemala, a los veintiseis dias Que la Municipalidad de Guatemala ha justifica-número 722-GU que por la suma de cuatro millones del mes de mayo de mil novecientos setenta y uno. do plenamente la necesidad que tiene de que se de dolares (US$4,000,000.00), suscribió con el Ban declare de utilidad colectiva, beneficio e interés CO Internacional de Reconstrucción y Fomento, el MARIO SANDOVAL ALARCON,

públicos, la expropiación de dos fracciones de te-dia 10 de febrero de 1971. para invertir en el finanPresidente. iTemo de propiedad privada, para llevar a cabo ciamiento parcial del Programa "Desarrollo de la de orgenem. la obra de construcción y prolongaGanaderia Bovina de Carne en la Costa Sur", que HECTOR ANDRADE URREJOLA, ción de la eleciocho avenida de la zona quince. la representa la primera etapa dentro del Plan de Primer Secretario. cual unrá a Aldea Concepción Las Lomas de la Desarrollo Agricola 1971 75. del programa para fo zona con la Colonia Vista Hermosa III mentar. a escala nacional, el desarrollo de la ga CESAR AUGUSTO DAVILA M. de la nicha zona quince de esta Ciudad y facilitarnaderia bovina de carne; Segundo Secretario.

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