Decreto 51-1982
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 51-1982
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1982
434 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Julio 13 de 1982 NUMERO 15
ORGANISMO EJECUTIVO DECRETA: Artículo 30.-El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial Artículo 10.-Nombrar Magistrado de la Corte de
Apelaciones al Licenciado Leocadio de la Roca Pérez. Comuniquese. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Artículo 20.-El presente Decreto entrará en vigor General de Brigada inmediatamente. JOSE EFRAIN RIOS MONTT.
Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de GuateLEONARDO FIGUEROA VILLATE.
DECRETO LEY No. 51-82 mala, a los cinco días del mes de julio de mil novecienMinistro de Finanzas. tos ochenta y dos. 868266-15-JL. El Presidente de la República, General de BrigadaCONSIDERANDO: JOSE EFRAIN RIOS MONTT. MINISTERIO DE LA DEFENSA Que mediante el Decreto 1448 del Congreso de la ReCoronel y Licenciado NACIONAL pública se cre6 el Instituto de Fomento de Hipotecas MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.Aseguradas (FHA), cuya Ley Orgánica fue modificada Secretario General de la mediante el Decreto Ley número 292, de fecha 17 de noPresidencia de la República.viembre de 1964; Adicionase al Reglamento de Uniformes del Ejército de Guatemala, el emblema (parche) de identificación Coronel de Ingenieros DEM.CONSIDERANDO: para el personal de Oficiales, Especialistas y Tropa
RICARDO MENDEZ RUIZ ROSMHOSER, de alta en la Base Aérea "Teniente Coronel de Ministro de Gobernacion. Que es necesario y conveniente reformar la Ley del Aviación P. A. Danilo Eugenio Henry Sanchez". Instituto de Fomento de Hipotecas Aseguradas ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 102-82 (FHA), a efecto de introducir modificaciones en la integración de su Junta Directiva que estén acordes con Palacio Nacional: Guatemala, 6 de julio de 1982.la realidad nacional actual, POR TANTO, MINISTERIO DE FINANZAS El Presidente de la República, En uso de las facultades que le confiere el artículo 40. PUBLICAS CONSIDERANDO: del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado Que es necesario que el personal militar que presta por el Decreto Ley número 36-82, sus servicios en la Base Aérea "Teniente Coronel de Aviacion P. A. Danilo Eugenio Henry Sanchez", con Concédese la exoneración que se expresa, a favor de lasede en Santa Elena, El Peten, dependencia de la Fuer-DECRETA: Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Ultimosza Aérea Guatemalteca, cuente con un distintivo de Dias. identificación, que invoque las actividades de dicho Artículo 10.-Se modifica el párrafo primèro del personal para ser usado en el uniforme reglamentario y artículo 70. del Decreto número 1448 del Congreso de la ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 94-82 habiéndose elaborado el correspondiente modelo con
República (reformado por el artículo 10. del Decreto sus características especiales que reúnen los requisitos Ley número 292), el cual queda asi: Palacio Nacional: Guatemala, 5 de julio de 1982.enunciados, es el caso de aprobarlo adicionándose en ese sentido el Reglamento de Uniformes del Ejército de "Artículo 70.-El Instituto de Fomento de El Presidente de la República, Guatemala, cas Aseguradas (FHA) será dirigido por una Junta Directiva integrada por un Presidente y Cinco Vocales. POR TANTO, Los miembros de dicha Junta serán nombrados: El PreCONSIDERANDO: sidente y un Vocal por el Organismo Ejecutivo, por En uso de las facultades que le confieren los Articuconducto del Ministerio de Economia; los demás VocaQue la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Ulti-los 40. y 93 del Estatuto Fundamental de Gobierno, les serán nombrados por el mismo conducto, a propues-mos Dias, además de la labor religiosa que desarrolla,modificado por el Decreto Ley Número 36-82, 13 del ta de las siguientes entidades, así: Uno por la Juntarealiza actividades y obras de beneficio social en favorDecreto No. 1782, Ley Constitutiva del Ejercito, y en Monetaria, uno por el Banco Nacional de la Vivienda,de la comunidad; lo establecido por el Artículo 19 del Acuerdo Gubernauno por la Asociación de Banqueros de Guatemala y tivo de fecha 21 de junio de 1945, Reglamento de Uniuno por la Camara Guatemalteca de la Construcción. formes del Ejército de Guatemala, En igual forma serán nombrados seis Vocales Suplentes". ACUERDA:CONSIDERANDO: Artículo 20.-Quedan vigentes los párrafos subsiguientes del artículo citado y las demás estipulacionesQue la entidad mencionada en el considerando-anteArtículo 10.-Adicionar al Reglamento de Uniformes rior, ha solicitado al Ministerio de Finanzas Públicas del Ejército de Guatemala, el emblema (parche) de idencontenidas en el Decreto número 1448 del Congreso de la República y sus modificaciones posteriores. exoneración de los derechos de importación, tasas, im-tificación para el personal de Oficiales, Especialistas y puestos del papel sellado y timbres fiscales, así comoTropa de alta en la Base Aérea "Teniente Coronel de de los demás impuestos de importación sobre los Aviación P. A. Danilo Eugenio Henry Sanchez", con Artículo 30.-El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial. artículos contenidos en la documentación aportada, sede en Santa Elena, El Petén, dependencia de la Fuerconsistentes en 10 pianos E-140, modelo Baldwin Wal-za Aérea Guatemalteca, el que tendrá las caracterísDado en el Palacio Nacional: A los veintidos días delnut, de 40 pulgadas, con su banquillo, que ampara elticas siguientes: mes de junio de mil novecientos ochenta y dos. Air Waybill No. 240-02285732 de Aviateca, para uso de
dicha Iglesia, y habiéndose pronunciado en sentido fa-I. EMBLEMA (PARCHE) General de Brigada, vorable el Ministerio Público, según dictamen número JOSE EFRAIN RIOS MONTT. 136, del 9 de marzo de 1982, es procedente conceder laSu forma y colores serán conforme al modelo respectivo. exoneración solicitada, Coronel y Licenciado II. DESCRIPCION DEL EMBLEMA (PARCHE)
MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ.
Secretario General de la Presidencia de la República. POR TANTO, En tela, un círculo de 62 milimetros de diámetro cuya orilla irá bordada de color negro de 1 milímetro de ancho. El círculo dividido en cuatro cuadrantes desJULIO PABLO MATHEU DUCHEZ, En el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno,iguales, que estarán separados entre si por un bordado Ministro de Economia. modificado por el Decreto Ley número 36-82 y con basede color negro de 5 milimetros de ancho. El cuadrante en las disposiciones contenidas en el Decreto 1095, re-superior de 46 milimetros de ancho mayor, llevará di--0formado por el Decreto 1168, ambos del Congreso de labujado el brevet de Piloto Maestro de la Fuerza Aérea sobre fondo blanco; el cuadrante inferior de 43 miliDECRETO LEY NUMERO 52-82 República, metros de ancho mayor, tendrá dibujada la silueta de
un avion A-37 sobre fondo blanco mientras que en el cuadrante izquierdo de 43 milimetros de ancho mayor, El Presidente de la República, ACUERDA: se dibuja en él la silueta de un avión C-47 sobre fondo de color azul del cielo de Guatemala, y el cuadrante deCONSIDERANDO: Artículo 10.-Conceder a favor de la Iglesia de Je-recho de 43 milimetros de ancho mayor, lleva dibujada sucristo de los Santos de los Ultimos Dias exoneraciónla silueta de un helicóptero también sobre fondo de coQue es necesario llenar la vacante que ha quedado entotal de los derechos aduaneros, tasas, impuesto de pa-lor azul del cielo de Guatemala. En la parte exterior del una de las Salas de la Corte de Apelaciones y en vistapel sellado y timbres fiscales y demás impuestos quecuadrante superior, llevará la leyenda "BASE de que la Corte Suprema de Justicia ha, propuesto algravan la importación de diez (10) pianos E-140, mode-AEREA"; y en la parte exterior del cuadrante inferior, profesional del derecho que a su juicio reúne los requisi-lo Baldwin Walnut, de 40 pulgadas, con su banquillo,el nombre "TTE. CNEL. DANILO E. HENRY S.". tos para ser nombrado Magistrado, por su amplia tra-que ampara el Air Waybill No. 240-02285732 de yectoria y experiencia, es procedente decretar el res-Aviateca, para uso exclusivo de dicha Iglesia. III. USO DEL EMBLEMA (PARCHE)
pectivo nombramiento, El emblema en mención, se usará a tres (3) centimePOR TANTO, Artículo 20.-Los articulos exonerados a que se re-tros abajo del pegue de la manga en la hombrera del fiere el precepto anterior, deberán ingresar al inventa-brazo izquierdo. En el ejercicio de las facultades que le confieren losrio de la entidad beneficiada y enviarse a la Dirección articulos 40. y 26, inciso 5, literal b), del Estatuto Fun-de Inspecciones Fiscales dentro de los treinta días si-Artículo Ministerio de la Defensa Nacional damental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley guientes a la fecha de vigencia de este Acuerdo, certifi-emitirá las órdenes que estime convenientes para el número 36-82 Y obtroed consinmeteurs ien cación de la partida correspondiente cumplimiento de-esta disposicion OMBOD 0800 abas Attaxeng isb V