Decreto 51-1992
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 51-1992
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1992
Diario de Centro América CCXLV Guatemale, lunes 14 de diclembre de 1992 Director: Hector Cituentes Aguirre ORGANO OFICIAL REPUBLICA
DECANO PRENSA GENTROAMERICANA NUMERO 31
SUMÁRIO ORGANISMO LEGISLATIVO Constitución, con observancia estricta de las garantías previstas para las personas y de las facultades y derechos del imputado 0
ORGANISMO LEGISLATIVO acusado.
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALÁ La inobservancia de unaregla de garantía establecida en favor ONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA del imputado no se podrá hacer valer en su perjuicio.
DECRETO NUMERO 51-92
DECRETO NUMERO 51-92 Artículo 5.-Fines del proceso. El proceso penal tiene por El Congreso de la República de Guatemala, objeto la averiguación de un hecho señalado como delito 0 falta DECRETO NUMERO 79-92 y de las circunstancias en que pudo ser cometido; el estableCONSIDERANDO: cimiento de la posible participación del sindicado; el pronunciamiento de la sentencia respectiva, y la ejecucion de la misma. ORGANISMO EJECUTIVO Que es necesario consolidar el estado de derecho y profun-Artículo 6.-Posterioridad del proceso. Sólo despues de
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA dizar el proceso democratico de Guatemala y que para ello debecometido un hecho punible se iniciara proceso por el mismo.garantizarse la pronta y efectiva justicia penal, con lo cual, irdase vetar el Decreto Número 59-92 del Congreso de laademas, se asegura la paz, la tranquilidad y la seguridad ciuda-Articulo7.-Independencia e imparcialidad. El juzgamientoRepublica emitido el 8 de octubre de 1992. danas, así como el respeto a los derechos humanos; y que por otray decision de las causas penales se llevara a cabo por juecesparte, la efectiva persecución de los delincuentes y la sancion deimparciales c independientes, sólo sometidos a la Constitución ylas conductas que lesionan los bienes jurídicos, socialesa la ley. La ejecucion penal estara a cargo de los jueces de PUBLICACIONES VARIAS c individuales de los guatemaltecos es una de las prioridades yejecucion. demandas sociales mas urgentes, Por ningún motivo las restantes autoridades del Estado podran MINISTERIO DE EDUCACION arrogarse el juzgamiento de causas pendientes o la reapertura de las ya terminadas por decision firme.JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL POR TANTO, Nadie puede ser juzgado, condenado, penado o sometido a RESOLUCION DEASCENSOS NUMERO 4-92 El Congreso de la República de Guatemala con el fin de dotarmedida de seguridad y corrección, sino por los tribunales desiga la sociedad de los instrumentos legales que permitan el combatenados por la ley antes del hecho de la causa.
la impunidad y el acceso a la justicia penal y con fundamento en los Artículos 157, 174, 175. 176, 179 y 180 de la ConstitucionArtículo 8.-Independencia del Ministerio Público. El Política de la República de Guatemala, Ministerio Público, como institucion, goza de plena independencia para el ejercicio de la accion penal y la investigacion de los MUNICIPALIDAD DE COLOMBA, DECRETA: delitos en la forma determinada en este Código, salvo la suborQUETZALTENANGO dinacion jerárquica establecida en su propia ley. - siguiente lificase en la forma se menciona, el Plan de Tasas, Rentas, Ninguna autoridad podra dar instrucciones al jefe del Minisrutos, Productos, Multas y demas Tributos para laCODIGO PROCESAL PENAL terio Público O sus subordinados respecto a la forma de llevar funicipalidad de Colomba, Departamento de Quetzaltenango. adelante la investigacion penal 0 limitar ejercicio de la accion, LIBRO PRIMERO salvo las facultades que esta ley concede a los tribunales de
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE LA ARADA, justicia.
CHIQUIMULA Disposiciones generales Artículo 9.-Obediencia. Los funcionarios y empleados dificase en la forma que se indica, el Reglamento de Agua TITULOI públicos guardaran a los jueces y tribunales el respeto y considePotable de la Municipalidad de San Jose La Arada, racion que por su alta jerarquía merecen. Las ordenes, resoluDepartamento de Chiquimula. Principios básicos ciones 0 mandatos que los mismos dictaren en ejercicio de sus
funciones seran acatadas inmediatamente. La infraccion de estos CAPITULOI preceptos será punible de conformidad con cl Código Penal. Artículo 10.-Censuras, coacciones y recomendaciones.Garantías procesales ANUNCIOS VARIOS Queda terminantemente prohibida toda accion de particulares, funcionarios y empleados de cualquier categoría, que tienda a limitar o impedir el ejercicio de la funcion jurisdiccional. Asimistrimonios. Lineas de transporte. Constituciones de Artículo 1.-No hay pena sin ley. (Nullum poena sine lege).mo, ningun funcionario 0 empleado público podrá hacer insinuaociedad. Modificaciones de sociedad. Registro deNo se impondra pena alguna si la ley no la hubiere fijado conanterioridad. ciones 0 recomendaciones de cualquier naturaleza, que pudieran arcas. Títulos supletorios. Edictos. Remates. impresionar o coartar la libre conducts o cl criterio del juzgador. Artículo 2.-No hay proceso sin ley. (Nullum proceso sineEl juez que sufra alguna interferencia en el ejercicio de su vecería del Sur, S. A.-Balance general al31 de diciembre delege). Nopodra iniciarse procesoni tramitarse denuncia querella,funcion lo pondrá en conocimiento de la Corte Suprema de 1987. sino por actos u-omisiones calificados como delitos 0 faltas porJusticia, la que debera tomar las medidas adecuadas para haceruna ley anterior. Sin ese presupuesto, es nulo lo actuado c inducecesar dicha interferencia
responsabilidad del tribunal. ATENCION ANUNCIANTES Artículo 11.-Prevalencia del criterio jurisdiccional. Los IMPRESION SE HACE CONFORME Artículo 3.-Imperatividad. Los tribunales y los sujetossujetos procesales deben acatar las resoluciones del tribunal y ORIGINAL procesales no podrán variar las formas del proceso, ni la de sussolo podrán impugnarlas por los medios y en la forma esta-diligencias 0 incidencias. blecidos por la ley. Toda impresion en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Artículo 4.-Juiclo previo. Nadie podra ser condenado,Artículo 12.-Obligatoriedad, gratuidad y publicidad. La or lo anterior, esta Administración ruega alpenado 0 sometido a medida de seguridad y correccion, sino enfuncion de los tribunales en los procesos es obligatoria, gratuita áblico tomar nota. sentencia firme, obtenida por un procedimiento llevado a cabopública. Los casos de diligencias o actuaciones reservadas seran conforme a las disposiciones de este Códigoy a las normas de laseñalados expresamente por la ley.706 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 14 de 1992 NUMERO 31 Articule 13. Indisponibilidad. Los tribunates no pueden renuncial as ejercicio 3) Es cualquier delito contra et patrimonio, según el regimen previsto en el incisode su función, sino en los casos de ley. Los interesados no pueden recurrir a tribumal anterior. Si en un mismo hecho hubiere pluralidad de agraviados. será necesario
distinto del reputado legalmente competente. el consentimiento de todos ellos, auaque solo uno asuma la accion penal. Articulo 14. Tratamiento como inocente. E1 procesado debe ser tratado como Articule 27. Suspension condicional de is persecucion penal. Ea los casos en inocente durante el procedimiento, hasta tanto una sentencia firme lo declare responsable que es posible la suspension condicional de la pena, el Ministerio Público puede proponer le imponga una pena 0 una medida de seguridad y correccion. la suspension de la persecucion penal. Las disposiciones de esta ley que restringen la libertad del imputado 0 que El pedido contendra: limitan el ejercicio de sus facultades seran interpretadas restrictivamente; en esta materia, la interpretacion extensiva y la analogia quedan prohibidas, mientras no 1) Los datos que sirvan para identificar al imputado. favorezcan la libertad o el ejercicio de sus facultades. 2) E1 hecho punible atribuido. Las Onicas medidas de coercion posibles en contra del imputado son las que este Codigo autoriza, tendran caracter de excepcionales y seran proporcionales a la pena o 3) Los preceptos penales aplicables; y medida de seguridad y correccion que se espera del procedimiento, con estricta sujecion las disposiciones pertinentes. 4) Las instrucciones 0 imposiciones que requiere. La duda favorace al imputado. Si el imputado manifiests conformidad, admitiendo la veracidad de los hechos que se le imputan, el juez de primers instancia podrá disponer la suspension condicional Articulo 15. Declaracion libre. EI imputado no puede ser obligado a declarar de is persecucion penal, siempre que el imputado hubiere reparado el dado
contra sf mismo ai a declararse culpable. El Ministerio Público, el juez o el tribunal, le correspondiente; afianzare suficientemente la reparacion, incluso por acuerdos con el advertire clara y precisamente, que puede responder o no con toda libertad las agraviado; demostrare la absoluta disponibilidad de bacerlo, o asumiere formalmente la preguntas, baciendolo constar en las diligencias respectivas. obligacion de reparar el datio. Articule 16. Respeto a los derechos humanos. Los tribunales y demas La suspension de is persecucion penal, que no será inferior a dos años ai mayor autoridades que intervengan en los procesos deberan cumplir los deberes que les imposen / de cinco, no impedirs el progreso de la accion civil, en singusa forms. la Constitucion y los tratados internacionales sobre respeto a los derechos humanos. Articule 28. Regimen de proces. E1 juez dispondrá que el imputado, durante el Articale 17. Unica persecución. Nadie debe ser perseguido penalmente más de periodo de prueba, se somets a us regimes que se determinará en cada caso y que una vez por el mismo becho. llevará por fin mejorar su condicion moral, educacional y tecnica, bajo control de los tribunales. Sin embargo, será admisible una aueva persecucion penal: Articule 29. Revocacion. Si el imputado se apartare considerablemente, en forms injustificada, de las condiciones impuestas 0 cometiere us auevo delito, se1) Cuando la primera fue intentada ante us tribunal incompetente. revocará la suspension y el proceso continuará su curso. Ea el primer caso, el tribunal
podrá ampliar el plazo de prueba hasts el limite de cinco after, cuando hubiere fijado2) Cuando la no prosecucion proviene de defectos en la promoción 0 en el ejercicio de la misms. originariamente use inferior. 3) Cuando un mismo hecho debe ser juzgado por tribunales o procedimientos La revocacion de la suspension condicional de la persecucion penal no impedira diferentes, que no puedan ser unificados, segan las reglas respectives. la suspension condicional de la ejecucion de la pena. Articale 38. Suspension del plaze de pruchs. EI plazo de prucba se suspenderaArticule 18. Cosa juzgada. Un proceso fenecido no podrá ser abierto de auevo, cuando, en virtud de otro proceso, el imputado se encuentre privado de su libertad. Siexcepto en caso de revision conforme a lo previsto ca este Código. to dicho proceso no se le priva de su libertad, el plazo seguira corrieado, pero se suspenderá la declaracion de extincion de la accion penal hasts que quede firme laArticule 19. Continuidad. No puede suspenderse, interrumpirse ai bacerse cesar resolucion que to exime de responsabilidad 0 hace cesar indefinidamente a su respecto elun proceso, co cualquiers de sus tramites, sino on los casos expresamente determinados otro proceso.por la ley. Articule 31. Ejercicle condicionado. Cuando la accion publica depends deArticule 20. Defense. La defensa de la persona o de sus derechos es inviolable en el proceso penal. Nadie podrá ser condenado sin haber sido citado, ofdo y vencido en gestion privada, el Ministerio Publico solo podrá ejercitaria una vez que, con respecto al
hecho, ac formule denuncia 0 querella por quien tenga legitimacion para hacerio, pero seprocedimiento preestablecido y ante tribunal competente, en el que se hayan observado las formalidades y garantias de ley. procedera de oficio en los casos previstos en el Codigo Penal. SECCION SEGUNDA Articulo 21. Igualdad en el proceso. Quienes se encuentren sometidos a proceso EXTINCIONgozaran de las garantias y derechos que la Constitucion y las leyes establecen, sin discriminacion Articule 32. Metives. La persecucion penal se extingue: Articule 22. Lugares de asile. Salvo los tratados internacionales, el Estado no 1) Por muerte del imputado.reconoce co su territorio lugares de asilo en doude los delincuentes consigan la impunidad 0 la disminucion de sus condenas. 2) Por amnistia. Articulo 23. Via diplomatica. Los extranjeros no podrán recurrir a la via 3) Por prescripcion.diplomática sino por denegacion de justicia y. en todo caso, basta que hubieren agotado todos los recursos que establecen las leyes guatemaltecas. No deberá entenderse por 4) Por el pago del máximo previsto para is pena de multa, si el imputado admitieredenegacion de justicia el hecho de que us fallo o una resolucion sea contrario a sus al mismo tiempo su culpabilidad, co el caso de delitos sancionados solo con esaintereses. clase de pena. CAPITULO II 5) Por el vencimiento del plazo de prueba, sin que la suspension sea revocada, cuando se suspenda la persecución penal.PERSECUCION PENAL
- Por la revocacion de la instancia particular. en los casos de delitos privados que dependan de ella.SECCION PRIMERA ACCION PENAL 7) Por la renuncia 0 por el abandono de la querella. respecto de los delitos privados instancia de parte.
Articulo 24. Accion publica (oficialidad). La accion penal corresponde al Ministerio Publico. Sin perjuicio de la participacion que este Codigo concede al 8) Por la muerte del agraviado, co los casos de delitos de accion privada: sin agraviado, deberan ser perseguidos de oficio todos los delitos, con excepcion de los embargo, is accion ya iniciada por el ofendido puede ser continuada por sus siguientes: herederos o sucesores, salvo casos establecidos por el Código Penal. 1) Los perseguibles solo por instancia de parte. Articule 33. Interrupcion. La prescripcion durante el procedimiento se interrumpe por la fuga del imputado, cuando imposibilite la persecucion penal. 2) Aquellos cuya persecucion este condicionada a instancia particular o autorizacion estatal. Desaparecida la cause de interrupcion, el plazo comenzará a correr integramente. Articulo 25. Criterio de oportunidad. El Ministerio Publico con consentimiento Articule 34. Efectos. La prescripción corre, se suspende 0 interrumpe del agraviado, si lo hubiere, y autorizacion del juez de primers instancia o de paz que separadamente para cada uno de los participes co el delito, salvo disposicion express en
conozca del asunto, podrá abstenerse de ejercitar la accion penal en cualquiera de los contrario. siguientes casos: Articule 35. Revocacion. La autorizacion estatal para perseguir es irrevocable. 1) Cuando se tratare de delitos que por su insignificancia 0 su poca frecuencia no La instancia particular podrá ser revocada por el agraviado 0 su representante legal, con afecten gravemente el interes público, salvo cuando a pedido del Ministerio anuencia del acusado. Es caso de un menor 0 incapaz, so representante legal puede Público, el maximo de la pena privativa de libertad supere dos años de prision, 0 revocar la instancia con autorizacion judicial. se hubiere cometido por un funcionario o empleado publico en ejercicio de su cargo. La retractacion de la instancia particular se extiende a todos los participes cn el hecho punible. 2) Cuando la culpabilidad del sindicado o su contribucion en la perpetración del delito sea minima, salvo que se tratare de un becho delictuoso cometido por Articale 36. Renuncia. La renuncia de la accide privada solo aprovecha a los funcionario o empleado publico en ejercicio de su cargo. participes en el hecho punible a quienes se refiers expresamente. Si no mencions a persons alguna se entenders que se extiende a todos los participes en el hecho punible. 3) Cuando el inculpado haya sido afectado directs y gravemente por las consecuencias de un delito culposo y la pena resulte inapropiada. El abandono de la querella extinguira la accion respecto de todos los imputados que intervienen efectivamente en el procedimiento. Es los casos anteriores sera necesario que el imputado hubiere reparado el dano
ocasionado 0 exista un acuerdo con el agraviado en ese sentido. E1 representante de un menor 0 incapaz no podrá renunciar a la accion 0 desistir de la querella sin autorizacion judicial. Si la accion penal hubiere sido ya ejercida, el juez de primera instancia 6 el tribunal podrá, a peticion del Ministerio Público, dictar auto de sobreseimiento en TITULO II cualquier etapa del proceso. SUJETOS Y AUXILIARES PROCESALES Articale 26. Conversion. Las acciones de ejercicio público podrás ser transformadas en acciones privadas, Onicamente ejercitadas por el agraviado conforme al CAPITULOprocedimiento especial previsto y siempre que no produzcan impacto social, en los casos siguientes: EL ORGANO JUBISDICCIONAL 1) Cuando se trate de los casos previstos para prescindir de la persecucion penal, conforme el criterio de oportunidad. SECCION PRIMERA JURISDICCION 2) Ea cualquier delito que requiera de denuncia 0 instancia particular, a pedido del legitimado a instar, cuando el Ministerio Público lo autorice, porque no existe un Articule 37. Jurisdiccion Penal. Corresponde la jurisdiccion penal elinteres publico gravemente comprometido y el agraviado garantiza una, conocimiento de los delitos las faltas.persecucion penal eficiente.NUMERO 31 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre - 14 de 1992 707 Los tribunales tienen la potestad pública, con exclusividad, para conocer los procesos penales, decidirlos y ejecutar sus resoluciones. Articule $1. Jueres de Ejecucion. Los jueces de ejecucion tendran a su cargo laejecucion de las penas y todo lo que a ellas se relacione, conforme lo establece este
Código.Articulo 38. Extension. La jurisdicción penal se extendera a los bechos delictivos cometidos CO el territorio nacional en todo o en parte, y aquellos cuyos Articule 52. Distribucion. La Corte Suprema de Justicia distribuira la internacionales. efectos se produzcan co el, salvo lo prescrito por otras leyes y por tratadoscompetencia territorial y reglamentará el funcionamiento, organización, administración distribucion de los jueces de paz, de narcoactividad y delitos contra el ambiente, de Articule 39. Irrenunciabilidad. La jurisdiccion penal es irrenunciable primera instancia, tribunales de sentencia, salas de la corte de apelaciones, jueces de indelegable. ejecucion y del servicio publico de defensa, CO forms conveniente. Articule 53. Competencia por delites cometidos en el extranjero. Son SECCION SEGUNDA competentes para conocer de los delitos cometidos fuera del territorio de la Republica, COMPETENCIA los jueces de primera instancia y tribunales de sentencia conforme distribucion que hagala Corte Suprema de Justicia. Articulo 40. Caracter. La competencia penal es improrrogable. Si el delito se hubiere cometido solo en parte sa el extranjer6, será competente el tribunal del lugar donde se hubieren realizado los actos delictivos dentro del territorioLa competencia territorial de un tribunal no podrá ser objetada ni modificada de nacional, según las reglas comunes. oficio una vez iniciado el debate; se exception aquellos casos reglados por unadisposicion constitucional que distribuye la competencia entre distintos tribunales.
SECCION CUARTAEa la sentencia, el tribunal con competencia para juzgar bechos punibles más graves no puede declararse incompetente porque la cause pertenezca a un tribunal con CONEXION competencia para juzgar hechos punibles mas leves. Articule 41. Prelacion. Cuando a una persons se le imputaren dos 0 más delitos, cuyo conocimiento corresponda a distintos tribunales, los procedimientos respectivos Articulo 54. Efectos. Cuando se trate de causas por delitos conexos de accion publica, conocera un daico tribunal, a saber:seran tramitados simultáneamente y se sentenciarán, en lo posible, sin atender a ningun orden de prelacion. 1) El que tenga competencia para juzgar delitos más graves. Dichos tribunales se prestaran el auxilio judicial debido, salvo que para ello se 2)presentaren inconvenientes de caracter practico, especialmente los derivados de la Es caso de competencia identica, aquel que juzgue la causa cuya fecha de iniciacion sea más antigua.defensa en juicio. En ese caso los procesos se tramitaran y sentenciarán sucesivamente, con prelacion para el tribunal de mayor jerarquia, suspendiendose los demas 3) Ea caso de conflicto, el que sea designado conforme la ley.procedimientos hasta que los inconvenientes desaparezcan o se dicten las sentencias. Entre tribunales de ignal jerarquia, cuando no sea posible la tramitacion No obstante, el tribunal podrá disponer la tramitacion separada o conjunts, para simultanes, tendra prelacion el que juzgue el delito más grave; a igual gravedad. el queevitar con ello un grave retardo para cualquiers de las causas, 0 según convenga a la
naturaleza de ellas.juzgue la cause cuya fecha de iniciacion sea más antigua. Articale 42. Unificacion de penas. Cuando se hubiere dictado varias sentencias Ea caso de tramitación conjunta, y mientras dura la union, la imputación más grave determine el procedimiento a seguir.de condena contra una misma persona o cuando despues de una condens firme se deba juzgar a la misma persons por otro hecho anterior o posterior a la condens, un solo Articulo 55. Cases de Comexion. Habra conexion:tribunal unificará las penas, según corresponda. 1)Cuando una persona sea condenada por diferentes tribunales y corresponda Cuando a una misma persons se le imputes dos o más hechos punibles. unificar las penas, el tribunal solicitars o remitira copia de is sentencia según hays 2)dictado la pena mayor 0 menor. Cuando los bechos punibles hubieran sido cometidos simultáneamente por varias personas reunidas 0, auaque hubieren sido cometidos en distintos lugares o tiempos, si hubiese mediado un proposito comun 0 acuerdo previo. SECCION TERCERA 3)TRIBUNALES COMPETENTES Cuando uno de los hechos punibles imputados bubiera sido cometido para perpetrar o facilitar la comision de otro, o procurar a un participe 0 a otros el provecho o la impunidad.Articulo 43. Competencia. Tienen competencia CO materia penal: 4)1) Los jueces de paz Cuando los hechos punibles imputados hubieran sido cometidos reciprocamente. 2) Los jueces de narcoactividad SECCION QUINTA 3) Los jue'ces de delitos contra el ambiente CUESTIONES DE COMPETENCIA
- Los ineces de primera instancia Articulo 56. Medios de Promocion. EI Ministerio Público y cualquiera de las 5) Los tribunales de sentencia partes podrán promover una cuestion de competencia, por inhibitoria, ante et tribunal al cual consideran competente, 0 por declinatoria, ante el que tramita el procedimiento y al'6) Las salas de la corte de apelaciones cual consideran incompetente. 7) La Corte Suprema de Justicia: Sin perjuicio de la facultad del tribunal de examinar de oficio su propia competencia. quien utilice alguno de estos medios no podrá abandonarlo para recurrir al 8) Los jueces de ejecucion. otro, ai emplearios sucesiva 0 simultaneamente.
Articulo 44. Jueces de Pax. Los jueces de paz juzgaran las faltas. Tambies AI promover la cuestion, quien la propone deberá expresar como requisito para podrán judicar, en los terminos que lo define el articulo 308 de este Codigo, la que se admita la solicitud, que no ha utilizado el otro medio. Si resultare to contrario, investigacion del Ministerio Público y aplicar el criterio de oportunidad. auaque la cuestion se resuelva según su pedido o fuere abandonada. sera condenado en costas. Articulo 45. Jueces de Narcoactividad y Jueces de Delitos Contra el Ambiente. Los jueces de marcoactividad conoceran especificamente de los delitos relacionados con el Articulo 57. Oportunidad. Las cuestiones de competencia territorial 0 las trafico, tenencia, produccion y procesamiento de drogas, farmacos o estupefacientes y fundadas en la conexion de causes solo podrán ser propuestas hasta antes de comenzada
delitos conexos. Los jueces de los delitos contra el ambiente conoceran de los delitos la audiencia del debate. contra el ambiente. Ambos se dividen cn: La incompetencia por razón de la materia deberá ser declarada aun de oficio en a) Jueces de primera instancia de narcoactividad y jueces de delitos contra el cualquier estado del proceso. EI tribunal que la declare remitira las actuaciones al que ambiente, quienes tendran a su cargo el control jurisdiccional de los actos de considere competente y pondra a su disposicion a los detenidos que hubiere. investigacion relacionados con los delitos de su competencia, instruiran personalmente las diligencias que les esten senaladas por este Codigo. Las actuaciones practicadas con inobservancia de las reglas para determinar la competencia por razon de la materia no tendran validez, excepto las que sea imposible b) Tribunales de sentencia de narcoactividad y tribunales de delitos contra el repetir. ambiente, quienes conoceran del juicio oral y pronunciaran el fallo correspondiente. Estos tribunales estarán conformados por tres jueces designados Esta disposicion no regira cuando un juez de competencia superior bubieremediante sorteo realizado por la Corte Suprema de Justicia entre los jueces de los actuado en una causa atribuida a otro de competencia inferior. tribunales de sentencia, tres dias despues de que le sea notificado el auto de apertura de juicio oral, dictado por el juez de primera instancia respectivo. Articulo 58. Tramite. La declinatoria 0 la inhibitoria se tramitaran por la via de
los incidentes. Articule 46. Ministerio Publico. EI Ministerio Pablico, por medio de los agentes que designe, tendra la facultad de practicar la averiguacion por los delitos que este En ambos casos, la solicitud se presentará por escrito. Se agregara la prueba Código le asigna, con intervencion de los jueces de primera instancia como contralores documental en poder de quien la propone o se indicars el lugar donde se halla y la jurisdiccionales. Asimismo, ejercera la accion penal conforme los terminos de este oficina que deba ser requerida. En esa oportunidad, se ofrecers, tambien, toda la prueba codigo. que se pretenda utilizar. Articule 47. Jusces de Primers Instancia. Los jueces de primera instancia Si se declara con lugar la solicitud, el tribunal pedirá o remitira, según el caso, el tendrán a su cargo el control jurisdiccional de is investigacion efectuada por el proceso a donde corresponde. Ministerio Público en la forma que este Codigo establece. Instruiran, tambien, personalmente las diligencias que especificamente les esten senaladas. Articule 59. Conflictes de competencia. Si existiere entre varios tribunales un conflicto sobre competencia, la Corte Suprema de Justicia por medio de la camara Estaran encargados de la tramitacion y solucion del procedimiento intermedio y respectiva, determinará el tribunal que deba intervenir. del abreviado. Conoceran, además, del procedimiento de liquidacion de costas. Articule 60. Efectes. Las cuestiones de competencia no suspenderán el Articule 48. Tribunales de Sentencia. Los tribunales de sentencia conoceran del procedimiento preparatorio, ai afectaran a esos actos, sin perjuicio de su renovacion o
juicio oral y pronunciaran is sentencia respective en los procesos por los delitos que la ampliacion posterior, si se considers accesario. Tampoco suspenderan el tramite del ley determina. procedimiento intermedio, pero at las decisiones finales. Articule 49. Salas de la Corte de Apelaciones. Las salas de la corte de Cuando la cuestion de competencia sea planteada durante el juicio, el tramite se apelaciones conoceran de los recursos de apelacion de los autos definitivos y de las suspenderá hasta que fuere resuelts, sin perjuicio de que se pueda ordenar una actuacion sentencias del procedimiento abreviado que este Código sefials. suplementaria. Asimismo, conocerán de los recursos de apelacion especial contra los fallos Articale 61. Incompetencia. Cuando se tratare de un delito de accion publica, definitivos emitidos por los tribunales de sentencia. firme la declaracion de incompetencia, el tribunal remitira de oficio los antecedentes al que se considero competents, posiendo a su disposicion los detenidos que hubiere, sin Articule 50. Corte Suprema de Justicia. La Corte Suprema de Justicia conocers perjuicio de la realizacion de los actos urgentes que no admitan dilacion. del recurso de casacion que proceds contra las sentencias emitidas por las salas de la Corte de Apelaciones y de los procesos de revision. Tambien conocerá en los demas Analogamente se procederá en los delitos de accion privada, a solicitud del
casos sefialados por este Código. querellante.708 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Diciembre 14 de 1992 NUMERO 31 SECCION SEXTA Si no pudiere settalar Ingar para los efectos anteriores, se fijara de oficio el delIMPEDIMENTOS, EXCUSAS Y RECUSACIONES defensor, a quien se le comunicard la resolucion. Ea ese caso, el defensor y el imputado,de comus acuerdo, estableceran la forma de comunicarse. EI defensor informara al Articale 62. Metives. Las causas de impedimento, excuse y recusacion de los Ministerio Páblico y al tribunal la forms de comunicacion acordada, y cualquieralteracion que sufriere 0 su eventual interrupcion.jueces son las establecidas CO la Ley del Organismo Judicial. Articule 76. Incapacidad. EI trastorno mental del imputado provocará la Articule 63. Excusa. EI juez compreadido cn alguno de los motivos indicados suspension de so persecucion penal hasta que desaparezca esa incapacidad. en dicha ley deberá inhibirse inmediatamente y apartarse del conocimiento y decision delproceso. Sin perjuicio de las regias que rigen el juicio para la aplicacion exclusiva de una medida de seguridad y correccion, la comprobacion de esta incapacidad impedira el Articulo 64. Recusacion. El Ministerio Público, las partes 0 s