Decreto 51-1994-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 51-1994-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1994
DE Diario de
DEPUBLICATIVA
GUATEMALA.
Centro Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: Héctor Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Liliana Garcia NUMERO 87 TOMO CCXLIX Guatemaia, viernes 30 de septiembre de 1994 ción de la deuda externa del país, tendiente a regularizarde la República Federal de Alemania sobre ConsolidaSUMARIO mediante convenios bilaterales, los atrasos que al 31 deción de Deudas Externas de la República de Guatemala, marzo de 1993 Guatemala tenía con diversas institucio-conforme las siguientes condiciones financieras: nes financieras de los países miembros de dicho Club;
ORGANISMO LEGISLATIVO Monto: DM. 24.179,313.17.
Plazo: 15 años.
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Período de gracia: 8 años.
Amortización: 14 cuotas semestrales, iguales y DECRETO NUMERO 51-94 Que Guatemala tiene pagos pendientes al consecutivas, la primera de las Kreditanstalt Für Wiederaufbau de Alemania, garanticuales se efectuará el 1 de abril zados por la Aseguradora Estatal Hermes; a la Societe de 2001 y la última el 1 de octuGeneralé, Credit National y COFACE, entidad asegurabre del año 2007. dora estatal que, reembolsó a los Bancos franceses queTasa de interés: 7.4% anual a partir del 1 de abril financiaron la parte comercial del Protocolo de Francia: de 1993.
ORGANISMO EJECUTIVO Export Development Corporation de Canada V con elCargos por mora: 1% sobre la tasa de interés reguMediocredito Centrale de Italia; lar, a partir del 16avo. día. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Artículo 2.-Se aprueba el proyecto de Convenio entre Confiérese la condecoración "Medalla de Mérito CONSIDERANDO: la República de Francia y el Gobierno de la República de Intelectual", al Oficial General y Oficiales SuperioGuatemala, sobre Consolidación de Deudas Externas, res que se mencionan. Que el Organismo Ejecutivo ha iniciado negociacio-conforme las siguientes condiciones financieras: Confiérese la condecoración Medalla Monja Blanca, a losnes bilaterales para reestructurar las deudas derivadas Oficiales Generales, Superiores y Subalternos, que sede las operaciones que se citan en los anteriores consideindican. randos, habiéndose obtenido no sólo sustanciales rebajasComponente concesional en los montos adeudados por Guatemala en concepto e Confiérese la condecoración "Medalla Monja Blanca", alintereses por mora, sino también la disposición de lasMonto: FRF.4.657,900.62. personal civil e instituciones, que se mencionan.autoridades económico-financieras de los mencionadosAmortización: 20 cuotas semestrales, iguales, países de otorgar nuevos financiamientos al país con consecutivas, la primera de las destino a otros proyectos estimados prioritarios para su cuales se efectuará el 1 de abril desarrollo; del año 2003 y la última el 1 de
MINISTERIO DE ECONOMIA octubre del año 2012.
Período de gracia: 10 años.
Concédese la patente de invención que se indica, al señor CONSIDERANDO: Tasa de interés: 2.04% anual para el componente James Arthur Mason. concesional. Que con el propósito de promover el fortalecimiento de las relaciones comerciales y financieras de GuatemalaCargos por mora: 1% sobre tasa de interés regular. con la Comunidad Internacional y cumplir con las metas que se han convenido con Organismos Financieros Inter-PUBLICACIONES VARIAS Componente comercial nacionales, es conveniente aprobar los términos y condiciones financieras obtenidos a través de las mencionadasMonto: US$14.001,117.99 y CONCEJO MUNICIPAL negociaciones que, por otra parte, significan ventajas FRF.172.534,979.21. para el país;Modifícase en la forma que se indica el cobro por servi Amortización: 14 cuotas semestrales, iguales y cio público de agua potable y alcantarillado de la consecutivas, la primera de las cuales se efectuará el 1 de abrilciudad de Guatemala.
CONSIDERANDO: del año 2001 y la última el 1 de octubre del año 2007.
Que la Junta Monetaria se ha pronunciado favorable-Plazo: 15 años. mente respecto a la reestructuración proyectada, por loPeríodo de gracia: 8 años. ORGANISMO LEGISLATIVO que es procedente emitir la disposición legal correspon-Tasa de interés: Tasa TMO + 0.4% anual para la
diente, parte reembolsable en FRF y tasa CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Libor + 0.4% anual para la parte
POR TANTO, en US$.
Cargos por mora: 1% sobre tasa regular de interes.
DECRETO NUMERO 51-94 En ejercicio de las atribuciones a que se refieren los incisos a) i) del Artículo 171 de la Constitución PolíticaArtículo 3.-Se aprueba el proyecto de Convenio de El Congreso de la República de Guatemala, de la República de Guatemala, Consolidación de Deuda entre el Gobierno de la República de Italia y el Gobierno de la República de Guatemala,CONSIDERANDO: DECRETA: conforme las siguientes condiciones financieras: Que con fecha 25 de marzo de 1993, el Gobierno deArtículo 1.-Se aprueba el proyecto de Convenio entreMonto: US$1.313,421.14. Guatemala suscribió con el Club de Paris la minuta en la el Gobierno de la República de Guatemala y el GobiernoPlazo: 20 años. que se establece el marco para la posterior reestructura-,28 DIARIO DE CENTRO AMERICA--Septiembre 30 de 1994 NUMERO 87
PERIODO DE GRACIA: 10 años. PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiocho de septiembre de mil noveAMORTIZACION: 20 cuotas semestrales, iguales y cientos noventa Y cuatro. consecutivas, la primera de las cuales se DE efectuará el 1 de abril del año 2003 y la PUBLIQUESE Y CUMPLASE Altima el 1 de octubre del año 2012.
REPUBLICATASA DE INTERES: Tass LIBOR + 1% anual.
CARGOS POR MORA: 0.5% sobre interes regular. DE LEON CARPIO guatemala.c.
ARTICULO 4. Se aprueba el proyecto de Convenio de Consolidación de Deuda Externa, a suscribirse entre el Gobierno de la República de Guatemala y Export Development Corporation de Canada, conforme las siguiente condiciones financieras: monisteriaTRANIA)MONTO: USS. 13,247,314.47
AMORTIZACION: 14 cuotas semestrales, iguales y Alno Orddnes do DEPARTMENT consecutivas, la primera de las cuales se Ministry de Finan/as Publicas efectuará el 1 de abril del año 2001 y la última el 1 de octubre del año 2007.
PLAZO: 15 años.
PERIODO DE GRACIA: años.
TASA DE INTERES: Tasa LIBOR + 0.5% anual.
CARGOS POR MORA: 1% sobre tasa de interes regular.
ARTICULO 5. Las amortizaciones de capital, intereses comisiones demás gastos derivados de los convenios de referencia, se pagarán por medio de asignaciones presupuestarias que el Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Publicas incluira en cada Ejercicin fiscal en el presupuesto general deingresos y egresos del estado, hasta la completa cancelación de la deuda. ARTICULO La Empress Portuaria Quetzal y la empresa Municipal de MINISTERIO DE LA agua de la Municipalidad de Guatemala, para los componentes utilizados bajo el protocolo Frances, el Instituto Nacional de la Electrificación -INDE-, para el DEFENSA NACIONALcomponente utilizado de las convenciones financieras suscritas con Italia, la Corporación
Financiera Nacional -CORFINApara el componente utilizado con Kreditanstalt für Confiérese la condecoración "Medalla de Mérito Intelectual", al Wiederaufbau y la Empresa de Ferrocarriles de Guatemala -FEGUApatra el préstamo con Export Development Corporation, situarán los reembolsos correspondientes en la Oficial General y Oficiales Superiores que se mencionan. cuenta Disponibilidades Fondo de Amortización-Deuda Externa, en los términos y condiciones establecidos en los convenios subsidiarios que deberan suscribirse para el ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 332-94 efecto entre el Gobierno de la República y las entidades mencionadas. ARTICULO 7. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que. a través del PALACIO NACIONAL: Guatemala, 23 de junio de 1994. Ministerio de Finanzas Públicas, concluya las negociaciones y suscriba los convenios financieros con los acreedores respectivos, conforme las condiciones financieras descritas en el presente decreto. El Presidente de la República, ARTICULO 8. La Contraloria General de Cuentas deberá: CONSIDERANDO: a) Investigar el destino, ejecucion, el estado actual y cumplimiento de los proyectos financiados con todos los préstamos a que se refieren los Que de conformidad con la Ley, las labores intelectualmente meritorias, convenios sobre consolidación de la Deuda Externa de la República de ya fueren en obras escritas, proyectos y otras actividades sobresalientes, porGuatemals mencionados en los artículos 1, 2, 3, y 4 medio de las cuales se aporta contribución valiosa en beneficio de la
Institucion Armada, deben ser reconocidas públicamente por el Estado.b) Coordinar con el Ministerio Público y la Procuraduría General de la Nacion la implementación de las acciones pertinentes a fin de que se CONSIDERANDO: deduzcan las responsabilidades que resulten de las investigaciones realizadas debiendo rendir informe escrito y pormenorizado al Congreso Que el Ministerio de la Defensa Nacional ha sido informado por el de la Republica a más tardar el 31 de mayo de 1995. conducto respectivo que el Oficial General y Oficiales Superiores que se mencionan en la parte dispositive del presente Acuerdo, a través del desarrollo c) La Contraloria General de Cuentss y la Procuraduria General deberán de labores telectuales, excepcionales y meritorias, han contribuído rendirle informe escrito y pormenorizado al Congreso de la Republica, a directamente a la elevación profesional y cultural de los integrantes del más tardar el 31 de mayo de 1995 Ejército de Guatemala, por lo que es procedente conferirles el estímulo del caso, por medio de la presea reglamentaria.
POR TANTO: ARTICULO 9. El Banco de Guatemala V el Gobierno de la Republica deberán analizar la conveniencia de pagar total 0 parcialmente en forms anticipada, con En el ejercicio de las funciones que le confieren los articulos 183 el fia de lograr una reduccion 0 ahorro financiero. cualquier adeudo de los' incisos c), e) y u) y 246 inciso b) de la Constitución Política de la República
comprendidos en este Decreto, e informar por escrito a este Congreso dentro de los de Quatemala y con fundamento en los articulos 250 de la citada Ley Suprema; 14 ocho (8) dias.siguientes a la vigencia de este Decreto. párrafo 3ro., numeral 4to., -65 y 66 del Decreto No. 72-90 del Congreso de la República, Ley Constitutiva del Ejercito de Guatemala: 90., 34, 38, 39, 78, 79ARTICULO 10. EI presente decreto entrará en vigencia el día siguiente de y 80 del Acuerdo Gubernativo No. 43-82 de fecha 24 de junio de 1982, Reglamento su publicación en el diario oficial. de Condecoraciones y Distintivos Militares.
ACUERDA: PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y CUMPLIMIENTO. ARTICULO lo. Conferir la condecoración "MEDALLA DE MERITO INTELECTUAL", al Oficial General y Oficiales Superiores que a continuación se mencionan, como un DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD merecido reconocimiento a sus labores excepcionalmente meritorias en beneficio DE GUATEMALA A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL de la elevación cultural del Ejercito de Guatemala, siendo ellos:
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.
01. General de Division MARCO ANTONIO GONZALEZ TARACENA
02. Coronel de Infanteria DEM. JUAN DE DIOS ESTRADA VELASQUEZ
03. Coronel de Infanteria DEM. HUGO RAMIRO ZALDANA ROJAS
CONGRAGO DE REPUBLICA
04. Coronel de Infanteria DEM. CESAR AUGUSTO MENDEZ PINELO
05. Tte. Cnel. de Int. DEM. MARCO VINICIO GONZALEZ VEGA
06. Tte. Chel. de S.M. DEM. JULIO EDMUNDO MOLINA AVILES ARABELLA CASTRO QUINONEZ DE COMPARINI ARTICULO 20. El Ministerio de la Defensa Nacional, emitira las ordenes que PRESIDENTA estime convenientes para la entrega de la mencionada condecoración y el Estado Mayor de la Defensa Nacional, hará las anotaciones del caso en los registros correspondientes.
ARTICULO 30. E1 presente Acuerdo empieza a regir el día treinta de junio de mil novecientos noventa y cuatro, debiendo publicarse en el Diario Oficial y darse a conocer en la Orden General del Ejército para Oficiales. DE LA
RUDIO LECSAN MERIDA HERRERA RICARDO NAPOLEON MORALES MILLARES COMUNIQUESE:
SECRETARIO SECRETARIO
APRESIOENCIAREPUBLICADE LA RAMIRO DH LEON CARPIO
CONGRASOREPUBLICA
EL MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL CUSTEMALA.
GUATEMALA.
Contral
MORALE
Ministro de 10 Defensa Nackond