🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 52-1990-2

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 52-1990-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1990

Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala TOMO CCXXXIX DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA GUATEMALA, JUEVES 4 DE OCTUBRE DE 1990NUMERO 79 Director Julio Santos Administradora: Alma Liliana Garcia SUMARIO ANUNCIOS VARIOS ARTICULO 2-E presente Decreto entrara en vigen-cia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial Matrimonios. Lineas de Transporte. Solicitudes de ORGANISMO LEGISLATIVO Nacionalidad. Registro de Derechos de Autor. cumplimiento. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Modificaciones de Sociedad. Registro de Marcas. Títulos Supletorios Edictos. - Remates. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo en la ciudad de Guatemala. a dieciocho días del mes de sep-DECRETO NUMERO 50-90 tiembre de mil novecientos noventa.

DECRETO NUMERO 52-90 MARCO ANTONIO DARDON CASTILLO

FE DE ERRATA PresidenteDECRETO NUMERO 49-90

MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO

Secretario. En la Sección Oficial del Diario de Centro América, ORGANISMO EJECUTIVO Tomo CCXXXIX, Número 73. de fecha 26 de septiemSECUNDINO GILBERTO MORALES bre, del año en curso. se publico el Acuerdo Número Secretario. 192-90. del Ministerio de Agricultura. Ganadería y AliMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALmentación. en el cual, por error de original, se consignoPalacio Nacional: Guatemala, dos de octubre de mil

la segunda tabla de costos por hectárea como parte delnovecientos noventa artículo 2°, siendo lo correcto que forme parte del Acuérdase conferir la condecoración "Medalla de Mé-artículo 19. Publiquese y cumplase rito Intelectual", al Especialista retirado Juan de Dios CEREZO AREVALO Flores Martinez. El Secretario General de laATENCION ANUNCIANTES Presidencia de la Repubhea. IMPRESION SE HACE CONFORME CARLOS DIAZ DURAN OLIVERO MINISTERIO DE EDUCACION ORIGINAL Ampliase el Presupuesto actual del Comité OperaciónToda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el Escuela, en la forma que se indica. original. DECRETO NUMERO 52-90 Por lo anterior, esta Administración ruega al El Congreso de la República de Guatemala,público tomar nota. MINISTERIO DE GOBERNACION CONSIDERANDO Apruebanse los Estatutos de la Asociación de Jubilados Que por medio del Decreto Numero 71-89. el Orgadel Instituto Nacional de Electrificación, INDE ORGANISMO LEGISLATIVO nismo Legislativo improbo el Presupuesto General de (AJINDE). Ingresos y Egresos del Estado presentado por el OrgaApruébanse los Estatutos de la Asociación Unión Sonismo Ejecutivo a través del Ministerio de Finanzas Pú- CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAlidarista Guatemalteca; y reconócese su personalidad blicas para el Ejercicio Fiscal 1990;

jurídica. DECRETO NUMERO 50-90 CONSIDERANDO:

Reconocese la personalidad jurídica de la Iglesia EvanQue para asegurar el eumplimiento de los programas gélica Casa de Oración de la Iglesia Peregrina de El Congreso de la República de Guatemala, y proyectos prioritarios, el Gobierno de la República Cristo Jesús considera necesario ampliar el Presupuesto General deCONSIDERANDO: Ingresos y Egresos del Estado para el presente ejercicio Que con fecha 2 de febrero de 1988, se suscribió en fiscal, mediante nuevas operaciones de crédito internas Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentaciónla Ciudad de Managua. Nicaragua. el Convenio de Fiy externas por el monto estriclamente necesario;nanciación, entre la Comunidad Económica Europea y Ampliase en la cantidad que se menciona, el Presu-Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, NicaraCONSIDERANDO: gua y Panamá (Programa Regional de Fomento de las puesto de Ingresos y Egresos del Instituto NacionalCooperativas en el Istmo Centroamericano), el cual fue Que la ampliación del Presupuesto de Ingresos se de Transformación Agraria -INTA-, correspondientesuscrito por el Gobierno de la República de Guatemala;orienta a la asignación de recursos para la ejecución al Ejercicio Fiscal vigente. CONSIDERANDO: de programas y proyectos de inversión a cargo de diferentes Ministerics que requieren contrapartidas para la Que es conveniente que el Congreso de la Repúblicautilización del financiamiento externo a ser desembolMinisterio de Trabajo y Previsión Socialde Guatemala. apruebe el Convenio suscrito, emitiendo

en tal sentido la respectiva disposición legal, sado por las agencias financieras, así como para la coberModificase en la forma que se menciona, el Artículo 40. tura de costos originados por la variación de los precios, POR TANTO, del Acuerdo Gubernativo de Presupuesto Numero POR TANTO, 608-90. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, literales a) y 1) de la Constitución PolíticaEn ejercicio de las atribuciones contempladas en la de la República de Guatemala, Constitución Política de la República de Guatemala, PUBLICACIONES VARIAS DECRETA: artículo 171, inciso a) y artículo 237 párrafo cuarto,

DECRETA: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOMAS ARTICULO 1.--Aprohar el Convenio de Financiación CHICHICASTENANGO, EL QUICHE entre la Comunidad Económica Europea y Costa Rica, El Salvador, Guatemala Honduras. Nicaragua y Panama ARTICULO 1.-Se amplia el Presupuesto de Ingresos

(Programa Regional de Fornento de las Cooperativas en eldel Estado para el Ejercicio Fiscal de mil novecientos Reglamento de contribución por Mejoras en Obras deIstmo Centroamericano). el cual fue suscrito por el Gonoventa en la suma de QUINIENTOS CINCO MILLOPavimentación de la Municipalidad de Santo Tomásbierno de Guatemala el 2 de febrero de 1983. on la Chichicastenango, departamento de El Quiché.Ciudad de Managua, Nicaragua. con la reserva que delseráNES SETECIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS expresarse por el Organismo Ejecutivo on su oportunidadQ. 505 700 000.00). en la forma siguiente:1890 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Octubre 4 de 1990 NUMERO 79

MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y INGRESOS DE CAPITAL SIETE QUETZALES EXACTOS (Q.4 153 769 767.00) ARTICULO 7. E1 presente Decreto entrará en vigencia RECURSOS DEL SECTOR EXTERNO 227 700 000 el día siguiente de su publicacion en el Diario oficial. . Préstamo Republic National Bank 51 700 000 PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y

CUMPLIMIENTO

Préstamo Barclays Bank 15 100 OOO DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS DISCINCEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE MIL500 000

Prestamo BCIE-3FDS-162 FCIE NOVECIENTOS NOVENTA.

Donación Comunidad Económica Europea 4 300 000 - Donacion Gobierno E.E.U.U.-Seccion 416 8 500 000 MARCO ANTONIO DARDON CASTILLO - Donacion Gobierno de Holanda 7 000 000 PRESIDENTE Prestamo KFW-Alemania (Mercancias I, II,III) 95 900 000 Donación AID 100 000

Préstamos BID-21/SF-GU-, 671/SF-GU, 454/OC-GU, 14 600 OOO

736/SF-GU

MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO SECUNDINO GILBERTO MORALES Prestamo PL-480-87 8 000 OOO SECRETARIOSECRETARIO - Prestamo PL-480-89 4 OOO 000

  • Fondo de Inversion de Venezuela 12 000 OOO PALACIO NACIONAL: Guatemala, dos de octubre de mil novecientos noventa.

Convencion Financiera Italiana 6 000 000 CREDITOS EN VALORES PUBLICOS 278 000 OOO Benos del Tesoro Ejercicio Fiscal 1990 278 000 000 PRESIDENC

DE LA REPUBLIC Y CUMPLASE CEREZO AREVALO TOTAL: 505 700 000 GUATEMALA.

ARTICULO 2. Se amplia el Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal de mil novecientos noventa, en ET Secretario General de la la suma de QUINIENTOS CINCO MILLONES SETECIENTOS MIL QUETZALES Presidencia de la Republica XACTOS (0.505 700 000.00), en la forma siguiente:

PRESUPUESTO DE EGRESOS DE INVERSION 505 700 000

CARLOS DIAZ DURAN OLIVERO.

Congreso de la Republica 6 OOO OOO Presidencia de la Republica 46 870 OOO Ministerio de Relaciones Exteriores 6 OOO OOO Ministerio de Finanzas Publicas 137 310 OOO DECRETO NUMERO 49-90Ministerio de Educacion 13 500 000 Ministerio de Salud Publica y El Congreso de la República de Guatemala.Asistencia Social 65 650 OOO

CONSIDERANDO:

Ministerio de Agricultura, Ganaderia

y Alimentacion 15 400 OOO Que la Sierrs de la Minas, que se localize en parte de los departementos de Ministerio de Comunicaciones, Baja Verapaz, El Progreso, Alta Verapaz, Izabel y Zacapa, posee ecosistemes Transporte y Obras Publicas 138 490 000 fenómenos naturales, fuentes de egua y especies de flora y faune de especialimportancia. así como bosques tropicales y pluviales unicos en SU genero queMinisterio de Desarrollo Urbano le confieren gran importancia, desdo el punto de viste embiental y ecológico,y Rural 5 480 OOO 8 nivel nacional e internacional; Ministerio de Energia y Minas 51 OOO OOO

CONSIDERANDO: Ministerio de Economia 20 OOO OOO TOTAL: 505 700 000 Que la conservación, restauración y manejo de la fauna y flora silvestre delos guatemaltecos es fundamental pera el logro de un desarrollo social yeconómico sostenido del pais y que los recursos de flore y fauns bendevenido en franco deterioro, el extremo de que varias especies her ARTICULO 3. Para la ampliacion de la presente Ley, el desaparecido y otras corren grave riesgo de extincion; Organismo Ejecutivo a traves del Ministerio de Finanzas Públicas, aprobará la distribución en detalle de las cantidades a que se refiere el artículo 2., por medio de Acuerdo Gubernativo de CONSIDERANDO: Presupuesto emitido en Consejo de Ministros, debiendo asignar

partidas y efectuar las operaciones correspondientes en la Direccion de Contabilidad del Estado. Que la Constitución Pólitica dè la República de Guatemala, en SU articulo 64.declara de interes nacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la nación y que la Ley de Areas Protegidas (Decreto 4-ARTICULO 4. Las unidades ejecutoras de los programas 89 del Congreso de la República ) en su artículo 90, previendo lea que se refiere esta ley, quedan obligadas a cumplir con lo importancia universal de la Sierra de las Mines, la declaro como Area deestablecido en el Decreto numero 70-88 del Congreso de la Proteccion Especial; Republica, que aprobo el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para 1989, el cual de conformidad con el Decreto numero 71-89, nuevamente cobro vigencia para el periodo CONSIDERANDO Fiscal 1990. Que como base fundemental mara su declaratoria legal como area protegideARTICULO 5. Se faculta al Ministerio de Finanzas se hen producido los es MIIOS tecnicos necesarios que demuestran laPublicas para que en el ultimo trimestre del presente EjercicioFiscal, proceda a realizar un cierre del Presupuesto General de urgente necesided de proteger legalmente la Sierra de las Mines y en los Ingresos y Egresos del Estado vigente, que permita establecer lacuales se establece su óptime forma de manejo y protección disponibilidad presupuestaria real, la que podrá utilizarse paracubrir todos aquellos compromisos que a la fecha del referido POR TANTO,

cierre se encuentren pendientes de liquidar. En uso de las facultades que le confieren los artículos 157 y 171 inciso a) de ARTICULO 6. Con la presente ampliacion, el Presupuesto le Constitución Politica de la República de Guatemala, y con base en el General de Ingresos y Egres -S del Estado para el.Ejercicio Fiscal erticulo 12 del Decreto 4-89 del Congreso, Ley de Areas Protegidas. 1990, asciende a la suma de CUATRO MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES

Consultar sobre este documento ...