Decreto 52-1996
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 52-1996
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1996
1244 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Julio 15 de 1996 NUMERO 38
ARTICULO 2. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que. por medio del Ministerio de Finanzas Publicas. concluya las negociaciones y suscriba el respectivo Contrato Modificatorio de Prestamo con el Fondo de Inversiones de Venezuela. conforme las condiciones financieras contenidas tanto en el contrato original y su modificacion de fecha 13 de julio de 1995. como en las modificaciones que por este Decreto se aprueban FROMMAN EFRAIN OLIVA MURALLES CONDICIONES FINANCIERAS DEL CONTRATO MODIFICATORIO:SECRETARIO
SECRETARIO DF LA
PRICBLACA
INCREMETAR ELMONTO EN: US$ CONGRESO PLAZO DE PAGO: 8 AÑOS AMORTIZACION: Se amortizara mediante 16 cuotas semestrales. iguales y consecutivas La primera se hara efectiva el 30 de junio de 1997 y la ultima el 30
Centry de diciembre del año-2004
INTERESES: Se sujetarán a una tasa variable de interes no menor a la que aplica el Banco Interamericano PALACIO NACIONAL: Guatemala, 10 de julio de mil novecientos de Desarrollo para sus operaciones con capital noventa y seis. ordinario, aplicando a saldos deudores pagaderos semestralmente y libres de toda PUBLIQUESE Y CUMPLASE deducción por cualquier concepto. causados a partir de la fecha de cada desembolso Los intereses correspondientes a un periodo que no abarque un semestre completo seran calculados tomando el numero de dias
ARZU IRIGOVEN efectivamente transcurridos y con base a on año de 360 dias ARTICULO 3. Las amortizaciones de capital. pago de intereses y demás gastos derivados del Convenio Modificatorio de Prestamo aprobado. estaran a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Publicas. para lo cualdeberán incorporarse las asignaciones presupuestarias correspondientes en el PresupuestoGeneral de Ingresos y Egresos del Estado en cada ejercicio fiscal hasta la total cancelacion Inst Alejandro Arévale affire Guatemaiz CA de la deuda ARTICULO 4. La Contraloria General de Cuentas debera practicar auditoriafinanciera administrativa a las operaciones relativas a la ejecucion del proyecto : deifinanciamiento y de este prestamo incluyendo la contrapartida local, debiendo informat I! Congreso de la Republica los resultados de dicho examen ARTICULO 5. El presente decreto tue declarado de urgencia nacional aprobado en una sola lectura por más de las do's terceras partes del total de diputados al Congreso de la DECRETO NUMERO 52-96 Republica y entrara en vigencia el dia de su publicación en el diario oficial
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA su SANCION
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PROMULGACION Y PUBLICACION.
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN ItCONSIDERANDO: CIUDAD DE GUATEMALA. A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE JUNIO
Que mediante Decreto Numero 43-91. el Congreso de la Republica aprobo el Proyecto deDE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.6 Contrato de Prestamo No C7-GU-07-242 a suscribirse entre la Republica de Guntemala y elFondo de Inversiones de Venezuela -FIVpor un monto de US$ 5 000,000.00 destinadosexclusive amente a financiar el proyecto "Remodelación del Area de Maternidad del HospitalRoosevelt de la Ciudad de Guatemala
CONSIDERANDO: CARLOS ALBERTO GARCIA REGAS PRESIDENTE Que por medio del Decreto Numero 28-95 de este Organismo. se aprobo el Proyecto delContrato Modificatorio de prestamo. del contrato de prestamo original. causandose unincremento en el monto del prestamo por la cantidad de USS 3 238 000.00
CONSIDERANDO: EERAINOLIVA MURALLES FROYLAN SECRETARIO SECRETARIO Que tanto en Guatemala como en Venezuela, pais de donde se importa la mayoria delmaterial y equipo necesario para la ejecucion del proyecto. se ha registrado un incrementoen el indice general de precios. to que sumado a la depreciacion de sus respectivos tipos deor LA REPUBLICA cambio, ha provocado un efecto combinado que se traduce en un incremento constante decostos bastante significativos. por to que se hace necesario introducir nuevas modificacionesal Contrato de Prestamo C7-GU-07-242
CONSIDERANDO: )Que como consecuencia de lo expuesto en el considerando que antecede. se hace necesarioCentre ampliar el contrato original modificando algunas clausulas e incrementando los fondosinicialmente contratados. en la cantidad de US$ 5,232,046.00, lo que implica que el costototal del Proyecto sera de USS 13 y por lo que contandose con las opinionesPALACIO NACIONAL: Guatemala, 10 de julio de mil novecientosnoventa y seis.
favorables de la Secretaria General del Consejo Nacional de Planificacion EconómicaSEGEPLANy de la Junta Monetaria. es procedentes emitir la disposicion legal quePUBLIQUESE Y CUMPLASE corresponde POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el articulo 171 literales a) e i) de laARZU IRIGOYEN Constitucion Politica de la República de Guatemala.
DECRETA: ARTICULO 1. Se aprueba el Proyecto de Contrato Modificatorio de Prestamo a suscribirse entre la Republica de Guatemala y el Fondo de Inversiones de Venezuela, por elcual se modifican las cláusulas IV: VI, VII y XV del Contrato No C7-GU-07-242 y seincrementa por ultima vez. el monto de dicho préstamo en la suma de US$ 5,232 046 00.Gualemais.CA destinados exclusivamente a financiar el Proyecto de "Remodelacion del Area de Maternidaddel Hospital Roosevelt". siendo la Unidad Ejecutora del mising. el Ministerio de SaludJosé Alejandro Arévalo AlburezMINISTRO DF FINANZAS PUBLICAS
Publica y Asistencia Social