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Decreto 52-2002

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 52-2002
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2002

Diario de Centro América Órgano Oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: Alejandro José Pérez Martinez TOMO CCLXX Guatemala, miércoles 25 de septiembre de 2002 NUMERO8

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRÉSO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO No 52-2002

ORGANISMO EJECUTIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Acuérdase modificar el Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo numero 316-2002, de fecha 10 de DECRETO NUMERO 52-2002 septiembre de 2002 MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Acuérdase aceptar a titulogratuito la donación que hace la Municipalidad de E1 Estor. Departamento de CONSIDERANDO: Izabal a favor del Estado de Guatemala. Que con fecha 4 de noviembre de 1997, mediante Decreto Número 108-97 del Congreso de la República de Guatemala, se autorizó al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, concluyera la negociación y suscribiera el Contrato de Préstamo PUBLICACIONES VARIAS con el Kreditanstalt Für Wiederaufbau, Frankfurt am Main (KfW) de Alemania, por un monto de Veinte Millones de Marcos Alemanes (DM 20,000,000.00); Moneda de Desembolso y Reembolso

JUNTA MONETARIA Marcos Alemanes; Destino: Financiamiento Parcial del proyecto "Rehabilitación de la Carretera RESOLUCION JM-260-2002 San Pedro Carchá-Fray Bartolomé de las Casas", Unidad Ejecutora Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda por medio de la Dirección General de Caminos, Plazo Cincuenta años incluyendo diez (10) años de gracia, Período de Desembolso, de acuerdo con el ANUNCIOS VARIOS avance del proyecto hasta el 31 de diciembre del 2002 y con fecha 22 de enero de 1998, se suscribió el Contrato de Préstamo KfW 9665506. Matrimonios Constituciones de sociedad Modificaciones de sociedad Patentes de invención ReCONSIDERANDO: gistro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates Pasaje Savoy. S.A Balance General al 30 de junio deQue al realizar el diseño preliminar del referido proyecto y por el aumento de tráfico en el tramo San Pedro Carchá-Cámpur, por la mayor densidad de asentamientos y las actividades agricolas,2002 se requirió un diseño diferente, que el Marco Alemán se devaluó frente al Dólar y se puso en vigencia la moneda regional europea (EURO), to que ha generado pérdidas en la moneda nacional debido a las variaciones en el tipo de cambio; lo anterior implica menos disponibilidad financiera para cubrir los costos del proyecto. ATENCION ANUNCIANTES CONSIDERANDO: Que a través de la Unidad Ejecutora, O sea el Ministerio de Comunicaciones, Transporte, Obras

IMPRESION SE HACE Públicas y Vivienda, actualmente el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, mediante los correspondientes contratos administrativos, se están ejecutando los trabajos del CONFORME ORIGINAL proyecto Rehabilitación de la Carretera San Pedro Carchá-Fray Bartolomé de las Casas, Tramo 1: San Pedro Carchá-Campur con una longitud de 48.100 kilómetros. Toda impresión en la parte Legal del Diario de CONSIDERANDO: Centro América, se hace Que los motivos expuestos hacen variar las condiciones financieras básicas originalmente respetando el original. consideradas en el contrato de préstamo, lo que implica la necesidad de modificar el Decreto Número 108-97 del Congreso de la República, para considerar los cambios actuales Y definir Por lo anterior. esta Adentre otros aspectos, la longitud del proyecto; el cambio de moneda del préstamo (de Marcos ministración ruega al Alemanes a Euros) y la consiguiente modificación al convenio de préstamo. público tomar nota. POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-25 de septiembre de 2002 NUMERO 8

DECRETA: ARTICULO 1. Se modifica el articulo 1 del Decreto Número 108 97 del Congreso de la Republica de Guatemala, de fecha 4 de noviembre de 1997, en relación a las condiciones

financieras, el cual queda así: DE MONTO: Por el cambio de moneda Marcos Alemanes a Euros, (tipo de cambio Euros 1 Marcos Alemanes 1,95583) el

monto del préstamo queda en: Diez millones doscientos veinticinco mil ochocientos treinta y ocho MINISTERIO(10,225,838.00) Euros. DR CALDERON

MINISTRO DE GOBERNACION

MONEDA DE DESEMBOLSO J. Duis Mijangos C.

Y REEMBOLSO: Euros. SECRE GENERAL

PRESIDENCI DE LA REPUBLICA

DESTINO: Financiamiento Parcial del Proyecto Rehabilitación

de la Carretera Tramo 1: San Pedro Carcha-Campur UNIDAD EJECUTORA: Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda, por medio de la Direccion General de Caminos PLAZO: Cincuenta (50) años incluyendo diez (10) años de gracia.

PERIODO DE DESEMBOLSO: De acuerdo con el avance del Proyecto, hasta el treinta y uno (31) de diciembre del dos mil dos (2002) TASA DE INTERES: Cero punto setenta y cinco por ciento (0.75%) anual COMISION DE COMPROMISO: Un cuarto por ciento (1/4%) anual sobre el saldo no EDUARDO WEYMANN desembolsado del préstamo. MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS AMORTIZACION: Mediante ochenta (80) cuotas semestrales Y consecutivas de ciento veintisiete mil ochocientos veintidos punto noventa V orher (127,922 98) la primera de las cuales será pagadera transcurridos ciento veintiseis (126) meses de 10 techa de (F-627)-25-septiembresuscripción del Contrato

INTERESES POR MORA: KfW elevara la tasa de interés para las sumas atrasadas at nivel del tipo de descuento del Deutsche Bundesbank valido el dia de vencimiento más un tres por ciento (3%) anual ARTICULO 2. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Publicas Y Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura · Vivienda, como Unidad Ejecutora del Proyecto, suscriba los documentos correspondientes para la modificación al Contrato de Préstamo ORGANISMO EJECUTIVOARTICULO 3. E1 presente Decreto entrará en vigencia el dia de su publicación en el diario oficial

PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y

PUBLICACION.

DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL ANO DOS MIL DOS.

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Acuérdase modificar el Artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 316-2002, de fecha 10 de septiembre de 2002.

ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 345-2002

Guatemala, 24 de septiembre de 2002

JOSE EFRAIN RIOS MONTT

PRESIDENTE El Presidente de la República, CONSIDERANDO: Que con fecha 10 de septiembre de 2002 SC emitio el Acuerdo Gubernativo námero 316-2002 HAROLDO ERIC QUEJ CHEN AURA MARINA OTZOY COLA) publicado.el 13 de septiembre de 2002 en el Diario Oficial, por el cual se cede cl uso deSECRETARIO SECRETARIO

frecuencias radiocléctricas: que cn cl mismo se menciona. cuya normativa cobra vigencia a DE REPUBLICA partir del día 25 del mes ya citado.

CONSIDERANDO: GUATEMALA. Que es de interés nacional preservar para cl uso exclusivo del Estado las frecuencias propias de Radio Nacional TGW la Voz de Guatemala, por ser el medio informativo del Gobierno de la Republica y de la Emisora Nacional que historicamente ha operado en cl occidente del país, conocida como TGQ, Radio Nacional de Quetzaltenango: así como preservar hajo cl control del Estado la frecuencia cn que opera la Radio Tikal, que transmite en el departamento de SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 52-2002 Peten, cuya emision es necesaria por razones de indole estratégica dada la situación especial de ese departamento.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintitres de septiembre del año dos mil dos.

POR TANTO: PUBLIQUESE Y CUMPLASE En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal c) de la Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento cn los artículos 1. 2 de la Ley de

DE LA Telecomunicaciones RESIDENCIAREPUBLICA ACUERDA Artículo 1. Se modifica el artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 316-2002, de fecha 10 de septiembre de 2002, el cual queda así: "Artículo 2. Las frecuencias puestas a disposicion de las entidades que califiquen a JUAN FRANCISCO REYES LOPEZ lo dispuesto en el artículo 1, son, en la banda de amplitud modulada (A.M.), las

VICEPRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA frecuencias: 640. 810, 840, 1000, 1290 y 1440 KHz, todas de cobertura nacional: y. en la banda de frecuencia modulada (F.M.), la frecuencia 104.50000 MHz con cobertura en los departamentos de Guatemala y Sacatepéquez."

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