Decreto 53-1998
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 53-1998
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 1998
2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-13 de octubre de 1998 NUMERO 6
DECRETO NUMERO 53-98 ORGANISMO EJECUTIVO
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE GOBERNACIONCONSIDERANDO: Que el Gobierno de is Republica de Guatemala a traves de los Ministerios de Relaciones Apruébanse los estatutos de la ASOCIACION "PETEN SUR.Exteriores y de Educacion, promovio la suscripción de un Convenio de Financiamiento No Reembolsable con la Comunidad Europea, tendiente a mejorar el sistema educativo a nivel ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 247-98 nacional. Guatemala, 4 de agosto de 1998.CONSIDERANDO: DI Que el objetivo general del programs consiste en incrementar, a nivel nacional, la calidadMinistro de Gobernación, del sistema educativo guatemalteco a través del apoyo a una reforms del sistema de formación y capacitación de los docentes de la escuela primaria; y a nivel territorial, COMBIDERANDO:ejecutar acciones dirigidas a fortalecer la eficiencia y la eficacia del sistema educativo regional de Las Verapaces. Que el selior FRANCISCO ROBERTO MIGUEL SOLOMBRINO PUIG, confecha discisiete de septiembre de mil novecientos noventa y siete, seCONSIDERANDO: present6 a este Ministerio, solicitando la aprobacion de los estatutos yreconocimiento de la personalidad juridica de la ASOCIACION "PETEN SUR".Que el Convenio de Financiamiento tiene implicito obligaciones para el Ministerio de CONSIDERAMOO:
Educacion como para el Gobierno de la Republica, en lo que respects a promover acciones tendientes a garantizar la exoneración de impuestor, derechos y tasas de los bienes,Que con fecha veinticuatro de diciembre de mil novecientos.novents y siate, entro en vigencia el Decreto número 114-97 del Congreeo deequipos, materiales e insumos adquiridos. la Republica, Ley dal Organismo Bjecutivo, la cual modifica elprocedimiento para el otorymiento de la Personalidad Juridica de lasPOR TANTO: Asociaciones Civiles, sin embargo de conformided con la Ley del OrganismoJudicial las deficiencias de otras leyes, Be supliran por lo preceptuado enla misms; y las diligencias que ya astuvieren iniciades, - regiran por laEn ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y 1) de laley vigente al tiempo de au iniciacion, por lo que as procedente laaplicacion supletoria de tales nocess.Constitucion Politics de la Republica de Guatemala,
CONSIDERANDO: DECRETA: Que la legislacion guatemalteca preve la institucionalisacion,ARTICULO 1. Se aprueba el Convenio de Financiamiento Número GTM/B7COMO personas juridicas, de las asociaciones sin fines lucrativos que aspropongan promover y proteger los intereses comunes de sus integrantes,310/1B/96/080. suscrito entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Guatemaia, en la Ciudad de Bruselas, Bélgica, el diez de octubre de mil novecientos noventa y siete, y en laautoridad respectiva y que en el presente caso BO han cumplido los lacuando su constitucion y estatutos fueren debidamente aprobados por
requisitos que sefiale la ley, por lo que es procedente emitir la respectiveciudad de Guatemala el catorce de enero de mil novecientos noventa y ochodisposicion legal. respectivamente, para el Programa de Apoyo al Sector Educative en Guatemala. POR TANTO: ARTICULO 2. El presente decreto entrara en vigencia el día de su En ejercicio de las funciones que le confieren los articulospublicacion en el diario oficial. 194 incisos a) y f) de la Constitucion Politica de la Republica deGustemala; 15, inciso 30. Y 31 dal Oódigo Civil: 1 inciso 10, 1 "A" incisosPASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, a) y b) Y 19 inciso 10 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 93PROMULGACION Y PUBLICACION. del Congreso de la Republica, modificado por Decreto-Lay número 25-86 delJefe de Estado: 23 Y 36 inciso m) de la Ley del Organismo Judicial, DecretoDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA número 2-89, modificado por los Decretos números 64-90, 75-90, 11-93 YCIUDAD DE GUATEMALA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE 112-97, todos del Congreso de la Republica de Guatemala, Y con base en lopreceptuado por el Acuerdo Gubernativo número 515-93 de fecha seis deDE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO. octubre de mil novecientos noventa y tres.
ACUERDA: ARTICULO lo. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar los
RAFAEL BARRIOS FLORES estatutos de la ASOCIACION "PETEN SUR", los cuales estan contenidos en los MARIOTLORES Janes ORTIZ Instrumentos Publicos números 93 Y 52 de fechas uno de septiembre de milPRESIDENTE novecientos noventa y siete y once de warzo de mil novecientos noventa yDr LA ocho, respectivamente, autorizados en la Aldea de Santa Elena, del CONGRESO Municipio de Flores, del Departamento de Peten, por al Notario NEHEMIASRUBEN DARIO MORALES VELIZ MATHEU LOPEZ. SECRETARIO SECRETARIO ARTICULO 20. Conforms el inciso a) del artículo 25 de los estatutos de la referida Asociacion, contenidos en los Instrumentos POblicos relacionados, la representacion legal de la entided la ejercerá el Centro America Presidente de la Junta Directiva. ARTICULO 30. La Asociacion de mácito antes de iniciar susactividades, deberá inscribires en el Registro Civil correspondiente, dePALACIO NACIONAL: Guatemala. seis de octubre de mil conformidad con 10 dispuseto por los artículos 370 Y 438 del Codigo Civil.novecientos novents y ocho. ARTICULO 40. La aludida Asociacion queda sujeta a la vigilanciay supervision del Estado de Gustemala.DEPUBLIQUESE Y CUMPLASE J REPUBLICA ARTICULO 50. Para el funcionamiento de cualquier proyecto oprograms de los contemplados dentro de sus fines, la ASOCIACION deberáconter con la autorizacion previa de la entidad GubernamentalCorrespondiente, bajo la pena de incurrir en responsabilidad.ARZU IRIGUYEN
/ EX ARTICULO 60. E1 presente Acuerdo emperará a regir . partir deldia siguiente de su publicacion an al Diario Oficial.
DE COMUNIQUESE,
PUBLICASEmilio Wong LeonViceministre de Finanzas Poblicas Epcargado del Despages is Mendoza Ministre de Gobersocia the Wander Penialed Herera Lic. Hector Adollo Cituentes Mendors VICEMINISTRO DE GOBERNACION Secretario General de is