Decreto 54-1986
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 54-1986
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1986
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXX Decano de la Prensa Centroamericana Director: Danilo de León Guatemala, martes 18 de noviembre de 1986Número 4
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 54-86
DECRETO NUMERO 54-86
EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,
ORGANISMO EJECUTIVO
CONSIDERANDO: MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION Que la Constitucion Politica de la Republica afirma y reconoce la primacia de la persona humana como sujeto y fin del orden social; a la vez que, Guatemala como Nacion juridicaApruébase el Convenio suscrito entre el Director General de Servicios Pecuarios ymente organizada, se fundamenta en los ideales de que todo el Presidente de la Junta Directiva de la "Fundación para el Desarrollo Integral poder en el Estado, procede del derecho y se ejerce conforme de Proyectos Socioeconómicos" -FUNDAPa éste; manteniéndose el principio supremo de respeto a los Derechos del Hombre.
Intégrase en la forma en que se indica, la Comisión Consultiva que asesorará al DeCONSIDERANDO: partamento de Control de Productos Veterinarios. Que es obligacion del Estado y de las autoridades, mantener MINISTERIO DE GOBERNACION a los habitantes de la Nacion, en el pleno goce de los derechos que la Constitución garantiza; y que dicha Ley Fundamental de la República ha previsto instrumentos y mecanismos Apruébanse los Estatutos del "Patronato Pro-Mejoramiento, Mantenimiento y Obras de supervision y control que es necesario desarrollar a de Reconstrucción del Templo de Santo Domingo (Basilica Menor de Nuestra través de legislacion especifica con el propósito de hacer Señora del Rosario)"; y reconócese su personalidad jurídica. efectivo el ejercicio de dichos derechos.
CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que se hace necesario reafirmar en Guatemala el absoluto respeto de los Derechos Humanos, y que acorde a lo dispuesto Matrimonios. Líneas de Transporte. Constituciones de Sociedad. Modificaen la Constitución Politica de la República, se debe regular ciones de Sociedad. Registro de Marcas. Títulos Supletorios. Edictos. el funcionamiento de la Comisión de Derechos Humanos y el del Procurador de los Derechos Humanos, a efecto de queLicitaciones. Remates. ambos puedan cumplir una funcion efectivamente protectora de los mencionados derechos.
Aparatos para el Hogar, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1985. POR TANTO, Bisel Impresos y Servicios, Sociedad Anónima-Balance General al 30 de junio de
1985. En uso de las facultades que le confieren los Articulos 157 y 171 inciso a), y con fundamento en lo dispuesto en Talleres Industriales, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1985. los Articulos 273, 274 y 275 de la Constitución Politica
de la República de Guatemala, Actividades Mercantiles, S. A.-Balance General Condensado al 30 de junio de 1985.
DECRETA: Brochas y Cepillos de Centroamérica, S. A.-Balance General al 31 de diciembre de
1983. La siguiente: Acacian, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1985. LEY DE LA COMISION DE DERECHOS HUMANOS DEL CONGRESO DE LA Inversiones Iberia, S. A.-Balance General a 30 de junio de 1985. REPUBLICA Y DEL PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS Compañia de Negocios Inmobiliarios y Comerciales, S. A.-Balance General al 80 de TITULO I junio de 1985. DE LA COMISION DE LOS DERECHOS HUMANOS Agencia de Viajes y Servicios Aéreos, Sociedad Anónima AVIASA-Balance GeCAPITULO I neral al 30 de junio de 1984. NATURALEZA E INTEGRACION Industrial Química, S. A.-Balance General al 31 de diciembre de 1984.
ARTICULO 1. Concepto y fines. La Comision de Derechos Humanos del Congreso de la República, en adelante denominada "Servicio Técnico de Asesoria para Empresas, Sociedad Anónima"-Balance Genela Comision, es un órgano pluralista que tiene la funcion ral, Practicado al 30 de junio de 1985. de promover el estudio y actualización de la legislación sobre derechos humanos en el pais, conociend con especialiIngenieros Civiles Constructores S. A.-Balance General al 30 de junio de 1985dad, leyes, convenios, tratados, disposiciones y recomendaciones para la defensa, divulgacion, promocion y vigencia Pinares del Monte, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1985. de los derechos fundamentales inherentes a la persona, su dignidad, integridad fisica y psiquica y el mejoramiento "Distribuidora Industrial y Comercial, S. A".-Balance General al 30 de junio dede la calidad de vida, asi como el logro del bien común 1985, y la convivencia pacifica en Guatemala.74 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Noviembre 18 de 1986 NUMERO 4 ARTICULO 2. Integracion. La Comision se integra con juridica, no esta supeditado a organismo, institucion 0 un Diputado por cade uno de los Partidos Politicos represenfuncionario alguno en esta materia, y actuard con absoluts tados en el Congreso de la Republica, en el correspondiente independencia, salvo 10 establecido en la presente ley. periodo para el cual fueron electos. ARTICULO 9. Calidades. E1 Procurador, dobera reunir ARTICULO 3. Eleccion. E1 Congreso de la República las mismas calidades que se requiere para ser Magistrado dentro del termino de los quince dias siguientes al quince de la Corte Suprema de Justicia y gozará de las mismas inmude enero de cada ano, elegira y dara posesion a la Comision. nidades y prerrogativas de los Diputados al Congreso. E1 La eleccion de los miembros integrantes de la misma, se cargo de Procurador, es incompatible con el desempeno de hara a propuesta de los Diputados de los respectivos Partiotros cargos publicos, de cargos directivos de partidos
dos Politicos. politicos, de organizaciones sindicales, patronales o de trabajadores, con la calidad de ministro de cualquier reliCAPITULO II gion o culto y con el ejercicio de la profesion. ATRIBUCIONES DE LA COMISION ARTICULO 10. Eleccion. E1 Procurador sera electo para un periodo improrrogable de cinco años, por el Pleno ARTICULO 4. Atribuciones: Son atribuciones de la del Congreso, por dos tercios del total de votos, en sesion Comision: especialmente convocada para el efecto, dentro del plazo de treinta dias a contar de la fecha de haber recibido la a) Proponer, al Pleno del Congreso, dentro del plazo Junta Directiva del Congreso, la terna de candidatos propuesde los sesenta dias siguientes a la instalacion to por la Comision. de la Comision, una terna de candidatos para el cargo de Procurador de los Derechos Humanos. Si ARTICULO 11. Procuradores adjuntos. E1 Procurador por cualquier motivo quedare vacante dicho cargo, para el cumplimiento de sus funciones, tendra dos Procuradoel plazo para hacer las propuestas del sustituto res Adjuntos, quienes además le sustituiran por orden de no debera exceder de diez dias. nombramiento, en caso de impedimento o de ausencia temporal, y ocuparan el cargo on caso quedare vacante, mientras se b) Realizer estudios de la Legislacion vigente, con elige al nuevo titular. Deberan reunir las mismas calidades el objeto de proponer iniciativas de ley al Pleno requeridas para el cargo de Procurador y serai. designados
del Congreso, tendientes a adecuar la existente directamente por este. a los preceptos constitucionales, relativos a los derechos humanos y a los tratados y convenciones ARTICULO 12. Causas de Revocatoria y Cesacion. E1 internacionales aceptados y ratificados por GuateCongreso de la Republica con el voto de las dos terceras mala. partes del total de Diputados, hara cesar en sus funciones al Procurador y declarara vacante el cargo por cualquiera c) Preparar un plan anual de trabajo que incluya esde las siguientes causas: tudios, seminarios, investigaciones tecnico cientificas sobre derechos humanos, asi como participar a) Incumplimiento manifiesto de las obligaciones que en eventos nacionales e internacionales sobre tal le atribuye la Constitucion y esta ley. materia. en representación del Congreso de la Repú- blica. b) Participacion material o intelectual, comprobada, on actividades politicas. d) Evacuar opiniones Y dictamenes sobre tratados Y convenciones internacionales en materia de derechos c) Por renuncia. humanos, trasladando al Pleno y al Procurador Los asuntos procedentes. d) Por muerte O incapacidad sobreviniente. e) Ser el medio de relacion del Procurador de los e) Ausencia inmotivada del territorio nacional por Derechos Humanos, con el Pleno del Congreso, trasmas de treinta (30) dias consecutivos. ladando informes y gestiones que dicho funcionario formule ante el Congreso; 1a Comision podrá hacer f) Por incurrir en incompatibilidad conforme 10 preobservaciones por separado sobre el informe O inforvisto por esta ley. mes del Procurador. g) Por haber sido condenado en sentencia firme por f) Formular recomendaciones a los Organismos del Esdelito doloso. tado para que adopten medidas en favor de los derechos humanos y solicitarles los informes respectivos. CAPITULO II g) Mantener comunication constante con los Organismos Internacionales de defensa de los derechos humanos ATRIBUCIONES DEL PROCURADOR para consulta e intercambio de informacion. h) Plantear al Pleno del Congreso la cesacion en sus ARTICULO 13. Atribuciones. De conformidad con 10 funciones del Procurador de los Derechos Humanos, que establece el Articulo 275 de la Constitucion Politica cuando existieren las causas que especificamente de la Republica, tendra las atribuciones siguientes: contemrla la Constitucion Politica de la República y la ley. a) Promover el buen funcionamiento y 1a agilizacion de la gestion administrativa gubernamental, on i) Realizar cualquier otra funcion que le corresponda materia de Derechos Humanos. por su propia naturaleza, incluyendo la fiscalizacion del cumplimiento administrativo do las normas b) Investigar y denunciar comportamientos administrajuridicas atinentes a los derechos humanes. tivos lesivos a los intereses de las personas. 5) Examinar las comunicaciomes: y quejas provenientes c) Investigar toda clase de denuncias que le sean del exterior del pais que dirijan personas O instiplanteadas por cualquier persona, sobre violaciotuciones al Congreso de la Repoblica, denunciando nes a los Derechos Humanos.
violaciones de los derechos humanos en Guatemala. d) Recomendar privada o publicamente a los funcionaARTICULO 5. Presupuesto. La Comision, dadas las rios la modificación de un comportamieato adminisfunciones extraordinarias que le atribuye esta ley, contard trativo objetado. con una partida especifica para cumplir con sus atribuciones, la que figurard en el Presupuesto de Gastos del Organise) Emitir censura publica por actos o comportamientos mo Legislativo. En todo caso, el presupuesto constituye en contra de los derechos constitucionales. Cuenta Dante dentro de la ejecucion presupuestaria, debiendo sujetarse para el efecto a 10 establecido en la Ley Organif) Promover acciones O recursos, judiciales 0 adminisca del Presupuesto, Contabilidad y Tesoreria de la Nacion. trativos, en los casos en que sea procedente. ARTICULO 6. Renuncia de la Comision. En caso de renung) Las otras funciones y atribuciones que le asigne cia justificada O ausencia definitiva de alguno de los miemesta ley. bros de la Comision, el Congreso nombrard al sustituto, el que debe pertenecer al mismo Partido Politico del sustiARTICULO 14. Informe. E1 Procurador debera presentar tuido. al Congreso de la Republica durante la segunda quincena del mes de enoro de cada ano, por conducto de la comision ARTICULO 7. Renuncia al Partido Politico. Si un miemrespectiva, informe de 1a situacion de los Derechos Humanos,
bro de' la Comision renunciara al Partido Politico a que durante el ano anterior. perteneciere al momento de hacerse 18 designacion, se hara una nueva para que el Partido Politico no deje de estar ARTICULO 15. Actuacion Especial. F.1 P: curador, de representado en la Comision. oficio O a instancia de parte, actuara para que, durante el regimen de excepcion se garanticen a plenitud los dereTITULO II chos fundamentales cuya vigencia no hubiero sido expresamente restringida. F.I. PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS ARTICULO 16. Horario. Para el cumplimiento de las CAPITULO I funciones del Procurador, todos los dias y horas son habiles. CONCEPTO, CALIDADES Y ELECCION ARTICULO 17. Otras atribuciones. Corresponde tambien al Procurador: ARTICULO 8. Definicion. La Institucion del Procurador de los Derechos Humanos, en adelante denominado el Procuraa) Promover Y coordinar con las dependencias respondor, es un Comisionado del Congreso de la Republica para sables, para que en los programas de estudio en la defensa de los Derechos Humanos que la Constitucion, los establecimientos de insenanza, oficiales y La Declaracion Universal de los Derechos Humanos y los Traprivados, se incluya a materia especifica de Los
tados Internacionales aceptados por Guatemala, garantizan. Derechos Humanos, que Hebera ser impartida en los E1 Procurador de los Derechos Huamanos tiene personalidad. horarios regulares y a todos los niveles educativos.NUMERO 4 DIARIO DE CENTRO Noviembre 18 de 1986 b) Desarrollar un programa permanente de actividades decision, acuerdos, resolucion o providencia, menoscabare,para que 56 examinen aspectos fundamentales de denegare, obstaculizare, O de cualquier forma lesionarelos Derechos Humanos, se realicen informes, compilael disfrute O ejercicio de algunos de los derechos, liberciones, estudios, investigaciones juridico-doctritades O garantias a que se refiere el Articulo que precede, narias, publicaciones, campanas divulgativas y sin perjuicio de iniciar las acciones legales pertinentes. cualesquiera otras actividades de promocion, con el propósito de hacer conciencia en los diversos ARTICULO 23. Accion. E1' Procuredor podrá iniciar sectores de la poblacion, sobre la importancia proceso en contra de cualquier persona, funcionario, empleade estos derechos. do publico, instituciones publicas o privadas, que violen O atenten contra los derechos humanos. C) Establecer y mantener comunicacion con las diferentes organizaciones intorgubernamentales, guberARTICULO 24. Debida colaboración. E1 Procurador, namentales y no gubernamentales, nacionales O expara el desempeno de sus funciones, podra solicitar el auxitranjeras, encargadas de la defensa y promocion lio y colaboracion de Los funcionarios, autoridades, o instide los Derechos Humanos. tuciones quienes están obligados a brindarlas forma pronta y efectiva y los tribunales deberan darle pricridad a estas d) Divulgar en al mes de enero de cada ano, por los diligencias. medios de comunicacion social, el informe anual y los informes extraordinarios a que se refiere ARTICULO 25. Comparecencia obligatoria. Toda persona, esta ley. funcionario o empleado publico, citados por el Procurador, procuradores adjuntos o auxiliares departamentales, deberan e) Participar en eventos internacionales en materia comparecer personalments, el dia y. la hora senalada. De de Derechos Humanos. no comparecer, podrán ser conducidos previa orden de Juez por medio de la fuerza publica, salvo causal justificada,f) Recibir, analizar e investigar toda denuncia de sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes. violacion de los Derechos Humanos, que presenten en forma oral O escrita, cualquier persona individual, agrupada o juridica. g) Iniciar de oficio las investigaciones que considere CAPITULO V necesarias en los casos que tenga conocimiento sobre violacion de los Derechos Humanos. PROCEDIMIENTO h) Investigar, conforme a la ley, en cualesquiera ARTICULO 26. Solicitudes. Las solicitudes de investilocales o instalaciones privadas O de la adminisgacion O denuncias sobre violaciones a los Derechos Humanos, tracion publica, la existencia de indicios que podran presentarse al Procurador, procuradores adjuntos avalen la posibilidad de que se hayan violado O O axuliares de 1a Institucion, por escrito en papel simple,
se esten violando cualesquiera de los Derechos O verbalmente, por cualquier persons individual agrupada O jurídica, Humanos. La inspeccion no requiere la notificasin sujecion a formalidades de ninguna naturaleza y sin cion provia a los funcionarios O encargados de costo alguno. quien, directs O indirectamente, dependan los locales 0 instalaciones. ARTICULO 27. Acto inicial. Inmediatemente que se reciba la solicitud, el Procurador de los Derechos Humanos 1) Exigir de particulares, funcionarios y empleados ordenara la apertura del expediente, y la realizacion de públicos de cualquier jerarquia al presentarse las acciones que considere necesarias. a Los locales O instalaciones referidos en la literal anterior, la exhibicion inmediata de toda clase En caso de delito, falta, accion u omision que sea de libros, documentos, expedientes, archivos, inclucompetencia de un tribunal de cualquier fuero H. organo admiso los almacenados en computadora, para 10 cual se nistrativo, de inmediato al Procurador hara la denuncia acompañara de los tecnicos necharios, queda a o solicitud y remitire 10 actuado a la autoridad corresponsalvo lo preceptuado por los anticulos 24 y 30 diente para au conocimiento Y resolucion. de la Constitucion Politica de la República. ARTICULO 28. Solicitud de informe. En la misma reso11 Emitir resolucion de censura publica en contra lucion que abra el expediente el Procurador ordenara a la de los responsables materiales y/o intelectuales autoridad jerárquica superior de la institucion O del funde la violacion de los Derechos Humanos, cuando cionario, Q a la que corresponda, las explicaciones del el resultado de la investigacion arribe a esa concaso. E1 informe circunstanciado deberá remitirlo el obligaclusion. do dentro del plazo de cinco dias. S1 el informe no 60 rindiere se tendra por ciertas las afirmaciones del solicitante.k) Nombrar, amonestar y remover al personal de la institucion del Procurador, de conformidad con ARTICULO 29. Resolucion. Dentro del termino de ochoel Reglamento respectivo. dias, contados a partir de la fecha en que se haya presen1) Elaborar el proyecto de Presupuesto Anual de la tado la solicitud de investigacion o denuncia de violacion. el Procurador dictara resolucion, haciendo constar cuales-Institucion yremitirlo a la Comision de Derechos quiera de las siguientes situaciones:Humanos del Congreso de 1a Republica, para que sea incluido en el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Estado. a) Que no.existen razones suficientes para presumir 1a violacion de los Derechos Humanos, on cuyo caso, ordenard el archivo del expediente. CAPITULO III b) Que existen razones suficientes para presumir la violacion de los Derechos Humanos, senalando un ORGANIZACION plazo que no excedera de treinta (30). dias para continually finalizar su investigacion O las accioARTICULO 18. Organizacion. Para el efectivo cumplines correctivas O preventivas que estime convenienmiento de sus atribuciones, la Institucion del Procurador tes. debera contar por 10 menos con: c) Que ha comprobado 1a violacion de los Derechosa) Departamento do Procuracion de los Derchos Humanos. Humanos Y, por 10 tanto, procedera de conformidad con lo estipulado por esta ley.b) Departamento de Promocion y Educacion de los Derechos Humanos, ARTICULO 30. Responsabilidad. Establecida la responsabilidad de cualquier persona individual, agrupade o juri-A1 efecto contard con los profesionales idoneos, para dica, pública o privada, en la violacion de los Derechoslos cargos de jefes de departamentos. seccion y auxiliares Humanos, el Procurador procederá asi:departamentales; asi como, con el personal calificado para los demas puestos administrativos que disponga 01 reglamento. a) Ordenar la inmediata cesacion de la violacion, y la restitucion de los Derechos Humanos conculca-ARTICULO 19. Exoneraciones. La Institucion del Procudos.rador gozard de todas las franquicias y exoneraciones fiscales que las leyes otorgan a los organismos del Estado b) Según la gravedad de la violacion promoverá ely 5118 instituciones. procedimiento disciplinario, inclusive la destitucion del funcionario 0 empleado respective Y cualquier otro procedimiento punitivo. CAPITULO IV c) Si de la investigacion se establece que existe DE LA JURISDICCION Y LA COMPETENCIA la comision delito o falta, formulara de inmediato la denuncia O querella ante el organo jurisdicARTICULO 20. Jurisdiccion y competencia. E1 Procuracional competents. dor y los Adjuntos tienen jurisdiccion y competencia para intervenir en casos de reclamo O queja sobre violaciones d) En caso de que la violacion de los Durechos Humanos de derechos humanos en todo el territorio nacional. provenga de un particular. este quedara sujeto a las sanciones que para el efecto correspondan. ARTICULO 21. Derechos tutelados. ET Procurador protegerá los derechos individuales, sociales, civicos y pollARTICULO 31. Notificaciones. Lo resuelto so notifiticos comprendidos on el Titulo II de la Constitucion Policara a los interesados, al responsable, y al funcionario, tica de la República, asi como los definidos en Tratados autoridad o dependencia administrativa corraspondiente. 0 Convenciones Internacionales aceptados y ratificados por Guatemala al tenor del Articulo 46 de dicha Constitucion. ARTICULO 32. No interrupcion de plazos Y abstenciones. La interposicion de quejas ante al Procurador, no interrumpe, ARTICULO 22. Autoridad. Para poder ejercer su autorini suspende los plazos administrativos ni judiciales. dad, el Procurador podrá prevenir Y solicitar a quien corresponda, la suspension y hasta la destitucion de los funcionaE1 Procurador no podrá entrar al examen de aquellas rios o empleados publicos que con 60 actuacion material, quejas sobre las que este pendiente resolucion judicial.76 DIARIO DE CENTRO NUI
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION YSuspendera su actuación si el interesado interpusiere. respecto del mismo objeto de la queja. demanda recurso ante CUMPLIMIENTO. los Tribunales de Justicia. Ello no impedira. sin embargo, DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LAla investigacion sobre los problemas generales planteados CIUDAD DE GUATEMALA, A UNO DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOSon las quejas presentadas. OCHENTA Y SEIS.
CAPITULO VI
ALPONSO CABRERA HIDALGODIPOSICIONES FINALES Y TRAMSITORIAS Presidente.
ARTICULO 33. Reglamento. E1 Proculador formulara el reglamento de la organizacion y funcionamiento de la Procuraduria de los Derechos Humanos, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de su toma de posesion. ROLANDO COLOR GARCIA MARINA MOLINA DE MONT SECRETARIO MARTINEZSECRETARIO ARTICULO 34. Primera eleccion. Para la primera eleccion del Procurador, no se hara aplicacion del Articulo 10 de esta ley en cuanto al plazo fijado en el mismo, sino PUNTO RESOLUTIVO NUMERO 34-86 debera elegirse dentro de los ocho dias desnues de haberse recibido por la Junta Directiva del Congreso las propuestas EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, de la Comision. CONSIDERANDO: ARTICULO 35. Auxiliares interinos. Mientras se desigQue de conformidad con el procedimiento que establece el articunan a los auxiliares en cada uno de los departamentos de lo 178 de la Constitucion Politica de la Republica de Guatemala la Republica, el Procurador podra, a través de resolucion, y en atencion a 10 que determinan los articulos 115, 116, nombrar en forma temporal los abogados que desempenan 117 y 116 de la Ley Organica y de Regimen Interior del Orgalas mismas funciones en la delegacion departamental del nismo Legislativo, se procedio a conocer el expediente remitido Ministerio Público. por el Presidente de la República, relativo al Decreto emitido por el Congreso de la Republica bajo número 54-86, que contiene la Ley de 18 Comision y del Procurador de los Derechos Humanos ARTICULO 36. Enseñanza de los Derechos Humanos. A y habiendose apreciado que en su tramite se incurrio en defipartir de 18 vigencia de esta ley, el Procurador debera ciencias de naturaleza procesal que hacen juridicamente ineficaz coordinar con las dependencias responsables para que en el veto formulado por el Presidente de la República. los programas de estudio en los establecimientos de ensenanza oficiales y privados, se incluya una materia especifica RESUELVE: sobre Derechos Humanos que debera ser impartida en los horarios regulares. 1. Tener por sancionado el Decreto 54-86 del Congreso de la República, promulgandolo para los efectos legales consiguientes. ARTICULO 37. Inicio de funciones. E1 Procurador iniciara sus funciones a los sesenta (60) dias despues de su 2. Mandar a publicar el Decreto del Congreso número 54-86,
toma de posesion, y dentro de dicho plazo procederá a la que contiene la Ley de la Comision y del Procurador de organizacion administrativa de la Institucion. los Derechos Humanos.
3. Transcribir esta resolucion al Organismo Ejecutivo para ARTICULO 38. Presupuesto para el presente ano. E1 su conocimiento.
Ministerio de Finanzas Publicas, hara las transferencias de partidas presupuestarias correspondientes para cubrirlos gastos respectivos de la Institucion del Procurador, DADO EN EL PALACIO DBL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE MIL para el presente ejercicio fiscal. NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS. ARTICULO 39. Casos no previstos. La Comision y el Procurador de los Derechos Humanos, observaran para los LUIS ALFONSO CARSERA HIDALGO casos no previstos en la presente ley, 10 dispuesto en la PRESIDENTE Constitucion Politica de la Republica, leyes y tratados vigentes en la Republica de Guatemala. ARTICULO 40. Vigencia. La presente ley entrard en vigencia quince (15) dias despues de su publicacion en el LEONEL BROLO ROBERTO ALEJOS CAMBARA Diario Oficial. SECRETARIOSECRETARIO ORGANISMO EJECUTIVO se beneficiará a mediano y largo plazo, las condiciones En la ciudad de Quetzaltenango, a los siete di
de vida del pueblo de Guatemala, mes de julio de mil novecientos ochenta y seis, ul en el local que ocupan las oficinas de la DireccioPOR TANTO: neral de Servicios Pecuarios -DIGESEPEQue MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y nango, por una parte el Doctor Pablo RobertoEn el ejercicio de las funciones que le confieren los Muñoz, de treinta y tres años de edad (33), casadoartículos 183, inciso e) de la Constitución Política de ALIMENTACION temalteco, Médico Veterinario y de esta cludla República; 2º del Decreto 51-81 del Congreso de la Guatemala, señalando como lugar para recibir nRepública; 99 inciso e), literal 2), 12 y 13 inciso a) del ciones y citaciones su oficina ubicada en el terce Apruébase el Convenie suscrite entre el Director GeReglamento del Ministerio de Agricultura, Ganaderia y del Edificio Galerias Reforma, ubicado en Aveni neral de Servicios Pecuarios y of Presidente de la Alimentación, forma número ocho guion sesenta (8-60), de 1 Junta Directive de la Fundación para el Desarrollo nueve (9) de esta ciudad, identificandose con cec Integral de Proyectes Socioeconómicos -FUNDAPACUERDA: vecindad número de orden A guión uno (A-1) registro cuatrocientos cuarenta y dos mil seiscient ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 818-83 Artículo 19-Aprobar el Convenio suscrito entre el ciséis (442,616), extendida por la Municipalidad deDirector General de Servicios Pecuarios y el Presidente temala; quien actúa en el presente acto en su
Palacio Nacional: Guatemala, 13 de noviembre de 1956. de la Junta Directiva de la Fundación para el Desarrollo de Director General de Servicios Pecuarios y pc Integral de Proyectos Socio-economicos -FUNDAPsiguiente en representación legal de dicha Inst Presidente de la República, dándole plena validez a los derechos y obligaciones conacreditando su personeria por medio del Acuerdo traídos en el mismo, en virtud que el citado Convenio nativo de Nombramiento número slete de fecha di CONSIDERANDO: es beneficioso para la producción ovina del país, sin de febrero de mil novecientos ochenta y seis. y / más limitaciones que las establecidas en los Tratados y Toma de Posesion número dieciocho guion ochents Que la Dirección General de Servicios Pecuarios Convenios Internacionales aceptados. ratificados y depo- (18-86) de fecha custre de febrero de mil nove -DIGESEPEdependencia del Ministerio de Agriculsitados por el Gobierno de Guatemala. ochenta y seis, acentada en el libro de actas con tura, Ganaderia y Alimentación, dentro de sus fines y Artículo 29-El presente acuerdo empezará a regir el diente, autorizado por la Contraloría de Cuentas objetivos, tiene la obligación de poner en practica Prodia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial. registro L-2/168 de fecha diecinueve de diciem gramas y Proyectos de Produccion Animal, para la SRmil novecientos ochenta y cinco; y por la otra e tisfacción de la dieta alimenticia de la población del país; Comuniquese, Venancio Botran Borja, en su calidad de Presiden
Junta Directive de la Fundación para Desarrollo CONSIDERANDO: MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. de Proyectos Socioeconómicos -FUNDAPquie dita la calidad con que actúa mediante la desi Que el Director General de Servicios Pecuarios, sus34 Ministro de Agricultura, Ganadería en Asamblea General según copia del Acta del di cribió con el Presidente de la Junta Directive de la y Alimentación, febrero de 1985, y se identifica con cédula de V Fundación para el Desarrollo Integral de Proyectos RODOLFO ESTRADA HURTARTE No de orden I guión nueve (I-9) y de registro V Socio-economicos -FUNDAP-, el Convenio de Fomento mil setecientos ochenta y seis (22,786), extendida Ovino, cuyo fin es salvaguardar y mejorar el potencial CONVENIO FUNDAP/DIGESEPE PROYECTO Municipalidad de Quetzaltenango. de nacionalidad de producción de esa especie en la Región I, con lo cual MOMOSTENANGO malteca, casado, industrial, señalando como lug: