Decreto 54-2003-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 54-2003-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2003
DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-19 de diciembre de 2003 NÚMERO 20 ARTICULO 2. Se reforma el artículo 5 del Código de Salud, Decreto Numero 9097 del Congreso de la Republica, el cual queda asi: "Artículo 5. Participación de la comunidad. El Estado garantizará el derecho de participación de las comunidades, en los programas y CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAservicios de salud, en to que respecta a la planificación, organización, control y fiscalización social." DECRETO NUMERO 54-2003 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA ARTICULO 3. Se deroga cualquier disposición que se oponga O contradiga toestablecido en la presente reforma al Código de Salud. CONSIDERANDO: ARTICULO 4. El presente Decreto entrará en vigencia el dia de su publicaciónQue el artículo 171 literal e) de la Constitución Politica de la Republica atribuye a este en el diario oficial. Organismo del Estado, la facultad de decretar honores públicos por grandes serviciosprestados a la Nacion.
CONSIDERANDO: REMITAGE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Que la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla se ha distinguido por sus servicios prestados a laPROMULGACION Y PUBLICACION. Nación, siendo reconocida por su participación en importantes eventos culturales, por to queprocede decretarle el honor público, en virtud a su labor en beneficio de la sociedadguatemalteca.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CONSIDERANDO: CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA DIECINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL ANO DOS MIL TRES. Que los honores públicos otorgados a la citada guatemalteca y el reconocimiento que merece,deben in acompañados de un beneficio económico para aliviar las penurias o dificultades queafronta en razón de su edad y las consecuencias de la misma sobre su estado de salud.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y e) de laConstitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: CARLOS RUBIO ARTICULO 1. Otorgar honores públicos a la señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla por losFUNCIONES grandes servicios prestados a la Nacion.
ARTICULO 2. Se concede en forma personal y extraordinaria a la señora Hilda GuadalupePinto Bonilla una pensión vitalicla por la cantidad de cinco mil quetzales (Q.5,000.00)mensuales, con cargo a la partida presupuestaria que de acuerdo con la ley proceda y paracuyo efecto el Ministerio de Finanzas Públicas deberá efectuar las operacionescorrespondientes. ARTICULO 3. El presente Decreto entrara en vigencia el dia siguiente de su publicaciónen el diario oficial.
HAROLDO ERIC QUEJ CHEN LUIS MARTINEZ REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y
SECRETARIO
PUBLICACION CONGRESO of DEPARTMENT EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL DIA DIECINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL ANO DOS MIL TRES.
DE GUATEMALE.COM PAPUBLICACARLOS HUMBERTO HERNANDEZ RUBIO PRESIDENTE EN FUNCIONES SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 53-2003 HAROLDO ERIC QUEJ CHEN LUIS FERNANDO PEREZ MARTINEZ PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de diciembre del año dos milSECRETARIO SECRETARIO tres. PUBLIQUESE-Y CUMPLASE SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 54-2003DE 5/ PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de diciembre del-año dos mil INTRESIDENCIA tres
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
DE
PORTILLO CABRERA
(C REPUBLICA
PORTILLO CABRERA GUATEMALL,4)6
DR a JOSE ADOLFO RETES CALDEROM
FINANZAS
Dr. Julio E. Moline Avties
DR. JOSE as ADOLFO RETES CALDERON
MINISTERIOPUBLICASMINISTRO DE SALUD PUBLICA
MINISTRO DE GOBERNACION EDUARDO WEYMANN
MINISTRO DE GOBERNACION MINISTRO DE PINANZAS PUBLICAS
LIVINGOS C.
ARIO GENERAL
Sic "MS Milangos C. PRESIDENCIA DE LA BEPUBLICA
GENERAL
PRESIDENCE DE REPUBLICA VF-1147-2003)-19-diciembr
(E-1146-2003) diciémbre