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Decreto 54-2003

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 54-2003
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Médico
Año
2003

2 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-19 de diciembre de 2003 NÚMERO 20 ARTICULO 2. Se reforma el artículo 5 del Código de Salud, Decreto Número 9097 del Congreso de la República, el cual queda así: "Artículo 5. Participación de la comunidad. El Estado garantizará el derecho de participación de las comunidades, en los programas y servicios de salud, en lo que respecta a la planificación, organización, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA control y fiscalización social."

DECRETO NUMERO 54-2003

ARTICULO 3. Se deroga cualquier disposición que se oponga O contradiga to EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA establecido en la presente reforma al Código de Salud. CONSIDERANDO: ARTICULO 4. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial. Que el artículo 171 literal e) de la Constitución Política de la República atribuye a este Organismo del Estado, la facultad de decretar honores públicos por grandes serviciós prestados a la Nación.

CONSIDERANDO: REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION,PROMULGACION Y PUBLICACION. Que la Señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla se ha distinguido por sus servicios prestados a la Nación, siendo reconocida por su participación en importantes eventos culturales, por lo que procede decretarle el honor público, en virtud a su labor en beneficio de la sociedad guatemalteca.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CONSIDERANDO:

CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA DIECINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES. Que los honores públicos otorgados a la citada guatemalteca y el reconocimiento que merece, deben ir acompañados de un beneficio económico para aliviar las penurias O dificultades que afronta en razón de su edad y las consecuencias de la misma sobre su estado de salud.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA: CARLOS HUMBERTO HERNANDEZ RUBIO PRESIDENTE EN FUNCIONES ARTICULO 1. Otorgar honores públicos a la señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla por los grandes servicios prestados a la Nación.

ARTICULO 2. Se concede en forma personal y extraordinaria a la señora Hilda Guadalupe Pinto Bonilla una pensión vitalicia por la cantidad de cinco mil quetzales (Q.5,000.00) mensuales, con cargo a la partida presupuestaria que de acuerdo con la ley proceda y para cuyo efecto el Ministerio de Finanzas Públicas deberá efectuar las operaciones correspondientes. ARTICULO 3. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial.

HAROLDO ERIC QUEJ CHEN LUIS FERNANDO PEREZ MARTINEZ REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y

SECRETARIO SECRETARIO

COMPLETED DE LA

PUBLICACION.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE

GUATEMALA, EL DIA DIECINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.

GUATEMALE,C

DE 1.1 REPUBLICACARLOS HUMBERTO HERNANDEZ RUBIO

PRESIDENTE EN UNCIONES

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 53-2003

HAROLDO ERIC QUEJ CHEN LUIS FERNANDO PÉREZ MARTINEZ PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de diciembre del año dos mil SECRETARIO SECRETARIO tres. PUBLIQUESE-YCUMPLASE SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 54-2003DE LA PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de diciembre del dño dos mil PRESIDENCIAREPUBLICA) tres.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

COXTEMALA,PORTILLO CABRERA DE 5

REPUBLICA

PORTILLO CABRERA GUATEMALA.C.

DE PR DEGUATEMALA.CADr. Julio E. Molina Aviles

DR. JOSE ADOLFO RETES CALDERON MINISTRO DE SALUD PUBLICA YAS

MINISTRO DE GOBERNACION

DR. JOSE ap ADOLFO RETES

FINANZA OF MINSTEREO PUBLICAS

EDUARDO WEYMANNMINISTRO DE GOBERNACION MINISTRO DE PINANZAS PUBLICAS

Milangos C. Lic was Milangos C. RICENERAL

PRESIDENCIA DE REPUBLICA

GENERAL

PRESIDEN DE REPUBLICA

(E-1146-2003) 19 diciémbre WE-1147-2003) diciembre

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