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Decreto 55-1973

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 55-1973
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1973

Diario Imerica

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA C. A.

Decano de la Prensa Centroamericana Director: Periodista Augusto Acuña G, Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CXCVI GUATEMALA, LUNES 30 DE JULIO DE 1973 NUMERO 79 prueben que han cumplido con las disposiciones la ciuded de Guatemala. a los once dias del mc3 SUMARIO de esta Ley y SUS Reglamentos. de julio de mil novementes setents y tres. Toto Banco puede suscribir y posser accienes de un Almacén hasta por un valor total de diez MARIO SANDOVAL ALARCON, ORGANISMO LEGISLATIVO por ciento de su propio capital pagado y reser Presidente. vas legales; y los directores 0 funcionarios de los Bancos pueden ser directores 0 funcionarios MANFREDO HEMMERLING MORALES, DECRETO NUMERO 55-73 de los Almacenes y viceversa. Secretario. ORGANISMO EJECUTIVO Corresponde al Organismo Ejecutivo dictar JUAN ANTONIO GONZALEZ ORTEGA,las normas reglamentarias de esta Ley. por Secretario, MINISTERIO DE GOBERNACION conducto de los Ministerics de Economia y Agricultura, a propuesta de la Junta Monetaria y Palacio Nacional: Gurtemala, veinticinco de juliocon previa autiencia a los Almacenes autorizade mil novecientos setenta y tres.Apruébanse las modificaciones introducidas a los dcs para operar en el país, y a la SuperintenEstatutos de la "Asociación para el Desarrollo dencia de Bancos le compete la vigilancia de Publiquese y cúmplase. Educativo" (A. P. D. E.) los Almacenes con el exclusivo objeto de estimular su desarrollo. garantizar su solvencia y CARLOS ARANA OSORIO. ANUNCIOS VARIOS los intereses del público depositante y evitar que funcionen como tales los que no se ajusten a El Ministro de Economia. Matrimonios. Lineas de transporte. Constitulas disposiciones de la presente ley y sus regla-CARLOS MOLINA MENCOS. ción de sociedades. Modificación de sociedamentos. des. Registro de marcas. Patentes de inEl Ministro de Agricultura.Los almacenes centribuirán al sostenimiento vención. Titulos supletorios. Edictos. Lide la Superintendencia de Bancos con una cuota MARIO MARTINEZ GUTIERREZ. citaciones. Remates. fija anual que determinará la Junta Monetaria, a propuesta razonada de la Superintendencia de Bancos y tomando en consideración los costos FE DE ERRATA que para esta entidad represente la vigilancia ORGANISMO EJECUTIVOantes indicada". ARTICULO 2°-E1 articulo 5? queda así: "AI Presupuesto del Instituto de Cierc'a y Tec. MINISTERIO DE GOBERNACION"Artículo 5?-BIENES PROPIOS Y DEL DEmologia Agricolas" ICTA. publicado el día 25 de POSITANTE. Los Almacenes pueden ser projulio. número 76, tomo CXCVI, del Diario Oficial. pietarios, arrendatarios, subarrendatario; 0 COApruébanse las modificaciones introduction a les En el Artículo 1°. en el numeral II, Ingresos de modataries de todos los bienes necesarios para Estatutos de la <Asociación para cl Desarrollo capital, en la segunda linea se lee: "Banco de Guael logro adecuado de sus fines. Pueden también,Educativo (A. P. D. E.). temala, Decreto pres...", siendo lo correcto siempre que se ajusten a la Ley y sus Regla- "Banco de Guatemala, Decreto. 68-72, pres. en mentes, utilizar, mediante contrato, bodegas, si-Palacio Nacional: Guatemala. 23 de julio de Distribución CLASIFICACION POR OBJETO DE los, predios. locales e instalac'ones de que dis-1973. GASTO, en la 3ª línea se lec: "2-Materiales V Suponga el depositante, debiendo comunicarlo a la El Presidente de la República, ministros 14,180'. siendo lo correcto Superintendencia de Bancos. En este ú'timo cay Suministros 4,180". SO el almacén designará un bodeguero, quien CONSIDERANDO: podrá ser el propio depositante, un Director, Accionista. Funcionario, alto emplcado de la EmQue el Arquitecto Jorge Montes Córdova. se presa u otra persona idonen para el cargo. parapresentó solicitando aprobación de las modificaORGANISMO LEGISLATIVO que on su ncmbre y representación se hoga car. cioncs hechas a los estatutos de In <<Asociación go de la guarda de las mercancias 0 productos para cl Desarrollo Educativo» (A. P. D. E.), en depositades. Si el almacén lo exigiere, dicho cuya presentación gestiona; y bodeguero le garantizará su responsabilidad. DECRETO No. 55-73 mediante fianza 0 seguro, y sin perjuiclo de las CONSIDERANDO: garantias adicionales que los Almacenes requie-ran". Que el Asesor Jurídico del Ministerio de GoEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, bernación, on dictamen aprobado por el ProcuARTICULO 39-E1 artículo 27 queda asi: rador General de la Nacion y Jefe del Ministerio CONSIDERANDO: Público, manifesto que tales reformas no son con- "Artículo 27.-REGIMEN LEGAL. Las exonetrarias a las kyes ni al orden público, Que al Decreto 1746 del Congreso de la República, que contiene la Ley de Almacenes Generales de raciones y demás condic'ones especiales que POR TANTO. Depósito, es necesario introducirle reformas que la prescriben las leyes para operaciones bancarias. hagan más funcional, garantizando plenamente los son aplicables a las operaciones que realicen En uso de las facultades que le confiere el inciso intereses de los propios Almacenes que regula y los Almacenes. Los Almacenes S2 regirán por40. del artículo 189 de la Constitución de la ReJos detenedores de bonos en prenda; esta Ley y sus reglamentos: y en lo no revis-pública, to en dichas disposiciones, por las leyes BancaCONSIDERANDO: rias, por el Código de Comercio y la legislación ACUERDA: general del pais, en su orden y en lo que les Que dentro deptales modificaciones que se estifuers aplicable. En cas) de C nflicto entre otros I) Aprobar las modificaciones introducidas n man indispensables, se encuentran las relativas al leyes y la presente ley, predomina esta ultima".los artículos 20, 22, 23. 21 y 23 de los estatutes de establecimiento de una cuota por inspección y vigila <<Asociación para el Desarrollo Educativo> (A. Iancia a favor de la Superintendencia de Bancos, ARTICULO 4°-El artículo 32 queda así: P. D. E.), los cuales quedan asi: y la autorización de bodegas habilitadas por la propia Superintendencia garant zandose, asi los 1equi- "Articuld 32.-REGLAMENTOS. Los ReglaArtículo 20.-El fin u objeto exclusivo de la sitos núnimos de segur dad y salubridad que exige mentos de la presente ley deben quedar emitiAsociación CS el de contribuir a la creación, SOSla ley, en salvaguarda de los intereses de los usuades y publicados en el Diario Oficial a la matenimiento y desarrollo de centros de educación 0 rios y el almacsnamiento de los blenes bajo cusyor breveded posible, y han de versar princi-de investigación pedacógica. cientifica O técnica

todia, palmente sobre: que coadyuven cn di desarrollo del sistema educaPOR TANTO, tivo de Guatemala, en sus distintos niveles exisa) Las normas de valúo de las mercaderias 0 tentes 0 les que on el futuro so establazean, de Cen fundamento en los articulos 156 y 170 inciso productos que vayan a depositarse 0 que es-conformidad con los métodos pedagógicos más 1° de la Constitución de la Republica, tén depositados; avanzados relativos a la onseñanza primaria y secundaria: más concretamente per medio de instiDECRETA: b) Las normas de seguridad y de salubridad quetuciones que realicen investigaciones científicas 0 Coben observar los Almacenes para establetécnicas, colegies, academias, centros de formación Las siguientes reformas al Decreto 1746 del Concer sus bodegas, silos 0 lugares de conservaprofesional, agricola 0 indust tial, centros Ce form?- greso de la República, LEY DE ALMACENES ción, custodia, manejo y distribución de mer-ción especializada para maest CS, cent OS cu turples GENERALES DE DEPOSITO: cancias 0 productos; y y deportives y ot:os cent 03 similares para ambos SEXOS. La Asociación podrá realizar también CURARTICULO 1°-E1 artículo 2º quada asi: c) Los demás aspectos expresamente previstoslesquiera actividades relacionadas con di desarroon esta Jey y que permitan que la vigilanciaNo educativo. como nor ejemplo: organizar viajes"Articulo 2'-CAPITAL VIGILANCIA. El de los A'macenes S2 realise de conformidad de estudio, programas de intercambio con entida-capital mínimo de los Almacenes debe scr de con cl páirafo final del Articulo 27". des afines, conferencias y ciclos culturales de cndescientos cincuenta mil quotzales; la constituracter pedagogico dirigidos a alumnos y profeso-ción de la respectiva empresa 1.0 está sujeta aARTICULO 5°-El presente Decreto entrerá en res: edición de libros escolares y subre temas de autorización previa ni a otros tramites que no vigor el dia siguiente de su publicación en el Dia-pedagogia: promover el financiamiento de la edusean legalmente aplicables a cua'quiera otra 110 Oficial. caci n mediante la conceción de préstamos. beenssociedad anónima; y para el comienzo de S'IS y bolsas de estudio y de trabajo a estudiantes CCO operaciones sólo S3 requiere dictamen favorable Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaciónnomicamente necesitados; efcétera.de la Superintendencia de Bancos y autorización y cumplimiento. Artículo 22.-1°1 Consejo Dircctivo creará Cen-de Ja Junta Monetaria, los cuales deben darse tros de educación 0 de investigación pedagogica, siempre que los organizadores interesados com-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, cncientifica 0 técnica y desarrollará cualquier tipo

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