🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

Decreto 55-2003

Congreso de la República de Guatemala

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
Decreto 55-2003
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Ambiental
Año
2003

NÚMERO 20 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-19 de diciembre de 2003 3 punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 3', 25.26" longitud Oeste 89°, 30', 7.31.". 21. A partir del punto número 20 en línea recta hasta el punto 1 para cerrar el polígono. ARTICULO 3. Objetivos. El Area Protegida Yaxhá, Nakum y Naranjo, tiene CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA como objetivos principales los siguientes: a) Proveer protección y conservación de los recursos naturales y culturales para DECRETO NUMERO 55-2003 que brinden opciones de desarrollo sostenible a las generaciones presentes y futuras. EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA b) Proveer oportunidades de recreación, empleo, educación ambiental e investigación científica y ecoturismo en forma controlada, para el uso y disfrute CONSIDERANDO: de los recursos culturales y el paisaje natural a través del turismo cultural y de aventura de bajo impacto. Que de conformidad con el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Guatemala, es de interés nacional proteger el patrimonio cultural y natural del país c) Proteger, restaurar y manejar para el disfrute social los sitios arqueológicos asignando al Estado el fomento y creación de parques nacionales, reservas y refugios dentro del área protegida, apoyando la conservación y restauración de sitios

naturales. menores en el área de influencia.

CONSIDERANDO: d) Brindar oportunidades a las comunidades aledañas para obtener alternativas económicas a traves de bienes y servicios (ecoturismo, artesanías, alimentación, Que los sitios arqueológicos Yaxha, Nakum y Naranjo están catalogados como empleo, guardabosques, etc.) en el-parquely su area de influencia. patrimonio cultural y se encuentran en la Zona de Uso Múltiple del Area Protegida "Reserva de la Biósfera Maya", según lo establecido en el Decreto Número 5-90 del e) Establecer una conexión entre el Area Protegida Yaxha, Nakum y Naranjo con el Congreso de la República, y son sitios arqueológicos que representan un legado de las Parque Nacional Tikal, y formar junto al Biotopo San Miguel La Palotada, el más civilizaciones pasadas, valiosa herencia de nuestro país, teniendo un valor educativo, y importante grupo de áreas protegidas al Sur-este de la Reserva de la Biósfera constituyen una fuente cultural y natural de importancia para el conocimiento de la Maya. historia y el desarrollo Integral de las comunidades aledañas y de la población en ARTICULO 4. Zonificación. Para alcanzar los objetivos anteriores, el Parque general, de un país multiétnico y pluricultural. Nacional Yaxha, Nakum y Naranjo será zonificado a través de su plan maestro, que deberá ser aprobado por la Secretaria Ejecutiva del CONAP en un lapso no mayor de

CONSIDERANDO: ciento ochenta días, a partir de la vigencia del presente Decreto.

Que la zona arqueológica comprendida por los sitios arqueológicos Yaxha, Nakum y ARTICULO 5. Programas. El Ministerio de Cultura y Deportes y el Consejo Naranjo ha sido objeto de cuidado e Inversión financiera por el Estado de Guatemala a Nacional de Areas Protegidas -CONAPdeberán crear los programas de operación y través del Ministerio de Cultura y Deportes, en forma conjunta con el Consejo Nacional administración específicos para asegurar la sostenibilidad de los recursos y trabajos de Areas Protegidas y entidades internacionales, para impulsar su protección, realizados en el área protegida a que se refiere el artículo uno (1) de este Decreto. El conservación, restauración y salvamento. Ministerio de Cultura y Deportes se responsabilizará de todo lo referente a patrimonio arqueológico y cultural y el Consejo Nacional de Areas Protegidas -CONAPde todo lo POR TANTO: referente a patrimonio natural. En' ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 inciso a) de la ARTICULO 6. Estructura financiera. El Ministerio de Cultura y Deportes, a Constitución Política de la República de Guatemala, y con fundamento en el artículo 64 través de la Dirección General del Patrimonio Cultural y Natural y el Consejo Nacional de la Constitución Política de la República, artículo 12 del Decreto Número 4-89 del de Areas Protegidas, crearán la estructura financiera para administrar los ingresos Congreso de la República, Ley de Areas Protegidas, y artículos 1 y 2 del Decreto propios producto del cobro por Ingreso al área y servicios, de conformidad con la tarifa

Número 26-91 del Congreso de la República, Ley para la Protección del Patrimonio que se apruebe. El presupuesto, bienes y activos del patrimonio cultural Yaxha, Cultural y Natural, Nakum y Naranjo, pasará a ser parte de la administración del parque nacional con el mismo nombre.DECRETA: ARTICULO 1. ARTICULO 7. Administración y supervisión. La administración del AreaDeclaratoria. Se declara Area Protegida como Parque Nacional, la zona comprendida por los sitios arqueológicos Yaxha, Nakum y Naranjo, ubicados al Protegida Parque Nacional Yaxha, Nakum y Naranjo, estará a cargo del Consejo Noreste del departamento de Peten, en la Zona de Uso Multiple de la Reserva de la Nacional de Areas Protegidas -CONAPde conformidad con la Ley de Areas Protegidas Biósfera Maya, con una extensión aproximadamente de treinta y siete mil ciento a través de su Secretaría Ejecutiva, correspondiéndole a esta última la gestión directa sesenta hectáreas (37,160 has.), según plano cartográfico que abarca el espacio del proceso administrativo para hacer efectiva esta ley. La administración estará estrechamente coordinada con la Dirección General del Patrimonio Cultural y Naturalterritorial de los municipios de Flores y Melchor de Mencos del departamento de Petén. del Ministerio de Cultura y Deporte. ARTICULO 2. Categorías de manejo y delimitación. El Area Protegida Yaxha, Nakum, Naranjo será manejado bajo la categoría tipo I "Parque Nacional", Para apoyar y fortalecer la administración del área protegida se conformará un

siendo sus coordenadas que la delimitan las siguientes:,El Parque Nacional Yaxha, Consejo Consultivo, que estará integrado de la siguiente forma: Nakum, Naranjo, estará comprendido dentro de las siguientes colindancias:,Al El Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Areas Protegidas -CONAPO su Oeste:, el Parque Nacional Tikal, al Norte: con el Corredor Biológico de la Reserva representante, quien preside el Consejo Consultivo. de Biósfera Maya y al Este y Sur con-la Zona de Uso Múltiple de la citada reserva, con El Ministro de Cultura y Deporte o, en su defecto, el titular de la Dirección una superficie de treinta y siete mil ciento sesenta hectáreas (37,160 has.), el cual General del Patrimonio Cultural y Natural, responsable para la administración · tendra como límites los siguientes: Punto: 1,En el cruce entre el río Holmul y el limite el manejo de los sitios arqueológicos. Este del Parque Nacional Tikal latitud norte 17°, 15', 54.46", longitud Oeste 89°, 30', 18.31". 2. Desde el punto número 1 sobre el rio Holmul hasta llegar al camino que va El Director del Centro Universitario de Petén de la Universidad de San Carlos de de la aldea El Caoba al campamento Dos Aguadas, hasta el punto definido por las Guatemala, O su representante. coordenadas latitud Norte 17°, 11', 24.91" longitud Oeste 89°, 28" 8.43". 3. Desde el punto número 2 sobre el camino que conduce al campamento Dos Aguadas hasta El Director del Instituto Guatemalteco de Turismo, O su representante.

llegar al cruce del camino que conduce al sitio arqueológico Nakum, definido por las El Alcalde municipal de Flores, Petén, O su representante. coordenadas latitud Norte 17°, 13', 4.26" longitud Oeste 89°, 24', 39.72": 4. Desde el punto número 3 hacia el Sur-este sobre el camino que conduce al sitio arqueológico El Alcalde municipal de Melchor de Mencos, Petén, O su representante. Nakum, hasta el punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 12', 9.47" longitud Oeste 89°, 23', 50.25". 5. Desde el punto número 4 hacia el Sur-este, en Un representante de las organizaciones comunitarias con mayor linea recta a la brecha maderera que viene del sitio arqueológico Naranjo, hasta llegar representatividad. el punto definido por las coordenadas latitud Norte 17% 11', 39.19" longitud Oeste 89°, 22', 31.85". 6. A partir del punto número 5 sobre una brecha maderera, con Todos los integrantes del Consejo Consultivo se acreditarán a través de una rumbo Sur-este hasta llegar al punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, notificación específica de la entidad O sector que representen y contarán con un

08', 47.14" longitud Oeste 89°, 15', 38.15". 7. Desde el punto número 6 en linea representante titular y un suplente, según sea el caso. recta hacia el Sur-este hasta llegar al punto definido por las coordenadas latitud Norte Este Consejo Consultivo debe constituirse en un plazo de 180 días a partir de la17°, 08', 34.35" longitud Oeste 89°, 15', 06.56". 8. A partir del punto número 7 hacia declaratoria oficial del área protegida y funcionará de conformidad con un reglamentoal Sur-este, sobre una brecha en linea recta, hasta llegar al punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 08', 0.9" longitud Oeste 89°, 14', 42.70". 9. Desde el específico aprobado por la Secretaria Ejecutiva del CONAP. punto número 8 hacia el Suroeste hasta el punto definido por las coordenadas latitud ARTICULO 8. Financiamiento. El presupuesto para el manejo del AreaNorte 17°, 07', 34.48" longitud Oeste 89°, 15', 6.01". 10. Con rumbo Oeste, desde el Protegida Parque Nacional Yaxha, Nakum, Naranjo se integra de la siguiente manera:punto número 9 hasta llegar al entronque del camino que conduce a la cabecera municipal de Melchor de Mencos al punto definido por las coordenadas latitud Norte a) Asignaciones ordinarias y extraordinarias que el Estado provea de acuerdo a las17°, 07', 35.66" longitud Oeste 89°, 15', 37.82". 11. A partir del punto número 10 necesidades de los proyectos que se desarrollen en el área.sobre la brecha que conduce hacia la comunidad La Coloradita definido por las

coordenadas latitud Norte 17°, 05', 36.11" longitud Oeste 89°, 19', 11.20". 12. Desde b) Ingresos propios que perciba producto del cobro de tarifas que se autoricen por el punto número 11 al Suroeste en línea recta hasta encontrar un pequeño afluente de ingreso al área y los sitios arqueológicos. la laguna de Sacnab, definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 3', 59" longitud Oeste 89°, 20', 11.73". 13. A partir del punto número 12 sobre la orilla Sur de la c) Programas que puedan ser financiados por el Fondo Guatemalteco del Medio laguna Sacnab hasta llegar al lado Oeste de la misma laguna al punto definido por las Ambiente. coordenadas latitud Norte 17°, 03', 23.17" longitud Oeste 89°, 23', 01.99". 14. A d) Donaciones, aportes y legados de personas Individuales o jurídicas, nacionales opartir del punto número 13 en dirección Oeste, en linea recta, hasta encontrar el internacionales, públicas O privadas, mismas que podrán ser en efectivo o enextremo Este de la laguna de Yaxha, hasta el punto definido por las coordenadas especie. latitud Norte 17°, 03', 23.6" longitud Oeste 89°, 23', 8,04". 15. Desde el punto número 12 sobre la orilla Sur de la laguna Yaxha hasta el punto definido por las e) EI producto financiero del las actividades organizadas por la administración del

coordenadas latitud Norte 17°, 03', 07" longitud Oeste 89°, 23', 37.29". 16. Desde el Area Protegida del Parque Nacional Yaxha, Nakum, Naranja, así como derechos punto número 15, con dirección Sur hasta encontrar la carretera que conduce a la por investigación O cualquier otro tipo de actividades que se contemple en el aldea La Bendición, en el punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 2', plan maestro. 57.13" longitud Oeste 89°, 23', 38.52". 17. A partir del punto número 16 sobre la carretera mencionada anteriormente, en dirección Oeste, hasta llegar alt punto definido f) Las asignaciones que para el efecto destinen las municipalidades de Flores y por las coordenadas latitud Norte 17°, 02', 38.9" longitud Oeste 89°, 27', 47.48". 18. Melchor de Mencos. Desde el punto número 17 en línea recta, en dirección Noroeste hasta encontrar la orilla de la Laguna Champoxte en el punto definido por las coordenadas latitud Norte ARTICULO 9. Prevención. Para asegurar la consideración y protección debida 17°, 03', 46.67" longitud Oeste 89°, 28', 06.32". 19. A partir del punto número 18 del Area Protegida Parque Nacional Yaxha, Nakum, Naranjo, la administración del sobre la orilla sur de la laguna Champoxte hasta el nacimiento de un afluente de dicha mismo queda facultada para aplicar las medidas previstas y proceder de conformidad

laguna en el punto definido por las coordenadas latitud Norte 17°, 03', 25.3" longitud con la legislación vigente y las normas aplicables, así con lo que estipula el plan Oeste 89°, 30', 00.00". 20. Desde el punto número 19 hacia el Oeste en línea recta, maestro, a fin de evitar el mal uso de los recursos naturales y culturales que tiendan a hasta encontrar la brecha de limite de la zona de amortiguamiento de la RBM en el SU' disminución 0 menoscabo O que amenacen la Integridad de los recursos del área4 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-19 de diciembre de 2003 NÚMERO 20 protegida, así como las que puedan provocar una alteración de las condiciones ORGANISMO EJECUTIVOecológicas e hídricas prevalecientes al momento de la vigencia de la presente Ley. ARTICULO 10. Respeto a la propiedad privada. Se respeta el derecho a la propiedad privada establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, previa verificación del origen de dicha propiedad, en armonía con los objetivos de la presente Ley. No obstante, las fincas propiedad del Estado se definirán y delimitarán catastralmente con acreditación en los registros públicos respectivos, y en cuanto a las fincas de propiedad privada, si el trabajo de ubicación catastral lo permite, podrá hacerse la anotación registral de la parte que queda comprendida dentro del área a que se refiere este Decreto, para su preservación y adecuación a los

planes del CONAP, para ejercer la supervisión pertinente. PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA ARTICULO 11. Manual de uso público. El Ministerio de Cultura y Deportes y el Consejo Nacional de Areas Protegidas fomentarán y regularán por medio de Acuérdase otorgar en usufructo por el plazo de veinticinco años, a título capacitaciones y promociones culturales el manual de uso público del área, con gratuito, a favor de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, laproyección y beneficio a las comunidades circunvecinas. finca urbana propiedad de la Nación. ARTICULO 12. Competencia. El Ministerio de Cultura y Deportes tendrá la competencia conforme a la Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la NaciónACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 803-2003en lo arqueológico, antropológico e histórico, y el Consejo Nacional de Areas Protegidas tendrá como competencia en lo referente proteger la diversidad biológica del área. Ambas instituciones velarán en forma conjunta por el sostenimiento, Guatemala, 18 de diciembre del 2003 preservación, mantenimiento y restauración del parque nacional. ARTICULO 13. Derogatoria. Se derogan todas aquellas disposiciones que contravengan lo dispuesto en el presente Decreto. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ARTICULO 14. Vigencia. El presente Decreto entra en vigor sesenta días después de su publicación en el Diario de Centro América, órgano oficial del Estado. CONSIDERANDO:

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, Que la Academia de Lenguas Mayas es un ente creado para promover y realizar PROMULGACION Y PUBLICACION. investigaciones científicas para estimular y apoyar acciones dirigidas al desarrollo EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA de las lenguas mayas del país y para planificar y ejecutar programas de desarrollo CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA DIECINUEVE DEL MES DE NOVIEMBRE DEL educativo y cultural, basados en las investigaciones antropológicas, lingüísticas e AÑO DOS MIL TRES. históricas que se realicen y que requiere para su funcionamiento de los recursos que el Estado pueda proporcionarle. CONSIDERANDO Que el Estado cuenta con el bien inmueble conocido como Casa Crema, que ha sido tradicionalmente y hasta hace unos años sede de la residencia del Ministro deCARLOS HUMBERTO HERNANDEZ RUBIO la Defensa Nacional, inmueble que ya no cumple con esas funciones.PRESIDENTE EN FUNCIONES POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los HAROLDO ERIC QUEJ CHEN LUIS FERNANDO PEREZ MARTINEZ artículos 464, 703, 705 y 706 del Decreto Ley número 106 del Jefe de Estado, y el SECRETARIO DE LA REFURNCA SECRETARIO artículo 1 literal b) del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, ACUERDA: ARTÍCULO 1. Otorgar en usufructo por el plazo de veinticinco años, a título

GUATEMALA, gratuito, a favor de la Academia de Lenguas Mayas de Guatemala, la finca urbana propiedad de la Nación, inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 20564 folio 112 del libro 204 de Guatemala, conocida como "Casa Crema", conforme a las medidas y colindancias de su respectiva inscripción de dominio. El bien deberá ser utilizado, para el cumplimiento de los SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 55-2003 fines del usufructuario.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, diecisiete de diciembre del año dos mil El usufructo deberá estimarse y su valor será consignado en la escritura pública correspondiente.tres.

ARTÍCULO 2. La academia de Lenguas Mayas de Guatemala podrá realizar las construcciones y mejoras que estime necesarias, previa obtención de las PUBLÍQUESE Y CUMPLASE licencias del Instituto de Antropología e Historia y otras que legalmente DE correspondan, debiendo notificar de las mismás a la Dirección de Bienes delLA Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, pudiendo ser objeto de revisión y REPRESIDENCIAREPIBLIC supervisión en cualquier momento por parte de la Dirección antes citada. ARTÍCULO 3. El derecho real que se otorga en este acuerdo, se contará a partir del faccionamiento de la escritura pública y se constituye bajo la condición GUATEMALK.4.)( PORTILLO CABRERA resolutoria de que con el cambio de destino para el cual se otorga el inmueble sec. dará por terminado el mismo. ARTÍCULO 4. El Procurador General de la Nación, en representación del

Estado, conjuntamente con el representante legal de la Academia de Lenguas Mayas comparecerá ante el Escribano de Cámara y de Gobierno, a otorgar la correspondiente escritura pública que formalice la constitución del derecho real de usufructo, a que se refiere este acuerdo. ARTÍCULO 5. La Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, autorizará el acta de la entrega respectiva y hará en sus registros las anotaciones correspondientes.

SWATEMALA.C.

ARTÍCULO 6. Este acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el diario oficial.

DR. JOSE ADOLFOREYES CALDERON Dicda. Otilia Lux de CotiMINISTRO DE GOBERNACION

MINISTRA-DE CULTURA DEPORTES

COMUNÍQUESE

Sic miangos C. ALFONSO PORTILLO DE LA

GENERAL

PRESIDENCE DE REFUBLICA

APRESIDENCIAREPUBLICA

GUATEMALA.RX

(E-1148-2003)-19-diciembreI

Consultar sobre este documento ...