Decreto 554-1981
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 554-1981
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1981
554 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Mayo 26 de 1981 NUMERO ción a cada último día del mes, cuyo pago se sente Decreto, se amplia el Presupuesto de InCONSIDERANDO: hará con cargo al Fondo de Amortización cogresos y Egresos del Estado en la siguiente rrespondiente. forma: Que al hacer uso de los recursos naturales INGRESOS el consecuente mayor volumen de generaciónArtículo 49-Colocación, Plazo 1/ Tasas de In energia eléctrica permitirá cubrir la demanterés: Para los efectos de la emisión, negociación II. Ingresos de Capital actual y futura, así como lograr economissy co ocación de Bonos a que se refere este De. recursos financieros del Estado obtenidas creto, se observarán las estipulaciones siguientes: 2 Crédito en valores públiel ahorro de divisas al reducir las importacions1) Se colocarán a su valor nominal, preferentecos, Bonos del Tesoro Comde los productos derivados del petróleo;mente en el interior de la República de Guaplemento,-Inversión-Ejerci.
temala; 2) Se emitirán al Portador y a quince cio Fiscal 1981 0150 000 000 00 CONSIDERANDO: (15) años plazo, el cual será computado a partir de las fechas de emisión que determine el reglaEGRESOS Que habiendo accedido el Fondo de Inversismento de este Decreto; 3) Devengarán intereses nes de Venezuela -FIVa que el Gobiernssegún las siguientes tasas anuales; hasta el doce Prcsidencia de la República de la República utilice el total de recursos pro-por ciento (12%) anual cuando sean negociados venientes del "Acuerdo de Cooperación Ecoen el interior de la República de Guatemala o Construcción Hidroeléctrica nómica entre el fondo de Inversiones de Vene-en el exterior del país, y el uno y medio por Chu'ac, 81-0308-3. 112-18zuela y el Banco de Guatemala", suscrito el 14ciento (1.5%) anual cuando los adquiera el Ban01-591-04 Q 000 de diciembre de 1974 y aprobado por Resoluciónco de Guatemala y mientras permanezcan en su de la Junta Monetaria, ambas partes suscribie-poder. Ministerio de Comunicaciones y ron con fecha 11 de septiembre de 1980 el ConArtículo 59-Titulos V Certificados RepresenObras Públicas trato de Préstamo No CE-GU-08-70 por la su. tativos: El Ministerio de Finanzas Públicas, de ma de B. 180.285,000.00; acuerdo con el Banco de Guatemala, podrá efecAporte de Capita] al Instituto
tuar emisiones de títulos representativos de los Nacional de Electrificación CONSIDERANDO: Bonos a que se refiere este Decreto, a plazos me-"INDE", Plantas Hidroelecnores hasta cubrir el plazo máximo de quince tricas. Que la Secretaria General del Consejo Na. (15) años en las condiciones que se establezcan Construcción Hidroeléctrica cional de Planifcacón Económea, la Junts en el Reglamento de esta Ley, pudiendo em.tir Santa María II, 81-1301-4. Monetaria y el Consejo de Estado, consultados certificados en moneda extranjera, respaldados 112-02-724-04 3 000 000 00 de conformidad con la ley, en su oportunidad, por los valores de que se trata cuando dichos vaConstrucción Hidroeléctrica expresaron opinión favorable a la contratación lores sean negociados en el exterior de la Rede Aguacapa, 81-1301-4. tel mencionado préstamo, pública. 112-11-724-04 25 000 000 00 Construcción Hidroeléctrica POR TANTO, Articulo 69-Recursos para la Amortización de Pueblo Viejo Quixal (Chi. la Deuda: Con el objeto de cubrir oportunamentexoy), 81-1301-4. 112-12En uso de las facultades que le confiere el el pago del principal de la deuda, los intereses,724-04 000 000 inciso 10 del artículo 170 de la Constitución de
comisiones y otros gastos derivados del servicio la República, de la misma, el Agente Financiero queda autoriTotal Egresos $150 000 000 00 zado para separar sin trámite previo ni posterior, DECRETA: los recursos necesarios de la cuenta "Gobierno de la República-Fondo Comun". De acuerdo con el Artículo 19-Se autoriza al Organismo Eje-Plan de Amortización y demás pagos corresponCon la presente ampliación el Presupuesto de cutivo para negociar un empréstito con el Fondientes, el Agente Financiero procederá a efec-Ingresos y Egresos del Estado del Ejercicio Fisdo de Inversiones de Venezuela -FIVhastuar pagos anuales para amortizar el principal cal 1981, ende a la cantidad de mil seiscienta por la suma de ciento ochenta millones dosde la deuda y pagos pos semestres vencidos paratos diez y seis millones quinientos sesenta mil cientos ochenta y cinco mil bolívares (Bs.cubrir los demás gastos imputables al servicio dedoscientos cincuenta y seis quetzales exactos 180.285,000.00), equivalentes a cuarenta y dosla misma. (01,616.560,256.00). millones de quetzales (042.000,000.00) aproxiNo obstante lo manifestado en el párrafo anmadamente, a un plazo de veintiún (21) años terior el Instituto Nacional de Electrificación Artículo 13.-Reglamento: E1 Organismo Ejeque incluye un período de gracia de dos (2) (INDE), seis (6) meses después del inicio de ope-cutivo, por conducto del Ministerio de F.nanzas años e interés del ocho punto veinticinco
raciones de la Hidroelectrica Pueblo Viejo Qui-Públicas, emitirá el Reglamento correspondiente(8.25%) por ciento anual sobre saldos desemR la presente Ley inmediatamente que ésta entrebolsados. El empréstito se amortizaráxal (Chixoy), en los, términos que se convenganentre of Agente Financiero y el mencionado Ins-en vigor. treinta y ocho (38) cuotas semestrales y contituto, se hará cargo del pago de ciento quinceArtículo 14.-Aprobación y Vigencia: El pre-secutivas, la primera de las cuales deberá hamillones de quetzales exactos (0115.000 000.00)sente Decreto fue aprobado con el voto favoracerse efectiva el 30 de junio de 1982 por la de la deuda, más los intereses, comisiones y demásb!e de las dos terceras partes del número total cantidad de Bs. 4.744,346.00, y las treinta y gastos correspondientes a dicho monto. En todo de Diputados que integran el Congreso de la Re-siete (37) subsiguientes por Bs. 4.744,342.00 caso, el Gobierno de la República garantizará elpública, y entrará en vigor ej día siguiente decada una; la última el 30 de diciembre del pago de cualquier saldo insoluto de esta obliga,su publicación en el Diario Ofic.al. año 2,000. ción. Pase al Organismo Ejecutivo para su publiArtículo 29-Se aprueban las bases del emArtículo 79.-Inversión de recursos del servi. cación y cumplimiento. préstito a que se refiere el artículo anterior así
cio de la Deuda: Sin detrimento de hacer opor-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo,como el contrato de Préstamo No CE-GU-03-70 tunamente los pagos que cubran los compromisosen la ciudad de Guatema'a: a los catorce días suscrito entre la República de Guatemala el derivados del Servicio de la Deuda, el Agentedel mes de mayo de mij novecientos ochenta yFondo de Inversiones de Venezuela -FIV-, Financiero podrá mantener invertidos los recur. con fecha 11 de septiembre de 1980.uno. sos que provengan de tal servicio, en valores Artículo 39-Los fondos provenientes de este que posean un grado confiable de liquidez y ren-TOMAS ESTEBAN ZEPEDA GUZMAN, empréstito se destinarán exclusivamente para dimiento, con el objeto de evitar su acumulación Presidente. financiar complementariamente los costos del ociosa. "Proyecto Hidroeléctrico de Pueblo Viejo QuiHECTOR NAPOLEON ALFARO GARCIA, xal en el Río Chixoy", a cargo del Instituto NaArtículo 80-Negociaciones: Los Bonos podrán Primer Secretario. cional de Electrificación (INDE). ser negociados, descontados y redescontados a Artículo 49-EI principal, interes y demáspersonas individuales 0 juridicas. nacionales 0 JOSE EMILIO PAR GONZALEZ, gastos derivados del préstamo, se pagarán porextranjeras, por medio del Agente Financiero. Segundo Secretario. medio de asignaciones presupuestarias que elAsimismo el Banco de Guatemala podrá descon-Palacio Nacional: Guatema'a, veintidós de Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministarlos, redescontarlos y admitirlos en garantía de adelantos, o adquirirlos por cuenta propia demayo de mi) novecientos ochenta y uno. terio de Finanzas Públicas fijará en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Naacuerdo a su Ley Orgánica. Publíquese y cúmplase. ción, en cada ejercicio fiscal, hasta la completacancelación de la deuda. Artículo 99-Exenciones: Los Bonos a que se FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. Artículo 59-E1 presente Decreto fue apro.refiere el presente Decreto, su enajenación, transferencia 0 negociación y los intereses que deven.El Ministro de Finanzas. bado por el voto favorable de más de las dos terHUGO TULIO BUCARO GARCIA. ceras partes del número total de Diputados que guen, quedan exentos del Impuesto de Papel Seintegran el Congreso y entrará en vigor al día llado y Timbres; del Impuesto sobre Herencias, siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Legados y Donaciones; del Impuesto sobre la blezcan. Renta y demás Impuestos 0 Tasas que se esta_EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y CUMPLIMIENTO. Artículo 10.-Situación de Fondos: El producDado en el Palacio del Organismo Legislativo, to de la emisión, negociación y colocación de los en la ciudad de Guatemala, a los catorce días del
Bonos autorizados por esta Ley, deberá ser si-Decreto Número 14-81 mes de mayo de Mil novecientos ochenta y uno. tuado por el Agente Financiero a la orden de la Tesoreria Nacional, en la forma que disponga elCONSIDERANDO: TOMAS ESTEBAN ZEPEDA GUZMAN, Ministerio de Finanzas Públicas. Presidente. Que la ejecución del Proyecto Hidroeléctrico Artículo 11.-Asignacioneu Presupuestarias:de Pueblo Viejo Quixal en el Rio Chixoy, porHECTOR NAPOLEON ALFARO GARCIA, E! Ministerio de Finanzas Públicas queda en-su magnitud requiere financiamiento externo Primer Secretario. cargado de incluir en el Presupuesto de Ingresosproveniente de los bancos internacionales de y Egresos del Estado, de los respectivos ejerci_desarrollo y otras instituciones financieras; JOSE EMILIO PAR GONZALEZ, cios fiscales, las asignaciones destinadas a la Segundo Secretario. amortización del principal de la deuda, intere-CONSIDERANDO: Palacio Nacional: Guatemala, veintidós de ses, comisiones y demás gastos inherentes a la misma, hasta su total cancelación de conformidadQue la Hidroeléctrica Chixoy constituye unamayo de mil novecientos ochenta y uno. con el Plan de Amortizaciones que se elabore.de las obras de mayor envergadura que se está realizando en el país y, no obstante el esfuerzoPublíquese y cúmplase.
Artículo 12.-Ampliación Presupuestal: Confinanciero que representa su realización, los be-FERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. el producto de emisión, negociación y colocaciónneficios que reportará a los sectores productide Bonos a que se refiere el artículo 19 del pre-vos, económicos y sociales compensarán ampliaEl Ministro de Finanzas,mente la inversión: HUGO TULIO BUCARO GARCIA.