Decreto 56-1982
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 56-1982
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1982
546 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Julio 15 de 1982 NUMERO 17
ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 40.-El presente Decreto Ley entrará en viMINISTERIO DE FINANZAS gor el dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial. PUBLICAS PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de Guatemala, a los trece dias del mes de julio de mil novecien-Reconócese por parte del Estado, a favor del senor Jo-tos ochenta y dos. sé Dolores Gálvez Abzun,el pago por el alquiler del DECRETO LEY NUMERO 56-82 inmueble que se indica. Publiquese y cúmplase. ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 97-82 El Presidente de la República, General de Brigada Palacio Nacional: Guatemala, 5 de julio de 1982.
JOSE EFRAIN RIOS MONTT.
El Presidente de la República,CONSIDERANDO: Coronel y Licenciado CONSIDERANDO: Que la vida de los pacíficos habitantes del altiplanoMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ,de la República, se ha visto perturbada por las acciones Secretario General de la Que la Dirección General de Rentas Internas, en subversivas que alli se han realizado desde hace algún tiempo, lo que ha afectado su tranquilidad. el libre Presidencia de la República. representación del Gobierno de la República, celebro con el senor José Dolores Galvez Abzún, el Contrato de disfrute de sus bienes y. en general, sus actividades Arrendamiento Número 1-81 de fecha 21 de septiembre
productivas; Ingeniero Agrónomo de 1981, en relación con el inmueble ubicado en el muniLUIS HUMBERTO FIGUEROA MUÑOZ. cipio de San Luis Jilotepeque, departamento de Jalapa, Viceministro de Agricultura y cuyo local fue ocupado durante doce meses por la CONSIDERANDO: Alimentación, Encargado del Despacho. Receptoria Fiscal de San Luis Jilotepeque y en vista de que la renta mensual de Cuarenta Quetzales Exactos Que la acción antisubversiva emprendida por el Go- (Q40.00), estipulada en dicho Contrato no ha sido canbierno de la República, para lograr la pacificación del General de Brigada celada al arrendante por el período indicado, es de justi- área afectada por la actividad delictiva indicada en elOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES. cia que el Estado reconozca el pago del adeudo de ese considerando anterior, requiere no solamente el concurViceministro de la Defensa alquiler en su monto total, so de la fuerza armada, sino de la aplicación de medidas Nacional, Encargado del Despacho. de naturaleza económica, tendientes a satisfacer de maPOR TANTO, nera inmediata, urgentes necesidades de subsistencia de los habitantes de menores recursos económicos de la En ejercicio de las facultades que le confieren los referida región del territorio nacional: MINISTERIO DE GOBERNACION Artículos 40. y 26, inciso 14 del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Número
36-82, CONSIDERANDO: ACUERDA: Autorizase a "Geosource Exploration Company", para Que para realizar los objetivos y propósitos ya enunque pueda operar en el pais. Artículo 10.-Reconocer por parte del Estado, a faciados, es indispensable que, con carácter urgente, se vor del señor José Dolores Galvez Abzún, la suma de emita la correspondiente disposición legal, autorizandoACUERDO GUBERNATIVO No. 108-82 Cuatrocientos Ochenta Quetzales Exactos (Q480.00), al Instituto Nacional de Comercialización Agricola (INen concepto de renta por todo el ejercicio 1981, por el DECA). para disponer la entrega al Ministerio de la De-Palacio Nacional: Guatemala, 9 de julio de 1982. alquiler del inmueble que fuera arrendado por la Direcfensa Nacional, de los granos básicos que ya no podrán ción General de Rentas Internas, para las oficinas de la comercializarse durante el presente ejercicio y que tamEl Presidente de la República, Receptoria Fiscal de San Luis Jilotepeque, según poco deberán continuar almacenados para utilizarse Contrato Número 1-81 de fecha 21 de septiembre de posteriormente, por el riesgo de su descomposición; a 1981. efecto de que dichos productos agricolas se distribuyan CONSIDERANDO: gratuitamente entre las personas de menores recursos Artículo 20.-El pago de la suma de Cuatrocientos económicos, afectadas por la delincuencia subversiva,Que el licenciado Ramón Cadena Hernández se preOchenta Quetzales Exactos (Q480.00), en concepto de
sentó solicitando se autorice a la entidad extranjera renta por el alquiler del local identificado en el Artículo anterior, durante el ejercicio 1981, se hará con cargo a"Geosource Exploration Company". para que puedaPOR TANTO. desarrollar sus actividades mercantiles y hacer negola Partida Número 82-0701-1.031-01. Renglón 911-01cios en el país y en cuya representación gestiona; y01 de Gastos Diversos del Presupuesto de Gastos viEn el ejercicio de las facultades que le confiere los gente. Articulos 40. y 26 incisos 14) y 15) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Nú- Artículo 30.-El presente Acuerdo entrará en vigorCONSIDERANDO: mero 36-82, el día de su publicación en el Diario Oficial. Que el Asesor Jurídico del Ministerio de Goberna-Comuniquese. ción, en dictamen aprobado por el Ministerio Público,DECRETA: manifestó que en virtud de que la documentación General de Brigada acompañada cumple los requerimientos del Artículo JOSE EFRAIN RIOS MONTT. Artículo 10.-Se autoriza al Instituto Nacional de 215 del Código de Comercio, es procedente acceder a lo Comercialización Agrícola (INDECA). para que de lossolicitado, LEONARDO FIGUEROA VILLATE, excedentes de granos básicos almacenados en sus boMinistro de Finanzas. degas 0 silos, que no pudieron comercializarse durante 868456-19-JI. el presente ejercicio, y que de mantenerse depositados POR TANTO,
mayor tiempo podrían entrar próximamente en des- -0composición, descargue de sus libros de control yEn uso de las facultades que le confiere el ArtículoReconócese por parte del Estado, a favor del senor entregue al Ministerio de la Defensa Nacional, las si-40. del Decreto-Ley Número 24-82 "Estatuto Funda-Leopoldo Antonio Sagastume Sandoval, el pago guientes cantidades de dichos productos agrícolas: a)mental de Gobierno", modificado por el Decreto-Ley por el alquiler del inmueble que se indica. Silo Central 25,000 quintales de frijol negro nacional,Número 36-82 y conforme lo dispuesto en el párrafocosecha 81-82; b) Silo de Quezaltenango 3,460.50 quin-tercero del Artículo 352 del Código de Comercio, ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 98-82 tales de maíz blanco: c) Estación de Compra La Má- quina 36,729.16 quintales de maiz blanco nacional, coPalacio Nacional: Guatemala, 5 de julio de 1982. secha 81-82 y 30,375.82 quintales de maiz amarillo nacional, cosecha 81-82; d) Estación de Compra Navajoa ACUERDA: El Presidente de la República, 498.98 quintales de maiz blanco nacional, cosecha 8081; e) Silo de Los Amates 29.01 quintales de maiz ama-Autorizar a "Geosource Exploration Company", CONSIDERANDO:
rillo importado, 17.51 quintales de maiz amarillo na-constituida y organizada de conformidad con las leyes cional, cosecha 80-81 y 26,262.53 quintales de maizdel Estado de Texas, Estados Unidos de Norteamérica, blanco nacional, cosecha 81-82. Total de quintalespara que pueda operar en el país, quedando sujeta a lasQue el Ministerio de Finanzas Públicas, en represenleyes y tribunales de la República por todos los actos ytación del Gobierno de la República, celebró con el se97,373.51 de maiz, y 25,000 de frijol. negocios que en él verifique 0 ejecute. nor Leopoldo Antonio Sagastume Sandoval, el Contrato de Arrendamiento Número 5-81, de fecha 21 de sepEl presente Acuerdo surtirá sus efectos a partir deltiembre de 1981, en relación con el inmueble ubicado en Artículo 20.-El Ministerio de la Defensa Nacionaldía de su publicación en el Diario Oficial. San Manuel Chaparrón, departamento de jalapa, cuyo deberá recoger en los silos y estaciones indicadas en el local fue ocupado durante el período comprendido del artículo anterior, los granos básicos que en dicho preprimero de enero al treinta y uno de diciembre de 1981, cepto se indican, para ser distribuidos entre las persopor la Receptoría Fiscal del mencionado municipio, y nas de menores recursos económicos afectadas por la Comuniquese. en vista de que la renta mensual de Cuarenta Quetzales delincuencia subversiva, principalmente en las áreas de Exactos (Q40.00), estipulada en dicho Contrato no ha
los municipios de Cotzal, Nebaj y Chajul, del departasido cancelada al arrendante por dicho período, es de mento de El Quiché. General de Brigada justicia que el Estado reconozca el pago de ese adeudo JOSE EFRAIN RIOS MONTT. en su monto total, POR TANTO, Artículo 30.-El Ministerio de la Defensa NacionalCoronel de Ingenieros DEM queda encargado del fiel cumplimiento de la presenteRICARDO MENDEZ-RUIZ ROSMHOSER, En el ejercicio de las facultades que le confieren los disposición, en lo respecta,a la distribución equita-Ministro de Gobernación. Artículos 40. 26, inciso-14 del Estatuto Fundamental tival deulos granos básicos a que se refiere presenteon Decreto. 868642-16-31. 36-82,