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Decreto 56-1984

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 56-1984
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1984

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

Director Capitin de Navio NIL , Licenciado Decano de la Prensa Centroamericans Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundade el 2 de Agesto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL 18 Calls 6-72 - 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCXXIII GUATEMALA, VIERNES 15 DE JUNIO DE 1984 NUMERO 99

SUMARIO Bienes Familiares, S. A.-Balance General al 31 Artículo 20-E1 presente decreto-ley entrará en de diciembre de 1979. vigor el día quince de junio del são en curso y deberá publicares en el Diario Oficial. ORGANISMO EJECUTIVO Bienes Familiares, S. A.-Balance General al 31de diciembre de 1981. Dado en el Palacio Nacional: en la cludad de Guatemala, a los trece diss del mes de junio de mil JEFATURA DE ESTADO Enlatadora "LW", S. A. Balance General al 30 novecientos ochents y cuatro. de junio de 1980. Publiquese y cúmplase.DECRETO-LEY NUMERO 56-84 Industria de Calzado y Piel, Sociedad Anónima General de Division MINISTERIO DE GOBERNACION (INCAPISA)-Balance General al 31 de diciemOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES,bre de 1961. Jefe de Estado yAcuérdase prohibir el expendio y consumo de liMinistro de la Defensa Nacional.

cores y bebidas embriagantes, de las 18.00 horas Cla. Inmobiliaria Ben Ross. S. A.-Balance Genedel día 30 de junio del año en curso, a las 6:00 ral al 30 de junio de 1980. Secretario General de la Jefatura de Estado, horas del día 2 de julio del presente año. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Cla. Inmobiliaria Ben Ross. S. A-Balance General al 30 de junio de 1981. M Ministro de Gobernación,

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL

Ferretería Terminal, S. A.-Balance General a 30 Confierese el Grado de Subteniente en su respecde junio de 1980. tiva Arma y el Despacho correspondiente, así MINISTERIO DE GOBERNACION como el Título de Oficial del Ejercito de GuaFerretería Terminal, S. A.-Balance General a 30 temala, a los Caballeros Cadetes que se menciode junio de 1961. nan. Ferreteria Tejar Marti, S. A.-Balance General a Acuérdase prohibir el expendio y consume de UAutorizase a los Oficiales Superiores y Subalter30 de junio de 1980. cores y bebidas embriagantes, de las 18.00 heras nos que se expresan, la aceptación y uso de las del día 30 de junie del she en curse, a las 6.00 Condecoraciones de Collar y Roseta de la Orden Ferretería Tejar Martí, S. A.-Balance General a boras del dia 2 de julie del presents año.

de la Bandera Resplandeciente de Quinta y Sex30 de junio de 1981. ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 465-84 ta Clases.

Palacio Nacional: Guatemala, 15 de junio de

MINISTERIO DE ECONOMIA ORGANISMO EJECUTIVO 1984.

KL JEFE DE ESTADO,Ampliase en el sentido que se indica, el artículo 4o. del Acuerdo Ministerial número 407-81 del CONSIDERANDO: 18 de agosto de 1981, solicitado por la empresa JEFATURA DE ESTADO "Textiles del Sur, Sociedad Anónima". que pueQue para prevenir cualquier alteración del orden de abreviarse "Textiles del Sur, S. A.", con siDECRETO-LEY NUMERO 56-84 público durante la realización de las elecciones glas TEXTISUR para diputados a la Asambles Nacional Constituyente, se hace necesario dictar la respectiva disOtórgase a la empresa "Alimentos CentroameEL JEFE DE ESTADO, posición legal, prohibiendo el expendio y el conricanos, Sociedad Anónima", de nombre cosumo de licores, así como de bebidas embriagantes, mercial ALCASA, extensión de beneficios en CONSIDERANDO: durante el periodo que se estime prudencial, un 100% sobre la importación de materias primas que utilice en su proceso productivo, hasts Que el Gobierno de la República con el propó- POR TANTO, el 31 de diciembre de 1984. sito de obtener la paz y la concordia para todos

los guatemaltecos, emitió con fecha 11 de agosto En el ejercicio de las facultades que le confiere Otórgase a la empresa "Industrias de Guatemalade 1983 el Decreto-Ley número 89-83, concediendo el artículo 40 del Estatute Fundamental de Goamnistia por los delitos políticos y comunes comexosbierno, modificado por los Decretos-Leyes núme-Sociedad Anonima". que se abrevia INGUASA, extensión de beneficios en un 100% sobre la imen los cuales hubiesen participado como autores ros 36-82 y 87-83, portación de maquinaria y equipo que utilice eny complices las personas que individual o colectiACUERDA: su proceso productivo, hasta el 31 de diciembre vamente formen o hayan formado parte de facciode 1984. nes subversivas y hayan efectuado hechos violenArtículo 19-Se prohibe el expendio y consumo tos en contra del orden jurídico-politico de in de licores y bebidas embriagantes, de las 18.00 Otórgase a la empresa "Consorcios Industriales.Nación, amnistía que fue prorrogada según Decre-horas del dia 30 de junio del año en curso, a las Sociedad Anónima", de nombre comercial "Conto-Ley número 1-84; 6.00 horas del dia 2 de julio, también del presente sorcios Industriales, S. A.". clasificación de Inaño, bajo pena de cancelación de la patente al produstria dentro del Grupo "C" y equipárase con CONSIDERANDO: pietario del establecimiento infractor, además de

la similar guatemalteca "Fábrica de Camisas La Elegante" y/o "Industrias Fiorucci". Que se estima conveniente prorrogar nuevamenimponérsele multa al respectivo propletario y al te los efectos de la amnistía indicada en el consiconsumidor derando anterior, a fin de que puedan acogerse aArtículo 29-La multa a que se refiere el artículo ANUNCIOS VARIOS ella quienes por diversas circunstancias no hubieanterior será de quinientos quetzales (Q500.00) ran podido hacerlo dentro del plazo original y para el propietario de establecimientos catalogaAutorizaciones Farmacéuticas. Matrimonios.-Lflas prórrogas otorgadas, para cuya finalidad esdos de primera categoria. de cuatrocientos (Q400.00) neas de Transporte.-Constituciones de Sociedad.procedente dictar la respectiva disposición legal,para los de segunds y de trescientos ((300.00) para los de tercera y cuarta categorias. --Modificaciones de Sociedad. Disolución de Sociedad. Patentes de Invención.-Registro de POR TANTO, Artículo 39-En el caso del consumidor, si el infractor es una persona particular, la multa seráMarcas Títulos Supietorios. -Edictos-Licita-ción.-Remates. En el ejercicio de las facultades que le confie-de quince quetzales (Q15.00) y si se trata de un ren los artículos 49 y 26, inciso 13) del Estatuto funcionario O empleado público, la multa será de ADOC de Guatemala, S. A.-Balance General alFundamental de Gobierno. modificado por los De-veinte a setenta y cinco quetzales (Q20.00 a (275.00).

cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, Artículo 4º-Las multas a que se refieren los 31 de diciembre de 1981. articulos 2° y 30 del presente acuerdo, serán imIndustrial Santa Agape, S. A.-Balance General al DECRETA: puestas por el Juzgado de Paz a donde sean con30 de noviembre de 1983. signados los infractores, por las autoridades comArtículo 1°-Se prorroga por noventa dias la vipetentes. Arquitectura y Construcción, S. A.-Balance Ge-gencia del Decreto-Ley número 89-83, por medio Articulo 5°-El Ministerio de Gobernación dicdel cual se concedió amnistia por los delitos po-tará las medidas que estime procedentes a la neral al 31 de diciembre de 1981. líticos y comunes conexos en los cuales hubiesen Policía Nacional, Guardia de Hacienda y GobernaTropigás, S. A.-Balance Condensado al 31 de di-participado como autores O complices, las personasdores Departamentales de la República, para el ciembre de 1981. que individual O colectivamente formen O hayanestricto cumplimiento de las presentes disposicioformado parte de las facciones subversives. nes.

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