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Decreto 57-1969

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 57-1969
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1969

DEL El Guate malteco CONGR de

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. América: 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXVI GUATEMALA, VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 1969 NUMERO 85

SUMARIO existe en casi todos los países de LatinoamériEn este texto, el Centro Nacional de Desarro ca; llo Adiestramiento y Productividad se designa rá simplemente como "El Centro".CONSIDERANDO: ORGANISMO LEGISLATIVO andQue la productividad global de los centros CAPITULO II Decreto número 57-69. de producción y la del país estan directamente condicionadas a la eficacia de la técnica, de la Objetivos, Labores y Funciones ORGANISMO EJECUTIVO tecnologia y del adiestramiento de los trabaja dores, por razón de la estrecha vinculación que Artículo 40.-Dentro de tas prescripciones de existe entre la productividad laboral y la for MINISTERIO DE GOBERNACION esta ley y de sus reglamentos, el Centro opemac'ón profesional; rará normalmente en los siguientes campos Agropecuario, Industrial, Artesanal, Comercia

Convocase al pueblo de Guatemala para elecciones CONSIDERANDO: y de Servicios, ast como en otros campos afide Presidente y Vicepresidente de la República; nes de la Economía. Diputados propietarios y. suplentes al Congreso; Que uno de los problemas apremiantes que y miembros propietarios y suplentes de las Muenfrenta el país es la escasa preparación del Artículo 50.-Las funciones del Centro sor micipalidades de todas las cabeceras deparnivel primario-laboral, deficiencia que ha de tamentales. las siguientes:ser superada, sin pérdida de tiempo, por la ac ción de una entidad especializada, mediante Apruébanse las modificaciones introducidas a los 10. Cooperar con el Gobierno y la Iniciativamétodos modernos, masivos y económicos de estatutos de <Europa Motors Company, Sociedad Privada, en beneficio de la mayoria de losformación profesional, a corto plazo, en centrosAnónima>. habitantes del país, en el estimulo y desarrode adiestramiento, fijos o móviles, 0 directallo de una continuada, creciente y equilimente en los lugares de trabajo y con la COO brada economía; en el incremento de la ri MINISTERIO DE ECONOMIA peración de las empresas y entidades labora. queza y el ingreso nacionales; y en la creales; ción de suficientes fuentes de trabajo: Otórgase al señor Gerardo Flores Tobar, para la 20. Constituir un vínculo de armonia entre e Industria de su propiedad denominada HORMAS CONSIDERANDO: sector público y el privado; operar comoY TACONES «FLORES», clasificación de Industria Existente, perteneciente al Grupo «A». Que el progreso económico, social y cultural tal, propiciando una relación de trabajo que ha alcanzado el país, hacen necesario crear cooperativo más estrecho entre ambos; Acuérdase que la importación de vehículos, usauna entidad especializada, a fin de que ejerza30. Planificar, promover, dirigir y llevar a ca dos con destino a transporte de carga pesada,su acción técnica sobre el aprovechamiento ópbo el fomento de la productividad, en todos como cabezales (trucks), furgones (traillers) ytimo de los recursos humanos y materiales del sus aspectos y niveles y atender al desarro camiones para carga neta mayor de 8 tonepaís, promueva y atienda el incremento de la Ilo de los recursos humanos, adiestrando tadas, requiere previa autorización del Ministe-productividad en los factores de la produccion a los trabajadores hacia la obtención de uns rio de Economia. de todos los sectores económicos y en sus dimano de obra calificada. Cuando el Centro versos niveles, en forma simultánea, equilireal'zare esas funciones, las llevará a cabo REGLAMENTO DE LA LEY DE INVERSIONES brada y sostenida. principalmente con relación a personas de DE RESERVAS TECNICAS Y MATEMATICAS edad post-escolar y sin fines de lucro, pero DE LAS EMPRESAS DE SEGUROS. POR TANTO. si en lo posible, de autofinanciamiento Cuando terceras personas individuales o ju En uso de las atribuciones que le asigna el rídicam: hayan de realizar actividades de

MINISTERIO DE HACIENDA inciso 1o. del Artículo 170 de la Constitu io de asesoría 0 docencia en estos campos. el Cen la República. tro habrá de ejercer la supervigilan ja y Y CREDITO PUBLICO controles necesarios para mantener en ellas un alto grado de efectividad y coordinación:DECRETA: Apruébase en todas sus partes el contrato de 40. En armonia y dentro de los Planes de De promesa de venta contenido en la escritura pú- sarrollo Económico elaborados y aprobados blica número 22 de fecha 2 de octubre del COLa siguiente: por el Gobierno, planear y dirigir sus prorriente año, celebrado entre el Gerente de la pias labores y cooperar en el fomento de Empresa de los Ferrocarriles de Guatemala la inversión privada 0 de la reinversión en (FEGUA) y el Viceministro de Hacienda y Cré- LEY ORGANICA DEL CENTRO las empresas; dito Público, en representación del Estado, por 50. Dar opinión, consejo o asesoría en lo relamedio del cual la citada Empresa promete vender al Estado. con destino al Ministerio de HaNACIONAL DE DESARROLLO, ADIEScionado con sus objetivos y funciones at Gob'erno de la República y a las entidadescienda y Crédito Público. para la construcción V sindicatos patronales u obreros: de un edificio destinado al mismo, los lotes queTRAMIENTO Y PRODUCTIVIDAD 60. Formar expertos y técnicos nacionales. (ho-se mencionan. mólogos), de la misma categoria y especiaCAPITULO I lidad de los expertos extranjeros que venANUNCIOS VARIOS gan al país a trabajar en programas del Creacien Centro. Matrimonios.-Lineas de Transparte.-ConstituArtículo 10.-Se declara de beneficio social,ción de Sociedades.-Modificación de Sociedainterés nacional y necesidad y utilidad públi Artículo 60.-EH Centro, dentro de sus post-des.-Disoluciónde Sociedad de cas, el incremento de la productividad en to bilidades, realizará y difundirá paulatinamentede Invención.-Titulos sudos los campos de las actividades económicas las siguientes labores: pletorios.-Edictos.-Licitaciones.-Remates. del pais y el adiestramiento de los trabajadores a través de la formación profesional acelerada. 10. Con relación a los recursos naturales: colaborar en su investigación y evaluación y en ORGANISMO LEGISLATIVO Artículo 20.-Para los efectos de esta ley delos estudios de su conservación y optima berá entenderse por incremento de la producutilizacion, con excepción del petróleo y tividad los estudios, métodos, labores 0 dispode los recursos hidráuliaos u otros que se s'ciones, que tengan eomo finalidad hacer más rigen 0 hayan de regirse por leyes especia- útil, eficiente y provechosa la realización de les; DECRETO No. 57-69 todo trabajo, mecanizo O humano, en activida20. Con relación a los recursos humanos: estudes relacionadas con la conservación, utilizadios cuantitativos y sistemáticos de las neción, procesamiento 0 transporte de los recurcesidades de adiestramiento de los trabajaEl Congreso de la República de Guatemala,SOS naturales, productos agricolas 0 materias dores. para establecer los déficits de mano primas; el diseño, producción y distribución de de obra y de personal intermedio y alto niproductos, bienes y servicios; el empleo, insvel empresarial en los sectores agrícolas,CONSIDERANDO: talación y mantenimiento de la maquinaria; el industrial y de servicios, y los requerimienadiestramiento y formación del personal en to tos futuros en base a los principales proQue los recursos naturales, técnicos. tecnoló-dos los niveles de trabajo; la organización técgramas y proyectos de desarrollo económi-gicos y de capital llegan a ser factores de la nica de las empresas y la preparación de los co-social;producción, en la medida en que los recursos instructores y expertos que han de difund'r es. Programas de adiestramiento con énfasis enhumanos los utilizan y solamente pueden ser tos conocimientos. la formación profesional acelerada de acuerempleados eficientemente quando existe una do a un orden de prioridades para capaci adecuada preparación y formación de todas las Artículo 30.-Se crea el Centro Nacional de tar fundamentalmente a los trabajadores del personas que constituyen la fuerza de trabajo;Desarrollo, Adiestramiento y Productividad nivel primario y en especial a aquellos que (CENDAP), como entidad Estatal descentralizacarezcan de ocupación y programas de di-CONSIDERANDO: da, técnica, no lucrativa. El Ministerio de Travulgación y de perfeccionamiento para los bajo y Previsión Social será el órgano superior otros niveles de trabajo inclusive pruebas

Que es de urgente necesidad actual para e)en 10 administrativo. El Centro Nacional de psicotécnicas y de aptitud; país promover el desarrollo y mejor aprovecha-Desarrollo, Adiestramiento y Productividad go30. Con relación al fomento de y en las empremiento de todos sus recursos económicos, fun-zará de autonomia funcional, patrimonio prosas: Ayuda 0 asesoría técnica, investigacióndamentalmente el del recurse humano, con én-pio, fondos privativos y plena capacidad para y administración científica, sin discriminafasis en la formación profesional acelerada, adisponer de sus bienes, contraer obligaciones ción alguna, a la industria en general, a corto plazo, en el nivel primario, a través de y adqu'rir derechos de conformidad con sus filineas industriales, a la pequeña industria un organismo térnico especializado, tal como nes. LIOTECA DEL y artesania o a grupos industriales o COOON03970 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 85 perativas, en programas llamados tanto El Centro continuará y ampliará las labores asuntos que se conozcan y de las decisiones que generales u horizontales como especiales 0 del Centro de Desarrollo y Productividad Indusse adopten deberá dejarse constancia en acta. verticates; trial. de Incremento de la Productividad, aseEl Centro podrá facilitar a empresas Indivisoría a las empresas, formación y perfe cionaArtículo 20.-Las atribuciones de la Junta Diduales los servicios de sus técnicos y ex. m'ento de personal de nivel alto e intermedio. rectiva son:

pertos para efectuar estudios e investigacioasí como también en el adiestramiento y pernes relacionados con la productividad V orfeccionamiento de trabajadores de niver pri10. Con relación a las labores del Centro: ganización científica, en cuyo caso deberá mario en los tres sectores económicos, inclusive cobrar el osto de sus servicios, salvo que servicios de selección de personal y pruebas a) Coordinar la política del Centro con la los resultados de los estudios e investigaprácticas psicotécnicas y de aptitud. política del Gobierno de la República; ciones puedan ser de provecho 0 aplicación b) Disponer su organización y aprobar, a general en otras empresas y sean destinaCAPITULO III propuesta de la Gerencia, el Reglamento dos a ser publicados; General y los de operación y dar cumpli10. Con relación al comercio y servicios, a nl. ORGANISMOS miento a las disposiciones de la Ley de vel de Iniciativa privada: estud'os de la deServicio Civil; manda 0 de los mercados existentes O po. Articulo 13.-Los organismos de dirección y c) Aprobar O modificar sus planes de trabajo tenciales, nacionales, centroamericanos O de administración del Centro son: la Junta Di. a corto y a largo plazo, estados de cuentas extranjeros: medios y métodos de promorectiva y la Gerepcia. Sus divisiones, departay presupuesto anual: y. ción, publicidad, exhibición y ventas: asementos y secciones administrativas serán deterd) Autorizar las negociaciones y contratos soria técnica y adiestramiento O preparaminados por la Junta Directiva. que establecerá que requieren legalmente requisitos de lición de personal; su organización funcional. Como cuerpo asesor citación,

50. Con relación a la construcción y a la vivien-actuará un Consejo Consultivo. da: estudios. indagación y vulgarización de 2o. Con relación al personal: los materiales de construcción, en use de JUNTA DIRECTIVA potenciales. y de los métodos y técnicas de a) Establecer los requerimientos V-enicos y planeación y ejequción de obras, desde el Artículo 14.-La Junta Directiva estará intede experiencia necesarios para desempunto de vista de la productividad; grada por un Director Presidente. un Director peñar los cargos de Gerente, Subgerente

60. Con relación a aspectos económicos de las y Contador:Vicepresidente. un Segretario y cuatro Vocales empresas privadas: realizar por grupos de Propietarios e igual número de suplentes. La b) Nombrar al Gerente. al Subgerente y al actividad industrial, estudios relacionados designación de los cargos recaerá: La Presiden. Contador y revoverlos por justa causa, con la organización, producción. distribudespués de haberlos oído:cia en el Ministro de Trabajo y Previsión So.ción, rendimiento y otros aspectos de las gial y la Vicepresidencia en el Ministro de c) Nombrar a los jefes de Divisiones, Deparindustrias, pudiendo efectuar estudios indiEconomia. ambos serán miembros ex-oficio del tamentos y Oficinas a propuesta del Ge. viduales cuando así lo sollaiten los interesasector público. El Presidente tendrá doble voto rente: removerlos por justa causa, desdos, mediante el pago de la cantidad que en caso de empate. pués de haberles oído, previa audiencia al fije el Centro: Gerente:El secretario de la Junta será el Gerente del

70. Con relación a las inversiones: cooperar enCentro: el Secretario suplente scrá el Sub-Ge d) Contratar, en su caso, Auditor Externo el mantenimiento de un clima propieto de específico: y.rente. Actuarán en las sesiones con voz pero sininversiones V suministrar a inversionistas voto. e) Evaluar la eficiencia, capacidad y labores potenciales. información sobre tratados cenrealizadas por el Centro y su personal. troamericanos, leyes V reglamentos existenLos Directores, Propietarios y Suplentes que no tes. trámites a realizarse y las demás atridesempeñen cargos ex-oficio. durarán dos años buciones de esta naturaleza: en el desempeño de sus funciones y se renovarán GERENTE Bo. Con relación al personal del Centro: las la-por mitad cada año. bores. entrenamientos O becas que sean neArtículo 21.-A1 Gerente corresponde la recesarios para formario al más alto grado. Articulo 15.-La Junta Directiva se integra presentación legal del Centro. Igualmente lo rera así: presentará en sus relaciones ante el Gobierno Artículo 70.-E1 Centro mantendrá estrechas de la República Gobiernos extranjeros. entidarelationes con las siguientes entidades y dedes desentralizadas, autónomas O semiautóno-Miembros oficio del Sector Público:

pendencias: mas y organismos de Integración, Cámara y Aso.

10. El Ministro y el Viceministro de Trabajo clactones 0 miembros de la Iniciativa Privaday Previsión Social, que scrán propietario y y organizaciones sindicales. tanto nacionales co10. Consejo Nacional de Planificación Económisuplente. respectivamente; mo extranjeras O internac'onales V on conferen. ca: 20. El Ministro y el Viceministro de Economia. cias 0 Reuniones Nacionales O Internacionales

20. Ministerios. Direcciones Generales. Municirelativas a sus funciones.que serán propietario y suplente, respecti-palidades y Entidades del Estado descentra. vamente: lizadas autónomas y semiautónomas: 30. El Secretario General del Consejo NacioEsta representación podrá ser delegada, en ca-30. Centros de Productividad V de Formación nal de Planificación Económica y el funcioSOS especiales con autorización de la Junta Di-Profesional O instituciones similares del exterior: nario que le siga en jerarquía, que serán pro-rectiva. pietario y suplente, respectivamente.

40. Organismos de Integración Económica CenMiembros del Sector Privado: Artículo 22.-El Gerente es nombrado por latroamericana: 10. Dos Directores propietarios y dos suplentes, Junta D'rectiva y es el jefe ejecutivo del Cen-50. Universidades y Escuelas Técnicas O Facul. representantes de las asociaciones O cámatro y jefe superior del personal técnico y ad-tativas: ras patronales, nombrados por el Ejecutivo ministrativo. A falta de él hará sus veces el Sub60. Entidades privadas u ofigiales, extranjeras a propuesta en ternas por el Comité Coordigerente. 0 internacionales, relacionadas con el desnador de Asociaciones Industriales, Agricoarrollo de la economía de los recursos hulas. Comerçiales y Financieras (CACIF): Artículo 23-E1 Gerente doberá cumplir ymanos y de la organización científica del tra2o. Dos Directores propietarios y dos suplentes, hacer cumplir esta ley, los Reglamentos del Cenbajo y de las empresas; representantes de las centrales obreras de. tro y las disposiciones de la Junta Directiva. Es

70. Cámaras y asociaciones representativas de signadas por el Ejecutivo, al cual corresponresponsable de la buena administración y marcha la Iniciativa Privada, 0 de los grupos eco. derá también nombrar a los Directores, a del Centro. y de la formación, preparación y efl.nómicos, profesionales 0 culturales, sus gre-propuesta en terna por dichas entidades. ciencia del personal. miales 0 federaciones: y, Bo. Asociaciones patronales, sindicatos laborales Articulo 16.-El Consejo Consultivo actuará Artículo 24.-Las atribuciones de la Gerencia y cooperativas. como cuerpo asesor de la Junta Directiva O de son las siguientes: la Gerencia. cuando éstas hayan de solicitar susArtículo 80.-Todas las entidades V dependenservicios, que serán ad honorem. 10. Organizar, coordinar, ordenar y controlar las

clas estatales. descentralizadas. autónomas y se. labores generales del Centro, de sus depen-miautónomas: prestarán colaboración al Centro Formarán parte del Consejo Consultivo las sidenclas y del personal; en el campo de sus objetivos, labores y funcio-guientes entidades 0 dependencias gubernativas: 20. Presentar a la consideración de la Junta Di-namiento. rectiva los planes de trabajo a corto y largo

10. Consejo Ténico del Ministerio de Educación; plazo; el presupuesto anual, el proyecto delArtículo 90.-E] Centro mantendrá relaciones 20. Servicio Nacional del Empleo: Reglamento General y de los Reglamentos estrechas con las Gobernaciones Departamenta30. Servicio de Fomento de la Economía Indiespeciales. les, las municipalidades, iaciones de empresagena; 30. Determinar y hacer constar por escrito las rios, trabajadores y con empresas individuales. 40. Instituto Nacional de Transformación Agralíneas de mando y delegación de autoridad. para determinar las necesidades existentes de ria: las disposiciones de supervisión y control y mano de obra calificada y el mejor exito de sus 50. Cámara de Industria de Guatemala: las responsabilidades y funciones de todas las funciones. 60. Camara de Comercio de Guatemala: dependencias y de cada uno de los puestos deTambién establecerá permanente coordinación 70. Asociación General de Agricultores: trabajo; con el Servicio Nacional del Empleo. para ase-80. Universidades del país que tengan carreras 4o. Establecer los requisitos técnicos y de expe. gurar una óptima utilización de la mano de afines a los objetivos del Centro: riencia necesarios para desempeñar los puesobra calificada que se obtenga mediante los pro-90. Consejo Técnico del Ministerio de Econotos de Jefes de Divisiones, Departamentos y gramas del Centro. mia: Oficinas del Centro:V, Artículo 10.-E1 Centro usará de todos medios 10. Consejo Técnico del Ministerio de Trabajo 50. Proponer a la Junta Directiva candidates existentes de ilustración, demostración y doceny Previsión Social. para desempeñar los cargos de Jefes de Divisiones. de Departamento t1 Oficinas: cia a su alcance, en aula, taller O campo, incluLa Junta Directiva podrá. mediante punto re60. Nombrar y remover por justa causa. después sive: programas, cursos, conferencias, demostrasolutivo, on acta, ampliar las entidades O depende haberle oido. a cualquier miembro del perciones. visitas O viajes de estudio, participacióndencias gubernativas que constituyen el Consejo sonal subalterno. excepto Jefes de División, en reuniones 0 congresos. En el campo educaConsultivo. Departamento y Oficina. y aplicar a todo el tivo integral no actuará sino complementariapersonal los sistemas de incentivos y discimente. Artículo 17-La Junta Directiva celebrará SOplina: siones ordinarias cuando así lo decida, s'endo 70. Emitir disposiciones para el buen funcionaArtículo 11.-Para el logro de sus fines, el Cen-éstas convocadas por el gerente. La Presidencia miento de las Divisiones, Departamentos y

tro podrá contratar, dentro de sus posibilidades, Oficinas del Centro: por iniciativa propia, a solicitud de dos de los los técnicos y expertos que se estime necesarios. 80. Autorizar y ordenar los egresos del CentroDirectores 0 a solicitud del Gerente, convocará Cuando la cooperación técnica internacional hacuando no excedan de mil Quetzales. Cuandoa sesión extraordinaria en cualquier momento. ya de poner a disposición del país expertos y excedan de esa suma V no figuren en el pre otorgue becas de estudio 0 especialización en los Artículo 18-Los directores con excepción de supuesto. lo hará con la aprobación previa de campos de productividad, administración cienla Junta Directiva:los miembros ex-oficio del sector público que tífica de las empresas y de formación profesional, 90. Autorizar y centrolar las caias chicas que seanas'stan a las sesiones de Junta Directiva, deel Gobierno velará porque sean asignados al Cennecesarias dentro de las prescripciones gene-vengarán, cuando ésta así lo disponga, una die-tro. rales dictadas por la Contraleria de Cuentas:ta máxima de veinte quetzales (Q20.00). por se10. Evaluar anualmente la eficiencia. capacidad ysión con un pago máximo de cuarenta quet-Artículo 12-EI Centro Nacional de Desarrollo, labores realizadas por tedo el personal y pre-zales (Q40.00). por persona en mes calendario, Adiestramiento y Productividad absorberá las dictar 17 Memoria: cualquiera que fuere el numero de sesiones.funciones que realizaba el Centro de Desarrollo 11. Desarrollar métodos de evaluación y apreciay Productividad Industrial, creado mediante Deción de progreso de todos los programas V de Artículo 19.-Para que pueda celebrarse sesión. creto-Ley número 209, en cuanto a programas, las actuaciones. así como del rendimiento ydeberán estar presentes, por 10 menos. cinco bienes, derechos y obligaciones, y personal téctrabajo realizado per el Centro:Directores. Las decisiones de la Junta se tomanico. administrativo. 12. Las demás que le asignen los Reglamentos delrán por mayoria de miembros presentes. De los Centro.NUMERO 85 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL 971 JEFES DE DEPARTAMENTO Y OFICINAS CAPITULO V rresponde elegir a cada Distrito Electoral, es el siguiente: Artículo 25.-Las atribuciones de los Jefes de DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS División, Departamentos y Oficinas, deberán fiDistrito Central: Municipio de Guatemala 6 gurar en el Reglamento General del Centro que Artículo 34.-Para realizar cada año por mitad Primer Distrito, restantes Municipios del Depto. incluirá las siguientes: de los Directores propietarios y suplentes que no de Guatemala 2 desempenen su cargo ex-oficio, se determinará Segundo Distrito, Sacatepéquez 2

10. Organizar, coodinar, ordenar y controlar laspor sorteo. La mitad de los nombrados para el Tercer Distrito, Quezaltenango 3 labores y personal de sus respectivos deparperíodo inicial, sólo fungirá un año. Cuarto Distrito, San Marcos 3

tamentos y oficinas, con responsabilidad total Articulo 35.-E1 Centro Nacional de Desarrollo, Quinto Distrito, Totonicapán 2 ante la Gerencia en cuanto a moralidad, punAdiestramiento y Productividad sustituye al CenSexto Distrito, Sololá 2 tualidad disciplina del personal respectivo, tro de Desarrollo y Productividad Industrial en todosSéptimo Distrito, Chimaltenango 2 su preparación, formación y eficiencia; sus bienes, derechos y acciones. La transferencia Octavo Distrito, Suchitepéquez 2

20. Desarrollar y presentar a la Gerencia planes de los activos y pasivos se realizará dentro de los Noveno Distrito, Chiquimula 2 de trabajo a corto y largo plazo; sesenta días de vigencia de esta ley, con interven-Décimo Distrito, Jutiapa 2

30. Preparar y suplir los expertos 0 técnicos resción de la Contraloria de Cuentas y de acuerdo' Undécimo Distrito, Santa Rosa 2 pectivos para los programas del Centro; con el Reglamento que dicte el Ejecutivo por conDuodécimo Distrito, Jalapa 2

40. Concurrir a las reuniones de Jefes; ducto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social. Décimotercer Distrito, Retalhuleu 2

50. Evaluar anualmente la eficiencia, 'capacidad Artículo 36-Se deroga el Decreto-Ley número Décimocuarto Distrito, Escuintla 3 y labores realizadas por el personal de sus 209 y todas las disposiciones que se opongan a la

respectivos departamentos u oficinas; y, presente lev. Décimoquinto Distrito, Huehuetenango 3 Articulo 37.-EI presente Decreto entrará en vigor Décimosexto Distrito, Zacapa 2

60. Las demás que fijen los Reglamentos. 2 el dia siguiente de su publicación en el Diario OfiDécimoséptimo Distrito, El Progreso

cial. Décimoctavo Distrito, Alta Verapaz 3 NORMAS GENERALES Décimonoveno Distrito, Baja Verapaz 2 Pase al Organismo Ejecutivo para su publicaVigésimo Distrito, El Quiché 2 Artículo 26.-La Organización, reglamentos interVigésimo Primer Distrito, E1 Peten 2 ción y cumplimiento. pos y labores del Centro se regiran por los siVigésimo Segundo Distrito, Izabal 2 guientes principios:

10. Principios Generales: Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, Total de Diputados propietarios 55 a) Unidad de mando; en la cludad de Guatemala, a los diez y seis días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y Cada Distrito elegirá, además, un Diputado su.b) Adecuada delegación de autoridad y responnueve. plente. sabilidad, sin que ello signifique disminución de la responsabilidad jerárquica del superior; ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO. Artículo 40.-El número de miembros propieta. c) Máximo rendimiento mediante previa planeaPresidente. rios y suplentes a elegir para las Corporacionesción de labores; Municipales de las cabeceras departamentales, in_d) Garantia y seguridad racional del personal; AUGUSTO ROSALES ARRIOLA, cluvendo la del Distrito Central, se determinaráe) Estricta ex gencia del cumplimiento de los Primer Secretario. conforme al Código Municipal.

deberes y funciones; Artículo 50.-E1 proceso de las elecciones ge. f) Maxima utilización de bienes y serviclos: y HUGO R. CARIAS RECINOS, nerales se regirá por lo dispuesto en la Constitu g) Mantenimiento de un plan racional de reSegundo Secretario. ción de la República y la Ley Electoral y demuneración que permita la obtención de perPartidos Políticos (Decreto_Ley número 387 y sus sonal idóneo especializado. Palacio Nacional: Guatemala, dieciocho de OCtubre de mil novecientos sesenta y nueve. reformas). Artículo 6p.-El presente Acuerdo entra en vi_20. Principios contables y financieros: gor inmediatamente y deberá publicarse en ela) Todas las operaciones financieras y presuPubliquese y cúmplase. Diario Oficial.puestales del Centro estarán sujetas a las leyes fiscales y serán revisadas por la ConJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. traloria de Cuentas; Comuniquese, b) Ninguna compra podrá hacerse sin previas El Ministro de Economia, MENDEZ MONTENEGRO. cotizaciones 0 sin licitación privada 0 pú- JOSE LUIS BOUSCAYROL. blica, de acuerdo con las leyes vigentes y el respectivo reglamento, excepto el caso de El Ministro de Trabajo El Viceministro de Gobernación. que sea exonerado de los requisitos de licitay Previsión Social, Encargado del Despacho, JOSE LUIS DE LA ROCA SANTA CRUZ. AUGUSTO CASTANEDA MORGAN.ción en virtud de acuerdo gubernativo;

c) Todos los pagos que disponga la Junta DiEl Ministro de Agricultura, rectiva, se harán por medio de cheques, los FRANCISCO MONTENEGRO GIRON.cuales deberán ser firmados por el Gerente y otro funcionario autorizado; ORGANISMO EJECUTIVO El Ministro de Comunicacionesd) EI Centro depositará sus fondos, cualquiera y Obras Públicas.que sea su procedencia, en cuenta especial GUILLERMO PAZ HERNANDEZen bancos que puedan recibir depósitos del público; MINISTERIO DE GOBERNACION El Ministro de la Defansa Nacional,e) El presupuesto del Centro, después de haber sido aprobado por la Junta Directiva, será DOROTEO REYES SANTACRUZ.Convócase al pueblo de Guatemala para eleccioneselevado al Ministerio de Trabajo para los de Presidente y Vicepreaidente de la Republica;El Ministro de Economia,efectos de su aprobación. Diputados propietarios y suplentes al Congreso;JOSE LUIS BOUSCAVROLy miembros propietarios y suplentes de lasArtículo:27.-Las operaciones del Centro, serán Municipalidades de todas las cabeceras depar_ El Ministro de Educación. normadas por los siguientes reglamentos: tameptales. CARLOS MARTINEZ DURAN.

10. El Reglamento General, que a propuesta de ACUERDO NUMERO CM. 30_69la Gerencia, será sometido a la aprobación El Ministro de Hacienda de la Junta Directiva y sancionado por el y Crédito Público,Palacio Nacional: Guatemala, 22 de octubre deOrganismo Ejecutivo; EMILIO PERALTA PORTILLO.1969.

20. Los Reglamentos especiales que a propuesta El Viceministro de Relacionesde la Gerencia, se sometan a la aprobación JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO, Exteriores, de la Junta Directiva: y. Presidente Constitucional de la República, Encargado del Despacho,30. Las disposiciones administrativas que emita la GIL ARTURO GONZALEZ SOLIS.Gerencia. CONSIDERANDO: CAPITULO IV El Ministro de Sa'ud PúblicaQue por mandato constitucional es atribución y Asistencia Social,del Presidente de la República convocar a elec_ RICARDO ASTURIAS VALENZUELA.PATRIMONIO Y REGIMEN FINANCIERO ciones generales COR anticipación no menor deDEL CENTRO cuatro meses a la fecha en que éstas deban cele. El Ministro de Trabajo y Previsión Social, brarse; JOSE LUIS DE LA ROCA SANTA CRUZ.Artículo 28.-El patrimonio del Centro estará constituido por los siguientes renglones: CONSIDERA

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