Decreto 57-1997-4
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 57-1997-4
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1997
NUMERO 57
DIARIO DE CENTRO AMERICA-Octubre 17 de 1997 1915 de que se puedan utilizar los recursos cn las condiciones especificadas en esta ley y para elpresente ejercicio fiscal.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION,PROMULGACION Y PUBLICACION.ARTICULO 3.
Sc amplia el Presupuesto General de Egresos del Estado elEjercicio Fiscal 1997, por cl monto de ONCE MILLONES CUATROCIENTOS paraDADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA.SETENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS (Q. 11.470,922.00)CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEMIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.Organismo Judicial Q.11.470,922.00 Total Q.11.470,922.00
ARTICULO
4. Con base cn las opiniones de la Junta Monetaria y de la SecretariaGeneral de Planificacion Ecohomica, se aprueba la ampliación de la emisión, negociaciónARABELLA CASTRO QUIÑONES amortización de bonos del tesoro, ejercicio fiscal 1997, por un monto de ONCE yPRESIDENTA MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL NOVECIENTOS VEINTIDOS(Q.11.470,922.00). Para la presente ampliacion se aplicarán las mismas disposicioneslegales que regulan la emision, negociación y autorizacion de los Bonos del Tesoro delEjercicio Fiscal 1997, contenidas on los artículo 16,17 y 18 del decreto número 108-96 delCongreso de la República, cn lo que no sc opongan a las disposiciones del presente decreto.
En consecuencia, las principales características de la ampliación serian las siguientes:ANGEL MARIO SALAZAR MIRON
SECRETARIO MAURICIO CORADO
SECRETARIODENOMINACION:
Ampliacion de Bonos del Tesoro Ejercicio Fiscal or LA1997.
MONTO:
CONCRESOQ.11.470,922.00
DESTINO: Financiar programas de incrementos salariales,creacion de nuevos juzgados y salas de apelaciones. Guatet:AmericaFORMAS DE EMISION: PHILO Al portador 0 a la orden. Dichos bonos podránemitirse, indistintamente, en moneda nacional 0 en su equivalente en dólares de los Estados Unidos de América, dependiendo de las ventajas que ofrezca elmercado financiero nacional 0 internacional. PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de octubre de mil novecientosnoventa y siete.PLAZO: Hasta 15 años el que se computará a partir de la fechade emision. PUBLIQUESE Y CUMPLASE
DE 4TASA DE INTERES ANUAL: Se pactará entre el Ministerio de Finanzas Públicas yel inversionista.
NEGOCIACION: Los bonos en quetzales podrán ser negociados REPUBLICATIONdirectamente 0 a través del sistema de licitaciones ARZU IRIGOXEN públicas, a la par O a un precio distinto de su valor nominal; en este último caso no podrá reconocerse tasa de interes alguna. La negociación de los bonos emitidos en dólares de los Estados Unidos deKL MINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS
América estará sujeta a las leyes y procedimientos que se observen en el mercado financiero del lugar endonde se coloquen.
AGENTE FINANCIERO: JOSE ALKJANDRO AREVALO ALBUREZEl Banco de Guatemala ejercera las funciones de agente financiero de la deuda originada por lanegociacion de los bonos y por ello podrá devengaruna comisión que no exceda de un cuarto del uno porciento (1/4 del 1%) anual, que se calculará sobre el monto de los bonos en circulacion el último día de cada mcs; este pago se hará con cargo al fondo globalde amortización.
COMISIONES: DECRETO NUMERO 97-97En la intermediación financiera de la negociacion de los bonos, el Ministerio de Finanzas Públicas podráreconocer una comisión, la cual será determinada en funcion del piazo de cada operación y del mercadoEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAdonde negocie estos valores.
PLANES DE AMORTIZACION CONSIDERANDO: Y DE APROVISIONAMIENTO: EI Ministerio de Finanzas Públicas y el Banco deQue la reforma de los sectores de infraestructura y del entomo para la inversion constituyeGuatemala formularán el plan de amortización y elun compromiso economico contenido en el programa de gobierno 1,996-2,000, por lo cualplan de aprovisionamiento para alimentar el Fondola actual administración gubernamental impulsa el "Programa de Reforma Sectorial eGlobal de Amortización El Banco de Guatemala,Infraestructura e Inversión", el cual será basado fundamentalmente en la implementación deseparará de la cuenta "Gobierno de la República-reformas a los sectores de telecomunicaciones, electricidad, aviacion civil, hidrocarburos yFondo Comun", sin tramite previo ni posterior, losel entorno para la inversion.
recursos para la amortización del principal, intereses,comisiones y demas gastos imputables al servicio de CONSIDERANDO:la deuda y a la negociacion de los bonos. Para el caso de los bonos en dólares de los Estados Unidos deQue el Gobierno de la República consciente de la necesidad de ejecucion del requeridoAmerica, se autoriza al Ministerio de Finanzasprograma ha gestionado, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, la suscripciónPúblicas la constitución de un fondo de amortizaciónde dos Contratos de Préstamo con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para elen esa moneda, en el interior 0 exterior del pais, parafuncionamiento parcial del referido programa y contando con el dictamen favorable dello cual se deberá aprovisionar el monto de divisasOrganismo Ejecutivo emitido por la Comision Interinstitucional para la Agilizacion de lacorrespondiente al calendario de pago con cargo a laCooperación Internacional -CIACI-, y la opinion favorable de la Junta Monetaria contenidacuenta "Gobierno de la República-Fondo Común". en la resolucion JM-319-97, es procedente emitir la disposicion legal que lo apruebe.ARTICULO 5. Los recursos provenientes de la presente ampliación, serán destinadosCONSIDERANDO:con exclusividad a la Corte Suprema de Justicia y el Organismo Judicial, para la atención apelaciones. de sus programas de incrementos salariales, creacion de nuevos juzgados y salas deQue el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, para el Ejercicio fiscal 1,997,fue aprobado antes que se conocieran los compromisos financieros contraidos con laaprobación del contrato de prestamo, no fue posible prever los recursos financieros para laARTICULO 6.
Se delega a la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia y delimplementación del Programa de Reforma Sectorial en Infraestructura e Inversion, lo queOrganismo Judicial, para que instruya a la Tesoreria de dicho Organismo en coordinacionobliga a ampliar la emision, negociacion y amortización de Bonos del Tesoro 1,997 y elcon el Ministerio de Finanzas Públicas, a fin de que realice las operaciones presupuestariasPresupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 1,997.necesarias a efecto de que se acredite a su presupuesto de conformidad con el presentedecreto, con lo cual, el presupuesto del Organismo Judicial asciende a la cantidad dePOR TANTO: doscientos setenta y siete millones seiscientos cuatro mil doscientos cuarenta y tresquetzales con cincuenta y un centavos (Q.277.604,244.00). En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) e i) del artículo 171 de laConstitucion Política de la República de Guatemala.ARTICULO 7. La Corte Suprema de Justicia, hará la distribución analítica por objeto y renglón especifico del gasto de los recursos provenientes de la presente ampliacion, y laDECRETA:Tesoreria de dicho Organismo deberá incorporar a los rubros 0 renglones correspondientes,los créditos necesarios para incrementar el saldo de los mismos. Artículo 1. Autorizar al Organismo Ejecutivo para que, por medio del Ministerio deFinanzas Públicas, concluya la negociacion y suscriba los Contratos de Préstamo con elARTICULO 8. El presente decreto entrará en vigencia el día siguiente de suBanco Interamericano de Desarrollo en los términos establecidos en los mismos ypublicacion en el diario oficial.
basicamente bajo las siguientes condiciones financieras:1916 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Octuhre 17 de 1997 NUMERO 57
A. CONTRATO DE PRESTAMO NUMERO 1014/OC-GU: ARTICULO 4. Ampliacion del Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio iscal 1997. Se amplia el presupuesto general de egresos del Estado, para elMONTO: Hasta cien millones de dolares de los Estados Unidos de ejercicio fiscal 1997, por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES América (US$100,000,000.00). SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS QUETZALES
EXACTOS 189.065,872.00), en la forma siguiente:
MONEDA DE
DESEMBOLSO Y CONCEPTO MONTO REEMBOLSO: Dólares de los Estados Unidos de America. (En Quetzales) DESTINO: Cooperar en la ejecución de: a) un programa sectorial de Obligaciones del Estado con cargo al Tesoro 184.647.600,00 inversiones; y b) un proyecto de importaciones elegibles. Ministerio de Economia 2.091.168.00
PLAZO: Veinte (20) años, incluyendo cinco (5) años de gracia. Reforma del Entorno para la Inversión 2.091,168.00
PERIODO DE Ministerio de Comunicaciones, Transporte, DESEMBOLSO: Tres (3) años a partir de la fecha de vigencia del contrato. Obras Públicas y Vivienda 1.790.327.00 Direccion General de Aeronáutica Civil 1.790,327.00
TASA DE INTERES: Variable, calculadas semestralmente, que se determinará por Reforma al Sector de Aviacion Civil 1.790,327.00
el costo de los empréstitos unimonetarios calificados para el semestre anterior más un diferencial, expresado en términos Ministerio de Energía y Minas 536,777.00 de un porcentaje anual, que el BID fijará periódicamente de Direccion General de Hidrocarburos 536,777.00 acuerdo con su política de tasas de interes. Reforma del Sector Hidrocarburos 536,777.00
AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible TOTAL 189.065.872.00 iguales, la primera de las cuales será pagadera transcurridos sesenta y seis (66) meses de la fecha de suscripción del ARTICULO 5. Ampliacion de la Emisión de Bonos del Tesoro del Ejercicio Contrato. Fiscal 1997. Con base en la opinion favorable de la Junta Monetaria y el dictamen número CIACI-12/97 de la Comisión Interistitucional para la Agilizacion de la Cooperacion COMISION Internacional, se aprueba la ampliacion de la emision, negociacion y amortización de Bonos DE CREDITO: 0.75% anual sobre el saldo de desembolsado. del Tesoro Ejercicio Fiscal 1997, por un monto de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL QUETZALES (Q.1.800,000.00), bajo los mismos términos aprobados en el Decreto COMISION DE Número 108-96 del Congreso de la Republica, cuyo destino será financiar, en el ejercicio INSPECCION Y fiscal 1997, los gastos de contrapartida del Gobierno de la República de Guatemala, en laVIGILANCIA: US$1,000,000.00 desembolsado en cuotas trimestrales y en lo ejecución del Programa Reforma Sectorial en Infraestructura e Investigacion.posible iguales en el período de desembolsos.
ARTICULO 7. Para la ejecucion de la ampliación contenida en el Artículo 3 del presente decreto, se faculta al Organismo Ejecutivo para que a través del Ministerio deB. CONTRATO DE PRESTAMO DE COOPERACION TECNICA NUMERO Finanzas Públicas, apruebe la distribución en detalle, según requerimiento de los1015/OC-GU: Ministerios de Economia; Comunicaciones, Transporte, Obras Públicas y Vivienda; Energia y Minas; y Obligaciones del Estado a cargo del Tesoro, por medio de acuerdoMONTO: Hasta sicte millones seiscientos cincuenta mil dólares de los gubernativo, debiendo designar las partidas especificas. Para el presente caso, el acuerdo Estados Unidos de America (US$7,650,000.00). gubernativo podrá ser refrendado únicamente por el Ministerio de Finanzas Públicas. MONEDA DE ARTICULO 8. El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicacion en elDESEMBOLSO Y diario oficial.
REEMBOLSO: Dólares de los Estados Unidos de America.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, DESTINO: Cooperar en la ejecución de un programa de asistencia técnica PROMULGACION Y PUBLICACION. de apoyo para la reforma sectorial en infraestructura e inversión. DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE OCTUBRE
PLAZO: Veinte (20) años, incluyendo tres (3) años de gracia. DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE.
PERIODO DE DESEMBOLSO: Tres (3) años, a partir de la fecha de vigencia del contrato.
TASA DE INTERES: Variable, calculada semestralmente, que se determinará por el ARABELLA CASTRO QUINONEScosto de empréstitos calificados para el semestre anterior, PRESIDENTA más un diferencial, expresado en términos de un porcentaje anual, que el BID fijara periódicamente de acuerdo con su política de tasas de interes.
AMORTIZACION: Mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguale; la primera de las cuales será pagadera transcurridos cuarenta y dos (42) meses de la fecha de suscripción del
Contrato.
ANGEL MARIO SALAZAR MIRON MAURICIO/LEON CORADO COMISION DE SECRETARIO SECRETARIO CREDITO: 0.75 anual sobre saldos no desembolsados. DF LA
COMISION DE COMERESOREPUBLICAINSPECCION Y VIGILANCIA: US$75,500.00 desembolsados en cuotas trimestrales y en lo posible iguales durante el período de desembolsos. ARTICULO 2. ) AmericaCumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato de Centist Préstamo. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del presente empréstito estarán a cargo del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para lo cual deberá prever las asignaciones presupuestarias
correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la total cancelacion de la deuda. ARTICULO 3. Ampliación del Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 1997. Se amplia el presupuesto general de ingresos del Estado, para el ejercicio fiscal 1997, por la cantidad de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES PALACIO NACIONAL: Guatemala, dieciseis de octubre de mil novecientos SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS QUETZALES noventa y siete. EXACTOS (Q.189.065,872.00), en la forma siguiente:
PARTIDA CONCEPTO MONTO DE
(En Quetzales) PUBLIQUESE Y CUMPLASE27 Endeudamiento público interno 1,800,000.00 REPUBLICA27.3 Colocacion de obligaciones de deuda pública interna de largo plazo 1.800,000.00 CO:TEMALA.Bonos del Tesoro Ejercicio Fiscal 1997 1.800,000.00 28 Endeudamiento Pública Externo 187.265.872.00 ARZU IRIGOVEN 28.4.120 Obtención de Préstamos Externos a Largo Plazo 187.265,872.00 28.4.120.58 Préstamo BID 1014/OC-GU 184,647,600.00 28.4.120.59 Préstamo BID 1015/0C-GU 2,618,272.00 José jandro Arevalo Alburez