Decreto 574 de 1990
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 574 de 1990
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 1990
DECRETO 574 DE 1990
DIARIO OFICIAL. AÑO CXXVI. N. 39230. 12, MARZO, 1990. PÁG. 4.
DECRETO 574 DE 1990
(marzo 12) por el cual se reglamenta el artículo 11 de la Ley 22 de 1985. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 3 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° El derecho de realizar dos (2) sorteos anuales, con premios en dinero, de que trata el artículo 11 de la Ley 22 de 1985, corresponde a cada una de las Intendencias y Comisarías, cuyos derechos son administrados por la Lotería de los Territorios Nacionales conforme a lo previsto en el Decreto 766 de 1964. Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a 12 de marzo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Salud, Eduardo Díaz Uribe. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. E., a 12 de marzo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Salud, Eduardo Díaz Uribe. El Jefe del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, Carlos Enrique Garzón González.