Decreto 575 de 2026
Presidente de la República
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 575 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
DECRETO 575 DE 2026
DECRETO 575 DE 2026
(junio 04) Por el cual se delegan las funciones legales y unas funciones constitucionales.
E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente
Los datos publicados en SUIN -Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y juris prudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y,
CONSIDERANDO:
Que el presidente de la República se trasladará el día 9 de junio de 2026 a la ciudad de Nueva YorkEstados Unidos de Norteamérica, con el fin de participar en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
Que el regreso a Colombia será el 11 de junio de 2026.
Que de conformidad con el artículo 196 de la Constitución Política, ¨cuando el presidente de la República se traslade al territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el presidente le delegue, tanto aquellas que le son propias como las que ejerce en su calidad de jefe de gobierno. El ministro delegatorio pertenecerá al mismo partido o movimiento político del presidente¨.
responsabilidad las funciones constitucionales que el presidente le delegue, tanto aquellas que le son propias como las que ejerce en su calidad de jefe de gobierno. El ministro delegatorio pertenecerá al mismo partido o movimiento político del presidente¨.
Que mediante certificación de fecha 15 de enero de 2025, suscrita por la Secretaria General del Movimiento Político Colombia Humana, se informó ¨que GERMAN ÁVILA PLAZAS, identificado con cédula de ciudadanía número 19437985 de Bogotá, funge como Militante de nuestro movimiento.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como ministro delegatorio.
DECRETA: Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerados del presente decreto, deléguense en el ministroDECRETO 575 DE 2026
de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales:
1. Artículo 129.
2. Artículo 138, inciso 5°.
3. Artículo 150, numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al presidente de la República.
4. Artículos 163,165,166,167.
5. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 2,5,6 y7.
6. Artículos 200, 201 y 202.
7. Artículos 213, 214 y 215.
5. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 2,5,6 y7.
6. Artículos 200, 201 y 202.
7. Artículos 213, 214 y 215.
8. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2 °. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.