Decreto 58-1991-2
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 58-1991-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1991
CENTRO Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala TOMO CCXLI DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA GUATEMALA, VIERNES 12 DE JULIO DE 1991 NUMERO 74
Director: Oscar A. Reyna Administradora: Alma Liliana Garcia SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ARTICULO -Destino El dinero que se perciba en virtud del impuesto extraordinario y de la emisión y colocación de los bonos, ambos creados por esta ley, so utilizará y aplicará por el fisco. exclusivamente en los ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA siguientes ramos y actividades de la administración pú-
blica:
DECRETO NUMERO 58-91
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA EDUCACION Y SALUD: Hasta doscientos ochenta millones de quetzales (Q.280 000 000 00) 0 el monto que El Congreso ve la República de Guatemala, resulte del cuarenta por ciento (40%) del total de loDECRETO NUMERO 58-91 recaudado como inversión mínima y aproximadamente CONSIDERANDO: por mitades cada uno de dichos ramos ORGANISMO EJECUTIVO Que la situación de las finanzas públicas es actualmente INFRAESTRUCTURA FISICA: Hasta ciento cuarents deficiente a tal grado que el Gobierno de la República millones de quetzales (Q.140 000 000 00) 0 el monto que resulte del veinte por ciento (20%) del total de lo rese encuentra imposibilitado no tan sole de cumplir con MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL caudado como inversión mínima. las obligaciones inherentes al Estado, en el campo eduSEGURIDAD PUBLICA CIVIL: Hasta veintiún micativo y de salud, sino también de emprender progra-Confiérese la condecoración Cruz de Mérito Militar de II llones de quetzales (Q.21 000 000 00) O el monto que reClase. al Teniente Coronel de F.A. P.A. DEMA Sergio mas y acciones que exijan inversiones importantes; sulte del tres por ciento (3%) del total de la recauAlejandro Escobar Juan. dado como inversión mínima. En este ramo el gasto será Confiérese la condecoración "CRUZ DE MERITO MILICONSIDERANDO: en equipamiento, reparaciones y reposición de equipo físico. TAR DE II CLASE", al Coronel de Infantería DEM. Mario Denis Morán Echeverría. Que tales deficiencias han imposibilitado al Gobierno DEUDA PUBLICA EXTERNA: Hasta doscientos cinde la República dar el servicio necesario a la deuda cuenta y nueve millones de quetzales (Q.259 000 000 00) pública, tanto la exterior como la deuda flotante inO el monto que resulte del treinta y siete por ciento terior, por lo que se hace indispensable recurrir a un (37%) del total de recaudado como inversión mínima. MINISTERIO DE ECONOMIA medio extraordinario que permita la regularización de En la ejecución de la asignación de egresos de funConcédese a THE BETA COMPANY la patente de inlas finanzas públicas. lo cual debe hacerse en forma cionamiento, de inversión y de servicio de la deuda pú- vento denominado: "CAMARAS PARA CARTUCHOS que no recaiga sobre los sectores populares y mayoblica, se aplicarán las normas presupuestarias establecidas en el Decreto número 67-90 del Congreso de laPARA ARMAS DE FUEGO". ritarios; República. Además, no se podrá efectuar transferencias ni asignaciones presupuestarias de ninguna índole de CONSIDERANDO: los saldos resultantes sin previa autorización del ConMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES greso de la República, para cuyo efecto y control el Que es deber de los guatemaltecos contribuir a los Ministerio de Finanzas Públicas, deberá publicar en el gastos públicos en la forma prescrita por la ley y ésta Diario Oficial, el acuerdo gubernativo de la distribuciónInstrumento de Ratificación del Gobierno de Guatemala, debe abarcar a todos los habitantes de la República y analítica de las asignaciones de la ampliación de los dis-del Convenio de Financiación entre la Comunidad también a toda persona, natural O jurídica, O sujeto de tintos sectores, establecidos en la presente ley.Económica Europea y la República de Guatemala, en cualquier otra clase, de la nacionalidad que fuere, queapoyo a la transformación agraria en la región del tenga fincado patrimonio en el país O que perciba beARTICULO 3.-Sujetos Obligades. Están obligados apacífico denominada Montellano y San Carlos Málaga,
suscrito en Bruselas, Bélgica, el 25 de abril de 1988; y neficios provenientes de actividades económicas realizapagar el impuesto extraordinario creado por esta ley, das en Guatemala;texto del citado Convenio. los siguientes sujetos: CONSIDERANDO: a) Las personas jurídicas que realizan actividades de carácter lucrativo de cualquier naturaleza; PUBLICACIONES VARIAS Que la Constitución Política establece que corresponb) Las personas individuales que realizan actividadesde al-Congreso de la República, decretar Impuestos Exde carácter lucrativo por cuenta propia; JUNTA MONETARIA traordinarios y Emisión de Bonos conforme las necesidades del Estado y que el sistema tributario debe ser c) Las personas individuales que prestan servicios en RESOLUCION JM-237-91 justo y equitativo. siendo las leyes que lo integran es.- relación de dependencia y quienes ejerzan profetructuradas conforme al principio de capacidad de pago, siones liberales en forma independiente; d) Las personas individuales V jurídicas que obtenANUNCIOS VARIOS POR TANTO, gan ingresos de cualquier fuente guatemalteca; En ejercicio de las atribuciones y facultades que lee) Los entes, patrimonios. bienes O conjuntos de bieMatrimonios Línea de transporte. Constituciones confieren los incisos a) e i) del Artículo 171 y 239, amnes, aunque carezcan de personalidad jurídica. tade sociedad. Modificaciones de sociedad Disobos de la Constitución Política de la República de Guales como fideicomisos, contratos en participación,
lución de sociedad. Patentes de invención. Retemala, las copropiedades, las comunidades de bienes, las gistro de marcas. Títulos supletorios. - Edictos. sociedades irregulares, las sociedades de hecho, los Remates. encargos de confianza 0 de gestión de negocios, los DECRETA: patrimonios hereditarios y cualquier otra masa semejante de bienes. También estan obligadas alCiusa Asesoría y Representaciones, S. A. Balance GeLa siguiente: pago las sucursales, agencias O establecimientosneral al 30 de junio de 1983. permanentes de empresas O personas extranjeras Fianzas El Roble S. A.-Balance General Condensado LEY DE IMPUESTO EXTRAORDINARIO Y DE que operan en el país y las demás unidades productivas 0 económicas que dispongan de patrimo-al 31 de diciembre de 1990. EMISION DE BONOS DEL TESORO nio, asi como todas las organizaciones de personas Consejeros de Viajes, S. A. Balance General al 30 de EMERGENCIA 1991 O conjuntos de patrimonios en todos los casos que junio de 1985. generen ingresos brutos por actividades lucrativas. ARTICULO 1.-Objetos. La presente ley se emiteServicio de Equipo, Si A. - Balance General al 30 de Tendrán responsabilidad solidaria con los entes men-para los siguientes propósitos:junio de 1983. cionados precedentemente: "Compañía Comercial e Industrial Electro Gas de Guaa) Establecer un impuesto extraordinario a ser pai) Los padres, tutores 0 representantes legales de
temala. S. A." Balance General al 30 de junio de gado por una sola vez, en la forma, por la cuantía menores 0 incapaces y los conyuges que ejerzan 1985. y en el tiempo que se detailan en esta ley; la administración del haber conyugal; Industria Centroamericana de Sanitarios, S. A. Balanb) Autorizar al Organismo Ejecutivo para que emita, ii) Los liquidadores de las quiebras, concursos sociece General a] 31 de diciembre de 1982 negocie. coloque. amortice y pague titulos valores dades 0 cualquier otro negocio en liquidación; representativos de empréstitos al fisco denominados Radio City, S. A. - Balance General del 10 de julio de "Bonos del Tesoro de Emergencia Económica 1991". iii) Los albaceas y a falta de éstos, el cónyuge supérstite O la persona legalmente designada para1984, al 30 de junio de 1985 representar a los herederos o legatarios, dentroEntre ambos conceptos se espera recaudar, por conde los límites legales; Centro de Estudios Económicos y Consultorías. S. A. -- ducto del Ministerio de Finanzas Públicas. hasta SeteBalance General al 31 de diciembre de 1983. cientos Millones de Quetzales (9,700 000 000 00). iv) Los fiduciarios:1594 DIARIO DE GENTRO AMERICAJulio 12 de 1991 NUMERO 74 v) Los ejecutivos o gerentes de empresas y los mandatarios con facultades General de Rentas Internas, en sus administraciones departamentales en los
para disponer de los bienes y asumir obligaciones de las personas bancos que para el e'ecto hayan sido habilit dos. En el caso que el sujeto obligado jurídicas. Asimismo, los administradores de patrimonios y los gestores 0 opte por pagar en doce mensualidades, estas deberán ser iguales y consecutivas, sid representantes legales de las copropiedades 0 establecimientos a que se recaigo intereses y la primera de ellas deberá cancelarse al vencimiento ddlrefiere el literal "e)" de este artículo, respecto de los ingresos que primer mes de vigencia 08 esta icy , ias once (11) restantes por mes vencidoobtengan en el pais 0 de su active neto total 0 pertenecientes a sus contar del vencimiento de la primera cuota.mandantes 0 representados, independientemente de la nacionalidad, residencia 0 domicilio de estos ultimos, cuando en el ejercicio de sus funciones están en condiciones legales para determinar y hacer efectivo A las personas individuales afectas a esta ley cuyos ingresos brutos se obtengan exclusivamente en relacion de dependencia, el empleador les deberáel pago del monto del impuesto. retener de sus remuneraciones la cantidad suficiente para el cumplimiento de su obligacion de pago. Dicha retención deberá efectuarse en doce (12) cuotasvi) Las personas individuales 0 jurídicas que integran sociedades irregulares mensuales, iguales y consecutivas, al hacerse efectivas dichas remuneraciones Y ay sociedades de hecho; partir de las devengadas durante el mes calendario correspondiente al primer mes
de vigencia de esta ley y enterarse en la Direccion General de Rentas Internas, susvii) Los agentes de retención. Para los efectos de esta ley son agentes de administraciones departamentales y bancos habilitados, dentro de los diez (10) diasretencion, quienes al pagar 0 acreditar ingresos gravados a los habiles del mes siguiente de efectuada cada retencion. En este concepto, elcontribuyentes, están legalmente obligados a retener de dichos ingresos empleador tendra el carácter de agente responsable, solidario con el obligado.una parte para pagar el impuesto a cargo del obligado, sea en carácter de pago a cuenta 0 como definitivo; y Las personas individuales afectas a esta ley que obtengan ingresos por relacion de dependencia y además de otras fuentes, no serán objeto de retenciónviii) Los agentes de percepcion. Para los efectos de esta ley son considerados tales quienes por participar CO actos de pago O remesas, intervienen a por su empleador, si acreditan haber presentado la declaracion jurada especial y haber efectuado 0 estar efectuando los pagos resultantes de esta.requerimiento de quien paga el impuesto y deben, por disposicion legal, percibir el impuesto y enterario al fisco. Las dependencias, entidades y empresas del sector publico actuarán como Quedan exceptuados de la obligacion a que se refiere esta ley: agentes de retencion a efectos del pago del impuesto establecido en esta ley y la retencion se aplicará sobre los pagos que efection, sea por salario, dietas, gastos de i) Los Organismos del Estado y sus entes' autónomos 0 descentralizados, las representacion y demás prestaciones 0 por relaciones contractuales de prestación de
servicios personales que no tipifiquen una relacion laboral.municipalidades y sus empresas. No obstante, las personas jurídicas formadas con capitales mixtos del Estado y de particulares, están obligadas al pago del impuesto. ARTICULO 6. Declaracion jurada especial. Toda persona obligada al ii) Las universidades legalmente autorizadas. cumplimiento de esta ley. con inclusion de las personas individuales a quienes se les efectuen retenciones, dentro del primer mes de vigencia de esta ley, deberán iii) Las asociaciones O fundaciones no lucrativas legalmente autorizadas e presentar anle la Direccion General de Rentas Internas, una declaracion jurada inscritas como exentas ante la Direccion General de Rentas Internas y especial en cl rmulario que proporcionará la misma Direccion. En dicha que tengan por objeto la caridad, la beneficencia, la asistencia 0 el declaracion se determinará el monto de los ingresos brutos, 0 del activo neto total, según corresponda, del sujeto declarante.servicio social, las culturales, cientificas, de educacion 0 instruccion, las artisticas, literarias, deportivas, politicas, profesionales, sindicales, gremiales, religiosas y los colegios profesionales, siempre y en tanto que Los datos consignados en la declaracion jurada especial están sujetos a la totalidad de sus ingresos y su patrimonio se destinen exclusivamente a comprobación por los entes fiscalizadores y basta que transcurra el perfodo de prescripcion de la obligacion.los fines de su creacion y que en ningon caso distribuyan, directa 0
indirectamente, utilidades, repartos O bienes a sus afiliados 0 integrantes. Bajo la responsabilidad personal del Director General de Rentas Internas. el iv) Las cooperativas legalmente constituidas. formulario mencionado será entregado gratuitamente y sin demoras, a toda persona que to solicite, en la capital 0 en los departamentos en la respectiva cabecera en la administracion de rentas, verbalmente 0 por escrito, y sin ninguna otra formalidad v) Las personas individuales O jurídicas que perciban remuneraciones por 0 estropiezo. EI formulario será redactado conforme el reglamento de esta ley en servicios técnicos prestados al Gobierno de la República O a instituciones términos sencillos y de facil comprension. oficiales, siempre que dichas remuneraciones fueren pagadas por gobiernos O instituciones extranjeras 0 internacionales. ARTICULO 7. Determinación de oficio del monto del impuesto. En los casos en los cuales los sujetos obligados al pago del impuesto creado por esta ley ARTICULO 4. Modo de determinar la cuantia del Impuesto. El Monto del no presentaren la declaracion jurada especial en el plazo a que se refiere el artículo impuesto a pagar se determina conforme las siguientes normas: anterior, 0 en los casos cuando los sujetos obligados no paguen el importe total del impuesto, de los bonos 0 alguna 0 algunas de las cuotas en el tiempo y forma a) Para las personas juridicas y para las individuales propietatias de indicada en el Artículo 5 de esta ley, la Direccion General de Rentas Internas, empresas que realicen actividades lucrativas y que están obligadas por procederá a determinar de oficio el monto del impuesto pendiente de pago.
ley a llevar contabilidad completa, asi como los obligados a los cuales se refiere el inciso c) del Artículo 3 de esta Ley, el equivalente al uno por Si no se presentare la declaracion jurada especial, se aplicara el uno por ciento (1%) del total de los ingresos brutos devengados 0 el equivalente ciento (1%) sobre la base del total que sca mayor, de los ingresos brutos 0 del al uno por ciento (1%) del activo neto total, la cifra que sea la mayor de activo neto total, consignados en la ultima declaracion jurada presentada del ambas. Para las personas jurídicas cuya fiscalización este a cargo de la impuesto sobre la renta y en este caso se requerirá concediendo audiencia por cinco Superintendencia de Bancos, se aplicará sobre los ingresos brutos (5) dias al sujeto obligado a enterar el importe del impuesto adeudado, con adicion devengados y efectivamente percibidos en el periodo anual indicado en de los intereses y multas establecidas mas adelante en esta ley. dentro del plazo de esta ley, 0 bien sobre el activo neto total CO el mismo periodo, el que sea diez dias. Si no se hiciere efectivo el pago del impuesto ast liquidado, se iniciarajuicio económico coactivo para el cobro del total adeudado.mayor de ambas cifras. Para los efectos de esta ley, el activo neto total será el monto total del En los casos en los cuales no se bubiere presentado la declaracion jurada activo, según e! balance general cuando proceda, al cierre del periodo especial prevista en esta ley, ni se hubiere hecho declaracion relativa al impuesto
anual terminado CO cualquier fecha del año de mil novecientos novents sobre la renta para el periodo vencido co 1990, la Direccion General de Renta (1990). menos las depreciaciones acumuladas. Para quienes hubiesen Internas exigira la presentación de dicba declaracion el pago del impuesto dentr iniciado actividades CO fecha posterior al primero (10.) de enero de mil del plazo de diez dfas contados a partir del de la notificacion, previa audiencia ponovecientos novents (1990), el activo total estará constituido por el cinco dias al obligado. Si no se cumpliere con ello, la Direccion determinará d monto total del activo consignado en el balance de apertura y sin oficio los ingresos brutos y el activo neto total, a fin de establecer el monto de. considerar depreciaciones. impuesto a se refiere el Artículo 4 de esta ley, utilizando en lo qu. fuere aplicable, las facultades y elementos de fiscalizacion previstos en las leyeb) Para las personas individuales no incluidas CO el inciso anterior y para Ligentes y requerira el pago del impuesto omitido con los intereses y multa las que trabajen en relacion de dependencia, el equivalente al uno por correspondientes dentro del plazo de ocho dias, a contar partir del de ciento (1%) sobre la totalidad de los ingresos brutos anuales percibidos notificacion De no efectuarse el pago; se iniciara juicio economico coactivo. en el periodo correspondiente al ano de mil novecientos noventa (1990). Dichas personas quedan obligadas al pago del impuesto cuando el total La certificacion expedida por la Direccion General de Rentas Internas,
de sus ingresos excede la suma de treinta y seis mil quetzales (Q.36 previa notificacion al obligado, en la que conste la determinacion de oficio de la 000.00) en tal período. obligacion total constituirá título ejecutivo suficiente. Para los efectos de esta Ley, por ingresos brutos anuales se debe El monto de la obligacion que se establezca de oficio deberá hacerse entender el total de ingresos de fuente guatemalteca, babituales o no, efectivo totalmente, sin perjuicio de la comprobacion ulterior que se efectúe por la incluyendo ganancias, rentas, utilidades, beneficios, arrendamientos, Direccion General de Rentas Internas en la fiscalizacion del ejercicio de 1990 para intereses que no provengan de cuents bancaria de aborros y de bonos el puntual cumplimiento del pago del impuesto que establece esta ley públicos 0 privados, honorarios y prestaciones, sin excluir las ganancias de capital obtenidas por el sujeto durante su período anual terminado en En todo caso, previamente a dictar cualquier resolucion, la Direccion cualquier fecha del ado de mil novecientos noventa (1990). No se General de Rentas Internas, correrá audiencia por cinco (5) dias al sujeto afectado. incluyen en la consideracion de los ingresos brutos los dividendos 0 participaciones percibidos de personas juridicas. Para los sujetos que bayan iniciado actividades despues del primero (1o.) ARTICULO 8. Opcion para el page del Impuesto mediante la de enero de mil novecientos noventa (1990), la obligacion de pago del inversión en bonos. En el caso que el sujeto obligado al pago del impuesto creado
impuesto se determinará sobre la base de los ingresos brutos obtenidos por esta ley, desee invertir en Bonos del Tesoro Emergencia Economica 1991, " entre la fecha de iniciacion de actividades y el treinta y uno (31) de monto mínimo equivalente al doble de la cuantia de su obligacion determinada diciembre de mil novecientos noventa (1990), 0 el monto de su activo conforme lo establecido en el Articulo 4 de esta ley, quedara exento de la neto total, según el balance de apertura, cuando corresponda. obligacion de pagar el impuesto al comprar tales bonos en la cuantia indicada. En todo caso, cuando al determinarse el monto del impuesto a pagar resultare una fraccion menor de Cincuenta Quetzales (Q. 50.00), tal fraccion se ajustará a la ARTICULO 9.cincuentena inmediata superior. Condiciones para la adquisición de bonos: Las condiciones para la inversion en bonos son las mismas aplicables al pago del impuesto extraordinario, establecidas en los Articulos 4 y 5 de esta ley. Sin ARTICULO 5. Plazo para pagar el impuesto. El impuesto creado por embargo, si el pago de la totalidad de los bonos se efectua dentro del,primer mes esta ley debera ser pagado por los obligados deatro de los'doce (12) meses a contar de vigencia de esta ley, se aplicará un quince por ciento (15%) de descuepto.com la de la fecha de la vigencia de esta ley. El pago debera bacerse en la Direccion suma a pagar y sin que ello afecte el valor nominal de los bonos.NUMERO 74 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Julio 12 de 1991 1595
Para el pago de los bonos se establece un plazo máximo de seis meses (6) ARTICULO 13. Agente financiero. EI Banco de Guatemala actuará como debiendose hacerlo en seis mensualidades iguales y consecutivas, sia recargo de agente financiero para la emision y colocacion de los bonos y administracion de la intereses. La primers de dichas cuotas mensuales deberá bacerse efectiva dentro deuda y percibirá una comision de un decimo del uno por ciento 1/10 del 1%) del primer mes de vigencia de esta ley y las cinco restantes por mes vencido a anual, que se calculará sobre el incremento measual del monto total que se conter de la fecha del primer pago. reportará a cada oltimo día del mes. Este pago se bará COD cargo al Fondo Global de Amortizacion. Las personas no obligadas por esta ley y que desean bacerlo, podrán adquirir bonos en cualquier cuantia y si lo bacen dentro del primer mes de vigencia de esta ley, recibiran el descuento establecido anteriormente. ARTICULO 14. Fondos privativos. El producto de la emision, negociacion y colocación de los bonos autorizados por esta ley y del impuesto extraordinario establecido por esta ley, deberá ser situado a la orden de la Tesoreria Nacional, CD ARTICULO 10. Características de los bones: Los bonos serán denominados la Cuenta "Gobierno de la República-Fondo Comun", de donde se trasladarán a de Emergencia Economica 1991 y tendrán las siguientes características: cuenta especifica que constituira fondos privativos. a) Plazo: El plazo de vigencia de los bonos para llegar a su madurez y fecha de
pago y redencion es de siete años (7) a partir de la fecha de su emision. ARTICULO 15. Planes de amortización y de aprovisionamiento. El Bauco de Guatemala y el Ministerio de Finanzas Públicas formularán el plan de h) Tasa Y forma de DAEO de los intereses: Los bonos devengarán intereses a la tasa amortizacion y el plan de aprovisionamiento para alimentar el Fondo Global de del ocho por ciento (8%) anual durante los dos primeros años de su vigencia Amortizacion, de acuerdo con las características especiales de estos bonos. Dicho contados desde la fecha de su emision. A partir del lercer año de su vigencia, banco en su carácter de agente financiero, separará de la cuenta "Gobierno de la la tasa de interes será igual a la del promedio ponderado de las tasas de intereses Republica-F Comon, sin tramite previo ai posterior, los recursos para la pasivos pagados por los bancos privados sobre todas las cuentas de aborro y será amortizacion del principal, intereses, comisiones y demás gastos imputables al determinada por el Ministerio de Finanzas Públicas sobre la base de la servicio de la deuda y a la negociación de los bonos. informacion que le suministrará la Superintendencia de Bancos. Los intereses serán pagados, sin requerimiento alguno, trimestralmente por el Banco de Durante los dos primeros años deberá cubrirse los intereses y durante losGuatemala 0 por los bancos privados los cuales habilite para esta funcion, a la posteriores cinco años, capital e intereses asignando en cada ejercicio fiscal elentrega del respectivo cupón vencido. veinte por ciento (20%) del total de la deuda hasta su pago total.
Los recursos del Fondo así constituido, deberán invertirse en Bonos del c) Emision. Los bonos serán colocados en el mercado interno a las personas que Tesoro a una tasa de interes igual a la que percibe el Banco de Guatemala por lalos paguen, a su valor nominal, salvo Unicamente el caso especificado adquisicion directs de Bonos del Tesoro. anteriormente en esta Ley. Tambien podrán ser colocados por el fisco en el mercado de valores. Seran fechados al día de su Emision. d) Titulos. Los titulos de los bonos se emitiran a la orden de la persona que los ARTICULO 16. Comprobación del cumplimiento. A partir del treinta de junio pague, en forma nominativa O al portador, a eleccion de la misma persona. de mil novecientos novents y dos, y hasta el treinta de junio de mil novecientos Bajo la responsabilidad personal del Director General de Rentas Internas, la noventa y cuatro las instituciones financieras, públicas y privadas en los contratos que entrega se bara sin necesidad de requerimiento, en la Direccion General, en el celebren con personas naturales 0 juridicas del sector privado deberán exigir la Banco de Guatemala O en sus sucursales 0 en las Administraciones presentación del atestado que compruebe el cumplimiento de sus obligaciones conforme Departamentales de Rentas. No podrá mediar un lapso mayor de quince dias esta ley y siempre que en tales contratos se determinase O resultase una cuantia mayor despues del pago total y la entrega del titulo 0 títulos. Los títulos nominativos de treinta y seis mil quetzales (Q.36,000.00). En el contrato se hara merito de la
serán transmisibles por endoso y los al portador por la mera tradicion y tambien presentación de dicho atestado y de no presentarse no podrá otorgarse el contrato en por los medios del derecho civil. cuestion. salvo que alguno de los otorgantes manifiesta en declaracion jurada CO el mismo instrumento notarial, que no está obligado al pago del impuesto. En este caso el e) Amortizacion. Los bonos serán amortizados y pagados. sin requerimiento notario dara aviso de tal circunstancia a la Direccion General de Rentas Internas, alguno, a partir del inicio del tercer año de su vigencia, en cinco cuotas anuales dentro del plazo de tres días de baber recibido dicho juramento, de no hacerlo, el y consecutivas, computadas a partir de la fecha de su emision y en la fecha de notario será sancionado con una multa de un mil quetzales (Q.1,000.00) determinacion del trimestre natural más cercana seguida al aniversario de dicha fecha de emision. Sin embargo, el Estado podrá amortizar y pagar total 0 parcialmente los bonos que se encuentren en circulacion, en cualquier tiempo Los notarios que autoricen contratos entre particulares cuyo monto sea mayor de antes de la fecha de su vencimiento. En este ultimo caso, de ser pago parcial, treinta y seis mil quetzales (Q.36,000.00) deberan hacer mérito del alestado que los bonos a pagar serán determinados mediante sorteo público. A partir de la compruebe el cumplimiento por los otorgantes de sus obligaciones bajo esta ley. La fecha declarada de pago anticipado, los bonos dejarán de percibir intereses. violacion de este precepto hace al notario solidariamente responsable del pago de laobligacion no satisfecha.
f) Exencion de Impuestos. La enajenacion, transferencia, amortización 0 negociacion de los bonos y de sus intereses están libres de todo impuesto, tributo, carga 0 gravamen vigentes 0 que se crearen en el futuro. ARTICULO 17. Infracciones, saucious . intereses resarcitories. EI incumplimiento por parte de las personas individuales O juridiess y demás sujetosg) Cupones. Los títulos de los bonos llevarán adheridos V así se entregarán, indicados ca esta ley, CO su carácter de obligados O agentes de retencion por elcupones que serviran para cobrar y percibir las amortizaciones y los intereses. page del impuesto extraordinario D en su caso la inversion de bonos y demás Estos últimos serán siempre al portador. obligaciones que se establecen CD la misma, será sancionado por la Direccion General de Rentas Internas, como sigue: h) Aplicacion para el pago de Tributos Después del tercer ano de su vigencia, los bonos. los cupones de bonos vencidos y el pago de intereses vencidos podrán a) For la presentación de la declaracion jurada especial efectuada después del aplicarse at pago y cancelación de cualquier tributo 0 impuesto cuya recaudacion primer mes de vigencia de esta ley, pero antes de cumplirse el sexto mes de este a cargo de la Direccion General de Rentas Internas. Para este efecto, el dicha vigencia, multa equivalente al diez por cieato (10%) del total de. la obligado al pago del impuesto 0 tributo, entregará a la dependencia receptora el obligacion de contribuir.
cupón de amortización vencidos y se procederá por la oficina receptora a practicar inmediatamente la liquidacion correspondiente como si tales valores b) For la presentación de la declaracion jurada especial, efectuada desputs del fuesen efectivo. Los cupones emitidos nominativamente deberan ser endosados dia de vencimiento del sexto mes de vigencia de esta ley, multa equivalente a favor del fisco por su titular. Los bonos podrán ser utilizados como garantia al veinte por ciento (20%) del total de la obligacion de contribuir. ante el estado 0 ante particulares. c) Por la no presentación de la declaracion jurada especial. 0 cuando 00 se presente esta. DO obstante el requerimiento de la Direccion, multa equivalente at cuarenta por ciento (40%) del total de la obligacion decontribuir. ARTICULO 11. Información y plazo para la entrega de comprobante de page total del impuesto extraordinario y/o de los bones. En el caso del pago total del impuesto extraordinario, la Direccion General de Rentas Internas, entregará al sujetod) Por no bacer efectivo el pago parcial 0 total de la