Decreto 58-2008-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 58-2008-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 2008
NÚMER045 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Guatemala, JUEVES 23 de octubre 2008 7
CONGRESO DE LA
REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 58-2008
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que con fecha 20 de febrero de 2006 se suscribió en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, el Protocolo de Reformas al Tratado Constitutivo delParlamento Centroamericano y Otras Instancias Políticas, instrumento que viene a coadyuvar en la modernización del foro regional centroamericano.
CONSIDERANDO: Que en sus normas, el Protocolo de Reforma no contraviene la Constitución Politica de la República de Guatemala, ni normas de nuestro ordenamiento legal vigente, po~ lo que es proced!lnte su aprobación. emitiendo en tal sentido le respectiva dleposiclón que aer lo establezca.
POR TANTO: En eíercicio de las atribuciones que le confieren lae literales a) y 1) del articulo 171 de la Constitución Polltica de la República de Guatemala, DECRETA: Articulo 1. Aprobar el Protocolo de Reformas al Tratado Constitutivo del Parlamento Centroamericano y Otras lnstanciH Polltioas, suscrito el 20 de febrero de 2008, en la éludad de
San Salvador, República de El Salvador. Articulo 2. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en l,m solo debate y entrará en vígenoia a loa ocho dlas de su publícací6n en el Diario Oficial. ·
más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en l,m solo debate y entrará en vígenoia a loa ocho dlas de su publícací6n en el Diario Oficial. ·
REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y
PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO Lf;GISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintidós de octubre del alfo dos mil ocho.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
COLOM CABALLEROS.
~~--- Roger Haroldo Rodu Melgar ..__ Ministro de Relaciones Exteriores
SECRETARIO GENERAL
DI LA PRESIDENCIA DE LA AEPU8LICA
(E-787 -2008)-23--octubre
ORGANISMO EJECUTIVO
® PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Acuérdase reformar al Acuerdo Gubernativo número 117-2008, de fecha 16 de abril de 2008, por medio del cual se creó el Programa de Inversión Social denominado Mi Familia Progresa.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 273-2008
Guatemala, 22 de octubre del 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSll)ERANDO Que la Constitución Polltica establece como deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la seguridad y el desarrollo integral de la persona, para lo cual debe adoptar las medidas que a su juicio ._n convenientes según lo demanden las necesidades y condiciones del momento. Por lo anterior el 16
Que la Constitución Polltica establece como deber del Estado garantizar a los habitantes de la República la seguridad y el desarrollo integral de la persona, para lo cual debe adoptar las medidas que a su juicio ._n convenientes según lo demanden las necesidades y condiciones del momento. Por lo anterior el 16 abril de 2008 se emitió el Acuerdo Gubernativo número 117-2008, que creó el Programa de Inversión Social MI Familia Progresa, con la finalidad de mejorar la calidad de vida de las famlllas que viven en condiciones de pobreza; mejorar los niveles de asistencia escolar de los nlnos de 6 a 15 anos; y, velar por la salud y nutrición de los ninos menores de 6 anos y de las mujeres embarazadas y lactantes. CONSIDERANDO Que con el propósito de dotar a dicho Programa de una estructura administrativa que le permita cumplir con sus funciones y objetivos para las que fue creado, es necesario reformar el Acuerdo Gubernativo citado en el considerando anterior, por lo cual se emite la presente disposición. POR TANTO En ejercicio de las funciones que le confiere el artlculo 183 literal e} de la Constitución Polltica de la República de Guatemala y con fundamento en el articulo 11 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo. ACUERDA Reformar al Acuerdo Gubernativo número 117-2008, de fecha 16 de abril de 2008, por medio del cual se creó el Programa de Inversión Social denominado Mi Familia Progresa. Articulo 1. Se reforma el artfculo 3, el cual queda asl: "Articulo 3. Ejecución del Programa. La ejecución del Programa MI Famllla
Mi Familia Progresa. Articulo 1. Se reforma el artfculo 3, el cual queda asl: "Articulo 3. Ejecución del Programa. La ejecución del Programa MI Famllla Prog1"11t9a estaré a cargo de la Secretarla de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia a través de la Oireccl6n Ejecutora del Programa Mi Familia Progre-. adscrita a dicha Secretarla y que se organiza en la forma siguiente:
l. DIRECCIÓN SUPERIOR DEL PROGRAMA MI FAMILIA PROGRESA
a. Consejo Directivo del Programa MI Familia Progresa b. Consejo Técnico del Programa MI Familia Progresa
IJ. DIRECCIÓN EJECUTORA DEL. PROGRAMA MI FAMILIA PROGRESA
a. Dirección Ejecutiva del Programa Mi Familia Progresa; b. Dirección Administrativa-Financiera del Programa MI Famllia Progresa; c. · Dirección de Recursos Humanos del Programa MI Familia Progresa; d. Dirección de Auditoria Interna del Programa MI Familia Progresa; e. Dirección de Asesorla Jurldlca del Programa MI Familia Progreaa; f. Dirección de Tecnologla de la información del Programa MI Famllia Progresa; , g. Dirección de lmplementaclón de Procesos del Programa Mi Familia Progresa; y, · h. Dirección de Monltoreo y Evaluación del Programa MI Familia Progreaa". Articulo 2. Se adiciona el articulo 3 bis, en la forma siguiente: "ART(CULO 3 bl•. INTEGRACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL PROGRAMA MI FAMILIA PROGRESA.,. El Consejo Directivo del Programa MI Familia Progresa estaré integrado por la méxima autoridad de las Instituciones siguientes:
"ART(CULO 3 bl•. INTEGRACIÓN Y FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL PROGRAMA MI FAMILIA PROGRESA.,. El Consejo Directivo del Programa MI Familia Progresa estaré integrado por la méxima autoridad de las Instituciones siguientes: )
1. La Secretarla de Obras Sociales de la Esposa del Presidente, quien lo preside;
2. El Ministerio de Educación;
3. El Ministerio de Salud Pública y Asistencia SOClal;
4. El Ministerio de Finanzas Públicas;
5. 6. La Secretarla de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia; y, La Secretarra de Seguridad Alimentarla y Nutricional. Los miembroe del ConeeJo Directivo oontarén con un suplente, el cual será designado por el Ministerio y/o Secretaría que representen. Tanto los miembros titulares como los suplentes desempenarén los cargos en forma ad honorem. La Convocatoria a las reuniones senil 1'9811zada por la autoridad que preside el Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.