Decreto 59-1974
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 59-1974
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1974
130 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Junio 26 de 1974 NUMERO 8 cutados; d) Los ingresos que perciba por el arrendamiento Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación d) Suscribir convenios de cooperación y asistende bienes de su prop.edad 0 los que se origiy cumplimiento. cia técnic con etros organismos e inst turen de sus prop.as actividades; Dado en el Palacio d.l Organisro Legisistivo, en ciones extranjeras, debiendo en todo caso e) Los ingresss que le as grará en el Presupuestola cuided de Guatema a les seis dias del mes tener la aprobación del Ejecutivo; del Estado. el Gobierno de la República, pua de ju 10 de mil novec.cntos setenta y cuntro. e) Aprobar la CO tratación de créditos interhos y el funcionamiento y ejecución de programas externos para financiar las (peraciones de de la entidad: MARIO SANDOVAL ALARCON, INAFOR: f) Los ingresos provenientes de la aplicación de Presidente. f) Aprobar la contratación. combramiento 0In Ley Foremal las transferencias que S2 moción y remoción de los assecres y empieahigan a su faver, las donaciones O contribuMARIATERESA F. DE GROTEWOLD, dos de alta categoria que pronongs Ct G.:- clones (u) perciba de out/dades públicas 0 Secretaria. rente General: privades para el cumplimiento de sus fines:
g) Aprobar el presupuesto anu'l de ingresos y g) Ios fendos provenientes de las ven.as a mer MANFREDO HEMMERLING MORALES. Secretario.egresos que deberá someterse at Ejecutivo: S nacional C internacionales, de pro. ue h) Aprober la memoria, los balances y les CS to: y ubpro uptos forestales, extraides ce Palacio Nacional: Guatemab. diecinueve de junio todos de pérdidas y ganancias; besques del Estado: y i) Autorizer la 0 ganización administrativa deh) des los ingrests que por cualquier razón de mil nevocientos setenta y cultro. INAFOR y los cambios que proponga cl Geperciba cl Institute tienen carácter privative Publiquese y Complase. rente General: y y serán invertidos en In cap talización del j) Aprobar :us reglamentos internos. mismo y en el desarrollo de sus programas CARLOS ARANA OSORIO. de trabajo. Artícu'o 10.-Sesiones y Dictas. Las sesiones de El Ministro d' Agricultura. la Junta Directiva, deben ser convocadassu Artículo 16.-Sistema de Fiscalización. Ln Co:- MARIO MARTINEZ GUTIERREZ Presidente O quien lo Se efectuarán p.r traler de Cuentas, fiscalizará en forma permaEl Ministro de Finanzas, lo menos dos veces, cada mes en forma regular y nonte las operaciones del Instituto, por cuenta de JORGE LAMPORT RODIL. tantas veces como sca necesario. en forma extraor este.
dinaria. Los miembros titulares. 0 los sustitutos Artículo 17.-Beneficios. Se conceden al Instituto 0000000 en su caso, y los Asesores. devengarán dietes por Nacional Forestal, los siguientes beneficios: sesión celebrada a los que asistan, pero en ningún concepto, más de una VCZ en un mismo dia. ni a) La exerción de toda clase de impuestes. a.biDECRETO No. 59-74más de cuatro al mos. En todo CASO el-monto total tr.os. thsas y contribuciones fiscales y mupor dictas no podrá exceder de Q.200.00 al mes. nicipales, que puedan recaer sobre sus bienes muebles 0 inmuebles: rentas 0 ingreses de EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.Artículo 11.-De SII Organización. La Ju to D. rectiva ejercerá sus funcloses (0) absolute indecualquier naturale/a: pendencia y bajo SU esclusiva responsabilidad d'n-b) Exención de to:11 clase de derechos, tasas, CONSIDERANDO: tro de las normas establecidas por esta lay y sus impuestos. contribuciones. cargos y records reglamentos y dará al Instituto la fo:ma de orgasobre la importación de bienes de cepital y Que el artículo VII de las Disposiciones Transi nización que más convenga. articules de cualquier indele. destinados al torias del Código de Comercio establece la obliArtículo 12.-Del Gerente General. E1 Gerente cumplimiento de sus fines pero no nodrá gación de inscripcion en el Registro Mercantil de General será rombrado por la Junta Directiva y hacer uso de este beneficio cuando pued) obtodas las personas, empresas, actos. hechos y
constituye la máxima autorided administrative y tencr tales productes hechos en el pa's 0 en relaciones jurídicas que se enumeran en los artícuejecutiva de INAFOR y tendrá las siguientes atriCentroamérich, en iguales condiciones de C3lcs del 334 al 338 de dicho cuerpo de ley, inscrip buciones: lidad y precio que los extranjeros: c) Exención de impuestos de papel sellado y ción que debería haberse efectuado dentro del plazo a) Convocar a sesiones de Junta Directiva: timbres fiscales para los actos 0 negocios fuque fijaron los Dccretos 40-72 y 59-73 de este Conb) Elaborar y propener la agen a ser trateda ridicos que celebre en cumplimiento de sus greso; en las sasiones de la Junta Directive: funciones; y CONSIDERANDO: c) Elaborar los reglamentos de INAFOR dend) Exoneración de requisitos de licitación pú- tro de las normas fijades por la Justa Diblica y privada para la adquisición de bienes Que muchas personas individuales y jurídicas, rectiva: y servicios del país, siempre que elivalor no principalmente pequencs comerciantes del interior d): Disponer el otorgamiente de las licensias foexceda de cinco mil quetzales. de la República, no hen podido cumplir con esc restales; requisito por diversas circunstancias que son jusc) Suministrar a la Junta Directiva los informes CAPITULO V tificables y que, esa situación, por una parte, puede
que le sean requeridos: incidir desfavorablemente en la contratación y trá- f) Proponer a la Junta D.rectiva el nombremienRégimen Laboralfico mercantil y. por la otra, afectar seriamente to, promoción remoción de los funcionarios la administración de justiçia, pues ningún tribude alta categoria del Instituto: y Artículo 18.-Personal Técnico. Todos los cargos nal u oficina pública puede admitir documentos g) Dictar los acue dos necesarios para el buende carácter técnico. deben ser cubiertos por persofuncicnamiento de la institucion. nal debidamente capacitado. sujetos a inscripción que no estuvieren razonados Articulo 19.-Nombramiento y. remoción de empor el Registro Mercantil, Articulo -Represcntante legal El Gerents Gepleades.- Los empleados del Instituto serán contraPOR TANTO. neral tendrá la representación del Institute. D. en tados, rombrados, promovidos y removidos por el su defecto la ejercerá la persona que designe. Gerente General de acuardo a lo que establece el En cumplimiento de las atribuciones que le asigarticulo 90., inciso f). na el inciso 10. del artículo 170 de la Constitución Les atribucicnes del personal serán establecidasde la República,CAPITULO III en el Reglamento de Personal. DECRETA: Articu'o 20.-Relaciones de Trabajo. Las relacioFunciones del Instituto nes del Instituto con sus empleados y trabajadores Artículo 10.-Se prorroga hasta el 30 de juniose regirán por su reglamento que deberá basarse de 1975 el plazo a que se contrae el artículo VII
Articulo 14.-Son funciones del Instituto: en el Código de Trabajo. de las Disposiciones Transitorias del Código de a) Aplicar la presente ley y sus reglamentos, la CAPITULO VI Comercio, Decreto 2-70 del Congreso de la Repú- blica. Ley Forestal y otras leyes atinentss a la materials Disposiciones Transitorias y Firales Artículo 20.-Quedan exoneradas las multas aún b) Administrar los bienes que formes pano pagadas que hubiesen impuesto a los comer trimonio; Artículo 21.-Transitcr:0. Se incorporan al Insti-ciantes por falta de cualquiera de las inscripciones c) Planificar rejecutar la politica nacional. entuto Nacional Forestal las dependencias siguientes: a que se refiere esta Ley. materia forestal, de acuerdo al PlantMacional División Forestal y el Departamento de Vida SilArtículo 30.-EI presente Decreto será publicado de Desarrol!o: vestre de la División de Fauna del Ministerio de en el Diario Oficial y entrará en vigor el 10. de d) Levantar el inventario forestal nacionals Agricultura. el Departamento Forestal del INTA y julio del presente año. e) Efectuar la zonificación ecológica del país;el Centro Técnico de Evaluación Forestal, (CETEf) Establecer el Registro Forestal de le-Nación:FOR) Pase al Organismo Ejecutivo para su publicag) Ejecutar programas de investigación forestal Las partidas asignadas para los departamentos yción y cumplimiento. y de la tecnalogia de la madera: dependencias a que se refiere el pirrafo anterior, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo.
h) Ejecutar programas de forestación y refores-automaticamente pasarán a favor de INAFOR. asi en la ciudad de Guatemala, a los doce dias del tación a fin de restaurar los recursos metiracomo los bienes, utiles y toda clase de enseres y mes de junio de mil novecientos setenta y cuatro. les renovables en todo el territorio nacional derechos que les correspondian a aquellos. Los e incrementar la producción de materia primapasivos existentes quedan a cargo del Gobierno de MARIO SANDOVAL ALARCON. forestal: la República. Presidente. i) Cooperar con el INDE y otras instituciones Artículo 22.-Se exceptúa de la jurisdicción do y dependencias gubernamentales en la conINAFOR el Departamento de El Petén, quedardb MANFREDO HEMMERLING MORALES. servación y mejcramiento de las cuencas hi-a cargo de la Empresa Nacional de Fomento y DeSecretario. drograficas: sarrollo Económico de El Peten (FYDEP). dichas j) Establecer y ejecutar programas y proyectesfunciones de conformidad con los Decretos LegislaMARIATERESA F. de GROTEWOLD. para el manejo forestal, el mercadeo y lativos 1286, 38-71 y 48-72. industrialización de los productos maderablesPara el Plan de Referestación y manejo de bosSecretaria. y sus derivados: ques en dicho Departamento el FYDEP contará k) Prever el abastecimiento del consumo Inter-con la asesoria de INAFOR. la que se financiará Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de junio
no. propiciar la exportacion de ruevas espe-con los ingresos provenientes del impuesto forestalde mil novecientos setenta y cuatro. cies forestales y recomendar lo conveniente a de las especies maderables de El Petén. la exportación de nuevos productos madereros:Articu'o 23.-Comision Organizadora. En tanto el Publiquese y cumplase. 1) Patrocinar becas de estudio para la formaInstituto Inicie sus operaciones, la Junta Directiva ción de recursos humanos en materia foresfungirá como Comisión Organizadora, en cuyo caCARLOS ARANA OSORIO tal y conexas: racter d'ctará las disposicio y ejecutará las laII) Administrar los parques nacionales existentesbores necesarias para la organización del Instituto El Ministro de Economia. en coordinación con el Instituto Guatemaltaco y el traspaso de los activos de las instituciones CARLOS MOLINA MENCOS. de Turismo y el Instituto de Antropologia e involucradas. La Comisión Organizadora podrá Histeria: creando otros cn lugares cuya ecolonombrar las subcomisiones que estime necesarias El Ministro de Finanzas. gia y geomorfologia requieran ser protegides.para el cumplimiento de sus objetivos. JORGE LAMPORT RODIL. para la conservación y prepagación de la Artículo 24.-Gastos de Organizacion. El Minisfauna silvestre: y terio de Finanzas Públicas. se encargará de prom) Estudiar y colaborar en la ejecución de proporcionar. por conducto de la Comisión Orga hizado ORGANISMO EJECUTIVOgramas pera evitar la contaminación ambienra, la suma de Cincuenta Mil Quetzales Exac'os
tal, asi como el mantenimiento adecundo de (Q.50.000.00). para la organización e instalación del un sistema ecológico equilibrado. Instituto. Articulo 25.-AJ crearse el Instituto de Recursos CAPITULO IV Naturales Renovables, INAFOR se reorganizará MINISTERIO DE COMUNICACIONES incorporándose al nuevo Instituto. Régimen Económico y Financiero Articulo 26.-Deregatoria. Quedan derogadas todas Y OBRAS PUBLICASlas leyes que se opongan a la presente y en igual Articulo 15:-Su Patrimonio: Constituyen el paforma quedan sin vigencia los acuerdos que se hutrimonio del instituto: bieran emitido con anterioridad a la misma. Asiguase a la firma Paniagua, Saravia Gual y Articulo 27.-Vigencia. De conformidad con el Compañía Limitada, la frecuencia 1360 Kc/s, paa) Todas las tierras del Estado que tengan voca-articulo 142 de la Constitucion de la República, el ra la operación de su emiscra "Rad'o TIC TAC". ción forestal 0 esten cubiertas de bosques: presente Decreto fue aprobade con el voto favorab) Los bienes que le sean transferidos. el Es-ble de mas las dos terceras partes del total Palacio Nacional: Guatemala, 31 de mayo de tado sus instituciones descentralizadas, autó-de. Diputados que integran el Congreso y entrará 1974. nomas y semiautónomas; en vigor el 30 de junio de 1974, siendo publicado Los bienes adquiera por cualquier titulo; en el Diario Oficial. En vista de las diligencias seguidas (la firma