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Decreto 59-2007

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 59-2007
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2007

2 Guatemala, JUEVES 6 de diciembre de 2007 DIARIO de CENTRO AMERICA NÚMERO 23

PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiséis de noviembre del año dos mit Destino: Financiamiento del "Programa de Desarrollo de Petén para la siete. Conservación de la Reserva de la Biosfera Maya".

DE Unidad Ejecutora: Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, MARN.L.q PUBLÍQUESE Y CUMPLASE PEPUBLICAPlazo: Hasta veinticinco (25) años, incluyendo hasta seis (6) años de período de gracia.

DO GUATEMALA. Período de Desembolsos: Seis (6) años

Tasa de Interés: Variable BERGER PERDOMO Comisión de Crédito: Cero punto veinticinco por ciento (0.25%) anual, sobre el saldo no desembolsado del préstamo.

Inspección y Vigilancia: Durante el periodo de desembolso no se destinarán recursos para cubrir los gastos por concepto de inspección y vigilancia.

Salvo que el Banco establezca lo contrario durante dicho período.

Amortización: Mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales.

Artículo 3. Cumplimiento de las obligaciones financieras derivadas del contrato de préstamo que se autoriza. Las amortizaciones del capital, pago de intereses y demás gastos derivados del cumplimiento de las obligaciones financieras del contrato de préstamo que se DE PRESIDENCIA DE LAREPORLIC autoriza en los artículos anteriores, estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del

Ministerio de Finanzas Públicas, para to cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, hasta la cancelación total de la deuda. Artículo 4. Adquisición de bienes y servicios. La adquisición de bienes, obras públicas y servicios que se efectúen con los recursos prevenientes del préstamo, cuya negociación es aprobada por este Decreto, observarán lo que para el efecto establezca el contrato de préstamo que se suscriba. 30& DEPARTMENT Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. General de Division Gert Rosenthal KoenigsbergerLDOCECILIO LEIVA RODRÍGUEZ NACIONAL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORESREP. Ministro de la Defense Nacional DE

Guatemala. REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y

PUBLICACIÓN.

(E-985-2007)-06-diciembre EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE

GUATEMALA, EL CATORCE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SIETE.

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 59-2007 RUBÉN DÁRÍO MORALES VÉLIZ REPUBLICA $ DE CONGRESOPRESIDENTE

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constitución Politica de la República de Guatemala, en su artículo 64 declara de interés JORGE MARIO/VASQUEZ ÁSQUEZ JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍAnacional la conservación, protección y mejoramiento del patrimonio natural de la nación y que SECRETARIO SECRETARIO

el Estado fomentará la creación de parques nacionales, reservas y refugios naturales, los cuales son inalienables. Por medio de Decreto Número 5-90 del Congreso de la República, la Reserva de la Biosfera Maya del departamento de Petén fue declarada área protegida, en ese contexto, para la implementación del "Programa de Desarrollo de Petén para la Conservación de la Reserva de la Biosfera Maya" el Gobierno de la República de Guatemala, solicitó apoyo financiero al Banco Interamericano de Desarollo, BID. PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiocho de noviembre del año dos milsiete.

CONSIDERANDO: Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, el 13 de diciembre de 2006 aprobó otorgar el financiamiento requerido, con carácter reembolsable por el monto de hasta treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$30,000,000.00), con el objeto de apoyar la PUBLÍQUESE Y CUMPLASE DE ejecución del referido programa.

CONSIDERANDO: REPUBLICAQue habiéndose emitido el dictamen favorable número 02/2007 de fecha 1 de marzo de 2007, conjuntamente por el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría de Planificación y GUATEMALProgramación de la Presidencia, SEGEPLAN y la opinión favorable de la Junta Monetaria, la BERGER PERDOMO cual se encuentra contenida en la Resolución JM-80-2007, es procedente emitir la disposición legal que autorice la celebración del instrumento que permita acceder al financiamiento

indicado.

POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución Política de la República, DECRETA: Artículo 1. Aprobacion. Se aprueban las negociaciones del Contrato de Préstamo No. 1820/OC-GU a ser celebrado entre la República de Guatemala y el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, para la ejecución del "Programa de Desarrollo de Petén para la Conservación de la Reserva de la Biosfera Maya", Articulo 2. Autorización. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Finanzas Públicas, suscriba el contrato indicado, bajo las condiciones financieras Mefi Rodriguez GarcíaMINISTRO DE FINANZAS PUBLICAS SECRETARIO GENERAL que en este artículo se detallan. DE LA PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA Monto: Hasta por treinta millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$30,000,000.00). (E-986-2007)-06-diciembre

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