Decreto 6-2013-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 6-2013-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 2013
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ORGANISMO LEGISLATIVO
~ONGRESO DI LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DE_CRETO NÚMERO 6-2013
ELCONGRESO'DE LAREPÚBUCA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constitución Politica de 1a República de Guatemala establece que el Estado se organiza para próteger a la persona y a la familia; su fin suprer:nó es· la reafi~ación del bien común y su· deber es garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad,, la justicia, la seguridad, la ·paz y el desarrollo integral de la persóna. · · CONSIDERANDO: Que debido a la existencia de uria relación entre los hechos de violencia y la portaclón Ilegal de armas de fuego dentro de la . sociedad guatemalteca, es necesario crear una norma que tienda a. ·erradicar la portaclón ilegal de armas de fuego con el propósito dé fomentar la prevención de delitos y de esa manera estimular la protección a la cfodadanfa honrada. , POR TANTO: En ejercicio de las atr1buciones que le confiere el articulo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
La siguiente: REFORMA AL CÓDIGO PROCESAL PENAL, DECRETO NÚMERO 51-92· DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA . A~ículo 1. Se re,forma el cuarto párrafo del artfculo 264, el cual queda así: ."No podrá concederse ninguna - de las medidas sustitutivas
51-92· DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA . A~ículo 1. Se re,forma el cuarto párrafo del artfculo 264, el cual queda así: ."No podrá concederse ninguna - de las medidas sustitutivas enumeradas anteriormente en procesos Instruidos contra reincidentes o delincuentes habituales o por delitos de homicidio doloso, asesinato, parricidio, violación agravada, violación calificada, violación de menQr de. doce años de edad, plagio o secuestro en todas sus formas, sabotaje, robo agravado, al reincidente de los delitos de portadón ilegal de armas de fuego de uso civil y/o deportivas; tenencia o portación de arma de fuego con númerp d.~ registro alterado, borrado o no legalmente marcada por la DIGEO'AM.". , · , , .. Congreso de la Republica Información Legislativa Congreso de la República2 Guatemala, VIERNES 13 de septiembre 2013 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO SS Artfculo 2. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de más de las dos terceras,partes del número total de , diputados que Integran el Congreso de la Repúbttca, aprobado en_.· un -soro debate y entrará en vlgenda el día siguiente de su publicación en et Q~ano Oficial.
REMfrASE AL ORGANISMO. EJECUTIVO PARA . SU ·sANCIÓN,
PRQMULGACIÓN Y PUBUCACIÓN.
EMITIDO. EN EL PALACIO DEL ORGANISMO .LEGISLAnYO, EN LA
CIÚDAD DE GUATEMALA, EL TRES DE SEPTIEMBRE DE. D_OS MIL
PRQMULGACIÓN Y PUBUCACIÓN.
EMITIDO. EN EL PALACIO DEL ORGANISMO .LEGISLAnYO, EN LA CIÚDAD DE GUATEMALA, EL TRES DE SEPTIEMBRE DE. D_OS MIL TRECE. ~~·····~ '
PEDRO MUADI MENéNDEZ
PRESIDENTE J PALACIO NÁCIONAL: Guatemala, diez de septiembm de/ano dos mil trece.
PÉREZMOUNA ~ - .<::. \) .1;··, · (E-971-2013)-13-septiembie ORGANISMO EJECUTIVO PRESIDENCIA.DE LA REPÚBLICAAcuérdese conceder permiso laboral con goce de salario a los servidores de la Administración Pública, y de las entidades centralizadas, descentralizadas y autónomas del Estado, el día 16 de septiembre de 2013. ACUERDO GUBERNATNO No. 390-2013: Guatemala, 12 de septi~mbre de 201.3 El PRESIDENTE DE LA R!POaucA CONSIDERANDO Que el dfa quince de septiembre se conmemora el Ola de ia 1'1depend(mcia de Guatemala, el cual es dla ·de asueto Oficial para todos los trabajadores, y tomando en oonslderaci6n que la Constitución Polftica de la República y las leyes laborales establecén e~ derechO .de los . trabajadores de gozar _de lOS asuetos concedidos en los mismos, y en Virtud que ~ der8cho recae en dia inhábil se estima pertinente conceder permiso para que se descanse el dla lunes 16 de septiembre de 2013.
POR TANTO
recae en dia inhábil se estima pertinente conceder permiso para que se descanse el dla lunes 16 de septiembre de 2013. POR TANTO En ejercicio de las funciol'!es que le confiere el articulo 183 inciso e) de la COnstitución Polftica de la República de Guatemala, y con fundamento en lo establecido en los artrculos 8 y 69 de la Ley de Servicio Civil, Decreto Número 1748 del Congreso de la República. ACUERDA Articulo 1 .. Conceder permiso laboral oon goce de salario a los servidores de la Administración Pública, y de las entidades centralizadas, descentralizadas y autónomas del Estado, el dla 16 de septiembre de 2013. Articulo 2. Como consecuencia del permiso que se conéede mediante • acuerdo se considerará como dla inhébll para los efectos de cómputo de los plazos que deben observarse dentro de la administración-publica el dla 16 de septiembre de 2013. Articulo 3. El presente Acuerdo surte sus efectos inmediatamente y deberá ser publicado en 'el Diario de Centro América. · 1 o no MOLINA ·. ' 'J. .·).. ','.; <:Pu •• ~--·~)-t -.!....~t, '~,) ~--.~.:.:.:1 .... ' Congreso de la Republica Información Legislativa Congreso de la República