Decreto 60-1987-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 60-1987-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1987
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXII Decano de la Prensa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, miércoles 7 de octubre de 1987Número 24
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA DECRETO NUMERO 60-87
Congreso de la República de Guatemala,DECRETO NUMERO 60-87
CONSIDERANDO:
DECRETO NUMERO 61-87
Que con el propósito de aumentar la recaudación de los ingresos públicos, es nece-DECRETO NUMERO 62-87 sario introducir reformas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), logrando con ello la readecuación del sistema impositivo que contempla el Programa de Reorgani-DECRETO NUMERO 63-87 zación Nacional, evitando la evasión en el pago del mismo, debiendo emitirse en tal sentido la respectiva disposición legal,DECRETO NUMERO 64-87 POR TANTO, En ejercicio de las atribuciones que le confieren los incisos a) c) del Artículo ORGANISMO EJECUTIVO 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA: MINISTERIO DE ECONOMIA Las siguientes rgase calificación como empresa Industrial de Exportación Total a la EmpresaREFORMAS A LA LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) "Confecciones IVY". propiedad del señor Carlos Humberto España García. CONTENIDA EN EL DECRETO-LEY 97-84
rgase calificación comb Empresa Industrial de Exportación Total a la EmCAPITULO I presa "B Y D Confección, Sociedad Anónima", de nombre comercial "B Y D CONFESA". DE LAS REFORMAS plíase en la cantidad que sé indica, el Presupuesto de Ingresos y EgresosARTICULO 1. Se reforman los literales a. y b. del inciso A., numeral 2. del del Comite Permanente de Exposiciones (COPEREX), correspondiente al preArtículo 30., las cuales quedan así: sente Ejercicio Fiscal. "a. Obtengan rentas o ingresos brutos anuales, iguales o superiores a doce mil quetzales (Q.12,000.00) o la proporción correspondiente en 'un período menor; ANUNCIOS VARIOS b. Mantengan a su servicio, en relación de dependencia, cinco (5) 0 más personas remuneradas". imonios. - Línea de transporte. Constituciones de sociedad. Modificaciones de sociedad. Disolución de sociedad. Patentes de invención. ARTICULO 2. Se reforma el Artículo 40., el cual queda así: Registro de marcas. Títulos supletorios. Edictos. Remates. "ARTICULO 4o. No están afectos al pago del impuesto ni deben cobrarlo por los actos gravados que realicen: imiento de Transportes Terrestres, S. A.-Balance General al 30 de junio de 1. Las municipalidades y sus empresas;1986.
2. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social;
0 de Occidente.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. 3. La Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y el Comité Olim0 Industrial, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1967. pico Guatemalteco;
4. Los centros educativos privados;0 de Exportación, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987.
5. La Universidad de San Carlos de Guatemala y demás Universidades autoaciera Guatemalteca, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio rizadas para funcionar en el país; le 1967.
6. Las personas individuales o jurídicas domiciliadas en Guatemala, debida0 de la Construcción, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio mente autorizadas para funcionar en el país, que se dediquen exclusivamente a prestar servicios de transporte terrestre de personas 0 carga.e 1987.
7. Las Misiones Diplomáticas y Consulares acreditadas ante el Gobierno de 0 Agrícola Mercantil-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. la República, así como los agentes diplomáticos, los funcionarios y empleados consulares, incluidos en la Convención de Viena sobre relaciones di0 del Quetzal, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. plomáticas y en la Convención de Viena sobre relaciones consulares, respectivamente, a condición de que los países a que pertenezcan dichas mizadora Central, Sociedad Anónima.-Balance General Condensado al 31 de siones y personas otorguen igual tratamiento o.reciprocidad. liciembre de 1986.
Las personas individuales 0 jurídicas que se dediquen al transporte terresPromotor, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. tre, sólo podrán adquirir mercancías y las prestaciones de servicios no personales sin pago del impuesto, cuando éstos sean aplicados exclusivamente Inmobiliario. S. A.-Balance General Condensado Consolidado al 31 de y de modo directo, B los automotores que utilicen para el transporte terrestre de personas o de carga, no incluyéndose por lo tanto ningunaulio de 1987. otra compra de bienes o prestación de servicios que la persona individual O jurídica utilice en actividades no relacionadas directamente con el usoGranai & Townson, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de tales unidades de transporte. e 1987. Los contribuyentes que vendan mercancías o presten servicios no persoNacional 30 Desarrollo Agrícola (BANDESA).-Balance General Condennales a personas individuales 0 jurídicas que se dedican al transporte teado al 30 de junio de 1987. rrestre, deben cargar el impuesto aun cuando dichos adquirientes le pre-senten constancias fehacientes de estar exentos del pago del Impuesto del del Ejército, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. Valor Agregado, cuando dichas mercancías 0 servicios no personales, no sean de los que se utilicen real y directamente para el mantenimiento de
Metropolitane, S. A.-Balance General Condensado al 31 de julio de 1987. automotores de uso en el transporte terrestre de pasajeros y carga.DIARIO DE CENTRO AMERICAOctubre 7 de 1987 NUMERO 24 Las personas individuales o juridicas comprendidas en "CAPITULO III este articulo, seran responsables del pago del impuesto por las compras de mercancias y la adquisición de la prestación de serviDE LOS CONTRIBUYENTES DE LOS RESPONSABLES Y cios no personales, gravados, que adquieran, cuando no esten destiCONSUMIDORES FINALES.' nados exclusivamente a ser utilizados por la persona beneficiaria de la exención, en la actividad especifica que de origen a la ARTICULO 7. Se reforma el articulo 10, el cual queda ast: misma y que el valor de la compra de dichas mercancias O servicios no personales no sean reembolsados en ninguna forma por terceras "ARTICULO 10. Son contribuyentes todas las personas, indipersonas." viduales O juridicas, incluyendo, cuando proceda, las dependencias del Estados y sus entidades descentralizadas y autó- ARTICULO 3. Se reforma el numeral 1 del articulo 60., el nomas, que realicen enel territorio nacional actos gravados cual queda asi, de conformidad con el articulo 20., de esta Ley y cumplan con los requisitos y condiciones siguientes: "1. Titulos de Crédito on general, exeptuando los siguientes:
1. Realizar actos gravados conforme el articulo 20., de
A. Certificados de deposito emitidos por los almacenes la Ley, por un monto anual igual O superior a doce mil
generales de depósito, cuando mediante éstos se quetzales (0.12,000.00) O la proporción correspondiente transfiere la propiedad de las mercancias almacenaen un periodo menor; 0, das en ellos. En este caso, es obligacion de los almacenes generales de deposito suministrar cada 2. Mantener a su servicio en forma permanente a tres (3) mes a la Superintendencia de Bancos un detalle de O más personas, remuneradas. los endosos de certificados de depósito efectuados en el mes anterior, en formularios que proporcionará Conforme lo establecido por la literal B. del numeral la mencionada dependencia, con indicacion de los 2 del articulo 30., de la Ley, cuando se trate de perdatos siguientes: sonas individuales que ejercen liberalmente su profesión, para otorgarles la calidad de contribuyentes del im-a. Número del certificado, fecha del endoso y puesto, es necesario que simultáneamente cumplan confecha del registro, los requisitos mencionados en los numerales 1 y 2 b. Valor del certificado; Y. precedentes.
C. Nombre completo, direccion y número de identiLas personas individuales O juridicas que cumplan ficacion tributaria (NIT) en el régimen del con cualquiera de los dos requisitos mencionados en los numerales 1. y 2. de este articulo están obligadosIVA, de quien transfiere el certificado. a:
B. E1 acto por el que se crea y emite la factura cama. Solicitar su inscripcion en el Registro que para biaria, cuando ampare actos gravados de acuerdo el efecto lleve la Direccion General de Rentas
al articulo 20., de esta Ley: sin embargo, la negoInternas, la que debe extenderles la constancia ciacion posterior de dicho titulo de credito está respectiva; exenta del pago del impuesto. b. Emitir facturas O documentos equivalentes de Los contribuyentes deben mantener un detalle de venta, debidamente autorizados por la Dirección las facturas cambiarias que emitan cada mes, con General de Rentas Internas, por los actos que los datos siguientes: realicen, indicando por separado del precio, el impuesto aplicable a cada transaccion, 10 a. Número de la factura cambiaria; que constituye su debito fiscal; b. Acto gravado que ampara la emision de la facC. Exigir a sus proveedores factura o documentotura cambiarie. equivalente, que éstos deberan emitir conforme
C. Número de identificación tributaria en el régial numeral anterior; y men del IVA (NIT) del contribuyente que emite d. Determinar SU obligación tributaria, mediantela factura cambiaria; y. declaración jurada mensual anual, conforme
d. Valor de la transaccion y por separado el ima los requisitos que establece esta Ley y su Re lamento. puesto aplicable. Son solidariamente responsables por el incumplimiento deARTICULO 4. Se sustituyen los numerales 2., y 3., del articucualesquiera de las obligaciones que establece esta Ley, junto 10 70., los cuales quedan asi, con los contribuyentes, sus apoderados y representantes legales
acreditados ante la Direccion General de Rentas Internas. "2. Las Misiones Diplomaticas y Consulares, acreditadas ante el Gobierno de la República, asi como los agentes diploTambien serán solidariamente responsables en el pago del maticos, los funcionarios y empleados consulares, incluiimpuesto, los contribuyentes que realicen operaciones de comprasdos en la Convencion de Viena sobre Relaciones Diplomade mercancias y utilización de servicios no personales, en los ticas y en la Convención del Viena sobre Relaciones Concuales se omita este impuesto, en los siguientes casos: sulares, respectivamente, a condicion de que los paises a que pertenezcan dichas misiones y personas otorguen a. Cuando entre contribuyentes inscritos, se realicen igual tratamiento como reciprocidad. operaciones gravadas y el vendedor no haga constar en la factura de venta que se emita, el monto del
3. Dos Organismos Internacionales de los cuales forma parte impuesto por las mercancias O servicios no personales Guatemala, asi como los funcionarios y expertos internaprestados, asi como el adquiriente no pague el impuestocionales, a quienes de acuerdo a los respectivos convenios suscritos entre el Gobierno de la República de Guacorrespondiente a dichas operaciones; Y. temala y dichos Organismos se les haya otorgado la exenb. Cuando el contribuyente inscrito efectue compras de cion de impuestos. mercancias O utilice servicios no personales, gravaARTICULO 5. Se reforma el primer párrafo del articulo 80., dos, a personas no inscritas, por un monto igual O
y se le adicionan los numerales 10), 11), 12) Y un parrafo final superior a Q.12,000.000. en la siguiente forma: Los contribuyentes que efectuen compras de mercancias "ARTICULO 8. No estan afectos al impuesto las mercancias O utilicen servicios no personales, gravados, en los casos a que se refiere el parrafo anterior, son solidariamente responsay la prestación de los servicios no personales, los contratos bles al pago del impuesto omitido, al no exigir su cobro.vinculados a ellos y las actividades económicas siguientes:
10. La construccion de edificaciones y obras de ingenieria ARTICULO 8. Se reforma el articulo 12., el cual quedaasi: civil, de cualquier naturaleza, tanto públicas como privadas. "ARTICULO 12. No deben inscribiise COMO contribuyentes aun cuando cumplan con los requisitos Y condiciones que
11. Las exportaciones de las mercancias siguientes: determine esta Ley, las personas individuales n juridicas que se dediquen exclusivamente a 1a prestación de servicios
a. Cafe en cualquier forma, excepto tostado O soluble; no personales, 100 contratos vinculados a ellos Y las actividades económicas a que se refiere el articulo 80., de b. Azucar de cana sin refinar y refinada; esta Ley.'
C. Banano, ARTICULO 9. Se reforma el primer parrafo del articulo
13. el cual queda asi:
d. Carne fresca refrigerada 0 congelada de cualquier clase, "ARTICULO 13. Las personas individuales " Juridicas que vendan mercancias O presten servicios no personales, grava6. Cardamomo y dos Y que reunan los requisitos establecidos en el articulo 10 de esta Ley, están obligados n inscribiese como contrif. Algodón. buyentes del impuesto en la Direccion General de Rentas
12. La transferencia de dominio O venta de las mercancias Internas. siguientes: cafe sin bneficiar, cafe pergamino, cafeen oro y cana de azúcar. ARTICULO 10. Se telorma el articulo 15. el cual quedaasi, Cuando un contribuyente realice a la vez ventas de mercancias o preste servicios no personales gravados y no afectos, con- "ARTICULO 15. Las personas individuales 0 Juriding queforme esta Ley, dnicamente se le reconocera credito fiscal soliciten su inscripción, dent del término a que 5 efiepor las compras de mercancias y servicios no personales que re el articulo 13. de esta Ley, tienen derecho nl créditoutilice para las actividades gravadas. E1 contribuyente debe distribuir el impuesto pagado que corresponde a las fiscal por el impuesto que hubieren products sobre as compras actividades gravadas y a las no afectas, según la proporción de mercancias que tengan en existencia destinada n 1a Leque de las ventas totales representen las ventas de mercanventa y sobre la compra de materias primas adquir para cias o servicios no personales gravados. En consecuencia, ser utilizadas en el proceso productive de mercancias graen la declaracion jurada del impuesto, solamente debe consigvadas 0 para el mantenimiento Y reparacton de Los bienes nar como crédito fiscal la proporción que corresponda a las que utlicen en la prestación de servicios no personales
ventas gravadas. gravados, asi como sobre maquinaria y equipo que utilicen ARTICULO 6. Se reforma el nombre del capitulo II, el directamente en la producción de metermias 0 prestación de servicios no personales gravados.cual queda asitMERO 24 DIARIO DE CENTRO AMERICAOctubre 7 de 1987 575 Para el reconocimiento del crédito fiscal, dichas mercanHarina de maicillo, sorgo 11-01-80-00 clas y materias primas, deben estar registradas "II el libro de inventarios. Parn el efecto, el Inventar deberá pracManteca de cerdo, comestible 15-01-00-00 ticarse al último dia del mes anterior a la Lecha en que so 10 otorgue 18 calidad de contribuyente y contabilizarse Mantecas comestibles de origen animal o vegetal 15-01-00-00 como primera operación en el registro de compras. Azúcar de cana, sin refinar 17-02-80-00 ARTICULO 11. Se reforma el articulo 24., el cual queda asi: Panela (dulce tapa) 17-02-80-00 "ARTICULO 24. E1 impuesto se yeneral Azucar de cana, refinada 17-02-80-00
1. En la compra-venta de mercancias en el mercado Tortillas de maiz 19-05-00-00 interno, cuando se produzea 1a transferencia de dominio de dichos bienes. En tal momento Pan, tal como pan blanco, negro, cuadrado O rodajado, deberá emitirse en todos les casos 10 factura resquilles. champurradas, cemitas, quesadillas,biscot
correspondiente, A los efectos de, la aplicación las, no envasado 19-07-00-00 del impuesto de esta Ley. Leches medicinales y alimentiias para infantes, envasada
2. En Jas operaciones de importación, en la fecha herméticamente O encualquier otra forma 21-07-01-00 en que in aduans acepte 10 polize definitiva de importación parcial 0 total at formulario Sal común refinada 25-01-12-00 aduanero, según corresponda. Las aduanas, para aceptar In poliza de importación (1 of formulario Sal común O sal marina, sin refinar 24-01-80-00 aduanero, deben requerir la exhibición del "carnet" cuando corresponda, donde conste el numero. de A los fines de 10 dispuesto en el inciso a., anterior se identificación tributoria (NIT) y consignarios entiende por envasado D enlatado el producto O articulo alimenwe ticio contenido en recipiente herméticamente cerrado, con el en la póliza de importacion 0 el formulario aduapropósito principal de protegerlo de la descomposición por la nero. contaminación del aire U otros agentes exteriores. No se considera dentro de este concepto, los productos alimenticios presen3. En la. prestación de servicios no personales, tados en simples envoltorios, ya sean de papel. de cartón. deen la fecha en que se finalice in prestación del servicio O se have pagado parcial n totalplAstico Y similares. dispuestos para facilitar el expendio O mentenerlos en buen estado higienico.mente el precio del inismo, el hecho que ocurre
primero. En ambos casos deberá emitirse la factura correspondiente a los efectos de la aplicación b. ALGUNOS INSUMOS AGROPECUARIOS del impuesto de esta Ley. semilla de hortalizas 06-02-00-00
4. En el arrendamiento de bienes mucbles, PM la 07-01-01-01 fecha en que se realice la entrega del bien 0 Semilla de papa en la que se formalice el contrato correspondienSemilla de frijol 07-05-01-00 te, el hecho que ocurra primero.
10-01-01-01 ARTICULO 12. Se reforma el articulo 32., el cual queda Semilla de trigo asi, 10-05-01-00Semilla de maiz "ARTICULO 32. Las tasas del impuesto SORT 10-06-01-00Semilla de arroz
1. Siete por ciento (7%) para los actos gravados, conforme 10-07-01-00Semilla de maicillo O sorgo el articulo 20., de esta Leyr'y
12-01-80-02 Semilla de algodón
2. Cero por ciento (08) para los actos siguientes: 12-01-80-99
Semilla de ajonjoli
A. Las exportaciones de mercanetas, excepto cafe, azucat, banano, carne, cardamono y algodon. C. PETROLEO Y ALGUNOS DE SUS DERIVADOS Petróleo crudo y reconstituido 27-09-00-00
B. Las Importaciones, trausfereucias de dominio O ventas de las mercancias signientes: 27-10-01-02Gasolinas con antidetonantes
PRODUCTOS ALIMENTICIOS HAUCA 11 a. 27-10-01-03Gasolina sin antidetonautes Leche, envasada herméticamente 0 en cualquier 27-10-01-04 Gasolina de aviacion04-01-01-00otra forma 27-10-02-00 Keiosenes Leche cuajada, no envasada 04-01-02-00 Bunker oil y otios accites combustibles 27-10-02-00 Leche Integrn, envasada herméticamente 0 en 04-02-05-01 27-10-02-00 cualquier otra forma Aceites medios 27-10-03-01 Leche nemidescremada, envasada herméticamente Gas oil 04-02-05-02 " en cualquier otra forma 27-10-03-02 Fuel oil Leche descremada, envasada herméticamente 04-02-05-03 27-10-03-03 nn cualquier otra forma Diesel oil 07-01-01-99 Papas, no envasadas Gases combustibles naturales, como metano, propano, 27-11-00-00 butano, en cualquier forma 07-02-00-00Cebollas, no envasados d. ALGUNOS UTILES ESCOLARES Y PURLICACIONES Legumbres, no envasadas 01-02-00-00 40-14-03 Gomas o barradores de caucho 07-05-01-00 [rijules, no envasados Hojas sueltas O en block de papel periodico -48-01-02-99
Trutas, no envesados 08-01-00-00 48-18-80-00 Cuadernos con D sin espirales Cate, tostado PU 09-01-80-00 Libros y folletos impresos de cualquier clase 49-01-00-00 Cafe molido, excepto el envasado y el soluble 09-01-80-00 49-02-00-00 Periodicos 0 revistas, no empastados Trigo, sin moler 01-01-80-00 Material didactico impreso, 16minas. murales, cuadros Maiz, en grano 10-05-80-00 y rallados estadisticos Y de evaluación, diseñados49-05-00-00 oficialmente y mapas Arroz, en cáscara 10-06-80-00 12-13-80-00 Sacapuntas de belsillo para escolares ALLOZ, sin cáscara 10-06-80-00 Plasticina 0 plastilina acondicionada Maicillo, en grano, no envasado para use de ninos 97-03-00-00 Lapices 1813 escribir dibujar deSergo 5111 moler, no envasado 98-05-01-00todos colores Naicena y otros almidones comestibles 10-08-01 liza en barritas para escribir 98-05-03-00 Barina de trigo, fino 11-01-01-00 Pizarias 0 pizartones para escribir 38-06-00-00 Harine de trigo, gruesa 11-01-01-00 0 FIB march
Barina de cebada 11-01-03-00 C. OTRO. PRODUCTOS 11-01-04-00 Agua natural, potable. no envasada 22-03-00-00 Harina de avenue 11-03-90-00 RE CONSUMER domiciliario residencial de hastaBarina de maiz 150kw/hora de eperain eléctrica por de 30 our 11-01-80-00 dias, equivalente diaric, segun sea el nDIARIO DE CENTRO AMERICA-Octubre 7 de 1987 NUMERO procedimiento de facturación. Los excessos que y los saldos pendientes de acreditarse. E1 crédito as! dan sujetos a la tasa del siete por ciento (78). establecido 10 aplicará COMO saldo de crédito fiscal a su favor en la declaración jurada anual del Impuesto al A los efectos de lo dispuesto en los incisos a:, b., C., Valor Agregado A que se refiere el articulo 18. de esta d., e., anteriores, se debe entender que unicamente están afecLey y 10 trasladará al siguiente periodo mensual conforme tos a la tasa del cero por ciento (0%) del Impuesto, las mercanal articulo 45 de este Decreto. cias que en ella se describen, aun cuando la posición arancelaria en donde se clasifiquen sea más amplia. Tampoco se reconocerá crédito fiscal por el Impuesto al Valor Agregado, sobre mercancias 0 servicios no personates ARTICULO 13. Se reforma el articulo 33., el cual queda que configuren uso 0 consumo final del contribuyente y
asi: que no corresponda a la actividad 0 giro del negocio. "ARTICULO 33. Las mercancias y los servicios no personales Solo se reconocerá crédito fiscal por el impuesto pagado utilizados por los contribuyentes en el desarrollo de sobre mercancias destinadas a la reventa, las utilizadas las actividades a que se refieren las literales A. Y B. para la prestación de servicios no personales y sobre las del numeral 2. del articulo 32) anterior, estan afectos mercancias O materias primas y bienes intermedios que se a la tasa del siete por ciento (7%), excepto que se trate incorporen fisicamente O se utilicen en la elaboracion O de mercancias gravadas con la tasa del cero por ciento producción de mercancias gravadas. A ese efecto, se entien- (0%). de por incorporación fisica, 1a unión, mezcla, dilución O combinación de materias primas 0 productos intermedios ARTICULO 14. Se reforma el articule 38., cl cual queda que se utilicen para la elaboración de mercancias gravadas. asi: Tambien se reconocerá crédito fiscal por el impuesto pagado "ARTICULO 38. Todo contribuyente deberá determinar su en la compra de envases O empaques que BP utilicen directadébito y credito fiscal Y. si corresponde, pagar mensualmente para la conservación, higiene 0 presentación del mente su obligación tributaria, sobre In base del resultado producto. de la totalidad de las operaciones que deben contener sus registros de compras y de ventas respectivos, en los E1 impuesto al Valor Agregado que pague el contribuyente,
formularios que proporcionará alefecto la Dirección General en la compra de mercancias Y por In prestación de servicios de Rentas Internas, todo ello dentro del término de veinte no personales que de acuerdo con 10 presente Ley no tenga (20). dias habiles siguientes al vencimiento del periodo derecho al crédito fiscal, integrará el costo de adquisición que se liquida. Dichos formularios deberan expresar de de los bienes y servicios adquiridos por el contribuyente que su contenido es correcto, bajo juramento de decir vercomo consumidor final. dad, y estar firmados por el contribuyente, all apoderado O su representante legal debidamente acreditado ante el En caso de importaciones O internaciones de mercancias, Departamento de Registro Tributario Unificado de la Direcel credito fiscal se reconocerá a partir de la fecha de cion General de Rentas Internas. pago del impuesto que surja de la liquidación definitiva de la póliza de importacion," Todos Jos contribuyentes tanto personas individuales como juridicas, dentro del mes siguiente n la Eecha de cierre ARTICULO 16. Se reforma el articulo 45., el cual queda de su periodo anual de imposición del Impuesto sobre la asi, Renta, deberan presentar una declaración jurada anual en los formularios que proporcionars al efecto la Dirección "ARTICULO 45. E1 saldo de crédito fiscal A favor del conGeneral de Rentas Internas. En dicha declaracion jurada tribuyente que resulte con motivo de In presentación de se consolidaran todas las operaciones que configuren debisu declaración jurada mensual, 10 debe transadar n) periodo
tos y créditos fiscales del periodo y deberan consignar siguiente hasta agotarlo para componsar débitos futuros COMO minimo la siguiente informacion: del impuesto, conforme 10 establecido PM et articulo 44. de esta Ley. a. Número de identificacion tributaria (NIT), nombre Forma parte del crédito fiscal el saldo de impuesto a favory spellidos O denominacion de la razon social nombre del contribuyente, determinado en su última declaracion comercial de la empresa del contribuyente Y su domicijurada, asi como el crédito de impuesto que le correspondelio fiscal, el monto total de: las compras y las ventas por aplicacion del articulo 15. de esta Ley.de mercancias, del arrendamiento de bienes muebles y de los actos gravados conforme el articulo 41. de Los contribuyentes. que vendan mercancias gravadas con tasa esta Ley y de los servicios no personales, separando del cero por ciento (0%), tendran derecho A la devolución dichos montos totales de acuerdo con la tasa de imen efectivo de sus créditos fiscales, por trimentres fiscapuesto aplicable del siete por ciento (78). O del cero les calandarios vencidos, debiendo la Dirección General por ciento (0%), respectivamente. de Rentas Internas, proceder a su devolución dentro del trimestre siguiente, previa solicitud del contribuyente. Ademas, debera consignarse en formulario anexo que proporLa Dirección General de Rentas Internas, tiene 1a faculted cionar& la Dirección General de Rentas Internas, bajo jurade practicar auditoria previa a efecto de establecer la
mento, información detallada sobre las operaciones de comprocedencia del crédito solicitado. pres y ventas efectuadas con sus proveedores y clientes separando las del mercado externo y según cada tase apliLo dispuesto en el presente articulo, en cuanto a la com-cable. pensacion de débitos Y créditos del impuesto. se aplicara de acuerdo a los registros de cuenta corriente tributariaCuando un contribuyente, persona individual O juridica, tenga diversos negocios independientes, organizados O no, del contribuyente y en la medida que esta se vaya integrando con los distintos impuestos y los respectivos cargosincluso mediante sucursales y agencias independientes, y descargos por dicho concepto Y el de intereses, recargosdeberá presentar una sola declaración jurada por cada perioy multas que configuren cuantitativamente deudas o créditos do mensual o anual de todas las actividades económicas fiscales firmes que surjan de la relación fisco-contribuque desarrolle, consignando el número de identificación yente. E1 saldo resultante a la fecha de dicha compensatributaria que le corresponde y conselidando en la misma cion, si fuere acreedbr para 'contribuyente, se acreditar& el total de sus débitos y créditos fiscales. para pagos Futures del impuesto O se devolverá dentro del plazo de los tres meses, a contar de la terminación del ARTICULO 15. Se reforma el numeral 2. del articulo 40., periodo anual de imposición; O del periodo trimestral, el cual queda asi. en el caso de contribuyentes que vendan mercancias con
tasa cero por ciento (08) a que se refiere el tercer párrafo ". CREDITO FISCAL: E1 impuesto que se haya cargado al de este articulo. contribuyente en cada compra O importación de mercancias, arrendamiento de bienes muebles o utilización de servicios Cuando la Dirección General de Rentas Internas establezca no personales, efectuados en cada periodo impositivo. siemerrores de cálculo y no de concepto en la declaración jurada pre que: presentada por el contribuyente, le notificara en audiencia por el término de veinte (20) dias, el débito y crédito
A. En el caso de mercancias, éstas las destine el contrifiscal resultante con la debida precisión de los datos buyente a la reventa, O se incorporen al proceso proe información que expliquen dicha diferencia. Si dentro ductivo, de dicho termino los contribuyentes no presentan objeción alguna, la Direccion declarará firme el ajuste.
B. Los bienes muebles arrendados los utilice el contribuyente directamente en la comercialización O en el proARTICULO 17. Se reforma el articulo 46., el cual queda
ceso productive; asi:
C. Los servicios no personales 10 utilice contribuyente "ARTICULO 46. Los contribuyentes que vendan mercancias exclusivamente en el proceso productive, prestación con la tasa del cero por ciento (0%) en una proporción supede servicios no personales gravados, O en la venta rior a las de tasa del siete por ciento (7%), con respectode mercancias. al total de las ventas del periodo anual impositivo, también
tendrán derecho A la devolución del crédito fiscal resulTodo credito fiscal en el mercado interno por comprar al contado O A plazos, debe estar siempre amparado por la tante a su favor: siempre que domuestre a entera satisfacfactura o documento equivalente autorizado Y. en el caso ción de la Direccion General de Rentas Internas. que el de importaciones, por la póliza de importación 0 formulario crédito fiscal que suria de la declaración jurada anual aduanero según corresponda, los cuales deben estar contadel Impuesto al Valor Agregado, excede altotal del débito de dicho periodo anual. bilizados en el registro de compras. La devolucion a que se refiere el párrafo anterior, la No procede reconocer crédito fiscal por el Impueste al puede solicitar el contribuyente at efectuar Y presentar Valor Agregado, pagado al adquirir bienes de capital O la declar