Decreto 60-1997-4
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 60-1997-4
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1997
Diario de DE Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana TOMO CCLVII Guatemala, miércoles 20 de agosto de 1997 Director: Hector Cifuentes Aguirre Administradora: Alma Liliana García NUMERO 16 SUMARIO DECOM, A.-Balance General al 31 de enero de 1985.DECRETO NUMERO 60-97 Fianzas El Roble, S. A.- Balance General Condensado El Congreso de la República de Guatemala, ORGANISMO LEGISLATIVO al 31 de diciembre de 1996.
CONSIDERANDO: Que el país requiere impulsar formas alternativas de CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA enseñanza, creando los mecanismos legales a efecto de que un mayor numero de guatemaltecos tengan acceso a la educación en forma integral;
DECRETO NUMERO 59-97
ORGANISMO LEGISLATIVODECRETO NUMERO 60-97 CONSIDERANDO: Que es necesario estimular la participación de padres de familia, municipalidades, organizaciones CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA empresariales y otras organizaciones comunales ORGANISMO EJECUTIVO legalmente constituidas, coadyuvando a la desPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DECRETO NUMERO 59-97 centralización administrativa del Estado, para que, bajo los principios del sistema cooperativo, puedan participar EI Congreso de la República de Guatemala, activamente en el proceso de educación y formación
Modificase en la forma que se indica, el Artículo 17 del integral de los guatemaltecos; Acuerdo Gubernativo número 34-94 del 24 de enero CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: de 1994, Reglamento de la Ley de Promoción del Desarrollo Científico y Tecnológico Nacional. Que el nuevo contexto económico internacional el. queQue actualmente los Institutos de Educación porse desenvuelven las economías de Guatemala y los deCooperativa de Enseñanza tienen problemas económicos más países de Centroamérica, así como los procesos depor la impuntualidad en la asignación de los recursos conformación de acuerdos de comercio, exigen del Estadopara su funcionamiento, Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicaspolíticas congruentes que apoyen los esfuerzos por una exitosa inserción dentro de los mismos; POR TANTO, Otórgase a la entidad Radio Favorita, S. A., concesión CONSIDERANDO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el para que instale y opere una estacion radiodifusora Artículo 171 literal a), de la Constitución Política de la que se denominará Disco Radio Diez Sesenta. Que el Artículo 23 del Convenio sobre el RégimenRepública de Guatemala, Arancelario y Aduanero Centroamericano, limita la facultad del Consejo Arancelario y Aduanero CentroameDECRETA: ricano para modificar las tarifas arancelarias por debajoArtículo 1.-Se reforma el Artículo 3 del Decreto PUBLICACIONES VARIAS de uno por ciento (1%) tarifa nominal ad valórem;Número 17-95 del Congreso de la República, Ley de
Institutos de Educación por Cooperativa de Enseñanza,CONSIDERANDO: MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL el cual queda así: Que con el objeto de que las autoridades competentes"Artículo 3.-Recursos. El Estado, a través del Apruébanse los estatutos de la Confederación puedan adoptar decisiones más acordes con las realidadesPresupuesto de egresos de la Nación, erogará denominada Central de Trabajadores del Campo y laeconómicas de la región centroamericana, que facilitenanualmente, mediante partida presupuestaria, al Ciudad, reconócese su personalidad jurídica y además los procesos de apertura comercial que se llevenMinisterio de Educación, una asignación no menor autorízase para que inicie sus actividades. a cabo, contando para ello con la facultad para fijarde siete mil quinientos quetzales (Q,7,500.00) por tarifas del arancel hasta el límite mínimo de cero por grado 0 sección, siempre que cada grado 0 sección ciento (0%) los plenipotenciarios de los países centro-cuente con un número no menor de veinte (20) DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE americanos, con fecha 12 de diciembre de 1995, suscri-alumnos legalmente inscritos. bieron en San Pedro Sula, República de Honduras, el El Ministerio de Finanzas Públicas tendrá la CIUDADANOS Tercer Protocolo al Convenio sobre el Régimen Aranceobligación de situar puntual y mensualmente los !ario y Aduanero Centroamericano, recursos de igual manera como cancelan los salarios
RESOLUCION NUMERO SRC-R-006-"A"-96_ en la Administración Pública. Esta asignación podrá POR TANTO, incrementarse dependiendo de la situación RESOLUCION NUMERO SRC-R-013-97 económica y social por la que atraviesa el país. En ejercicio de las atribuciones que le confiere elLas municipalidades tienen la obligación RESOLUCION NUMERO SRC-R-019-97 Artículo 171, literal 1) de la Constitución Política de laconstitucional de aportar económicay materialmente República de Guatemala, a la creación y funcionamiento de estos estaMUNICIPALIDAD DE SANTA LUCIA MILPAS blecimientos educativos, quedando también obliDECRETA: gados a contribuir los padres de familia.ALTAS, SACATEPEQUEZ Otras organizaciones cooperativas, instituciones Acuérdase ampliar la tasa municipal por concepto deArtículo 1.-Aprobar el Tercer Protocolo al Conveniopúblicas y privadas, nacionales e internacionales, otorgar licencias para llevar a cabo una lotificacion ySobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroameri-podrán contribuir al mejoramiento y sostenimiento cualquier otra forma de desarrollo en el área urbanacano, suscrito por los plenipotenciarios de las Repúblicasde estos institutos" de Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia 0 rural del municipio. Costa Rica, en San Pedro Sula, República de Honduras,el primero de enero de mil novecientos noventa y ocho, y el 12 de diciembre de 1995. deberá publicarse en el Diario Oficial.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigenciaPase al Organismo Ejecutivo, para su sanción, MINISTERIO DE EDUCACION ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.promulgación y publicación. Pase al Organismo Ejecutivo, para su sanción, pro-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL mulgación y'publicación. ciudad de Guatemala, a los veintitrés días del mes de Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: En lajulio de mil novecientos noventa y siete. NOMINA NUMERO 2-97 ciudad de Guatemala, a los veintidós días del mes dejulio de mil novecientos noventa y siete. ARABELLA CASTRO QUIÑONES, NOMINA NUMERO 3.97 Presidenta. NOMINA NUMERO 4-97 Arabella Castro Quiñones, ANGEL MARIO SALAZAR MIRON, Presidenta. Secretario. NOMINA NUMERO 5.97 Angel Mario Salazar Mirón, MAURICIO LEON CORADO, Secretario. Secretario. Mauricio León Corado, ANUNCIOS VARIOS Secretario. Palacio Nacional: Guatemala, doce de agosto de mil Palacio Nacional: Guatemala, doce de agosto de milnovecientos noventa y siete. Matrimonios Líneas de transporte Registro de derechos GCnovecientos noventa y siete. Publíquese y cúmplase. autor. Constituciones de sociedad. Modificaciones de Publíquese y cúmplase. ARZU IRIGOYEN. Arzú Irigoyen. sociedad. Disolucion de sociedad. Registro de marcas.Eduardo Stein, Lic. ROBERTO MORENO GODOY, Títulos supletorios. Edictos. Remates. Ministro de Relaciones Exteriores. Ministro de Educación.